tag:blogger.com,1999:blog-91272162544527435272024-03-13T12:23:44.544+01:00Duques de Riánsares.Blog dedicado al ducado de RIÁNSARES, fruto de un amor REAL en pleno ROMANTICISMO español del siglo XIX, y sus relaciones con la ciudad de TARANCÓN, elaborado por RAÚL AMORES PÉREZRaúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.comBlogger43125tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-40225606482249264492020-07-05T19:31:00.000+02:002020-07-05T19:31:18.345+02:00AÑO 1829. Visión literaria de Benito Pérez Galdós de la llegada de María Cristina a España<p>
Fragmento del Capítulo I, de "<a href="http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/los-apostolicos--0/html/ff357e5a-82b1-11df-acc7-002185ce6064_4.html#I_1_">LOS APOSTÓLICOS</a>" de Benito Pérez Galdós, penúltimo volumen de la 2ª Serie de los "<i>Episodios Nacioales</i>":<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi70D3V-dpfbpEpZtMnGHyDkR9TQgpcBPmPK3QD0gFccozVBSI2tXSOPKALARA-_FOyekcYHwOwxSqyV3uROsCpkQ4Fl0DArv2sgOygE-H_zE_6EQU3AFGb4DAnTP1qTC9OuDHmfzz2WlGR/s1600/Los+apost%25C3%25B3licos.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi70D3V-dpfbpEpZtMnGHyDkR9TQgpcBPmPK3QD0gFccozVBSI2tXSOPKALARA-_FOyekcYHwOwxSqyV3uROsCpkQ4Fl0DArv2sgOygE-H_zE_6EQU3AFGb4DAnTP1qTC9OuDHmfzz2WlGR/s1600/Los+apost%25C3%25B3licos.jpg" data-original-width="535" data-original-height="800" /></a></div>
<i>
-¡Cómo! -exclamó D. Benigno, entregando su mano a los labios y a los húmedos hociquillos de los Corderos-. ¿No os he dicho que hoy no hay escuela?... Es verdad que no me había acordado de decíroslo; pues ya había pensado que <b>en este día, que para nosotros no es alegre y para toda España será, según dicen, un día felicísimo, todos los buenos madrileños deben ir a batir palmas delante de ese astro que nos traen de Nápoles, de esa reina tan ponderada, tan trompeteada y puesta en los mismos cuernos de la luna, como si con ella nos vinieran acá mil dichas y tesoros...</b>, hablo también con usted, apreciable Hormiga, pase usted... no me molesta ahora ni en ningún momento.<p>
Dirigíase Don Benigno a una mujer que se había presentado en la puerta de la trastienda, deteniéndose en ella con timidez. Los chicos, luego que oyeron el anuncio feliz de que no había escuela, no quisieron esperar a conocer las razones de aquel sapientísimo acuerdo, y —11→ despojándose velozmente de los arreos estudiantiles, se lanzaron a la calle en busca de otros caballeritos de la vecindad.<p>
-Tome usted asiento -añadió Cordero, dejando su silla, que era la más cómoda de la tienda, para ofrecérsela a la joven-. Ayude usted mi flaca memoria. ¿Qué nombre tiene nuestra nueva reina?<p>
-María Cristina.<p>
-Eso es... María Cristina... ¡Cómo se me olvidan los nombres!... <b>Dícese que este casamiento nos va a traer grandes felicidades, porque la napolitana... pásmese usted...</b><p>
El héroe, después de mirar a la puerta para estar seguro de que nadie le oía, añadió en voz baja:<p>
-Pásmese usted... <b>es una francmasona, una insurgente, mejor dicho, una real dama en quien los principios liberales y filosóficos se unen a los sentimientos más humanitarios. Es decir, que tendremos una Reina domesticadora de las fierezas que se usan por acá.</b><p>
-<b>A mí me han dicho, que ha puesto por condición para casarse que el rey levante el destierro a todos los emigrados</b>.<p>
-A mí me han dicho algo más -añadió Cordero, dando una importancia extraordinaria a su revelación-, a mí me han dicho que <b>en Nápoles bordó secretamente una bandera para los insurrectos de... de no sé qué insurrección. </b>¿Qué cree usted? <b>La mandan aquí porque si se queda en Italia da la niña al traste con todas las tiranías... Que ella es de lo fino en materia de liberalismo ilustrado y filosófico, me lo prueba más que el bordar pendones el odio que le tiene toda la turbamulta inquisidora y apostólica de España y Europa y de las cinco partes del globo terráqueo.</b> ¿Estaba usted anoche aquí cuando el Sr. de Pipaón leyó un papel francés que llaman la 'Quotidienne'? ¡Barástolis! ¡Y qué herejías le dicen! Ya se sabe que esa gente cuando no puede atacar nuestro sistema gloriosísimo a tiros y puñaladas lo ataca con embustes y calumnias. <b>Bendita sea la princesa ilustre que ya trae el diploma de su liberalismo en las injurias de los realistas. Nada le falta, ni aun la hermosura, y para juzgar si es tan acabada como dicen los papeles extranjeros, vamos usted y yo a darnos el gustazo de verla entrar</b>.<p>
La persona a quien de este modo hablaba el tendero de encajes no tenía un interés muy vivo en aquellas graves cosas de que pendía quizás el porvenir de la patria; pero llevada de su respeto a D. Benigno, le miraba mucho y pronunciaba un sí al fin de cada parrafillo. Conocida de nuestros lectores desde 1812, esta discreta joven había pasado por no pocas vicisitudes y conflictos durante los ocho años transcurridos desde aquella fecha liberalesca hasta el año quinto de Calomarde en que la volvemos a encontrar.<p>
</i><p>
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-34210222761835851532020-07-05T19:11:00.001+02:002020-07-05T20:12:33.608+02:00AÑO 1829. CANCIÓN EPITALÁMICA AL FELIZ ENLACE DE SU MAJESTAD CATÓLICA DON FERNANDO VII CON LA SERENÍSIMA SEÑORA DOÑA (MARÍA) CRISTINA DE BORBÓN, de MANUEL JOSÉ QUINTANA<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjGXtlRBZs4-G1gLasEiWrfvY8KhRvizPls08KSjRzxtayrQegsHCVuiNDyhciPN8wkUxcdJ2WgyEi4kBFPgxW6zad3tXT1P6E5gHjBDuaGsLsapMlqaTnBrLO-U30VDQDMQ_OZ_KoHTGel/s1600/Boda.png" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjGXtlRBZs4-G1gLasEiWrfvY8KhRvizPls08KSjRzxtayrQegsHCVuiNDyhciPN8wkUxcdJ2WgyEi4kBFPgxW6zad3tXT1P6E5gHjBDuaGsLsapMlqaTnBrLO-U30VDQDMQ_OZ_KoHTGel/s400/Boda.png" width="400" height="206" data-original-width="830" data-original-height="428" /></a></div><p>
La cuarta boda de Fernando VII causó admiración: la novia era mucho más joven que el rey (ella tenía 23 años y el rey 45) , amén de ser su sobrina. Se celebró en Aranjuez, el 9 de diciembre de 1829.<p>
Manuel José Quintana (1772-1857), compuso este <a href="https://books.google.es/books?id=y7h1Vxo_ZpwC&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false">epitalamio</a> en honor de la nueva esposa del rey, aría Cristina de Borbón y Dos Sicilias, publicado por orden de Su Majestad en la Imprenta Real en 1929:<p>
Nunca osara, Señor, la Musa mía <br/>
Al eco unir del general aplauso<br/>
Los ecos de un aliento que se apaga <br/>
Por la desgracia y por la edad cansado. <p>
Ved cómo yace envuelta en largo olvido <br/>
Mi inútil lira: trémula la mano <br/>
Va sus cuerdas a herir, y a hallar no acierta <br/>
Su antigua resonancia y su entusiasmo. <p>
Otra fuerza, otra voz, otra armonía <br/>
Pide al cantarse el venturoso lazo, <br/>
En que Vos afirmáis vuestra ventura, <br/>
Y también su esperanza el orbe Hispano: <p>
Y a ensalzar dignamente de CRISTINA <br/>
La florida hermosura, el dulce encanto <br/>
Y la índole celeste, aún no bastara <br/>
A Píndaro su voz, la suya a Horacio. <p>
Mi timidez iguala a mi respeto: <br/>
Pero Vos lo queréis; y a quien los Hados <br/>
Quisieron siempre defender propicios, <br/>
Y en la alta cima del poder sentaron; <p>
¿Como un flaco mortal, que sin su escudo <br/>
Juguete fuera del rencor contrario,<br/>
Este esfuerzo, aunque débil, negaría <br/>
Sin riesgo al fin de parecer ingrato? <p>
¡Ah! no: suene mi voz, los aires rompa; <br/>
Y aunque ronca y cansada, el holocausto <br/>
Haga de su temor ante las aras <br/>
Del refulgente Sol que ya adoramos. <p>
Quizá aquel fuego, que á mi Musa un dia <br/>
Pudo animar en sus mejores años, <br/>
De sus yertas cenizas sacudido <br/>
Vuelva a encenderse a tan hermosos rayos. <p>
Otros la cantarán con más fortuna, <br/>
Con talento mayor; y hasta los astros <br/>
alzar conseguirán su ínclito nombre <br/>
En las alas del genio arrebatados. <p>
En mí supla al talento el buen deseo; <br/>
Y estos rudos acentos de mi labio, <br/>
Que van de vuestra Esposa al regio oído, <br/>
Hallen, SEÑOR, si no alabanza, agrado. <p>
<p style="padding-left: 130px;">A.L.R.P. de V. M.<br/>
Manuel José Quintana<p>
<p style="padding-left: 110px;"><i> Accipe gortunam generis, diadema resume,<br/>
Quod tribunas natis, et in haec penetralia rursus.<br/>
unde parens progressa, redi.<br/></i>
CLAUDIANO<p>
<a href="https://books.google.es/books?id=y7h1Vxo_ZpwC&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false"><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgOKf7MEISHcgN5xdROv6ev1ybntC0mexwaM_uHDODDkddA3eH28bf79EVDUnQUbrAAJhVAJDBdQ1H8vO-fe0jm-DdpB9y733OqS38SxNuOA7Lju0t03bfDW5brmzFgGPQiPXbEri7rt5X5/s1600/Cristina%252C+canci%25C3%25B3n.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgOKf7MEISHcgN5xdROv6ev1ybntC0mexwaM_uHDODDkddA3eH28bf79EVDUnQUbrAAJhVAJDBdQ1H8vO-fe0jm-DdpB9y733OqS38SxNuOA7Lju0t03bfDW5brmzFgGPQiPXbEri7rt5X5/s1600/Cristina%252C+canci%25C3%25B3n.JPG" data-original-width="345" data-original-height="580" /></a></div></a>
<p style="padding-left: 90px;"><b>CANCIÓN</b></p>
[1] ¡Oh belleza! alto don, rico tesoro, <br/>
Precioso bien a la muger guardado, <br/>
Con mas vehemencia ansiado <br/>
Que el diamante oriental, y más que el oro; <br/>
¿Quién te dió ese poder? ¿De quién hubiste <br/>
La magia celestial? En donde quiera <br/>
Que muestres esa lumbre <br/>
Por siempre vencedora, <br/>
Reinar y avasallar como señora, <br/>
Rendir y embelesar es tu costumbre. <br/>
Vedla en los campos de Vertuno y Flora <br/>
Cuando los huella con gallardo brío, <br/>
Y allí en puros aromas y en colores <br/>
Humillará las flores <br/>
Hijas del sol y alumnas del rocío.<p>
[2] O si ya de la selva en el sombrío <br/>
Recinto, al eco ronco <br/>
Del resonante caracol, las fieras <br/>
Volando en su caballo alza y fatiga; <br/>
Ellas con planta alada huyen ligeras <br/>
De la Ninfa veloz, y huyen en vano: <br/>
Su vista penetrante las persigue, <br/>
Y el rayo abrasador arde en su mano. <br/>
Arde y estalla; el plomo silva, caen, <br/>
Y el eco suena en torno. El bosque adora <br/>
Su bella cazadora, <br/>
Ansiando ufano que a batirle vuelva <br/>
La que con su atractivo sobrehumano <br/>
Es Flora en el jardín, Cintia en la selva. <p>
[3] Y si en el rico estrado reclinada, <br/>
Cual dama delicada, <br/>
Habla discreta y apacible ríe, <br/>
¡Oh! cual tras sí los corazones lleva, <br/>
Sea que el pie fugitivo en danzas guíe, <br/>
Sea que al sonoro acento <br/>
De su harpa, herida en delicioso tono, <br/>
Rinda las almas y embebezca el viento.<p>
[4] Subidla luego al esplendor del trono; <br/>
Y a su aire augusto, a su ademán divino, <br/>
Veréis la tierra enmudecer, postradas <br/>
Ante ella las naciones <br/>
Y en aplausos sin fin y adoraciones <br/>
Sus destinos cifrar en su destino. <br/>
¿Qué la beldad no alcanza <br/>
Cuando se une al poder? El mismo cielo <br/>
Obedece a su anhelo <br/>
Si al cielo acaso conmover le agrada: <br/>
A una sola voz suya, a una mirada, <br/>
Apaga Jove el iracundo rayo, <br/>
Depone Marte la sangrienta espada.<p>
<a name='more'></a>
[5] ¿No es tal, sacra Parténope, la excelsa <br/>
Joven real, cuya dorada cuna <br/>
Tú ya meciste en su primer oriente? <br/>
Ella en su faz purpúrea y noble frente <br/>
Lleva escrita su gloria y su fortuna. <br/>
Y espléndida y riente <br/>
Se lleva por los campos de la vid <br/>
Cual la estrella de amor, cuando en el cielo <br/>
Por los espacios lóbregos se lanza <br/>
A abrir la puerta al venidero día; <br/>
Y brilla con la luz de la alegría, <br/>
Y es bella, como es bella la esperanza. <p>
[6] ¿No es esta ya la que a la régia silla <br/>
Destina alegre el Hado, <br/>
Con el pueblo español menos airado? <br/>
¿La misma que en la orilla <br/>
Del Sebeto feliz creció primero <br/>
A ser delicias del Monarca Ibero, <br/>
Y astro de paz benéfico a Castilla? <br/>
¡Oh cuánto tarda ya! ¿Cómo no llega, <br/>
En alas de los céfiros traída, <br/>
A contentar el público deseo? <br/>
Tú que el soberbio tálamo preparas, <br/>
Mira arder el incienso ante las aras <br/>
Y ven a nuestra voz, santo Himeneo. <p>
[7] La sien ceñida de amaranto y rosas <br/>
Con apacible vuelo <br/>
Del Olimpo a la tierra tú desciendes: <br/>
Por do quiera que tiendes <br/>
Las alas vagarosas <br/>
Huyen las nubes, se serena el cielo: <br/>
Y de la antorcha al sacudir la llama <br/>
Que la adorable Esposa a Iberia guía, <br/>
Del Ebro a Guadarrama <br/>
Que todo se penetre en tu ambrosía. <p>
[8] Todo te aplauda: en resonantes himnos <br/>
Todo se inunde: el monte <br/>
Los diga al valle, y los repita el río, <br/>
Y los aprenda el mar. ¡Ella aparece! <br/>
¿No veis cual resplandece <br/>
Del arrebol del alba enrojecida, <br/>
Por las gracias ornada, <br/>
Y de alta gloria y majestad cercada? <br/>
¿No veis como a los rayos de su frente <br/>
Todo con grata admiración se inclina? <br/>
Ella es: la augusta REINA de Occidente; <br/>
Ella es: la amable y celestial CRISTINA. <p>
[9] ¡Nombre adorado, y en España ahora <br/>
Primera vez oído, oh, siempre seas <br/>
Con tanto amor y gratitud cantado, <br/>
Como hoy estás de aclamación seguido! <br/>
Estrechamente al de FERNANDo unido <br/>
Escrito en letras de oro centelleas; <br/>
Y en medio a los magníficos festones <br/>
A las bellas guirnaldas con que el arte <br/>
Tu cifra con la suya enlazar pudo, <br/>
Es mas estrecho el nudo, <br/>
Con que la voz del regocijo alzando <br/>
Su alborozado aplauso al raudo viento, <br/>
Suben juntos á herir el firmamento <br/>
Los nombres de CRISTINA y de FERNANDO.<p>
[10] Ven pues; y de tu estirpe, ¡Oh nueva Esposa!, <br/>
La fortuna recibe; orne tu frente <br/>
La diadema esplendente <br/>
Que pases luego a tu progenie hermosa. <br/>
Aquí nació tu Madre virtuosa: <br/>
De aquí el destino a la dichosa Italia <br/>
Nos la robó; y al saludar contigo <br/>
Este albergue real, un tiempo suyo, <br/>
Ufana de la luz que la acompaña <br/>
Decir parece a su querida España: <br/>
«Aun mas que te debí te restituyo.» <p>
[11] ¿Qué te suspende, o Musa? Ya a Himeneo <br/>
Con su doble guirnalda <br/>
Ceñir la sien de los Esposos veo; <br/>
Ya el áureo velo tiende..... ¡Oh! no te atrevas <br/>
Más adelante a penetrar..... Un día <br/>
La antigua poesía <br/>
En el canto nupcial plácido y leve <br/>
De amor el triunfo celebrar solía; <br/>
Cuando mas halagüeña que sublime <br/>
La zozobra pintaba, el gozo, el llanto, <br/>
El inefable encanto <br/>
Del tímido pudor, que cede y gime, <br/>
Y tanto halago y tanto <br/>
De que entonces te adornas, ¡oh hermosura!, <br/>
Para más abrasar; la ufana rosa, <br/>
Cuando a besarla llega <br/>
El céfiro, amorosa <br/>
La pompa así de su beldad despliega. <p>
[12] No empero igual licencia, ¡oh Musa mía!, <br/>
Te es permitida a ti; mayor reserva <br/>
Se debe a la deidad alta y triunfante, <br/>
Venus sin duda en semblante, <br/>
Pero en decoro y majestad Minerva. <br/>
Deja ese tono, pues, de mil ya usado, <br/>
Y cantando ya a mil: diverso acento <br/>
En este gran momento <br/>
Deberá ser el tuyo, otras las sendas <br/>
Son que el délfico Dios abre a tu gusto, <br/>
Y cuando al son del plectro el aire hiendas <br/>
CRISTINA y la virtud te oigan sin susto.<p>
[13] Desde ese trono excelso en que sentada <br/>
Los ámbitos de Iberia señoreas, <br/>
Tiende la vista, y mira en todas partes <br/>
Arcos sublimes, títulos, trofeos, <br/>
Y fiestas en tu honor: dulce tributo, <br/>
Que vuelto en gala el doloroso luto, <br/>
Rinde a tus plantas la Nación hispana. <br/>
Recibe tú su amor y sus deseos: <br/>
Recíbelos, ¡oh Ninfa soberana!, <br/>
Con dulce afecto a sus plegarias pío; <br/>
Y la suprema voluntad doblando <br/>
Del amante Monarca a tu albedrío, <br/>
Haz de tus ojos al clemente fuego <br/>
Benigno el mando y poderoso el ruego. <p>
[14] Que bien esta región merecedora <br/>
Es de tu afán y maternal cuidado: <br/>
Mira con cuánto agrado <br/>
La favorece el sol, qué rico el suelo, <br/>
Qué apacible es el aire; en donde quiera <br/>
Verás la primavera <br/>
Florecer y reír; y el siglo de oro <br/>
Renovado a tu voz, la dura encina <br/>
Y envejecido roble <br/>
De su áspero cabello <br/>
Miel para tí destilarán: ¡CRISTINA! <br/>
¿Buscas un bello clima? ¡Este es tan bello! <br/>
¿Buscas un pueblo noble? ¡Este es tan noble! <br/>
¿Acaso palmas del honor preguntas? <br/>
El mundo te responda, que asombrado, <br/>
Por la española intrepidez doblado, <br/>
Apenas pudo contenerlas juntas. <p>
[15] Su número fue escándalo; y la suerte <br/>
El cáliz de favor, con que algun día <br/>
Nos embriagó falaz, trocó a rigores: <br/>
Dos siglos de dolores <br/>
Vanse a cumplir, y aún viva <br/>
Parece arder su saña vengativa. <br/>
¡Oh discordia! ¡Oh rencor! Tristes pasiones, <br/>
Ministras viles de venganza extraña, <br/>
Y ajenas tanto al corazón de España, <br/>
¿No es tiempo ya de que ceseis? ¿No es tiempo <br/>
De que sus hijos alcen <br/>
La frente al cielo con vigor? ¡Pudieran <br/>
Los castellanos pechos, <br/>
A tal fortuna y contratiempos hechos, <br/>
Ser tan grandes aun, si ellos quisieran!<p>
[16] Y habrán de serlo al fin: que decretado <br/>
Sin duda fue por el querer del cielo <br/>
Este enlace magnífico y sagrado <br/>
Para bien de un gran pueblo. ¡Oh digna Esposa <br/>
Del Monarca español, fiel compañera <br/>
De su incesante afán y alto desvelo! <br/>
Tú en obra tan sublime <br/>
Asístele eficaz: triunfo debido <br/>
Es ese a tu candor, a tu hermosura, <br/>
A tu espíritu excelso..... ¡Quién me diera <br/>
Romper el velo que la edad futura <br/>
Entre sombras esconde, y ver mi España <br/>
Acorde dentro, respetada fuera, <br/>
Vuelta a la gloria y rica de ventura! <br/>
Acelerad, ¡oh cielos!, tales días, <br/>
Y salgan ciertas las promesas mías. <p>
[17] ¡Oh, como el Genio imitador entonces <br/>
El inmenso caudal que en sí atesora <br/>
Desplegará, y en mármoles y en bronces <br/>
La efigie hermosa y los ilustres hechos <br/>
Dará de la inmortal restauradora! <br/>
¿Podrá a tanto bastar la fantasía? <br/>
¡Ah! mientras que a porfía <br/>
Las artes ostentando sus primores <br/>
Contiendan en su honor, en medio alzada <br/>
Con dulce exaltacion y ardiente brío <br/>
Dirá la Gratitud: vuestros loores <br/>
No pueden ser eternos sin el mio. <br/>
Este es el perdurable, el verdadero, <br/>
El que conviene a su bondad divina: <br/>
Yo lo grabé en el pecho al pueblo ibero, <br/>
Cuando en letras de amor puse: CRISTINA!» <p>
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-89899191813737824072019-11-13T19:04:00.000+01:002020-08-25T19:06:56.252+02:00MOMENTOS HISTÓRICOS. UN MATRIMONIO SECRETO. <div style="text-align: justify;">
Narración del encuentro amoroso y matrimonio de la reina María Cristina y Fernando Muñoz.<p><br/>
<div style="text-align: center;">
<font size="5"><font color="navy"> <b>MOMENTOS HISTÓRICOS. UN MATRIMONIO SECRETO.</b></font></font><p>
Artículo de Diego San José,<br/>
publicado en "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0003219439&page=35&search=Ri%C3%A1nsares&lang=es">La Esfera</a>", el 25-12-1920, pág. 35.<p></div>
<br/>
<div style="text-align: justify;">
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhvNQHm94iRLjtDwfrJbojhq5M6xIZIlUDG3fl8cuUYtTMQx3lkApmV_51z7nv6Ysa97XaJyiOfmFaP0M8MgNjE6PHx5jX8pIHoP4fj6whqtfVH6JB93yle_15ysRUfyAJ4Wom5-zDa3yeV/s1600/La+esfera.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhvNQHm94iRLjtDwfrJbojhq5M6xIZIlUDG3fl8cuUYtTMQx3lkApmV_51z7nv6Ysa97XaJyiOfmFaP0M8MgNjE6PHx5jX8pIHoP4fj6whqtfVH6JB93yle_15ysRUfyAJ4Wom5-zDa3yeV/s640/La+esfera.JPG" width="483" height="640" data-original-width="691" data-original-height="916" /></a></div>
CORRÍA el mes de Diciembre de 1833; mal cariz mostraba la salud del Reino, pues ya comenzaban a fulgurar los chispazos de la guerra civil, que Fernando VII (por no dejar cosa grata en devoción de su memoria) dejó preparada al partirse para la eternidad.<br/>
María Cristina, que sin duda no tenía grandes motivos pasionales para conservar en su corazón los crespones de la viudez, quiso apartarse lo más que le fuera posible del aluvión de intrigas y sinsabores políticos que desasosegaban su espléndida mocedad, y ¿quién podría ofrecerle este apartamiento tan bien como Amor, padre del mundo?<br/>
Unida por conveniencias diplomáticas a un hombre que por la edad bien pudiera ser su padre (y cuando esto no, ya tenía bastante con ser tío), no pudo gustar las delicias del verdadero amor. Harto hizo con no dar pábulo a la maledicencia, guardando fidelidad a un marido achacoso, grosero y nada agradable.<br/>
Obligada a mantener en el Trono a su hija Isabel, no le quedaba espacio para anunciarse entre los Príncipes de Europa como viuda en buen estado, y miró en torno suyo que sin duda habría de encontrar pronto el galán apetecido.<br/>
Así como su difunto, cuando quedó viudo de la mojigata Doña María Josefa Amalia y se trató de casarle nuevamente con otra princesa alemana, exclamó: <i>No más rosarios</i>, dijo ella, sintiendo el ansia de matrimoniar por segunda vez: <i>No más alifafes, no más emplastos</i>.<br/>
Y cuentan las crónicas privadas y, finalmente, el austero libro de la Historia, que entre los individuos de la Guardia Real que escoltábala en sus diarios paseos por la Casa de Campo y el camino de <i>El Pardo</i>, figuraba un gallardo mozo de tan gentil presencia, que ya antes de la muerte del Rey había acuciado la curiosidad de la Soberana. Era simple soldado, llamábase Fernando Muñoz y decían que era hijo del estanquero de Tarancón.<br/>
Desde el punto y hora que reparó en su gentil guardián, siempre que la Reina salía a su diurno paseo agasajábale con la más encantadora de sus sonrisas.<br/>
Parece que una tarde, al bajar del coche, mandóle Amor que la favoreciese de alguna manera más expresiva, y fue, dejando caer el pañuelo, que el afortunado se apresuró a poner en manos de la caprichosa Soberana, aunque sin pensar, ni con mucho, en la verdadera causa de tales deferencias, pues no imaginábase que nacían todos los días afortunados como el Principe de la Paz...<br/>
María Cristina agradeció la galantería con su más placentera y subyugadora sonrisa. Muñoz creyó que era un exceso de benevolencia, y no tuvo atrevimiento para otra cosa que para besar la regia mano que se le ofreció sin guante...<br/>
Sin duda quie la regia enamorada hubo de lamentar la cortedad de su vergonzoso, como aquella Princesa Magdalena de la inmortal comedia de <i>Tirso</i>.<p>
***<p>
El 17 de Diciembre dispuso Su Majestad hacer una excursión al Real Sitio de <i>Quitapesares</i>, que
está más allá de Segovia, en el camino de <i>La Granja</i>. La estación no podía ser más propicia; el tiempo era crudísimo: las nieves y los hielos habían puesto el camino intransitable, y era casi
seguro que estuviese cerrado el puerto de Guadarrama; pero Amor le mandaba aquel capricho, y no había sino obedecerle. Los consejos médicos, las necesidades políticas, la etiqueta cortesana, nada tuvo fuerza bastante para hacerla desistir.<br/>
Bien escaso era el acompañamiento que eligió para la expedición: el ayudante general de Guardias, Palafox, el gentilhombre Carbonell y el agraciado Fernando Muñoz...<br/>
Apenas amaneciera, se emprendió el viaje, y durante la primera jornada aún intentaron los forzados servidores, a quienes de tal manera se exponía a los rigores del tiempo, disuadir a la caprichuda Soberana; pero nunca la angélica Cristina se había mostrado tan tenaz y autoritaria; era su deseo pasar las Navidades en la regia posesión, donde no alcanzaran ni las intrigas de la Corte ni las molestias de la política.<br/>
Llegaron al puerto; las mulas apenas podían avanzar; el coche se estancaba unas veces entre el fango, y otras, por más que fuéranle apretados los tornos, deslizábase por la nieve con la celeridad de un <i>troíka</i>.<br/>
En uno de aquellos rápidos descensos fue mucha fortuna que se interpusieran unas carretas, que traían madera de los pinares de Balsaín, y contra ellas fue a estrellarse el vehículo, que de no haber topado con tal obstáculo hubiérase despeñado muy bien, acabando así con la maternal regencia de Isabel II.<br/>
Uno de los maderos quebró el cristal del coche y fue a herir el rostro de Su Majestad. Rápidamente saltó D. Fernando de su aterido cuartago, y haciendo tiras el pañuelo acudió a restañar la sangre de su Reina y señora.<br/>
Ella se dejó atender muy holgadamente, y para mejor permitir el solícito cuidado, se creyó en el
caso de desmayarse, como cualquier damisela de las que leían a Chateaubriand, Víctor Hugo y Walter Scott...<br/>
Durante el tiempo que duró la obra de poner expedito el camino, cosa que no se pudo conseguir hasta el siguiente día, por lo que fue necesario pernoctar en una miserable venta cercana, apenas se separó de su salvador, si no fue para descansar unas horas durante la noche.<p>
***<p>
El 28 de Diciembre de 1833, a las siete de la mañana, en la finca de <i>Quitapesares</i> (nunca la regia posesión hizo tanto honor a su nombre), celebrábase el matrimonio secreto de la Reina Regente de España con el ya gentilhombre don Agustín Fernando Muñoz, que más adelante ostenta los títulos de duque de Riánsares y de Montmorot.<br/>
Este enlace no fue reconocido por las Cortes del Reino (aunque ya anteriormente, por despecho, lo había publicado Espartero) hasta el 8 de abril de 1845... <p><br/><p>
</div> Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-5688830100414114152019-11-12T19:12:00.000+01:002020-08-28T19:50:55.343+02:00LAS POSESIONES DE MARIA CRISTINA EN ESTADOS UNIDOS. EL MONTE RIÁNSARES.<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg5c1KU-WuD7ph1lmJWtiso8hayQTCVruumJyOzs13ZTU8KVgeYcnczVwp8OtMx_m7ZLJnOi4AZQLfTblN2dX8FEkUvy4tyhdiiA3v_tEs1Nu3_7TmyLKrfa3GEIcvrxBVvH_n4eGm4JZf8/s1600/Pensilvania.JPG" imageanchor="1"><img border="0" data-original-height="465" data-original-width="794" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg5c1KU-WuD7ph1lmJWtiso8hayQTCVruumJyOzs13ZTU8KVgeYcnczVwp8OtMx_m7ZLJnOi4AZQLfTblN2dX8FEkUvy4tyhdiiA3v_tEs1Nu3_7TmyLKrfa3GEIcvrxBVvH_n4eGm4JZf8/s1600/Pensilvania.JPG" /></a><br />
<br />
<br />
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiHzbhIlLIdqXe2Yp5CHUKnkOybwAxmfazQF0jgbhbVSsl8usCFs7rp_PgNrdQnvPDPwoZcbteDfAGgmjzcNd0224VF9O0EM_3GR3gZ9VMGt7kJ4VucB6tdBR_keVr2e6Sh7-43NYfYWk45/s1600/Libro+de+1924.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="736" data-original-width="441" height="320" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiHzbhIlLIdqXe2Yp5CHUKnkOybwAxmfazQF0jgbhbVSsl8usCFs7rp_PgNrdQnvPDPwoZcbteDfAGgmjzcNd0224VF9O0EM_3GR3gZ9VMGt7kJ4VucB6tdBR_keVr2e6Sh7-43NYfYWk45/s320/Libro+de+1924.JPG" width="192" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
En el tomo de leyendas y tradiciones, antiguas y nuevas, de Pensilvania, del año 1924 ("<i><b>More Allegheny Episodes: Legends and Traditions, Old and New...</b></i>"), en su capítulo XIV: "<a href="https://digital.libraries.psu.edu/digital/collection/digitalbks1/id/26990">Riansares</a>" (pp. 281 a 297) se recogen las tierras que la reina María Cristina de Borbón y Borbón poseyó a mediados del siglo XIX en Pensilvania, en el condado de Clinton (Estados Unidos), cerca de Loganton, entre Nueva York y la frontera con Canadá, agrupadas entorno al "<b>MONTE RIÁNSARES</b>", y que actualmente sigue llamándose así.<br />
<small>[Si quiere ver imágenes de estas tierras, que una vez pertenecieron a los Duques de Riánsares, le recomiendo el Blog: <a href="http://www.clintoncountysnapshots.com/2013/06/intro-to-clinton-county-pa.html">http://www.clintoncountysnapshots.com/2013/06/intro-to-clinton-county-pa.html</a> ]</small>Estas tierras fueron conocidas en las segunda mitad del siglo XIX como "The Queen of Spain's Lands" (“<b>Las tierras de la Reina de España”</b>).<br />
Asimismo se recoge en este libro la "<i><u>leyenda</u></i>" (no es real este desplazamiento), del viaje que realizó ¿el Duque? a Estados Unidos en 1870 para liquidar su venta o revitalizarlas.
<br />
<br />
<br />
El texto de este libro centenario, que he traducido, es el siguiente:<br />
<br />
<blockquote>
</blockquote>
</div>
<br />
<div style="background-color: #fdfcf9; border-bottom: 2px solid #dc143c; border-top: 2px solid #dc143c; padding: 5px; text-align: justify;">
<br />
<div style="text-align: center;">
<span style="font-size: large;">
<b>XIV</b></span><br />
<span style="font-size: large;"><b>Riansares</b></span><br />
</div>
</div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="color: navy;">
</span><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<span style="color: navy;">[pág. 281]<i> <b> MOUNT RIANSARES.</b> "The Unscaleable Mountain", after years of seclusion has, like China and Japan, been "opened to the world," and come to its own! The Pennsylvania Alpine Club, May 8, 1921, completed a successful ascent of its steepest face, and the proud flags of the United States and Spain were flung to the breezes on its topmost pinnacle. Fifty enthusiasts, half of them women, participated in the 'hike", among the men being Prof. Le Roy Jeffers, a member of the famous Alpine Club of England and Secretary of the American Federation of Mountaineering Societies. The quaint history of the mountain, how it obtained its name, were discussed at the exercises held by the Alpinists on the summit, and it was from that day forward that "The Unscaleable" was on the map literally and figuratively -there was not a modern map that mentioned it for fifty years- the silence amounted almost to mystery!
</i></span></div>
<span style="color: navy;">
<div style="float: right; width: 47%;">
[pág. 281] <b>MONTAÑA RIÁNSARES</b>. "<i>La Montaña Inescalable</i>", después de años de reclusión, como China y Japón, ha sido "<i>abierta al mundo</i>" y le ha llegado su hora. El Club Alpino de Pensilvania, el 8 de mayo de 1921, completó un exitoso ascenso de su cara más empinada, y las orgullosas banderas de los Estados Unidos y España fueron soltadas al viento en su pináculo más alto. Cincuenta entusiastas, la mitad de ellos mujeres, participaron en la "<i>caminata</i>", entre los que se encontraban el profesor Le Roy Jeffers, miembro del famoso Alpine Club of England y secretario de la Federación Estadounidense de Sociedades de Montañismo. La pintoresca historia de la montaña, cómo obtuvo su nombre, fueron discutidos en los ejercicios realizados por los alpinistas en la cumbre, y fue desde ese día en adelante que "<i>La Inescalable</i>" ya estaba en el mapa literal y figurativamente - no había un mapa moderno que lo mencionara desde hacía cincuenta años-, ¡el silencio se convirtió casi en misterio!
</div>
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>For years, ever since 1897, the writer had admired Riansares from afar. That was the date of his first
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
Durante años, desde 1897, el escritor había admirado a Riánsares desde lejos. Esa fue la fecha de su primer </div>
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
[pág. 282] <i>trip to the then far-off and wondrous Sugar Valley, when he fell in with Bill Stanley's Gypsy band, and had altogether a wonderful adventure for school boy! Off there in the remote scenic background, beyond the gorge of Long Ran, behind the steep bluffs and ridges, loomed <strike>Reiansares</strike> [Riansares], with ist black robe of hemlocks, the tips like delicate spires or minarets along the comb, higher by far than all the surrounding hills, a great broad-winged hawk always sailing over it, the guardian of its aloofness and mystery.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
[pág. 282] viaje al entonces lejano y maravilloso Sugar Valley, cuando se enamoró de la banda gitana de Bill Stanley, ¡y tuvo una aventura maravillosa de colegial! Allá, en el remoto fondo escénico, más allá del desfiladero de Long Ran, detrás de los escarpados acantilados y crestas, se alzaba Riánsares, con su manto negro de abetos, las puntas como delicadas agujas o minaretes a lo largo del panal, mucho más alto que todas las colinas circundantes, y un gran halcón de alas anchas siempre sobrevolando sobre él: el guardián de su distanciamiento y misterio.
</div>
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>Many were the tales that were told of <strike>Riausares</strike> [Riansares] by the old people, of the efforts to strip it of timber, efforts frustrated by the steepness of the slopes and the hugeness of the rocks, of unsuccessful attempts to conquer it by woodsmen and bark-peelers, out for a Sunday's "constitutional", of the giant bears that had their dens in its remote fastness, of the camps of the huckleberry pickers, who spent wecks on the "great flat" beyond the pinnacle, where the streams ran towards the waters of Cherry Run and Fishing Creek.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
Muchos fueron los relatos que los viejos contaron de Riánsares, de los esfuerzos por despojarla de la madera, de los esfuerzos frustrados por la pendiente de las laderas y la inmensidad de las rocas, de las fracasadas tentativas de conquistarla por leñadores y peladores de corteza, para un domingo "<i>constitucional</i>", de los osos gigantes que tenían sus guaridas en su remota fortaleza, de los campamentos de los recolectores de arándanos, que gastaban semanas en el "<i>gran piso</i>" más allá del pináculo, donde los arroyos corrían hacia las aguas de Cherry Run y Fishing Creek.
</div>
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
It was an carly dream of the writer's to climb that mountain, and he confided the ambition to his friend, whom he called "The Duchess of Towers", one dark evening when they were driving back from Loganton and a particularly vivid flash of lightning revealed
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
Fue un sueño cariñoso del escritor escalar esa montaña, y confió la ambición a su amigo, a quien llamó "<i>La duquesa de las torres</i>", una noche oscura cuando regresaban de Loganton y un relámpago particularmente vívido le reveló
</div>
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
[pág. 283]
<i>
the giant mountain in all its sombre majesty -for it is worthy in all ways to have been named for the husband of a Queen! But the conquest of the "Duchess" was never made, and that of Riansares not until many years later.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
[pág. 283] a la montaña gigante en toda su sombría majestad, ¡porque es digna en todos los sentidos de <b><u>haber sido nombrada en honor al marido de una reina!</u></b> Pero la conquista de la "<i>Duquesa</i>" nunca se hizo, y Riánsares no se coronó hasta muchos años después.
</div>
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
Now many changes have come since Riansares was put on the map! The State Department of Forestry, under Gifford Pinchot's admirable guidance, realizing that Riansares wes the local Monarch of Mountains, its height is 2293 feet, selected it as the site for one of the new sixty food steel observation towers, where the towerman in his cozy metallic cabin watches for the "fire fiend" during the forest fire season. A driveway, excellens for "hiking", horseback riding, or "buggies", and passable for Fords -seven automoblies went up it on a single Sunday- runs from a point on the State highway at Long Run to the summit. In addition to the fire tower, there is a cozy cottage for the towerman, the stone pulpit erected by the Pennsylvania Alpine Club stands in the dark druidical grove, and the paths and trails to the springs and bear wallows, the old fields, and the abodes of the cherry pickers have been opened and marked, for the public's convenience, secrecy reigns no more; a State Game Preserve and Refuge are projected on the Huckleberry Flat on the summit.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
¡Han llegado muchos cambios desde que se puso Riánsares en el mapa! El Departamento de Selvicultura del Estado, bajo la admirable dirección de Gifford Pinchot, al darse cuenta de que Riánsares era el Monarca de las Montañas locales, <b><u>su altura es de 2293 pies</u></b>, lo seleccionó como el sitio para una de las nuevas sesenta torres de observación de acero, donde el vigilante de la torre en su acogedora cabina de metal vigila al "<i>demonio del fuego</i>" durante la temporada de incendios forestales. Un camino de entrada, excelente para "caminatas", paseos a caballo o "<i>buggies</i>", y transitable para Ford -siete automóviles lo subieron en un solo domingo- corre desde un punto de la carretera estatal en Long Run hasta la cima. Además de la torre de (vigilancia para el) fuego, hay una acogedora cabaña para el vigilante, el púlpito de piedra erigido por el Pennsylvania Alpine Club se encuentra en la oscura arboleda druídica, y los caminos y senderos hacia los manantiales, donde los osos se revuelcan, a los campos viejos y las moradas de los recolectores de cerezas se han abierto y marcado, para la conveniencia del público: el secreto ya no reina; se proyecta un Refugio y Reserva de Caza Estatal en Huckleberry Flat en la cima.
</div>
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
[pág. 284]
<i>Riansares is a part of the public's domain in scenic Pennsylvania; it is well worth a visit, now that the mountain has become so accessible. The Alpine Club members will continue to climb by way of its sheer, steep face, but others may prefer the drive-road, through groves of grey birch, with vistas commanding views of Nittany and Bald Eagle Valleys, Rosecrans, and off to distant Sugar Valley and White Deer Valley. It is a glorious view at any time of the year; in Maytime, when the cherry blossoms make the mountain farms a mass of whiteness, in Sumnmer, in the deep smiling green dress of the mountain world, in Autunm, when every hillside is ablaze with color, or later when only the oaks break the neutral tints, and in Winter, then Riansares becomes the competitor of the Sierra Nevada<strike>s</strike>, Guadarrama<i>s</i>, Sierra Morena<strike>s</strike> and Pyrenees! It proves its right to bear one of the most romantic of Spanish names, and can look thc wind-swept lberian plateaux in the face as an equal!
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
[pág. 284] Riánsares es parte del dominio público en la pintoresca Pennsylvania; bien vale la pena una visita, ahora que la montaña se ha vuelto tan accesible. Los miembros del Alpine Club continuarán escalando por su escarpado y empinado rostro, pero otros pueden preferir el camino de entrada, a través de arboledas de abedules grises, con miradores que dominan las vistas de los valles de Nittany y Bald Eagle, Rosecrans y los lejanos Sugar Valley y White Deer Valley. Es una vista gloriosa en cualquier época del año; en mayo, cuando los cerezos en flor hacen de la montaña una masa de blancura, en verano, con el vestido verde profundo y sonriente del mundo de la montaña, en otoño, cuando cada ladera está en llamas de color, o más tarde cuando solo los robles rompen el neutro tinte, y en invierno, <u><b>Riánsares se convierte en el competidor de Sierra Nevada, Guadarrama, Sierra Morena y Pirineos! ¡Demuestra su derecho a llevar uno de los nombres españoles más románticos, y puede mirar a la cara a las mesetas ibéricas barridas por el viento como un igual!</b><u>
</u></u></div>
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
The writer was in the "cabin" on the top of tae fire-tower during a blizzard. There was much snow, sleet and hail, driven by a terrific wind out of the east ; it roared as if it came from the sea, from Spain, from the Sierra Nevada<strike>s</strike> or the Sierra Gazulos. It beat against the lights of the cabin windows; it shook and rattled the framework of skeleton steel; it fumed
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
El escritor estuvo en la "cabina" en lo alto de esta torre de fuego durante una tormenta de nieve. Había mucha nieve, aguanieve y granizo, empujados por un viento terrible del este; bramaba como si viniera del mar, de España, de Sierra Nevada o de la Sierra de los Gazules. Golpeó contra las luces de las ventanas de la cabina; sacudió y sacudió la estructura de acero esquelético; echaba humo
</div>
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
[pág. 285]
<i>
and fussed and bellowed like an ocean tempest, beating at a lonely crow's nest! And with the wailing and the moaning of the gale came a sad refrain, inchoate at first, but seeming to grow into words -the story of the Duke of Riansares and Maria Cristina, Queen Regent of Spain, his love of happy days shattered by Revolution, exile, poverty, old age, with only the mountain as monument of former glories!
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
[pág. 285] ¡y se quejó y aulló como una tempestad oceánica, golpeando un nido de cuervos solitario! Y con los lamentos y gemidos del vendaval llegó un estribillo triste, incipiente al principio, pero que parecía convertirse en palabras: <b><u>la historia del duque de Riánsares y María Cristina, reina regente de España, su amor en los días felices destrozado por la Revolución, el exilio, la pobreza, la vejez, ¡con sólo la montaña como monumento de glorias pasadas!</u></b>
</div>
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
One of the writer's Spanish friends, Count de San Juan de Violada, a sportsman and Alpinist of note, kindly sent the following interesting article from the Spanish Magazine "Esfera", of December, 1920, entitled : "Historical Moments, the Secret Marrriage of Maria Cristina and Duke of Riansares, December 28, 1833", of which the following is a literal translation of the text:
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
Uno de los amigos españoles del escritor, el conde de San Juan de Violada, deportista y alpinista de renombre, envió amablemente el siguiente interesante artículo de la Revista española "<i>la Esfera</i>", de [25 de ] diciembre de 1920, titulado: "<a href="https://duquederiansares.blogspot.com/2019/11/momentos-historicos-un-matrimonio.html">Momentos históricos, el matrimonio secreto de María Cristina y el Duque de Riánsares, 28 de diciembre de 1833</a>" [de Diego San José, y que ya hemos reproducido en nuestra entrada del mismo nombre en este blog], del cual la siguiente es una traducción literal del texto:
</div>
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
< <font color="black">
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>«It was during the month of December, 1833; the general condition of the Spanish kingdom was not favorable; at that time therec began to appear signs of the Civil War which Fernando VII (for the purpose of not leaving behind him any kindly remenrbrance) had prepared before departing from this life.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;"> "Fue durante el mes de diciembre de 1833; el estado general del reino español no era favorable; en ese momento comenzaron a aparecer los indicios de la Guerra Civil que Fernando VII (con el fin de no dejar ningún recuerdo amable) había preparado antes de partir de esta vida.
</span></div>
<br />
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
Maria Cristina, who undoubtedly did not have any great compelling motives to retain in her heart the sorrows of widowhood, desired to get away as much as possible from the numerous intrigues and polítical disagreements which were causing restlessness dur-
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">María Cristina, que sin duda no tenía grandes motivos de peso para retener en su corazón los dolores de la viudez, deseaba alejarse lo más posible de las numerosas intrigas y desencuentros políticos que provocaban inquietudes
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
[pág. 286]
<i>-ing her youthful days, and who could have offered her this solace better than the Goddess of Love, the Mother of the World?
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
[pág. 286] durante sus días de juventud, ¿y quién podría haberle ofrecido este consuelo mejor que la Diosa del Amor, la Madre del Mundo?
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>Having been united by political expediency to a man who, on account of his age, could have been her father (and who besides, as if this were not enough, was her uncle) she could not enjoy the delights of true love. She did her best not to give any cause to gossip and she was faithful to an old, cross and disagreeable husband. Inasmuch as she had to maintain on the throne her daughter, Isabella, she was not able to announce herself among the Princesses of Europe as an attractive widow, and she cast her glances around in order to find as soon as possible, a suitable lover.</i><br />
<i><br /></i>
</div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
Unida por conveniencia política a un hombre que, por su edad, podía haber sido su padre (y que además, por si fuera poco, era su tío), no podía gozar de las delicias del verdadero amor. Hizo todo lo posible por no dar motivo alguno a los chismes y fue fiel a un marido viejo, enfadado y desagradable. Como tenía que mantener en el trono a su hija Isabel, no pudo presentarse entre las princesas de Europa como una viuda atractiva, y miró a su alrededor para encontrar lo antes posible un amante adecuado.
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>Like her former husband, who when he became a widower, from his fanatic wife Doña Maria Josefa Amelia, and tried to marry again another German Princess, exclaimed: 'No more rosaries', she being anxious to marry again, exclaimed: 'No more plasters and medicines'.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
Como su exmarido, que cuando quedó viudo, de su fanática esposa Doña María Josefa Amelia, y trató de casarse de nuevo con otra princesa alemana, exclamó: 'No más rosarios', ella ansiosa por casarse nuevamente, exclamó: 'No más alifafes, no más emplastos'.
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
The private chronicle, and even the austere 'Book of History' states that annong the members of the Royal Guard that escorted her on her daily walks through Casa de Campo and the El Pardo road, there was a handsome young man of such charming appearance that already before the death of the King, he
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
La crónica privada, e incluso el austero 'Libro de la Historia' relata que entre los miembros de la Guardia Real que la escoltaban en sus paseos diarios por la <i>Casa de Campo</i> y la carretera de <i>El Pardo</i>, se encontraba un apuesto joven de aspecto tan encantador que ya antes de la muerte del Rey, él
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
[pág. 287]
<i>had attracted the attention of the Queen. He was a simple soldier called Fernando Muñoz, and it was stated that he was the son of a tobacco dealer in Tarancon.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
[pág. 287] había atraído la atención de la Reina. Era un simple soldado llamado <b>Fernando Muñoz, y se decía que era hijo de un estanquero de Tarancón.</b>
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>From the moment that she noticed this handsome guard, the Queen, in her daily walks, favored him with her most pleasant smiles.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
Desde el momento en que se fijó en este guapo guardia, la Reina, en sus paseos diarios, lo obsequió con sus más agradables sonrisas.
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>It appears that one afternoon, when stepping out from the coach, the Goddess of Love showed him that she favored him in a most expressive mamer, and this happened when the Queen let her handerchief fall, which the fortunate soldier hastened to place again in the hands of the capricious sovereign, although without thinking much of this, and without really knowing the real cause of this happening, because he could not imagine that every day fortunate men were born like the Prince de la Paz.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
Parece ser que una tarde, al bajarse del carruaje, la Diosa del Amor le mostró que lo favorecía en un gesto de lo más expresivo, y esto sucedió cuando la Reina dejó caer su pañuelo, que el afortunado soldado se apresuró a colocar nuevamente en manos de la caprichosa soberana, aunque sin pensar mucho en esto, y sin saber realmente la causa real de este suceso, porque no podía imaginar que todos los días nacieran hombres afortunados como el Príncipe de la Paz.
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>Maria Cristina thanked him for his courtesy with her most pleasant and endearing smile. Muñoz believed that this was an excess of kindness and he did not dare to think of any other thing than to kiss the hand of the Queen which she offered to him, ungloved.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
María Cristina le agradeció su cortesía con su sonrisa más agradable y entrañable. Muñoz creyó que se trataba de un exceso de bondad y no se atrevió a pensar en otra cosa que en besar la mano de la Reina que ella le ofrecía sin guantes.
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>Undoubtedly the enamored Queen regretted his bashfulness as did the Princess Magdalena in the immortal Comedy of Tirso. So ran the course of true love!
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
Sin duda la Reina enamorada lamentó su timidez al igual que la Princesa Magdalena en la inmortal Comedia de Tirso. ¡Así corrió el curso del amor verdadero!
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
[pág. 288] <i>On December 17th of the same year, her Majesty arranged to have an excursion to the Royal place of Quitapesares, which is quite some distance from Segovia on the La Granja road.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
[pág. 288] El 17 de diciembre del mismo año, Su Majestad dispuso realizar una excursión al Real Paraje de <i>Quitapesares</i>, bastante alejado de Segovia por la carretera de <i>La Granja</i>.
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>The season could not have been more suitable for her purposes: the weather was very rough, the snow and the hail had made the road unserviceable, and it could surely be expected that the pass of the Guadarrama mountains would be closed; however, the Goddess of Love, inspired this caprice and it certainly was necessary to obey. Neither medical advices nor political necessities, nor the etiquette of the Court were strong enough to marke the Queen desist. Only a few people accompanied her on the trip; the Adjutant General of the Guards, Palafox, the Lord in Waiting, Carbonel, and the fortunate Muñoz.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
La temporada no podía ser más adecuada para sus propósitos: el tiempo era muy duro, la nieve y el granizo habían hecho inservible el camino, y seguramente se podía esperar que el paso de la sierra de Guadarrama estuviera cerrado; sin embargo, la Diosa del Amor, inspiró este capricho y ciertamente fue necesario obedecer. Ni los consejos médicos ni las necesidades políticas, ni la etiqueta de la corte fueron lo suficientemente fuertes como para hacer que la reina desistiera. Solo unas pocas personas la acompañaron en el viaje; el Ayudante General de la Guardia, Palafox, el Gentil Hombre Carbonel, y el afortunado Muñoz.</span>
</div>
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>At dawn the drive was started and during the first stages of it the attendants of the Queen tried to induce her to give up her plan explaining to her about the bad weather. However, the angelical Cristina never showed such a tenacity and authority; it was her desire to pass Christmas at the said Royal resort where neither the intrigues of the Court nor political trouble could reach her.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
Al amanecer se inició el camino y durante las primeras etapas del mismo los acompañantes de la Reina intentaron inducirla a que abandonara su plan, explicándole el mal tiempo que hacía. Sin embargo, la angelical Cristina nunca mostró tanta tenacidad y autoridad; era su deseo pasar la Navidad en dicho complejo real, donde ni las intrigas de la corte ni los problemas políticos pudieran alcanzarla.
</span></div>
<br />
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>They arrived at the pass; the mules could hardly advance; the coach sometimes got stuck in the mud;
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
Llegaron al puerto; las mulas apenas podían avanzar; el coche a veces se quedaba atascado en el barro;
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
[pág. 289]<i>although the brakes were strongly applied, the coach skidded on the snow with the speed of a Russian troika.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
[pág. 289] y aunque se aplicaron con fuerza los frenos, el coche patinó sobre la nieve con la velocidad de una troika rusa.
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>During one of these rapid slides, it was fortunate that there happened to be on the road several carts which were bringing lumber from the Balsain forest, and the Queen's coach crashed against them; if the coach had not encountered these ob(s)tacles, it might have down the Mountain, and in this way the maternal regency of Isabella II would have come to an end.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
Durante uno de estos rápidos deslizamientos, fue una suerte que hubiera en el camino varios carros que traían madera del bosque de Balsain, y el carruaje de la Reina chocó contra ellos; si el carruaje no hubiera encontrado estos obstáculos, podría haber bajado la Montaña, y de esta manera se habría acabado la regencia materna de Isabel II.
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>One of the wooden planks in the cart broke the glass of the Royal coach, in this way wounding the face of Her Majesty. Fernando Muñoz quickly sprang from his cold scat on the box, and marking a bandage from his bandkerchief, rushed to staunch the blood of the Queen. The Queen was very favorable to being attended to in this way, and in order to give him more reason to care for her, she considered it her duty to faint, just as any young lady would have done, who is fond of reading such writers as Chateaubriand, Victor Hugo and Sir Walter Scott.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
Una de las tablas de madera del carro rompió el cristal del carruaje real, hiriendo así el rostro de Su Majestad. Fernando Muñoz saltó rápidamente de su caballo sobre el carruaje, y haciendo una venda de su pañuelo, se apresuró a detener la sangre de la Reina. La reina se mostró muy favorable a que la atendieran de esta manera, y para darle más motivos para cuidarla, consideró que era su deber desmayarse, como lo hubiera hecho cualquier jovencita a la que le gusta leer escritores tales como Chateaubriand, Victor Hugo y Sir Walter Scott.
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>During the time required to clear up the road, which could only be done the next day, it was necessary to pass the night in a miserable inn nearby, and the Queen hardly separated from her savior, except to rest a few hours during the night.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
Durante el tiempo necesario para despejar el camino, que solo se podía hacer al día siguiente, fue necesario pasar la noche en una miserable posada cercana, y la Reina apenas se separó de su salvador, excepto para descansar unas horas durante la noche.
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
[pág. 290] <i>Then came the sequel:
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
[pág. 290] Luego vino la consecuencia:
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>On December 28, 1833, at 7 o'clock in the morning, at the <i>Quitapesares </i>Farm (never had this Royal place deserved more its name, i. e., <i>Lose Your Sorrows here</i>), there was celebrated the marriage of the Queen Regent of Spain, Maria Cristina, with Señor Don A<strike>u</strike>gustin Fernando Muñoz, who had already been made Lord in Waiting, and who was later on given the title of the Duke of Riansares y de Montmorot.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
El 28 de diciembre de 1833, a las 7 de la mañana, en la Finca de Quitapesares (nunca este lugar Real mereció más su nombre, es decir, <i> pierdes tus penas aquí </i> ), se celebró el matrimonio de la Reina Regente de España, María Cristina, con el Señor Don Agustín Fernando Muñoz, que ya había sido nombrado Gentil Hombre, y que luego recibió el título del Duque de Riánsares y de Montmorot.
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>This marriage was not recognized by the Congress of the Kingdom until April 8, 1845, although the news of the marriage had already been published by General Espartero."
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<span style="color: red;">
Este matrimonio no fue reconocido por el Congreso del Reino hasta el 8 de abril de 1845, aunque la noticia del matrimonio ya había sido publicada por el general Espartero".
</span></div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
< <font color="navy">
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>Thus ends the remarkable chapter in "Esfera", which is from the pen of the distinguished Spanish
writer Diego San Jose
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
De este modo termina el notable capítulo de "Esfera", que es de la pluma del distinguido escritor español
Diego San José
</div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>The Pennsylvania mountain people have a saying that "there are ghosts or the dead and ghosts of the living, but the most terrible of all are the ghosts of the living."
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
La gente de las montañas de Pensilvania tiene un dicho que dice que "hay fantasmas o muertos y fantasmas de los vivos, pero los más terribles de todos son los fantasmas de los vivos".
</div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
It was in the early Spring of 1870, during a high flood in the West Branch of the Susquehanna, when there had been snow all day and the river at Lock Haven was full of logs and rafts, that an elderly
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
<b><u>Fue a principios de la primavera de 1870</u></b>, durante una gran inundación en la rama oeste de Susquehanna, cuando había nevado todo el día y el río en Lock Haven estaba lleno de troncos y balsas, que un anciano
</div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
[pág. 291] <i>traveler of distinguished bearing stepped olf the evening train at Lock Haven. He was cloaked to his heels, the collar of his ulster was turned up, an a dark travelling cap was over his eyes. He carried a small black handbag. Looking around undecided for a moment, he was approached by big burly Ben, the Negro porter of the "Fallon House". At the mention of the name Fallon, the stranger seemed to feel acquainted, "Her Majesty's Agent's name", he said to himself, and followed the porter to the hotel bus, which stcod at the rear of the depot.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
[pág. 291] viajero de porte distinguido bajó del tren de la tarde en Lock Haven. Llevaba una capa hasta los talones, el cuello del abrigo levantado y una gorra de viaje oscura sobre los ojos. Portaba un pequeño bolso negro. Mirando a su alrededor indeciso por un momento, se le acercó el gran y corpulento Ben, el portero negro de la "<i>Fallon House</i>". La mención del nombre 'Fallon', al extraño le pareció familiar, "<i>el nombre del agente de Su Majestad</i>", se dijo, y siguió al portero hasta el autobús del hotel, que se encontraba en la parte trasera de la estación.<br/>
<small>[En efecto, John y Christopher <b>Fallon</b>, destacados abogados de Filadelfia, fueron agentes comerciales de la Reina, realizando en su nombre diversas operaciones y comprando participaciones de varias empresas en Farrandsville y otras partes de los condados de Clinton y Center (recordemos que con la venta de la Florida a Estados Unidos, en 1837 todavía había 5 millones de dólares acreditados a la corona española). Por ejemplo, el primer alto horno en el hemisferio occidental que utilizó carbón bituminoso para producir hierro fundido de calidad superior para las vías férreas, puesto en funcionamiento en 1837, era de la reina Gobernadora, y se construyó en esta localidad por expertos de Gales y Escocia: medía 55 pies de altura. Y es que era interesante el negocio del ferrocarril proyectado que conectaría Filadelfia con los Grandes Lagos. Por eso también se hizo con una mina de carbón en la desaparecida ciudad de Peacock, y que fue el escenario de la primera huelga de los mineros del carbón en Pennsylvania. Así mismo, en 1855 los Fallon construyeron una imponente mansión (la Falon House que se cita aquí) de cuatro pisos cerca de Farrandsville, por si a la Reina le hiciera falta en algún momento, y que se convirtió en hotel luego. De ella no queda más que el candado y la llave, conservados en el Museo Heisey de la Sociedad Histórica del Condado de Clinton.<br/>
Cfr.: Gross, Rebeca et Ricker, Sarah. "Clinton County: Still Part of Penn’s Woods", in Pennsylvania Heritage: <a href="http://paheritage.wpengine.com/article/clinton-county-still-part-penns-woods/">http://paheritage.wpengine.com/article/clinton-county-still-part-penns-woods/</a>]</small>.
</div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>The back was crowded with timber buyers and traveling men, but they all elbowed aside, and made a place for the unusual looking stranger. The driver cracked his cruel blacksnake whip, and with a jingle of bells the big bus, built like a Spanish Diligence, started on its way, over the railroad tracks in front of the panting engine, with its headlight gleaming out through the mist and snow, across the town, to Water Street, thronged with all sorts and descriptions of woodsmen, by the old covered bridge and the dant, past stately mansions of the dignified ar<strike>t</strike>istocracy, drawing up in front of the famed Fallon House.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
La parte trasera estaba atestada de compradores de madera y viajeros, pero todos se apartaron a codazos e hicieron un lugar para el extraño de aspecto inusual. El conductor chasqueó su cruel látigo de serpiente negra, y con un tintineo de campanas el gran autobús, construido como una Diligencia española, se puso en marcha, sobre las vías del tren frente a la locomotora jadeante, con el faro brillando entre la niebla y la nieve, al otro lado de la ciudad, hasta Water Street, atestado de todo tipo y género de leñadores, junto al viejo puente cubierto y las majestuosas mansiones de la digna artistocracia, frente a la famosa <i>Fallon House</i>.
</div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>The tall stranger, with his little handbag alighted, walked up the steps into the lobby, and over to the desk where he registered "Augustin Muñoz, Biarritz, France".
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
El alto desconocido, con su pequeño bolso colgando, subió los escalones del vestíbulo y se acercó al escritorio donde registró "<i><b>Augustin Muñoz, Biarritz, Francia</b></i>".
</div>
<br />
<div style="clear: both;">
</div>
<br />
<div style="float: left; width: 47%;">
[292]<i>The next morning he was out bright and early, visiting lawyers, with whom he poured over maps and reams of contracts, agreements, mortgages and deeds, with great seals and red tape. The day following, accompanied by one of the junior attorneys and a stable boy, he started on horseback on a tour of the vast territories known locally by the name of "The Queen of Spain's Lands", all then in various other ownerships. From the Coudersport Pike they traveled to Lick Run, by way of the Carrier Road, named for Rev. James Carrier, the preacher-lumberman, who cut it through trackless forests to bring his supplies to his logging camps at the headwaters of Rattlesnake and Hyner. They inspected the abandoned shafts, mines, dumps, woodsmen's cabins, superintendent's houses and miners' homes at Farrandsville (Farrand was another of Marie Cristina's agents), Tangascootac, Revelton. Eagleton, Burnt Cabin, Pine Swamp and Marsh Creek, an enterprise that in its day would rival any organization of a modern Captain of Industry. All were falling to ruin, as silent as the grave.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
[pág. 292] A la mañana siguiente salió muy de madrugada, visitando a unos abogados, con quienes <b>revisó mapas y montones de contratos, convenios, hipotecas y escrituras, con grandes sellos y burocracia.</b> Al día siguiente, acompañado por uno de los abogados subalternos y un mozo de cuadra, emprendió a caballo un recorrido por los vastos territorios conocidos localmente con el nombre de "<b><u>Las tierras de la Reina de España</u></b>", todos entonces en varias otras propiedades. Desde Coudersport Pike viajaron a Lick Run, a través de la Carretera de Carrier, llamada así por el reverendo James Carrier, el predicador-maderero, que lo trazó a través de bosques sin caminos para llevar sus suministros a sus campamentos madereros en las cabeceras de Rattlesnake y Hyner. Inspeccionaron los pozos abandonados, las minas, los vertederos, las cabañas de los leñadores, las casas del superintendente y las casas de los mineros en <b>Farrandsville </b>(Farrand era otro de los agentes de Maria Cristina), <b>Tangascootac, Revelton, Eagleton, Burnt Cabin, Pine Swamp y Marsh Creek,</b> una empresa que en su día rivalizó con cualquier organización líder en la Industria. Todas cayeron en la ruina, silenciosas como una tumba.
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>From thence they visited the Fishing Creek region, with its abandoned furnace and dam as big as Lake Creguena in the Pyrenees. Into the virgin forests on Cherry Run. they headed their horses up a steep trail to the summit of the highest point on the 50,000 acre
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
Desde allí visitaron la región de <b>Fishing Creek</b>, con su horno abandonado y su presa tan grande como el lago Creguena en los Pirineos. En los bosques vírgenes de Cherry Run dirigieron sus caballos por un empinado sendero hasta la cima del punto más alto de los <b><b>50,000 acres</b> [unas 20.234 hectáreas, aproximadamente 2 veces el término de Tarancón, pues éste tiene 10.864 hectáreas],</b>
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
[pág. 293] <i>domain, "Mount Riansares". There on the windswept eminence, the party dismounted, and on the rocky crest, gazed at the vast regions north, south, east and west, great areas oí which once had belonged to Maria Cristina, Queen Regent of Spain.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
[pág. 293] <b><u>del dominio llamado "<b>Monte Riánsares</b>".</u></b> Allí, en la cumbre azotada por el viento, el grupo desmontó, y en la cresta rocosa, contempló las vastas regiones por el norte, sur, este y oeste, <i><u>grandes extensiones de lo que alguna vez perteneció a María Cristina, reina Regente de España.</u></i>
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>The tall stranger, standing on the topmost crag, the April wind blowing his long cloak, his stern features softened as old memories seemed to flit through his mind. The young lawyer, who was sent along more because he was an excellent horseman than for his closeness to the principals of the firm, felt convinced that the big, handsome foreigner was none other than Señor Don Augustin Fernando Muñoz, Duke of Riansares y de Montmorot.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
El alto desconocido, de pie en el peñasco más alto, mientras el viento de abril mecía su larga capa, sus rasgos severos se suavizaron y viejos recuerdos parecían revolotear por su mente. El joven abogado, que fue enviado más por ser un excelente jinete que por su cercanía a los directores del bufete, se sintió convencido de que el gran y apuesto extranjero no era otro que el señor <b>don Agustín Fernando Muñoz, duque de Riánsares y de Montmorot.</b>
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
As his keen Spanish eyes took in the vast and imposing panorama of dark green hills -it was before the days of forest fires and the pine and hemlock had not been cut, and the scope and majesty of it sunk into bis breast, he exclaimed.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
Mientras sus agudos ojos españoles contemplaban el vasto e imponente panorama de colinas verde oscuro -fue antes de los días de los incendios forestales y el pino y la cicuta no habían sido cortados- y su alcance y majestuosidad se hundían en su pecho-, exclamó:
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />>
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
-"It is indeed a realm fit for a Queen, and is it truly lost to its royal owner?"
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
-"Esto es un reino digno de una reina, y ¿está realmente perdido para su dueño real?"
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
The youthful lawyer looked again over the wonderful mountain realm, and said sadly, "We will do our best, sir, for our regal client, but it is probably too late;
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
El joven abogado miró de nuevo hacia el maravilloso reino de la montaña, y dijo con tristeza: <br/>
- "Haremos todo lo posible, señor, por nuestro regio cliente, pero probablemente sea demasiado tarde;
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
[pág. 294] <i>the lands were sold for taxes, have passed through many different ownerships, in some cases, giving them easement, so I fear it is too late to recover."
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
[pág. 294] las tierras fueron vendidas a cambio de impuestos, han pasado por muchas tenencias distintas, en algunos casos, dándoles servidumbre, por eso me temo que es demasiado tarde para recuperarlas”.
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
The stranger could not seem to tear himself away from the savage majesty of the view, being especially fascinated by the giant peaks to the North, beyond the Carrier Road, in the vicinity of the Coudersport Pike.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
El extraño no podía apartar la vista de la salvaje majestuosidad que se le presentaba delante, y estaba especialmente fascinado por los picos gigantes del norte, más allá de Carrier Road, en las proximidades de Coudersport Pike.
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
-"And this is Mount Riansares", he said, as if to reassure himself.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
-"<b>Y este es el Monte Riansares</b>", dijo, como para tranquilizarse.
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
-"It is, sir", said the attorney, "and the highest and noblest mountain in all the former domain oí Her Most Catholic Majesty. It was her first request, after the deeds passed, to name the highest mountain after the noble gentleman whom she had recently married. Surveys and levels were carefully consulted; this was the tallest mountain by more than a hundred feet."
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
-"Esta es, señor", dijo el abogado, "y <b><u>la montaña más alta y noble de todos los antiguos dominios de Su Majestad Católica. Fue su primera petición, después de que pasaran las escrituras, nombrar la montaña más alta en honor al noble caballero con quien se había casado recientemente.</u></b> Se consultaron cuidadosamente las encuestas y los niveles; esta era la montaña más alta por más de treinta metros ".
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
-"How charming aod considerate of Her Majesty", exclaimed the stranger, as he relapsed into silence.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
-"Qué encantadora y considerada distinción de Su Majestad", exclamó el forastero, mientras volvía a caer en el silencio.
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
Then the lawyer told him of the wooderful timber, of the pure water, and many kinds of big game, including black and red bears, which were te be found on Mount Riansares, of the deep caverns where the bears "denned up", for the Winter months, just as in Spain; that it was held to be the hunter's paradise of Clinton County. The stranger was enraptured by the
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
Entonces el abogado le habló de la madera leñosa, del agua pura y de muchas clases de caza mayor, incluidos los osos negros y rojos, que se encontraban en el monte Riánsares, de las profundas cavernas donde los osos "hibernaban", en los meses de invierno, como en España; que se consideraba el paraíso de los cazadores del condado de Clinton. El extraño estaba cautivado por la
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
[pág. 295] <i>
sight of fluffy patches of white like snow, which seemed to be among the dark hemlock trees on distant mountains, and along the edges of the small clearings in the vicinity of Rosecrans.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
[pág. 295] vista de mullidas parcelas tan blancas como la nieve, que parecían estar entre los oscuros árboles de cicuta en montañas distantes, y a lo largo de los bordes de los pequeños claros en las cercanías de Rosecrans.
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
-"Those", said the young attorney, "are the blossoms of the Juneberry, the earliest of our blossoming trees".
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
-"Esas", dijo el joven abogado, "son las flores del arándano, el más temprano de nuestros árboles en flor".
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
Out of the South, from Morgan's Gap, came a great black cloud, darkening the sun and casting a heavy shadow on the mountain top.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
Desde el sur, por la Brecha de Morgan, llegó una gran nube negra, oscureciendo el sol y proyectando una densa sombra en la cima de la montaña.
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
-"Is there another storm coming?" inquired the stranger, starting to button his ulster.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
-"¿Se acerca otra tormenta?", preguntó el desconocido, empezando a abrocharse el abrigo.
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
-"That is the flight of the wild pigeons, on their way to their northern nesting grounds in the Black Forest," replied the lawyer.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
-"Ese es el vuelo de las palomas salvajes, en su camino hacia sus zonas de nidificación del norte en la Selva Negra", respondió el abogado.
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
For a long time afterwards, or until they left the mountain eyrie, they could not hear themselves speak, loud as they might shout , for the roar of the myriads of wings.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
Durante un largo tiempo después, hasta que dejaron el nido de la montaña, no pudieron oírse hablar, por más fuerte que gritaran, por el rugido de miríadas de alas.
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
As they rode down the trail towards the waters of Long Run, far below the avian hosts, the stranger called to his companion, saying: "This is like a day in Wild Spain, a new Spain, it is true, yet how like the old country in its loveliness".
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
Mientras cabalgaban por el sendero hacia las aguas de Long Run, muy por debajo de las huestes de aves, el extraño llamó a su compañero, diciendo: <br/>
-"Esto es como un día en la España salvaje, una nueva España, es cierto, pero qué parecido tiene a mi viejo país en su hermosura".
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
[pág. 296] Returning to Lock Haven, past the famous Flat Rock by he roadside, where one could lie and fish for trout out of a pool below, which was later blasted away by road-builders after the great flood of 1889, along the pine-shaded lanes of Rote and through Harvey's Gap in the Bald Eagle Mountains to Castanea and Lock Haven, the stranger expressed himself as overjoyed with the scenic part of his excursion.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
[pág. 296] Regresando a Lock Haven, pasando la famosa Flat Rock por al lado de la carretera, donde uno podía tumbarse y pescar truchas en un estanque que hay abajo, que más tarde fue destruido por los constructores de carreteras después de la gran inundación de 1889, a lo largo de las calles sombreadas de pinos de Rote y a través de la Brecha de Harvey en las Montañas del Águila Calva hasta Castanea y Lock Haven, el extraño se expresó encantado con la parte escénica de su excursión.
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
Further conferences with the attorneys wcre held, covering many days, but nothing was accomplished,
and the stranger, or Augustin Muñoz, or Duke of Riansares, or whoever he was, returned eastward one night, on the midnight express, never to return. Years passed, and another effort was staged to recover the "Queen's Lands" -it was about ten years ago. Colonel Theodore Davis Boal, of Boalsburg, graphically described, at the Annual Outing of the Pennsylvania Forestry Association, held at the State College Students' Forestry Camp on Cherry Run, near the slopes of Mount Riansares, in June, 1920, how he was approached in Washington, D. C., by a grandson of the Duke of Riansares, who was connected with the Royal Spanish Embassy, to have the claims re-examined. Yet, like the previous attempt, no hope was found by Judge Quigley and other able lawyers he engaged to try and
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
Se celebraron más conferencias con los abogados, que abarcaron muchos días, pero no se logró nada, y el forastero, fuera Agustín Muñoz, o el duque de Riánsares, o quienquiera que fuera, volvió una noche hacia el este, en el expreso de medianoche, para no volver jamás. Pasaron los años y se llevó a cabo otro esfuerzo para recuperar las "Tierras de la Reina", esto fue hace unos diez años. El coronel Theodore Davis Boal, de Boalsburg, describió gráficamente, en la Excursión Anual de la Asociación Forestal de Pensilvania, celebrada en el Campamento Forestal de Estudiantes del State College en Cherry Run, cerca de las laderas del Monte Riánsares, en junio de 1920, cómo se le acercó en Washington, DC, por un nieto del duque de Riánsares, que estaba relacionado con la Real Embajada de España, para que se volvieran a examinar las reclamaciones. Sin embargo, al igual que en el intento anterior, el juez Quigley y otros abogados capaces que contrató para juzgar y
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
[pág. 297] <i>
find a legal loophole to restore the property to the heirs of the celebrated Maria Cristina.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
[pág. 297] encontrar un resquicio legal para devolver la propiedad a los herederos de la célebre María Cristina.
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<div style="float: left; width: 47%;">
<i>
Riansares is but a name, but is a mighty one to conjure with in history and thea annals of the Alleghenies, forest conservation, outdoor sport and mountaineering.
</i> </div>
<div style="float: right; width: 47%;">
Riánsares no es más que un nombre, pero es poderoso para evocar en la historia y los anales de las Alleghenies, la conservación de los bosques, el deporte al aire libre y el montañismo.
</div><br /><div style="clear: both;"></div><br />
<br/>
<p>
<br/>
<hr size=5 width= 50% color="#000000"/>
<table cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="float: right; margin-left: 1em; text-align: right;">
<tbody>
<tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi0Z1UuM_vjs6O1MZLM2rY8h5l7F0M19uP00Jq37M5oyfCR6b-o0e5sMra8GgoNSFhIXt0QJTHfFOtMJK8eMLD2myChyphenhyphenjNvztnz1Y3LQfC7X27tJYrBu1-JmAi-jrgQoxnv_6dr641FCd4R/s1600/Localizaci%25C3%25B3n+Monte+Ri%25C3%25A1nsares.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; margin-bottom: 1em; margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="948" data-original-width="1377" height="275" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi0Z1UuM_vjs6O1MZLM2rY8h5l7F0M19uP00Jq37M5oyfCR6b-o0e5sMra8GgoNSFhIXt0QJTHfFOtMJK8eMLD2myChyphenhyphenjNvztnz1Y3LQfC7X27tJYrBu1-JmAi-jrgQoxnv_6dr641FCd4R/s400/Localizaci%25C3%25B3n+Monte+Ri%25C3%25A1nsares.JPG" width="400" /></a>
</td></tr>
<tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Mapa topográfico de la localización de la<br />
Montaña Riánsares en Pensilvania (EE.UU.), <br />
<a href="https://listsofjohn.com/mapf?lat=41.0514&lon=-77.3798&z=15&d=y&d=r">según el Servicio Geológico de Estados Unidos</a>
</td></tr>
</tbody></table>
<br />
<p>
La web "<a href="https://easternuslookouts.weebly.com/riansares.html">Forest Lookouts</a>" (<i>Miradores forestales</i>), al referirse a los miradores de Pensilvania, indica que en el <b>parque estatal del "<i>Águila Calva</i>"</b> del condado de Clinton, el mirador <b>Riánsares</b> está en la montaña que lleva su nombre, con una torre de vigilancia forestal (que se eliminó recientemente, pero aún está marcada por una cabaña de piedra adyacente a sus cimientos de cemento). Este monte tiene una altura de 2330 pies (710 metros). <br />
<small>[Cfr.: <a href="https://easternuslookouts.weebly.com/riansares.html#">Riansares - FOREST LOOKOUTS</a><br />
Recordemos que la ermita de Riánsares de Tarancón está está a una altura de 801 metros y la localidad se sitúa entre los 827 m del Estadio Municipal y los 791 de El Caño: <a href="https://es-es.topographic-map.com/maps/fzc7/Taranc%C3%B3n/">https://es-es.topographic-map.com/maps/fzc7/Taranc%C3%B3n/</a> ].</small><br />
Esta web, además, hace referencia a un fragmento de un artículo de 9 de junio de 1936, del periódico local <i>Lock Haven Express</i>, donde se significaba que este<b> Monte de Riánsares</b> "<b>en un tiempo perteneció al duque de Riánsares, un potentado español</b>" (the ground at one time belonging to the Duke of Riansares, a Spanish potentate). <br />
<br/>
<p>
<br/>
<hr size=5 width= 50% color="#000000"/>
Esta entrada fue reproducida en el periódico digital www.tarancondigital.es el 27 de agosto de 2020: <a href="https://www.tarancondigital.es/el-monte-denominado-riansares-en-eeuu-una-de-las-posesiones-de-la-reina-maria-cristina-vuelve-a-la-actualidad-taranconera/">https://www.tarancondigital.es/el-monte-denominado-riansares-en-eeuu-una-de-las-posesiones-de-la-reina-maria-cristina-vuelve-a-la-actualidad-taranconera/ </a>.<p>
</a>Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-79597640539438167792019-10-21T16:04:00.000+02:002020-08-27T20:57:32.760+02:00Cap. VI de "La Reina Gobernadora Doña María Cristina de Borbón" de Wenceslao Ramírez de Villa-Urrutia (1925)
<a href="http://bdh-rd.bne.es/viewer.vm?id=0000246157&page=1"><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgtwsyetkmxT8Dsfx0KOvPHCepLaP45j7nyFSprihsLIkeymWQpQvAUvE3TuU1MX6qpq8WC2GdJ6hAKLsUEu6mwXTc2-HzWUOSiRF_F2keLHVhGOGq5mkxbY0IEM0_rN3EII-3fXsqLTSKG/s1600/Libro+de+Villa+Urrutia.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgtwsyetkmxT8Dsfx0KOvPHCepLaP45j7nyFSprihsLIkeymWQpQvAUvE3TuU1MX6qpq8WC2GdJ6hAKLsUEu6mwXTc2-HzWUOSiRF_F2keLHVhGOGq5mkxbY0IEM0_rN3EII-3fXsqLTSKG/s640/Libro+de+Villa+Urrutia.JPG" width="438" height="640" data-original-width="530" data-original-height="775" /></a></div></a>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 153]</b></font>
<div style="text-align: center;">
El casamiento de la Reina Cristina con D. Fernando Muñoz. <br/>
La hoja y folletos anónimos que en 1840 se imprimieron y publicaron sobre este asunto. <br/>
Datos que contienen. <br/>
Los hijos de la Reina y de D. Fernando Muñoz, según la "Guía de la Grandeza", del Sr. Moreno de Guerra. <br/>
Quebranto que después del casamiento sufrió el prestigio de la Gobernadora.<br/>
La Corle de España durante la regencia de María Cristina.<br/>
Enterada la Reina de la nulidad de su matrimonio clandestino trata de legalizar su situación al regresar a España. <br/>
Real decreto de 11 de Octubre de 1844 autorizando el matrimonio de la Reina Madre con D. Fernando Muñoz, Duque de Riánsares.<br/>
Celébrase al día siguiente en Palacio. <br/>
Informe de la Comisión parlamentaria, nombrada por las Cortes Constituyentes de 1854, respecto al segundo matrimonio de D." María Cristina, y dictamen de los abogados encargados de la defensa de la Reina.<p><br/>
</font>
<p><br/><p><br/><p>
<div style="text-align: justify;">
Un hecho ajeno a la política, pero que en ella influyó muy principalmente en daño de España y de la augusta señora que la gobernaba en virtud del testamento de Fernando VII, fue <b>el matrimonio de la Reina viuda D.ª María Cristina con D. Fernando Muñoz</b>. La boda con su tío el Rey de España pudo satisfacer la ambición de la Princesa napolitana; mas no satisfizo a la mujer que en la plenitud de su lozanía y su hermosura vino a compartir el tálamo de un hombre de prematura y achacosa senectud y ya en las postrimerías de su desorde-<br/>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 154]</b></font> nada y licenciosa vida, el cual no respondía a la imagen del gallardo marido, forjada y acariciada en juvenil ensueño. Muerto el Rey, a quien en sus últimas enfermedades cuidó con solícita ternura, debió pensar que algunas sonrisas había de tenerle la fortuna reservadas en la flor de la vida. <b>Quiso, sin embargo, su mala suerte y la de España, que tropezase un día en Palacio con un apuesto garzón,</b> y que por atavismo, siguiendo la tradición familiar, de él se prendara súbita y férvidamente, como se prendó su abuela, la Reina María Luisa, de Godoy, y su madre, la Reina Isabel, de Del Balzo. Hubiera podido contentarse con satisfacer a sombra de tejado el heredado y anheloso apetito; pero si no era Cristina <i>la mujer fuerte</i> de que hablan las Sagradas Escrituras, era la cristiana, temerosa de Dios y guardadora de sus Mandamientos, en cuanto se lo permitía su flaqueza. La fruta prohibida con que la tentaba el Malo, en forma del apuesto garzón, «de ojos árabes, negras y arqueadas cejas y hermoso cabello de azabache», antojábasele sazonada y sabrosísima; pero la detenía el temor de verse, como Eva, expulsada del Paraíso terrenal por pecadora. Trabóse una porfiada lucha entre el amor y el deber, lucha en que suele salirse el primero con la suya y quedar el segundo mal parado, y para aquietar sus ansias, sin que la atormentara su conciencia, no se le ocurrió a la Gobernadora otra solución que la de obtener de la Iglesia la bendición de sus amores en un <b>matrimonio morganático y clandestino</b>.<p>
¿Cuándo empezaron estos amores y cuándo se verificó la boda? Una hoja anónima, que con el título de <b><i>Casamiento de la Reina Cristina con D. Fernando Muñoz</i></b> <br/>
<small> [Nota 1. Esta hoja en 4.°, impresa a tres columnas en página y media, está firmada (Del Labriego), como si estuviese tomada del periódico liberal de este nombre, que empezó a publicarse semanalmente el 22 de Febrero de 1840, y cesó a fin de año. La hoja tiene el pie de Imprenta, calle del Amor de Dios, número 15, a cargo de D. D. Negrete.<br/>
El periódico <i>El Correo Nacional </i>manifestó no haberse impreso en sus oficinas.]</small><p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 155]</b></font> <b>se repartió profusamente en Madrid en 1840</b>, y que precedida de un artículo sobre <i>La cuestión de la Regencia </i><br/>
<small>[Nota 2. <i>La cuestión de la Regencia — El casamiento de María Cristina con Don Fernando Muñoz.</i> Madrid, Imprenta del Nuevo Rezado, 1840. Un folleto en 16.° de 30 páginas, 9 de Introducción sobre la cuestión de la Regencia; de la 11 a la 24,el casamiento, reproducción literal de la hoja clandestina; y de la 25 a la 30, las disposiciones legales, o sean las leyes de Partida] </small>, <p>
reprodujo <i>El Eco de! Comercio</i>, por lo que <b>se creyó fuera obra de D. Fermín Caballero,</b> principal redactor de aquel periódico, y natural de Cuenca, aunque <b>otros atribuyeran la paternidad de la hoja a D. Luis González Bravo</b>, que en el <i>Guirigay</i> firmaba sus artículos con el seudónimo de
<i>Ibrahim Clarete</i>, dió sobre este suceso circunstanciados y hasta prolijos detalles, que sólo pudo facilitar persona íntimamente relacionada con Su Majestad e instruida en los más recónditos arcanos de Palacio. Con la hoja y con este folleto coincide otro <br/>
<small>[Nota 3. <i>Casamiento de la Reina Cristina con Fernando Muñoz. Adicionado con un documento interesante y otros pormenores</i>. Imprenta del Pueblo Soberano, sin fecha. Folleto en 16.°, de 16 páginas; las tres últimas con las disposiciones legales]</small>, <p>
que, sin fecha ni pie de imprenta conocido, debió entonces publicarse. Ambos folletos refieren, en los mismos términos que la hoja, todos los hechos que ésta narra; pero el último viene adicionado, según reza el título, con un documento interesante, que es una exposición dirigida a la Reina gobernadora y comunicada al General Quesada sobre la conducta del <b>capellán de honor y confesor de Su Majestad, D. Marcos Aniano González,</b> y otros pormenores, relativos a las personas que gozaban de la confianza de la Reina; pormenores que en el otro folleto se suprimen. <b>Nos inclinamos a creer que todo fué obra de Caballero.</b> Oigamos ahora las palabras del ilustre conquense <br/>
<small>[Nota 4. En las obras inglesas de Walker, The Revolutions of Spain» Londres, 1847, y de Edmond B. d’Auvergne, A Queen at bay, Londres, 1910, se reproduce esta relación de los amores y boda de Cristina con Muñoz].</small><p>
Era D. Fernando Muñoz un apuesto garzón, mozo de unos veinticinco años, más rico en prendas personales<br/>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 156]</b></font> que en bienes de fortuna, siendo <b>su padre un D. Juan, hidalgo venido muy a menos, que con su esposa, Eusebia Sánchez, vivía de un estanco en Tarancón</b><br/>
<small>[Nota 5. <b>D. Agustín Fernando Muñoz y Sánchez Punes y Ortega nació en Tarancón (Cuenca), el 4 de Mayo de 1808</b>]</small>. <p>
A punto estuvo de ser expulsado del cuerpo de Guardias, en 1832, por sospechoso de carlino, de lo que se libró por hallarse ausente con licencia en su pueblo y por su amistad con el guardia de Corps Nicolás Franco, que trataba amorosamente con la modista y confidente de la Reina, Teresita Valcárcel, la cual no pocas veces dijo en el zaguanete, dirigiéndose a los guardias: <i>esta es obra mía</i>, pues a ella se debió la elección de los que debían salir y de los que quedaron.<p>
Prendóse del guardia D.ª María Cristina, mas no se atrevía a declararle lo que harto le habían dicho los augustos y parleros ojos, de dulcísimo mirar, y, aunque él lo había entendido, movíale el respeto a permanecer silencioso y militarmente cuadrado a orillas del Rubicón, sin atreverse a pasarlo. Ocurriósele entonces a la Reina aprovechar la semana en que Muñoz servía de garzón en Palacio, para<b> disponer un viaje a la hacienda de <i>Quitapesares</i>,</b> cerca de San Ildefonso, que emprendió de madrugada, <b>el 17 de Diciembre de 1833</b>, en medio del temporal más crudo, viéndose obligada a volverse desde lo alto del puerto, porque se destrozó el coche, con riesgo de los que iban dentro, tropezando con unas carretas cargadas de madera, y porque los ventisqueros de nieve y el hielo tenían el camino intransitable. Mas era Cristina valiente y <small>{poco}</small> temosa y no la arredraban los obstáculos. Mandó que aquella tarde y noche los vecinos de los pueblos inmediatos abriesen paso en el puerto, y al día siguiente salió de Palacio sin dama ni mujer alguna, y llevando en su coche al Ayudante General de guardias, D. Francisco Arteaga y Palafox, al Gentilhombre Carbonell y al garzón D. Fernando Muñoz, que se colocó en el asiento frontero de la<br/>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 157]</b></font> Reina. Llegados a Quitapesares, salió Cristina a pasear por los jardines con Arteaga y Muñoz, pero a poco fingió necesitar un recado de la quinta, y envió por él al Ayudante Arteaga, quedando sola con Muñoz. Este debió ser el momento de la declaración amorosa. Volvieron el mismo día a Madrid, y se conoció en seguida por todos en Palacio el favor del guardia Muñoz, a quien <b>nombró</b> Su Majestad <b>Gentilhombre de lo interior</b>, destino creado por el Rey difunto, y que no parecía aplicable a una señora, para cuyo servicio privado había damas, azafatas y mozas.<p>
Los cristianos sentimientos de la Reina la apartaban del trillado camino que siguió su abuela y la empujaban hacia el que siguió después su madre, la cual casó en segundas nupcias con Del Balzo <br/>
<small>[Nota 6. La Infanta D.a María Isabel, viuda el 8 de Noviembre de 1830, de Francisco I de las Dos Sicilias, casó en segundas nupcias, con autorización de su hijo el Rey Fernando II, el 15 de Enero de 1859, frisando los cincuenta, con el General napolitano Francisco del Balzo, que contaba apenas treinta y cuatro años]</small>, <p>
por lo que, <b>a los pocos días de trato con Muñoz, le significó su deseo de desposarse con él.</b>
Parecióle al guardia un sueño lo que oía; pero viendo que era serio el propósito de la señora y que se le metía en casa la fortuna, sólo pensó en abrirle de par en par la puerta, que atrancó luego para que no se le escapara.<p>
Todas sus relaciones en la Corte se reducían al Marqués de Herrera, al escribiente del Consulado D. Miguel
López de Acevedo, a cuya mujer cortejó cuando era simple guardia, y al clérigo D. Marcos Aniano González, su paisano, que estaba accidentalmente en Madrid recién ordenado de misa y postrado en cama, en la callejuela de Hita. Dirigióse a este último Muñoz, ofreciéndole una Capellanía de honor si hallaba modo de casarlos y de confesar a la Reina, que no tenía confianza en los de la Real Capilla. Tentóse el medio de pedir licencia al Patriarca, el cual, noticioso de la vida relajada del joven clérigo, y sospechando el misterio, por las personas que mediaban, se <p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 158]</b></font> negó rotundamente. El Obispo de Cuenca, a quien se pidió después, como diocesano de González, se negó del mismo modo; pero antes de que viniese su repulsa, urgía tanto el caso, que acudieron al <b>Nuncio de Su Santidad, el Cardenal Tiberi.</b> Resistióse al principio, pretextando, con socarronería italiana, que era muy joven el demandante; mas repetida la instancia con esquela autógrafa de la real novia, se <b>concedió la licencia a González</b> para una sola vez. Estas diligencias se practicaron <b>del 25 al 27 de Diciembre</b>, y <b>el día 28, a las siete de la mañana, es decir, a los diez días de trato y a los tres meses de fallecido el Rey Fernando Vil, se verificó el matrimonio morganático de su viuda, siendo Ministro del Sacramento el Presbítero D. Marcos Aniano González, y testigos el Marqués de Herrera y D. Miguel López de Acevedo, y haciendo de asistente el Presbítero D. Acisclo Ballesteros. </b>Tuvieron conocimiento de este enlace la Teresita Valcárcel y la moza de retrete llamada Antonia, guarnicionista que había sido de la Teresita.<p>
No tardó Muñoz en recelar de los que estaban en el secreto, y procuró alejar a los que le estorbaban. La
Valcárcel fue llevada a Bayona por un escribano que dio fe de su entrega a su marido, un francés de quien vivía separada; a su cortejo D. Nicolás Franco, ascendido a Teniente Coronel, se le destinó a la Tenencia de Rey de Jaca, y al Gentilhombre Carbonell se le hizo marchar a Andalucía. La única que continuó en Palacio y en favor con la Reina fué la Antonia Robledo, ascendida de moza de retrete a barrendera.<p>
Un periódico, <i>La Crónica</i>, publicó el 5 de Febrero el siguiente suelto: «Ayer se presentó Su Majestad la Reina gobernadora en <i>char avant</i> (sic) carruaje abierto, cuyos caballos dirigía uno de sus criados, y en el asiento del respaldo iba el Capitán de Guardias, Duque de Alagón». Como el criado era Muñoz, airóse la Reina, y por su orden fue suprimido el periódico, que sólo contaba cinco días de existencia, y desterrados el editor D. Pedro Jimé-<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 159]</b></font> nez de Maro y el redactor D. Ángel Iznardi, que fundó después <i>El Eco del Comercio</i>.<br/>
<small>[Nota 7. Iznardi, en carta dirigida a su amigo el cubano D. Domingo del Monte, fecha en Carabanchel Alto el 24 de Febrero de 1834, decíale lo siguiente:<br/>
«Aquí me tienes, desterrado de la Corte no sé por cuántos días: el motivo es el más liviano que tú te puedes figurar, porque se reduce a haber insertado la noticia de que la Reina había salido a paseo, gobernando los caballos de su coche uno de sus criados, según lo leerás en el número 5 de <i>La Crónica</i>, que te remito. La noticia la remitió a la redacción D. Andrés Arango, pero no conviniendo
a éste dar la cara ni siendo decente que yo lo descubriera, me tienes aquí purgando pecados ajenos, si es que ha habido pecado, que yo no lo creo. En Madrid se ha dicho que un tal Muñoz, a quien la Reina ha elevado a Gentilhombre desde Guardia de Corps, era precisamente el que iba rigiendo los caballos, y sea que la Reina descubriese alguna alusión maligna en el artículo, cosa que yo no descubro ni hubiera consentido, o sea que a Muñoz disgustase que se le llamase criado, lo cierto es que el Superintendente de policía, por orden verbal de la Reina, suprimió <i>La Crónica</i> y me desterró. Te aseguro, Domingo mío,
que en este lance he sentido mucho menos mi propia desgracia que el descrédito que ha traído sobre la Reina esta medida arbitraria; porque, como tú sabrás, la suerte de los liberales de España está unida, en el día, con la de la Reina, y el perderse ella es perdernos nosotros, al menos por ahora. Desde este suceso no queda cosa que no digan los carlistas de las relaciones de María Cristina con Muñoz, y como está tan cercana la privanza de Godoy, la comparación es cómoda de hacer y las consecuencias tristes de sacar».<br/>
Centón epistolario de Domingo del Monte, con prefacio, anotaciones y una tabla alfabética por Domingo Figuerola-Caneda. Habana, 1924].</small><p>
Hallábase Cristina en plena luna de miel y sólo pensaba en disfrutar del nuevo marido, conocido en ciertos
círculos palaciegos por Fernando VII, siendo natural que prefiriese la soledad de los sitios reales. El 15 de Marzo de 1834 se fue a Aranjuez, de donde <b>vino a Carabanchel el día 11 de Junio, con motivo de haberse presentado el cólera en La Carolina</b>; y por haberse declarado éste en Mora, pasó repentinamente a La Granja. <b>El 24 de Julio vino a Madrid, según se ha dicho, para abrir las Cortes, y ya conocieron muchos su extraña obesidad, a pesar de las fajas que para disimularla llevaba.</b> Aquel día fue a dormir al Palacio de Riofrío, e hizo allí cuarentena, hasta el 16 de Agosto, que regresó a La Granja, donde estaban sus hijas. La aparición del cólera en Segovia la hizo marchar a escape el 29 a El Pardo, donde se acordonó y en-<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 160]</b></font> cerró, aprovechando el rigor sanitario para no ser vista en los meses mayores.<p>
<b>El 17 de Noviembre de 1834,</b> entre once y doce de la noche, <b>dió a luz</b> una Gertrudis Magna, que se llamó <b>María del Amparo,</b> asistida por su suegra y el médico de Palacio, con tal felicidad, que a los nueve días, el 26, pasó revista en el Paseo de la Florida al 2.° Escuadrón de Guardias que salía para el Norte. En la misma noche del alumbramiento sacaron a la recién nacida en un coche cerrado, por la puerta que da frente a Las Rozas, el Administrador del Sitio, D. Luis, y el médico cirujano, D. Juan Castelló, y la entregaron, cerca de Madrid, a la señora Castañedo, viuda del Administrador que fue de la Granja Villanueva. Esta señora se fijó el verano siguiente en Segovia con la niña y un ama de cría, para estar cerca de los padres, entonces de jornada. También entendieron en estos negocios clandestinos el italiano D. Domingo Ronchi y su paisana D.ª Ana, querida del médico de Guardias Coll.<p>
Al año siguiente se repiten las jornadas y las escenas. El 4 de Mayo de 1835 fue la Corte a Aranjuez, de donde vino la Reina a cerrar el Parlamento el 29, volviéndose al Sitio el mismo día. El 8 de Julio regresó a Madrid y a los tres días se trasladó a La Granja con ánimo de vivir aislada y más cautelosa que la vez primera. Por eso, el 17 del mismo mes, expidió una Real orden el Mayordomo Mayor, Marqués de Valverde, suprimiendo los besamanos generales, en obsequio, se decía, de los obligados a concurrir a ellos. En Palacio se comprendía lo que esto significaba, dado el estado interesante de Su Majestad. Desde La Granja salían todas las tardes Cristina y Muñoz para la quinta de Quitapesares, y desde Segovia venía al mismo punto el aya Castañedo con la niña y el ama en un buen coche. Esta cotidiana entrevista, el boato de la
encargada de la niña, los salvaguardias que salían a explorar el camino y otros mil incidentes mal disimulados, hicieron tan pública la presencia de la infantilla, que hasta<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 161]</b></font> los chicos segovianos la llamaban, al pasar, <i>la hija de la Reina.</i><p>
El 14 de Agosto asistió Su Majestad, según ya dijimos, a un gran Consejo de Ministros y Magnates que reunió Toreno con motivo del pronunciamiento de varias provincias, sacrificio costoso para la Reina por lo adelantado de su segundo embarazo. El 12 de Septiembre volvió a encerrarse en El Pardo, so pretexto de que el cura Merino se acercaba a Soria, y se propuso una incomunicación más estrecha que la del año anterior. Ni los Gentileshombres ni las damas la vieron en mucho tiempo, y hasta se negó más de una vez a los Infantes, lo que irritó sobre manera a su picada hermana.<p>
En este otoño fue varón el que Cristina dio a luz <br/>
<small>[Nota 8. Éste debió ser <b>D. Agustín María, primer Duque de Tarancón</b>, Guardia Marina de la Armada, que murió, soltero, en París, en 1855]</small>,<p>
y a poco de robustecido, se le condujo a París con su hermanita, comisión en que entendieron su abuelo D. Juan Muñoz y el cura D. Juan González Caboreluz, tío del confesor, que, por favor del sobrino, era oficial de la Real Biblioteca. Hízose el viaje en Enero de 1836, presentándolo como un encargo de libros que dió la Biblioteca a Caboreluz, y corriendo con los gastos de los niños en París una casa de comercio de Aranjuez muy conocida.<p>
De la descendencia de D.ª María Cristina y de D. Fernando Muñoz no hemos hallado más noticias que las publicadas por D. Juan Moreno de Guerra y Alonso en 1917 en su <i>Guía de la Grandeza. Títulos y Caballeros de España</i>, noticias que no sabemos de qué fuente proceden; pero que, desde luego, puede afirmarse que no todas son exactas.<p>
<b>A D. Agustín Fernando Muñoz y Sánchez Funes y Ortega se le concedió el título de Duque de Riánsares, con la Grandeza, el 23 de Junio de 1844. Fue también Teniente General, Gran Cruz de Carlos III, Caballero del Toisón de Oro, Maestrante de Granada, Marqués de San Agus-<p></b>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 162]</b></font> <b>tín y Duque de Montmorot y Gran Cruz de la Legión de Honor de Francia, que le confirió Luis Felipe por la boda de la Infanta D.ª María Luisa Fernanda con el Duque de Montpensier. Murió en El Havre el 13 de Septiembre de 1873. De su matrimonio con la Reina Cristina, celebrado el 28 de Diciembre de 1833 y declarado el 13 de Octubre de 1844, naciéronle tres hijas y cuatro hijos.</b><p>
La primera, <b>D.ª María del Amparo, primera Condesa de Vista Alegre</b> en 1847, nacida en El Pardo el 17 de Noviembre de 1834, <b>casó </b>en la Malmaison el l.° de Marzo de 1855 <b>con Ladislao XI, Príncipe Czartoryski,</b> y murió el 17 de Agosto de 1864. Esta es la única hija de cuyo nacimiento se sabe la fecha con certeza, por haberse comunicado la partida de bautismo a las Cortes en 1855.<p>
La segunda, <b>D.ª María de los Milagros, primera Marquesa de Castillejo en 1847,</b> nació, según la <i>Guía de la Grandeza</i>, en El Pardo el 8 de Noviembre de 1835, y <b>casó</b> en la Malmaison el 23 de Enero de 1856 <b>con Felipe, Príncipe del Drago</b>. (Según el folleto, el nacido en aquella fecha en El Pardo fue un varón, el D. Agustín María, de que luego hablaremos).<p>
La tercera, <b>D.ª María Cristina, primera Marquesa de la Isabela,</b> en 1848, <b>y Vizcondesa de la Dehesilla,</b> en 1849, nació en el Palacio Real de Madrid el 19 de Abril de 1840, y casó en la Malmaison el 20 de Octubre de 1860 <b>con Don José María Bernaldo de Quirós y González de Cienfuegos, noveno Marqués de Campo Sagrado.</b><p>
Al <b>D. Agustín María</b> cítalo el Sr. Moreno de Guerra como primogénito, <b>primer Duque de Tarancón </b>(título creado en 29 de Febrero de 1848 para segundogénitos de la Casa de Riánsares),<b> Vizconde de Rostrollano,</b> Guardia marina de la Armada, que nació en el Palacio Real (no dice cuándo), y murió soltero en la Malmaison en Junio de 1855, Este error ha hecho creer a algunos, que habiendo nacido antes que su hermana D.ª María del Amparo hubo de ser concebido en vida de Fernando VII, y aun añaden que murió a los veintiún años en París, sin prueba <p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 163]</b></font> alguna documental, porque la partida de defunción es tan desconocida como la de bautismo.<br/>
<small>[Nota 9. <i>La Época</i> del 25 de Febrero de 1925, con el epígrafe de, <i>En tal día... Hace tres cuartos de siglo</i>, reproduce lo que se supone dijo <i>La Época</i> de 1850 con motivo de los nuevos títulos de la <i>Guía de forasteros</i>, que eran doce, de los cuales cinco ofrecían la particularidad de pertenecer a la misma familia, siendo hijos de la Reina D.ª María Cristina y de su segundo marido el Duque de Riánsares. Nos pareció extraño que establecida en Madrid en 1850 la Reina Madre, un diario como <i>La Época</i>, que siempre gozó fama de pulcro y discreto, publicara una relación de los hijos de su segundo enlace, que dejaba harto mal parada su honra; pues si el primogénito tenía entonces unos diecisiete años, hubo de nacer en vida de Fernando VII. De nuestras averiguaciones resulta que <b>nada de esto dijo entonces </b><i>La Época</i> y que lo que ahora se ha publicado está tomado de la<i> Guía de la Grandeza</i>, del Sr. Moreno de Guerra (edición de 1917). Nosotros hemos creído deber rectificar estos datos erróneos e injuriosos para la Reina D.ª María Cristina. <i>La Época</i>, al publicarlos ahora como reproducidos de la de 1850, les ha dado no sólo mayor publicidad que la del libro, sino cierta autoridad de que en rigor carecen, pues ni se publicaron ni se hubieran podido publicar, según reza el epígrafe, <i>Hace tres cuartos de siglo</i>].</small><p>
Se ha dicho que a la muerte de Fernando VII quedó su viuda encinta y no quiso declararlo, bien por evitar que se pusiera en duda la paternidad del Rey, dado el estado a que le redujo el ataque de gota que sufrió un año antes en La Granja, bien por no perjudicar, en el caso de que naciera un varón, el derecho de sus hijas legítimas, y que ésta fue la razón de su precipitado y clandestino matrimonio. Difícil hubiera sido a Cristina ocultar su embarazo. El 24 de Octubre de 1833 fue proclamada Reina D.ª Isabel II, y el l.° de Enero siguiente pasó la Gobernadora una revista militar, vistiendo una amazona negra y montando, con su reconocida maestría, un precioso caballo tordo. ¿Para qué el apresurado matrimonio si no servía para
borrar la falta ni para legitimar el fruto del pecado? La calumniosa leyenda, grata al vulgo, no responde al carácter de Cristina, la cual creemos que decía la verdad cuando escribía a su hija la Reina Isabel, casada ya con su primo D. Francisco de Asís, y con él desavenida por causa de la privanza del <i>General bonito</i>, D. Francisco Serrano, de quien se quejaba el Rey D. Francisco porque no le guardaba el respeto que siempre tuvo Godoy a Carlos IV:<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhcqwx6BGjUFNlVAp_ZQuU_wvYNAP-ZIfxkUXbV3jD4iHrFZ0jhjddu6cWOqUidnvnqjFKv4v79tWELp_PKhAX_WDERa0TM6zZZky9v7g3K81cWnFZHFDWGwWZ_UuIT9NnpMQDaRqGGQEnE/s1600/Mar%25C3%25ADa+Cristina%252C+reina+Gobernadora.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhcqwx6BGjUFNlVAp_ZQuU_wvYNAP-ZIfxkUXbV3jD4iHrFZ0jhjddu6cWOqUidnvnqjFKv4v79tWELp_PKhAX_WDERa0TM6zZZky9v7g3K81cWnFZHFDWGwWZ_UuIT9NnpMQDaRqGGQEnE/s640/Mar%25C3%25ADa+Cristina%252C+reina+Gobernadora.JPG" width="404" height="640" data-original-width="478" data-original-height="758" /></a></div>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 164]</b></font> «<i>Pude ser flaca; no me avergüenzo de confesar mi pecado, que sepultó el arrepentimiento; pero jamás ofendí al esposo que me destinó la Providencia, y sólo cuando ningún vínculo me ataba a los deberes de una mujer casada, di entrada en mi corazón a un amor que hice lícito ante Dios, para que disculpase el secreto que guardé a un pueblo cariñoso y por cuya felicidad me he desvelado</i>». Nos merece, pues, más crédito, aun siendo un libelo, el folleto de D. Fermín Caballero, quien por sus relaciones con las personas más allegadas a la familia de Muñoz, estaba muy al corriente de la boda y de la descendencia de la Gobernadora.<p>
No incluye el Sr. Moreno de Guerra en su <i>Guía de la Grandeza</i> (edición de 1917), entre los hijos de María Cristina, a <b>D. Fernando María</b>, que nació el 27 de Abril de 1838, fue <b>segundo Duque de Riánsares y de Tarancón, Marqués de San Agustín, primer Conde de Casa Muñoz</b> en 1848, <b>Vizconde de Rostrollano y de la Alborada</b> en 1849, Coronel retirado de caballería, y <b>casó</b> en 1861 c<b>on Doña Eladia Bernaldo de Quirós y González de Cienfuegos, hija de los octavos Marqueses de Campo Sagrado,</b> de quienes descienden el actual cuarto Duque de Riánsares y el tercer Duque de Tarancón.<p>
Cita luego, sin mencionar la fecha de su nacimiento, a <b>D. Juan María, primer Conde del Recuerdo</b> en 1848 y <b>Vizconde de Villa Rubia</b> en 1849, <b>segundo Duque de Montmorot</b>, en Francia, y ayudante del Emperador Napoleón III, y a <b>D. José María,</b> <b>primer Conde de Gracia</b> en 1848 y <b>Vizconde de la Arboleda</b> en 1849, nacido en París el 21 de Diciembre de 1840 y fallecido en Pau el 17 de Diciembre de 1863. Si nacieron ambos después de la tercera hija D.ª María Cristina, que vino al mundo el 19 de Abril de 1840, o se trata de un error de fecha, o fueron D. Juan y D. José gemelos y sietemesinos. Murieron solteros, y de los Condados de Gracia y del Recuerdo es hoy poseedora la hija del Duque de Tarancón.<p>
Pero cerremos ya la <i>Guía de la Grandeza</i> y sigamos<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 165]</b></font> en su narración al autor del anónimo folleto. Cuando ocurrieron los sucesos de La Granja, en Agosto de 1836, se notó descontento contra Muñoz y la camarilla, y aun se oyeron algunos mueras. Asustáronse los más señalados y a Muñoz le sacó ocultamente, por las minas de las fuentes, el día 13, el clavero de aquel Sitio, Dionisio Arias, que lo llevó a Madrid, donde se escondió. Desde entonces no se le volvió a ver en público con la Reina y aun en Palacio se redujo a la oscuridad en e<b>l departamento que se conocía con el nombre de <i>la jaula de Muñoz</i>.</b><p>
Todos estos hechos los refieren los anónimos folicularios, con otros pormenores y comentarios que suprimimos, relativos a la camarilla de la Gobernadora, compuesta de <b>los padres de Muñoz y su hija Alejandra,</b> camarista; <b>D. José Muñoz,</b> Contador del Real Patrimonio; <b>Don Marcos Aniano González</b>, Confesor de Su Majestad, Capellán de honor, Administrador del Buen Suceso, prebendado de Lérida y Deán de la Habana; <b>D. Juan González Caboreluz,</b> afrancesado, ayo de la Reina Isabel; <b>D. Serafín Valero,</b> hijo del dómine de Tarancón, Administrador de Vista Alegre; <b>D. Miguel López de Acevedo</b>, Director de la Casa de la Moneda; <b>D. Atanasio García del Castillo</b>, Administrador que había sido de la Casa de Campo y del Alcázar de Sevilla; el ex jesuíta <b>D. Juan Gregorio Muñoz</b>, y otros, que a título de parientes o paniaguados trasladaron desde Tarancón sus reales a la Corte.<p>
La hoja <i>Del Labriego</i> fue íntegra y textualmente reproducida en el artículo de <i>El Eco del Comercio</i>, con una introducción titulada <i>La cuestión de la Regencia</i>, en la que se dice que el objeto de esta publicación es el de permitir a la Reina y sus amigos el desmentir, si es falsa, la noticia
del enlace de D.ª María Cristina con un tal Muñoz; siendo un beneficio para la causa común que se debata en la Prensa y en la tribuna lo que en particular se refiere por las plazas y por las calles sin la menor reserva. Pero claro está que el verdadero objeto del folleto era probar que la Reina, por este enlace, que se tenía por cierto y por<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 166]</b></font> notoriamente fecundo, se hallaba incapacitada por las
leyes para ejercer la regencia y aun la tutela de sus hijas.<p>
<i>«Nadie nos gana a independientes, dice el autor de la introducción; nadie ha clamado antes, ni con más energía que nosotros, contra el influjo extranjero, ya sea ultrapirenaico, ya sea ultramarino; nadie ha hecho más que nosotros para quebrantar el yugo insultante de la diplomacia; nadie más ardientemente anhela verle despedazado. Pero en medio de nuestro fervoroso españolismo, pecaríamos de imponderable falta de instrucción, si olvidáramos que la España está colocada en Europa, y que así como no es dado ni a los pueblos ni a los reyes segregar a nuestra nación de la comunidad de intereses del mediodía, ni detener
su movimiento progresivo en la carrera de la civilización, así tampoco nos es dado a nosotros separarnos
súbitamente de nuestro lugar, anticiparnos a los tiempos, atraer hacia nosotros el porvenir y levantar ya el lábaro que ha de guiar en su marcha política a las humanas generaciones.<p>
»Por esto nos cumple distinguir las cuestiones puramente domésticas de lasque con las exteriores se rozan;
y entre estas últimas tal vez no se agita hoy ninguna de mayor transcendencia que la enlazada con el gobierno personal de la Reina gobernadora; cuestión sencillísima por una parte, y por la otra erizada de inconvenientes; pues si bien no cabe duda acerca del poder que en las Cortes reside para aumentar o modificar la Regencia, podría dar lugar a serios debates el intento de cambiarla de raíz, supuesta la idoneidad de la Reina viuda para su desempeño.<p>
«Pero he aquí que, hallándose las cosas en semejante predicamento, aparece un escrito asegurando que la
Reina no es viuda; que ha contraído nuevos esponsales y que de ellos se ha originado una nueva familia y, por consiguiente, nuevos intereses, nuevas miras y nuevos vínculos. Su lectura nos ha sugerido varias reflexiones, que al juicio del público sometemos.</i><p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 167]</b></font> <i> «Condenamos, ante todo, de la manera más absoluta,
el tono irreverente que para hablar de la augusta Reina gobernadora se emplea. <b>Supongamos que, con efecto, resolvió dar su mano a quien supo merecer un lugar en su corazón, ¿hay, acaso, en esto algún crimen moral, algo que rebaje a la mujer o la envilezca, desnivelándola de la estimación en que tenemos a las mujeres?</b><p>
«Bien sabemos que se nos contestará que no se acriminan las nupcias de la Reina, ni se maldice de su tálamo, sino que se la culpa por conservar la regencia cuando las leyes no se lo permitían. ¿Y qué? ¿Nada ha de concederse, absolutamente nada, a los sentimientos de una madre que no quiere abandonar las hijas del primer matrimonio? ¿No será siempre, para la Regente, un día de amargura aquél en que dé el último beso a nuestra Reina Isabel? ¿O se pretende, acaso, que de corazón y de afectos carecen los monarcas, y que el orgullo, la avaricia y la sensualidad son los resortes únicos de sus almas?...<p>
«Otro hecho queremos señalar antes de concluir este breve exordio. Sea verdadero, sea falso el suceso a que el dicho opúsculo se refiere, los circunstanciados y hasta prolijos pormenores en que abunda, deben haberse entendido por persona íntimamente relacionada con Su Majestad e instruida en los más recónditos arcanos del Palacio. Para los demás, semejante conocimiento sería imposible. ¿Dónde están, pues, la moralidad, la lealtad, el pundonor de los palaciegos? ¿Qué gentes son éstas, que primero apadrinan y después venden los secretos de sus bienhechores? ¡Cuán legítima no es la revolución que a derrocar
su poder se dirige!» </i><p>
Estos maldicientes y tendenciosos opúsculos, que en 1840 se imprimieron y repartieron profusamente, y son
hoy, por obvias razones, de tan extremada rareza, que no se encuentra un solo ejemplar en nuestra Biblioteca Nacional ni en la de la Real Academia de la Historia, respondían al fin político que entonces perseguían los<i> ayacuchos,</i> o sea(<strike>n</strike>) los compañeros de armas de Espartero, de<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 168]</b></font> acuerdo con los progresistas, de elevar al Duque de la
Victoria a la regencia, no ya en unión, sino en sustitución de D.ª María Cristina. Pero muchos años antes había sufrido gran quebranto el prestigio y la popularidad de la Reina gobernadora, desde que su viudez oficial, su clandestino y discutido enlace y sus frecuentes y mal disimulados embarazos, fueron pasto de la pública murmuración.<p>
La de la gente palatina y cortesana, así como la de los corifeos del partido moderado, era muy discreta, pareciéndoles, no sólo disculpable, sino plausible cuanto hacía la Reina, mujer vehementísima y por demás hermosa, si bien no les placía que siguiera los consejos de una camarilla irresponsable, en que los Muñoces habían sucedido a los Chamorros. Pecaba, en cambio, de descomedida la de los burgueses y populares y la de los progresistas, que entre ellos reclutaban sus adeptos, habiendo dejado de ser la Reina el ídolo que era de estas clases, y <b>no viéndose, después del casamiento, a las mujeres de la burguesía y del pueblo con los lazos azul celeste, que llamaban azul cristino, con que antes todas se adornaban.</b> En cuanto a los carlistas, las noticias de la Corte de Madrid llegaban a la de Oñate, y la conocida fecundidad de la <i>Reina Masona</i>, como llamaban a D.ª María Cristina, hízoles forjar epigramas sobre tan resbaladizo asunto, siendo el más inofensivo el que le atribuía <b>haber tenido más <i>muñoces</i> que liberales había en España.</b> Claro es que, a pesar de los encierros en los sitios reales y de las precauciones que para disimular su estado interesante tomaba la Gobernadora, cuando a Madrid venía a presidir alguna ceremonia oficial, no le era posible ocultarlo, por lo que una aristocrática dama, que tenía más de apostólica que de cristiana, y se hizo temible en la Corte por su lengua mordaz, y su agudísimo ingenio, la Condesa de|Campo de Alange <br/>
<small>[Nota 10. D.« María Manuela Negrete y Cepeda, sexta Condesa del Campo de Alange, nació en Madrid el 16 de Junio de 1809, casó en París el 23 de Octubre de 1826 y murió en Madrid el 16 de Abril de 1883]</small>,<p>
hubo de decir de la Reina que era<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 169]</b></font> <b><i>una señora casada en secreto y públicamente embarazada.</i></b><p>
La guerra civil y la política no permitieron a D.ª María Cristina disfrutar tranquilamente de los honestos goces que su segundo enlace le brindaba. Duró la guerra tanto como la regencia, y lejos de haber domado la facción empleando el rigor fernandino, tan grato al difunto Monarca, recorrieron los carlistas, que mandaba Gómez, toda España, y a las puertas de Madrid llegaron los de Zaratiegui y el mismo Pretendiente, y pudo verlos la Reina con ayuda de anteojo desde los balcones de Palacio. Acrecentóse el caudillaje, a que es la tierra española tan propicia, y la fuerza armada, con su tradicional indisciplina, se puso al servicio de la política, y se pronunciaron, imponiendo su voluntad a la Gobernadora, los sargentos en La Granja y los oficiales de la Guardia en Aravaca, y cuando llegó el turno a los Generales ayacuchos, no quedó a la Reina otro recurso que el de la abdicación y el ostracismo, embarcándose en Valencia para Francia. En cuanto a la política, más que arte de gobernar, dijérase que era el de medrar, siendo el más fácil camino para llegar al poder el pronunciamiento militar, la conspiración urdida en las sociedades secretas o el soberano antojo, en el que tanto influye la camarilla palatina. Aunque era Cristina mujer de claro entendimiento y ánimo varonil, faltábanle para el mando las condiciones de carácter que dieron a otras Reinas y Emperatrices merecida fama de gobernadoras. Dejábase guiar por las personas a quienes otorgaba su amistad y su confianza, entre las que era natural figurase en primer término aquella a quien
había entregado, con su corazón, su mano izquierda, y si bien D. Fernando Muñoz vistió el mismo uniforme de guardia de Corps con que D. Manuel Godoy empezó a servir a sus Reyes, no llegó a usar el de Ministro, siquiera funcionara en la sombra de consejero irresponsable, ni dejó de ser, aun en el lecho conyugal, según Pérez de Guzmán, antes súbdito que esposo.<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 170]</b></font> La Corte de España, durante la regencia de Cristina,
perdió mucho del fausto y la etiqueta que, hasta en su destierro del Palacio Barberini, y a pesar de las estrecheces que pasaron, por la ruindad de Fernando VII, sus augustos padres, mantuvieron los Reyes Carlos IV y María Luisa. La democratización de la Corte atribuyóse a varias causas: a la sencillez a que estaba acostumbrada en Palermo la Princesa napolitana, al afán que tenía la joven Reina de bailar y solazarse honestamente y con poco gasto, fuera de casa y, sobre todo, al trato burgués de la familia y amigos de su segundo esposo, que eran los tertulianos de Palacio. El alarde que de su parentesco hacía esta familia clandestina, llamó la atención de propios y extraños, y un francés, Charles Didier, que pasó un año en España, y de sus impresiones dió cuenta al público en un libro, critica cosas tan inocentes como el que los padres de Muñoz ocuparan en el teatro el palco de proscenio frente al de Su Majestad, pasearan en el Prado en carruaje tirado por tres mulas, y al despedirse de la Reina, en sus frecuentes visitas a Palacio, le dijeran: <i>Adiós, hija.</i><p>
A ejemplo de su hermana, la Infanta Luisa Carlota, organizó Cristina unos bailes, que en el Carnaval eran de máscara, en casa del Conde de Altamira, a los cuales se entraba por convite especial de Su Majestad, aunque a nombre del Conde. Ninguno de los concurrentes ignoraba los amores de Cristina y de Muñoz y los vínculos que secretamente los unían; pero si alguna duda hubiesen tenido, habríala disipado la pública ostentación que hacía la Reina de su pasión por el favorito, que, venido a mejor fortuna, realzaba con mayores encantos su varonil belleza. En uno de aquellos bailes de Carnaval veíase al Conde de Toreno, al Ministro Moscoso de Altamira, al General Freire y a otros personajes haciéndole la corte a Muñoz, que vestía de arriero manchego, sin careta, y los demás de uniforme, excepto Toreno y Moscoso, que estaban
de rigurosa etiqueta. Mientras la Reina bailaba, cenaba Muñoz con Acevedo, Herrera y algún otro amigo-<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 171]</b></font> fe; pero en cuanto paró la música, por haberse acabado el rigodón, saltó Muñoz como un corzo para presentarse en el salón y que no le echara de menos <i>el ama</i>, como llamaba a Su Majestad.<p>
Nada más cómico, dice Didier, que esa colaboración de la Reina y de un Grande de España para dar bailes
baratos, y ciertamente, no debían costarles mucho, porque sólo ponían la casa, las luces y la música. Cuanto se consumía era de pago, aunque fuese un vaso de agua. En el cuarto de los refrescos, servíanlos unos mozos en mangas de camisa y con delantales y manos poco limpios, y como allí se permitía fumar, el olor del tabaco, mezclado al de las lámparas de aceite, llegaba hasta el salón de baile. El amo de la casa, que era de diminuta estatura y a quien se le suponía casado con su cocinera, metíase en un rincón, donde nadie le hablaba ni hacía caso, mientras sUs ilustres antepasados, fijados en el lienzo por grandes
artistas, presidían la fiesta con altanera y desdeñosa mirada. La Reina, que adoraba el baile, no paraba un momento, bailando con cuantos la invitaban. Media docena de decrépitos hidalgos tomaba lecciones de baile en casa de la Marquesa de Valverde para perfeccionarse en el difícil arte de la danza y poder disfrutar del honor y el placer de tener a la Reina por pareja; y dice Didier que vió a Su Majestad bailando una <i>galop</i> con un diplomático que pasaba ya de los setenta. No menos edificante era la pública familiaridad de la Reina con el favorito, que desempeñaba sus funciones de Gentilhombre de lo interior como cualquier buen marido. La milicia urbana prestaba servicio las noches de baile en casa de Altamira, y rendía también su tributo a Terpsícore, sintiéndose llenos de orgullo aquellos uniformados ciudadanos, cuando su brazo, armado en defensa del Trono de Isabel II, ceñía el opulento talle de la hermosa Cristina.<p>
Es indudable que D.ª María Cristina se consideraba casada ante los ojos de Dios, y si lo ocultaba ante los
hombres era por no perder la regencia y la tutela de sus <p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 172]</b></font> hijas, en lo que influían a la par el maternal afecto y la razón de Estado, y aun quizá cuestiones secundarias de intereses materiales, que tuvo siempre en cuenta la Gobernadora. Hasta en los últimos momentos de su regencia, cuando se decidió en Valencia a renunciarla, el 12 de Octubre de 1840, y se empeñó entre ella y los Ministros que acababan de jurar un largo y animado debate sobre la manera de llevar a cabo la renuncia y las causas en que debía fundarse, como el Ministro de la Gobernación, D. Manuel Cortina, aludiera, entre estas causas, al matrimonio de Su Majestad, contestó al instante la Reina: «¡Oh, no; eso no es cierto!»<p>
No era, en efecto, cierto que estuviese casada María Cristina con Muñoz, aunque ella, negándolo en público, en su fuero interno lo creyera. Aquel matrimonio que, por huir del pecado, había de prisa y clandestinamente contraído, no era válido, porque le faltaba la intervención del cura párroco, prescrita por el Concilio tridentino, que era ley del reino. No estaba, pues, ni canónica ni civilmente casada, y todo su afán de estar a un tiempo bien con Dios y con Muñoz resultó vano. Había con él vivido maritalmente, creyéndole su legítimo esposo y habíale hecho padre de numerosa prole; pero todos estos años habíalos vivido, y aun seguía viviendo, en pecado mortal; lo cual angustió sobremanera a la augusta señora cuando lo supo.<p>
Derribado Espartero y el Ministerio progresista que presidió Olózaga, regresó a España la desterrada Reina, y el 4 de Abril de 1844 entró en Madrid, el mismo día en que enterraban a Arguelles. No la acogió el pueblo madrileño con el entusiasmo con que la recibió por vez primera cuando vino a casarse con Fernando Vil o cuando regresó de La Granja en 1832 con deslumbradora aureola de Reina liberal y clemente. Venía llamada por el partido moderado, con el que había conspirado en París y al que había unido su suerte. No era ya la joven hermosa y lozana, cuya sonrisa embelesaba a la muchedumbre callejera.<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 173]</b></font> Habíanla ajado ios inexorables años y los frecuentes alumbramientos y los cuidados de la gobernación y las amarguras del destierro. Había perdido el talle su esbeltez y el rostro su frescura.<p>
Desempeñaba la presidencia del Consejo de Ministros D. Luis González Bravo, mozo audaz y ambicioso, que se
había dado a conocer en El Guirigay por una violenta campaña contra la Reina gobernadora y por medio del
supuesto desacato de Olózaga a la Reina Isabel se había adueñado del poder. Enterada Cristina de las insolencias del periodista, porque alguien cuidó de hacer llegar a sus manos los artículos que firmaba Ibrahim Clarete, contribuyó a abreviar la vida ministerial de González Bravo y a que tuviera por sucesor al General Narváez, en quien había ella puesto toda su confianza. El nuevo Presidente del Consejo vino a ser un verdadero dictador, cosa asaz frecuente en España, donde el pronunciamiento y la dictadura
militar constituyen un arte especial de gobernar, desconocido en la mayor parte de los países europeos y que en el nuestro se ha aclimatado y arraigado de tal modo, que no se considera incompatible con la Monarquía constitucional, a la que vive adherido como planta lozana y trepadora.<p>
Vino la Reina Cristina muy santurrona, según decía Narváez. Atenaceaba su conciencia la cuestión del matrimonio y decidió legalizar su situación. Acompañada de sus hijas llegó a Barcelona, de paso para los baños de Caldas, que debía tomar la joven Reina, y allí, acongojada y llorosa, expuso a Narváez su situación y apeló a su caballerosidad para que la sacara del apurado trance.<br/>
<small>[Nota 11. El Sr. D. Natalio Rivas posee y piensa publicar, con otros documentos de su riquísimo archivo, una interesante carta de Narváez a D. Luis Mayans, Ministro de Gracia y Justicia, dándole cuenta de estas tribulaciones de Doña María Cristina]</small>.<p>
Había el precedente de la boda de la Reina de Nápoles D.ª María Isabel con el Coronel Del Balzo, que autorizó su hijo el Rey Fernando II, y fundándose en él expidió la<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 174]</b></font> <b>Reina D.ª Isabel II, el 11 de Octubre de 1844, un Decreto</b> que refrendó el Ministro de Gracia y Justicia D. Luis Mayans, y que decía así:<p>
«<i>Atendiendo a las poderosas razones que me ha expuesto mi augusta madre D.ª María Cristina de Borbón,
<b>he venido en autorizarla,</b> después de oído mi Consejo de Ministros, <b>para que contraiga matrimonio con D. Fernando Muñoz, Duque de Riánsares.</b> Y declaro que por el hecho de contraer este <b>matrimonio de conciencia, o sea con persona desigual</b>, no decae de mi gracia y cariño, y que debe quedar con todos los honores y prerrogativas que le corresponden como Reina madre, pero que su marido sólo gozará de los honores, prerrogativas y distinciones que por su clase le competan, conservando sus armas y apellido, y que los hijos de este matrimonio jamás quedarán sujetos a lo que dispone el artículo 12 de la ley 9.ª, título 2.°, libro X de la Novísima Recopilación, pudiendo heredar los bienes de sus padres con arreglo a lo que disponen las leyes.</i>»<p>
De este Decreto, que no se publicó en la <i>Gaceta</i>, dió lectura en la sesión del Congreso de 8 de Abril de 1845 el General Narváez, Presidente del Consejo, antes de que empezara la discusión del presupuesto de la Casa Real, en el que, en lugar de la viudedad que dejaba de percibir la Reina madre, por haber pasado a segundas nupcias con el Duque de Riánsares, <b>se le asignaban 3.000.000 de reales</b>
como tributo de gratitud nacional por los eminentes servicios que había prestado al país. Manifestó el General Narváez que al poner el Gobierno en conocimiento del Congreso este importante documento, se proponía pagar un tributo de consideración y respeto a las Cortes para que los señores diputados supiesen lo que había sobre tan interesante materia. El documento no dió lugar a discusión ninguna.<p>
<b>
El 12 de Octubre de 1844, D. Juan José Bonel y Orbe, Obispo de Córdoba,</b> que desempeñaba los cargos de
Procapellán mayor de Su Majestad en su Real Capilla y<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 175]</b></font> Delegado apostólico de la Vicaría general castrense, <b>procedió en Palacio a la celebración del matrimonio de la Reina Cristina con D. Agustín Fernando Muñoz y Sánchez, Duque de Riansares </b><br/>
<small>[Nota 12. Fueron testigos de la boda D. Alejandro Mon y D. Pedro José Pidal, según he oído decir]</small>,<p>
cuya partida, así como las de nacimiento de los hijos, recibidas para ello las oportunas declaraciones de Su Majestad y de su esposo, y vistos y examinados los documentos presentados al efecto, las hizo dicho Prelado extender en libros especiales y conservar en el archivo reservado de la Procapellanía mayor.<p>
Quedó así en paz la escrupulosa y atormentada conciencia de Cristina, no cabiéndole ya a ella, ni pudiéndole caber a nadie, duda respecto a la validez de su matrimonio y a la legitimación de sus hijos. En cuanto a D Fernando Muñoz dejó de ser el clandestino y enjaulado marido de la Gobernadora y empezaron a llover sobre él, por mano de Isabel II, las gracias y mercedes de que le colmó la enamorada esposa. Pasó el apuesto garzón a ser Teniente general por méritos y acciones que no fueron precisamente de guerra. Al Ducado de Riánsares, con la Grandeza de España, que precedió a la boda, siguió la Gran Cruz de Carlos III y el Toisón de Oro, y el Marquesado de San Agustín, y la senaduría, y la Maestranza de Ronda; y para sus hijos creáronse Ducados, Marquesados, Condados y Vizcondados.<p>
Diez años después, el pronunciamiento de Vicálvaro, obra de O’Donnell, puso de nuevo el poder en manos de
Espartero. Uno de los primeros y más graves cuidados del Gobierno fue el de poner a salvo a la Reina Cristina, cuyo <b>palacio de la calle de las Rejas,</b> comprado al Marqués de Santa Cruz, había sido saqueado por la plebe en la noche del 17 de Julio, y a quien los revolucionarios querían vejar y castigar duramente, proponiendo los unos que fuera encerrada en el alcázar de Segovia y los otros en un edificio de Madrid o Zaragoza. Los Clubs pedían<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 176]</b></font> que se la prendiese y juzgase, embargándole los bienes. Pero <b>al amanecer del 28 de Agosto salió Cristina del Palacio Real, donde se había refugiado con Riánsares, para Portugal,</b> escoltada por dos escuadrones, y el Gobierno publicó entonces, con fecha del día anterior, <b>un decreto extrañándola del reino</b> y fundándose para ello en razones de política, que sólo podían ser apreciadas por el buen sentido público y que exclusivamente se apoyaban en el honor y tranquilidad del país. <b>A este decreto contestó Cristina con el Manifiesto de Montemor,</b> de 8 de Septiembre, en que decía, entre otras cosas: «<i>Nunca creí que los partidos liberales dejarían inscribir en sus anales, para la Gobernadora de 1834, noches como la del 17 de Julio, días como el del 26 de Agosto. Esa que hoy tan duramente llaman <i>la Extranjera</i>, se ha mostrado más española que muchos españoles</i>». Valióle este Manifiesto el secuestro de sus bienes, y reunidas las Cortes Constituyentes nombraron, a propuesta de D. Joaquín Alfonso, una Comisión parlamentaria de catorce diputados, encargada de averiguar los abusos que se suponían cometidos por la Reina Cristina y el Duque de Riánsares, y al cabo de seis meses de minuciosas pesquisas, presentó dicha Comisión, el 5 de Junio de 1856, su dictamen <br/>
<small>[Nota 13. Los diputados firmantes del dictamen fueron: Joaquín ALonso; Carlos M. dela Torre; Pedro Bayarri; Laureano de los Llanos; José Antonio Aguilar; Francisco Salmerón y Alonso; Nicolás M. Rivero; Juan Antonio Seoane; Manuel Bertematí; Ambrosio González; José Trinidad Herrero; Alvaro Gil Sanz]</small>,<p>
«<i>que no era una acusación, sino un informe, que sometía los elementos del juicio a la justicia y a la prudencia de las Cortes</i>». Tuvieron éstas violento fin, y quedó, por ende, el dictamen sin efecto: pero no queriendo la Reina madre que sobre ella pesaran las acusaciones formuladas por la Comisión parlamentaria, entre las que figuraban las referentes a su segundo matrimonio, encargó a los tres abogados del Colegio de Madrid, a quienes había encomendado su defensa, que dieran un dictamen examinando y apreciando <p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 177]</b></font> legalmente al mismo tiempo los fundamentos en que hizo
descansar el suyo la Comisión de información parlamentaria. Suscribieron este dictamen D. Manuel Cortina, don Juan González Acevedo y D. Luis Díaz Pérez, dos de los cuales estuvieron encargados, con el difunto D. Manuel Pérez Hernández, de defender a la Reina si llegaba a formularse acusación que lo exigiese.<p>
Varios fueron los cargos que formulaba el informe de la Comisión parlamentaria, relativos a la testamentaría de Fernando VII y la adjudicación del Museo del Prado a la Reina Isabel II; <b>a las alhajas de la Corona y la desaparición del inventario; a la expedición de Flores al Ecuador para proporcionarle un reino en América al hijo del Duque de Riánsares, D. Juan, y a cierto número de negocios en que se suponía habían tenido fructuosa participación doña María Cristina y su marido. </b>A todos estos cargos dieron
cumplida respuesta los abogados encargados de la defensa de la Reina, como asimismo al referente a su segundo matrimonio, que es el único que nos interesa.<p>
La Comisión parlamentaria, que no ignoraba cuanto la fama pública había dicho, que había leído folletos abundantes en curiosos datos, que vió insinuado en el <i>Almanaque de Gotha</i> el hecho de haberse celebrado este matrimonio el 28 de Diciembre de 1833, no lo creyó sujeto a duda; pero las esperanzas que abrigaba de ofrecer a las Cortes, deslindado con claridad, este asunto, no se realizaron, a pesar de las muchas diligencias practicadas con incansable afán. No se pudo encontrar la partida de casamiento, ni tampoco las de bautismo de los hijos; ni la de D. Agustín. Duque de Tarancón, que fue Guardia Marina, ni la de D. Fernando, Conde de Casa Muñoz, Cadete de Caballería. Únicamente la de matrimonio de D.ª María de
los Desamparados, Condesa de Vista Alegre, con el Príncipe Ladislao Czartoryski, celebrado el l.° de Marzo
de 1855 en la Malmaison <br/>
<small>[Nota 14. La Malmaison había sido vendido por Luis Felipe a la Reina Cristina en 500.000 francos]</small>,<p>
en el salón azul llamado de<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 178]</b></font> la Emperatriz, siendo testigos de la novia <b>D. Jesús Muñoz y Sánchez, Marqués de Remisa,</b> y D. Manuel de Gaviria, Marqués de Gaviria, Conde de Buena Esperanza, ha servido para facilitar la copia de la partida de bautismo, presentada en la Alcaidía de Rueil. De ella resulta que se le impusieron los nombres de María de los Desamparados, María del Carmen, María del Milagro, Isabel, Fernanda, Juana; que nació el 17 de Noviembre de 1834; que fue bautizada el 12 de Diciembre de aquel año en la parroquia de San Miguel y San Justo, de Madrid, por el Presbítero D. José Velasco, Vicario de dicha parroquia, como hija legítima de D. Fernando Muñoz y D.ª María Cristina de
Borbón, siendo sus abuelos maternos los Reyes de Nápoles Francisco I y María Isabel, Infanta de España, y habiendo actuado de padrino D. Juan Raimundo Pueyo Belvis de Moneada. Esta partida se inscribió y extendió por orden de D. Juan José Bonel y Orbe, Obispo de Córdoba, Capellán, Limosnero Mayor y Confesor de la Reina, el 18 de Octubre de 1844.<p>
El Sr. D. José Vallés, en oficio dirigido a D. José González de la Vega y al Marqués de la Vega de Armijo el 7 de Marzo de 1855, declaraba que en el Archivo de la Real Capilla y Vicariato General Castrense no se había encontrado documento alguno que tuviese relación con el matrimonio de la Reina madre D.ª María Cristina de Borbón con D. Fernando Muñoz, ni con el nacimiento de sus hijos.<p>
Y el 19 de Julio de aquel año, en respuesta a una comunicación del Gobierno, manifestó el Cardenal Arzobispo de Toledo, D. Juan José Bonel y Orbe, lo siguiente:<br/>
<i>«Siendo Obispo de Córdoba, y cuando desempeñaba los cargos de Procapellán Mayor de Su Majestad en su Real Capilla y Delegado Apostólico de la Vicaría General Castrense, previo el oportuno expediente matrimonial, formado por mí, en el cual se puso por cabeza la Real orden que se me pasó, firmada por el Excelentísimo Señor Ministro de Gracia y Justicia, insertando en ella el Real decreto por el que Su Majestad la Reina nuestra señora D.ª Isabel II, </i>después<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 179]</b></font> <i>de haber oído a su Consejo de Ministros, se sirvió dar su real licencia en el modo que previene la Real pragmática de 23 de Marzo de 1776, para que su augusta madre pudiese contraer matrimonio con el Excmo. Sr. D. Agustín Fernando Muñoz y Sánchez, Duque de Riánsares; recibidas sus respectivas declaraciones de libertad y voluntad, la información de testigos y dispensadas las tres moniciones canónicas, procedí a la celebración del matrimonio, que se verificó el 12 de Octubre de 1844 en la forma que prescribe el Ritual Romano, con asistencia del competente número de testigos, extendiendo después la partida con toda la debida expresión que exigía el acto, en un libro
formado al efecto, y previniendo que éste se conservara en el archivo reservado de la Procapellanía mayor.<p>
»Con respecto a las fechas del nacimiento de los hijos no las tengo presentes con exactitud; pero sí debo asegurar que, celebrado el matrimonio, recibidas después las oportunas declaraciones de Su Majestad y su ilustre esposo, vistos y examinados los documentos presentados al efecto, se extendieron las partidas de cada uno en el modo correspondiente y con la expresión exacta de fechas y demás en otro libro, previniendo que también se custodiara en el archivo reservado de la Procapellanía Mayor, y procediendo yo en todos estos actos con arreglo a lo dispuesto por el sabio Pontífice Benedicto XIV acerca de los matrimonios
llamados de conciencia.</i>»<p>
Este oficio del Cardenal Bonel no fue transmitido hasta el 16 de Octubre a la Comisión parlamentaria, la cual, el 10 de Noviembre, pidió noticias sobre el paradero de los dos libros y acerca de los documentos presentados para la extensión de las partidas de bautismo y del expediente matrimonial, cuya existencia en los archivos públicos y privados se había negado. El Ministro de Gracia y Justicia contestó el 24 de Noviembre que sólo resultaba lo manifestado por el Cardenal Arzobispo de Toledo y una certificación de D. Mariano Falomir, Archivero de la Real Capilla y Vicariato General Castrense, de la cual <p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 180]</b></font> aparece que, «después de un prolijo y detenido examen de los papeles relativos a la Procapellanía Mayor y Vicariato General Castrense no existe, entre ellos, ni las partidas referidas ni tampoco documento ni antecedente alguno que tenga relación con este asunto».<p>
La Comisión parlamentaria propendía a creer que el matrimonio se celebró en 1833 y que se trató de ocultarlo en consideración a los cargos que desempeñaba entonces la Reina Cristina, y se inclinaba a adoptar esta suposición, porque cualquiera otra le parecía más ofensiva en el orden privado y origen de mayores responsabilidades y censuras en el político.<p>
A esto contestaron los abogados de la Reina que era de lamentar que el buen deseo, hijo de los hidalgos sentimientos de los individuos de la Comisión parlamentaria, les hubiera conducido a adoptar una opinión contraria a la que debieron formular en vista del único dato apreciable que pudieron recoger, o sea el oficio del Arzobispo de Toledo de 19 de julio; pues para dudar de que el matrimonio se celebró el 12 de Octubre de 1844, habría que negar todo crédito al informe oficial de dicho prelado o suponer que por consideraciones puramente mundanas infringió el precepto de nuestra religión, que prohíbe la reiteración del sacramento; suposición temeraria la primera y la segunda impía, y ambas injuriosísimas para un Cardenal de la Iglesia Romana, Primado de las Españas.<p>
Los abogados de la Reina declararon haber visto y examinado en el archivo secreto de la Procapellanía Mayor, aunque es posible que no estuviera allí el 7 de Marzo de 1855, según informaba D. José Valiés, el documento fehaciente, con arreglo a las leyes eclesiástica y civil, para probar la celebración del matrimonio, que es la correspondiente partida sacramental autorizada por el Patriarca de las Indias, después Cardenal Arzobispo de Toledo.<p>
«<i>A los que puedan tener la triste complacencia, que no les envidiamos —añaden los abogados en su dictamen—, de examinar la fecha del nacimiento de sus hijos,</i> compa-<p>
<font color="darkMagenta"><b>[Pág. 181]</b></font> <i>rándola con la de su matrimonio, para sacar deducciones contrarias a su decoro, sin respetar consideraciones de que nunca ni en ningún caso prescinden la generosidad y la hidalguía castellana, sólo puede, sólo debe decirse, que Vuestra Majestad ha cumplido superabundantemente con lo que Dios y los hombres podían exigir, sin retroceder ante sacrificios a que no todos hubieran tenido valor para resignarse en la posición que ocupaba Vuestra Majestad.</i>»
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-4193927719800906742019-07-21T19:46:00.000+02:002020-08-28T20:41:12.269+02:00RECUERDOS VIVOS EN MADRID DEL DUQUE DE RIÁNSARES: LA DEHESA "LA MUÑOZA" DE LA LOCALIDAD DE BARAJAS.
<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto; text-align: center;"><tbody>
<tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgw2jRY3JX1xvmNSFK4KRiZiLGYFYuAQKAZSn_cXgBGVef3JX8O3DhyXaNvlESg8o-k7YJKa3aTVA-9WWMgZ9fQ0GGgESdQw3VH2K411OU2fRlQ8xBsFbaLXXZKz48Ob33IVwUvgpsXDQaX/s1600/Toros+descendiendo+al+r%25C3%25ADo+en+La+Mu%25C3%25B1oza.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="735" data-original-width="1277" height="368" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgw2jRY3JX1xvmNSFK4KRiZiLGYFYuAQKAZSn_cXgBGVef3JX8O3DhyXaNvlESg8o-k7YJKa3aTVA-9WWMgZ9fQ0GGgESdQw3VH2K411OU2fRlQ8xBsFbaLXXZKz48Ob33IVwUvgpsXDQaX/s640/Toros+descendiendo+al+r%25C3%25ADo+en+La+Mu%25C3%25B1oza.jpg" width="640" /></a></td></tr>
<tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Toros descendiendo al río en La Muñoza, de Jenaro Lucas Villaamil (1862), del Museo de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando</td></tr>
</tbody></table>
También la localidad de Barajas (Madrid) recuerda la historia del matrimonio Muñoz-Borbón en un bonito palacete y en un nombre topográfico.<p>
En esta localidad existe una finca denominada <b>“La Muñoza”</b>, ubicada entre el río Jarama y el actual Aeropuerto de Madrid (Adolfo Suárez) y la zona industrial del mismo nombre. Esta finca fue una dehesa dedicada a la ganadería brava, en concreto a servicio de la '<i>Vacada Real</i>' (sin peyorativos, por lo que veremos más adelante).<p>
Propiedad del rey Fernando VII, pasó en herencia a Isabel, siendo adquirida luego por la Duquesa de Castro Enríquez, que ya se había quedado con la "vacada real", pasando luego a manos de diversos ganaderos, como José Salvador García de la Lama. Finalmente, en 1971, gran parte de <b>La Muñoza</b> fue adquirida por Iberia, donde construyó diversos hangares y talleres para el mantenimiento de sus aviones.<p>
De la existencia de "<b>La Muñoza</b>" hay constancia medieval (ya el fuero de Madrid cita el caserío de <i>"Juan Muñoz"</i>, de donde seguramente derivaría el que se conociera la finca como <i>La Muñoza</i>). <p>
El "<a href="https://books.google.es/books?id=3uc-154raOQC&pg=PA686&dq=%22La+Mu%C3%B1oza%22+barajas&hl=fr&sa=X&ved=2ahUKEwi4nuyLmL7rAhV6AGMBHVJVBPIQ6AEwAHoECAIQAg#v=onepage&q=%22La%20Mu%C3%B1oza%22%20barajas&f=false">Diccionario geográfico universal, dedicado a la Reina Nuestra Señora</a>" (Tomo I. Barcelona, imprenta de José Torner, 1831, pág. 686) menciona este lugar en la entrada correspondiente a <i>Barajas</i> selando su carácter de dehessa: "<i>A distancia de 1/2 leg. hacia el E. fluye el río Jarama el cual fertiliza con sus aguas varios sotos, y entre ellos el de <b>la Muñoza</b>, donde pastan los toros que han de lidiarse en la plaza de Madrid</i>", que eran trasladados dirigidos a caballo por la cañada real, que concluía con la actual calle de Alcalá (por lo que siempre su ubicaron las plazas de Madrid entorno a esta via).<p>
Mas, lo cierto es que nunca llegó a acoplarse el nombre de esta finca mejor a un suceso histórico como el de la familia Borbón-Muñoz. ¿Casualidades de la vida?.<p>
Veamos. Conocido el matrimonio de la reina Gobernadora y el que luego sería Duque de Riánsares, al uno se le empezó a llamar burlonamente, a escondidas claro, <b>Fernando VIII</b> (pues el nombre del duque era Agustín Fernando) y a la otra <b>"la Muñoza"</b> (pues el apellido de su nuevo esposo era Muñoz). Aunque no todos lo hicieron a escondidas: la propia hermana de la reina, Joaquina Carlota de Borbón-Dos Sicilias, la llamaba despectivamente así, la "Muñoza" (así que ¿por qué no hacerlo sus súbditos?), como recoge Fernando González-Doria.<br />
<small>[González-Doria, Fernando. Las Reinas de España. Barcelona, Bitácora, 1989].</small><p>
De esta manera nunca mejor pudo venir a propósito decir que <b>"La Muñoza"</b>, finca perteneciente a la <b><i>"Muñoza"</i></b>, tuvo en su palacete toda una "<i>vacada real</i>": <p>
"<i>Clamaban los liberales<br/>
que la reina no paría,<br/>
y ha parido más Muñoces<br/>
que liberales había"</i>.<p>
El palacete de la finca, visitable, es de estilo neoclásico, y como hemos dicho llegó a ser residencia del matrimonio a su vuelta del exilio francés en 1844, una vez reconocido su matrimonio por las Cortes. El edificio actualmente se asienta un complejo restaurador dedicado a todo tipo de eventos (bodas, fiestas, etc...), denominado "<b><a href="http://lamunoza.com/">Finca La Muñoza</a></b>", que en su decoración intenta conservar la presencia de los ilustres esposos a través de múltiples cuadros y litografías de los mismos, como puede ver en este vídeo promocional:<p><br/>
<iframe allowfullscreen="" frameborder="0" height="270" src="https://www.youtube.com/embed/QdYfi7IR7UU" width="480"></iframe><br />
<br />
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-17196425658727196152017-08-20T10:44:00.000+02:002017-08-25T15:51:11.166+02:00AÑO 1836. DURANTE LA REGENCIA DE LA REINA MARÍA CRISTINA DE BORBÓN SE INAUGURA EL PRIMER RETRETE PÚBLICO, O CASINO, O COMÚN PÚBLICO, O URINARIO, O MICCIONARIO... DE ESPAÑA.<div style="text-align: justify;">
<br />
<table width="480" cellspacing="1" cellpadding="3" border="2" bgcolor="#CBBABD">
<tr><td><font color="#FFFFFF" face="helvetica"><div align=center>
<b>TEMAS QUE VAMOS A DESARROLLAR</b></div></font></td></tr>
<tr><td bgcolor="#ffffcc"><font face="verdana"><Font size=2>
Introducción.
<blockquote>
• Desde hace más de 4000 años han existido retretes.<br/>
• ...Pero lo natural ha sido hacer las "necesidades" al aire libre.<br/>
• Implantación de vespasianas.<br/>
• La dificultad de mantener el decoro.<br/>
• No se mea donde hay una cruz.<br/>
• La calle como lugar para depositar los desechos.<br/>
• Ríos convertidos en cloacas.
</blockquote>
El término retrete como habitáculo.<br/>
El término retrete como mueble.<br/>
<b>El retrete real de Fernando VII en el museo del prado</b>.<br/>
El primer retrete público contemporáneo de españa.<br/>
<blockquote>
• Preámbulo.<br/>
• Todo se agilizó por el miedo al cólera morbo.<br/>
• El impulsor del primer retrete público en España fue D. Joaquín Vizcaíno, Marqués viudo de Pontejos, Alcalde de Madrid.<br/>
• <b>Relación de los descendientes de la Marquesa de Pontejos y Condesa de la Ventosa con los del Duque de Riánsares</b>.<br/>
• ¿Cuándo se construyó el primer retrete público?<br/>
• Brevedad de este primer retrete público.<br/>
• Nuevos retretes públicos por todo Madrid: columnas o vespasianas.
</blockquote>
Colofón curioso: el día mundial del retrete, 19 de noviembre.
</font></font></td></tr></table> <p><br/>
<font color="NAVY"> <b> <H1>INTRODUCCIÓN</H1></FONT></B><P>
<font color="magenta"> <b> DESDE HACE MÁS DE 4 000 AÑOS HAN EXISTIDO 'RETRETES'.<p></font></b>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhbGYZGHMTNXHGRfHyJdG1Ly7EhqJU0YUkFXANPDFd7M46nlbPwJVthuAHTjQLv9NxfaajafX-KZKmWRwW9aCi3go5-vq0FHXoibtHH5BY56Cxz0psMwuZBjXml8HLpCYOPLHHNckV1z35H/s1600/urinario+romano.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhbGYZGHMTNXHGRfHyJdG1Ly7EhqJU0YUkFXANPDFd7M46nlbPwJVthuAHTjQLv9NxfaajafX-KZKmWRwW9aCi3go5-vq0FHXoibtHH5BY56Cxz0psMwuZBjXml8HLpCYOPLHHNckV1z35H/s400/urinario+romano.jpg" width="400" height="298" data-original-width="719" data-original-height="535" /></a></div>
<b><i>Retretes</i></b>, como habitáculos y/o como mobiliarios, para defecar y/o miccionar. Los hubo en el valle del Indo: Lothal, Harappa, Mohenjo Daro..., en la antigua Mesopotamia, en las casas señoriales egipcias, en el palacio de Cnosos micénico, en los palacios de Pérgamo, en los baños públicos romanos...<p>
<b>EL ESPACIO OCUPADO POR ÉSTOS HA SIDO DESDE LO MÁS PÚBLICO A LO MÁS RESERVADO</b>: en Roma se hacían las deyecciones y se miccionba en las letrinas públicas en alegre compañía y agradable conversación, convirtiéndose en un verdadero lugar de encuentro para estar a la última de los cotilleos de la ciudad. Y así como las letrinas romanas de los "<i>castra</i>" se ubicaban en el "<i>común</i>", luego las miserables letrinas medievales o excusados estarán empotradas o voladas contra el muro del castillo o sus defensas, donde el foso servía de receptáculo para las inmundicias. También las ciudades generarán dos espacios: uno externo, de encuentro acumulativo en las calles, que eran retirados periódicamente; otro privado, interno, en las casas (generando las "secretas" o "letrinas", primero en los corrales o patios con su correspondiente pozo ciego, y luego creando los "<i>retretes</i>"), de concentración y temporalidad limitada (diaria: con el "<i>agua va</i>" del bacín; o de algunos días con la consiguiente retirada por carros empleados para el propósito, transportándolo a los muladares). <p>
<code>[Cfr.: Werner, Florian. La materia oscura: historia cultural de la mierda. Barcelona: Tusquets, 2013.]</code><p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjfKN5JhpViVBoioYjY1nKhFAvmmdV2zkiv-dFBJe7fhxHKG5B8mk7Yoc6PDlA_BvK_w_iuNqSZSBetKrJrKrr82bFTAk8ar7VdUIYsKoC7K-fetLqjSQ7Na0b5dk-0eH3Nezd8t3hl2RUV/s1600/urinarioi-trona.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjfKN5JhpViVBoioYjY1nKhFAvmmdV2zkiv-dFBJe7fhxHKG5B8mk7Yoc6PDlA_BvK_w_iuNqSZSBetKrJrKrr82bFTAk8ar7VdUIYsKoC7K-fetLqjSQ7Na0b5dk-0eH3Nezd8t3hl2RUV/s400/urinarioi-trona.JPG" width="400" height="251" data-original-width="334" data-original-height="210" /></a></div>
<b>SU FORMA HA SIDO VARIABLE</b>, aunque tendiendo siempre a buscar la postura antinatural de estar sentado, de ahí los bancos de piedra horadados y separados mediante apoyabrazos y con respaldos, más o menos labrados y embellecidos, inicialmente, y luego los muebles móviles a modo de sillones o tronas. <p>
Esta postura, además, servía para realizar cualquiera de las dos actividades evacuatorias, tanto en los hombres como en las mujeres. <p>
<b>EN EL RENACIMIENTO SE IRÁN INDIVIDUALIZANDO</b>, y comenzó un proceso de sustitución de esos asientos de piedra, colectivos en su mayoría, que se repitieron según el modelo de la Antigüedad, por un mueble individual, portátil, consistente primero en una caja de madera forrada o un armazón de hierro con cortinas que ocultaban el bacín, que ya se venía usando desde hacía siglos y luego en sillas o tronas (y quizá en esto se siguiera el modelo romano de la '<i>sella pertusa</i>' de las casas romanas, o sillico o silla-retrete privada de los amos, distinta a las "<i>sella familiaris</i>" o "<i>sella foricaria</i>", que era la letrina doméstica de los siervos, aunque todas "<i>perforata sella ad excipenda alvi excrementa accomodata</i>"). Pero se desviaron en sofistificación y belleza, queriendo tapar, y con cubrimientos aterciopelados ocultar, el resultado de la actividad llevada a cabo por el usuario Tanto que, por ejemplo <br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh250ZJLVAzVGZQv-u3jHECiyaEAkGB51Yr3jolrrnG6GqD3bPRPfjC6MK0eSL2R9F3wzGrbM7d5cBqFVyBQLwvl72Iwam6UzvAW68gIZT_Xz3ypICfV0EWLDh9QDv1nIMCnQMsGJ5UdbHO/s1600/urinario-versalles-2.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh250ZJLVAzVGZQv-u3jHECiyaEAkGB51Yr3jolrrnG6GqD3bPRPfjC6MK0eSL2R9F3wzGrbM7d5cBqFVyBQLwvl72Iwam6UzvAW68gIZT_Xz3ypICfV0EWLDh9QDv1nIMCnQMsGJ5UdbHO/s400/urinario-versalles-2.jpg" width="400" height="267" data-original-width="736" data-original-height="491" /></a></div>
<blockquote><i>«la corte de Francia contaba con un buen número de estos aparatos. La variedad de modelos y la diversidad de ornamentos se compadecía con los distintos nombres que recibieron: 'retrait' (<b>retiros</b>), 'chaises d'affaires' (<b>sillas de asuntos o de quehaceres</b>), 'chaises pertuisées' (<b>sillas horadadas</b>), 'chaises percées' (<b>sillas perforadas</b>), 'chayères de retrait' (<b>asientos de retiro</b>), 'chaises nécessaires' (<b>sillas necesarias</b>) o simplemente 'selles', vocablo que designa indistintamente al retrete y las heces».</i><br/>
<code>[Prignano, Ángel Óscar. El inodoro y sus conexiones. La indiscreta historia del lugar de necesidad que, por común, excusado es nombrarlo. Buenos Aires: Biblos, 2007, pág. 32.]</code></blockquote><p>
Así, en el palacio de Versalles, durante el reinado de Luis XIV se contabilizaban más de 264 sillas-retretes móviles, celebrando el mismo audiencias sentado en ellas, como relata Louis de Rouvroy, duque de Saint-Simon, en sus "<i>Memorias</i>" <code>[Mémoires complets et authentiques du duc de Saint-Simon sur le siècle de Louis XIV et la Régence. Paris: Hachette, 1856-1882]</code>, habiéndose creado desde el siglo XVII <i>ex professo</i> el cargo del "<i>porte-Chaise d'Affaires</i>" (porta- retrete móvil):<br/>
<blockquote><i>
«Le porte chaise d'affaires était celui qui, le chapeau bas, en habit de velours, l'épée au flanc, était chargé de dissimuler ces dernières misères auxquelles il a plu à la mère nature de nous assujettir»,</i><br/>
(esto es,"el 'porta retrete móvil' era el que, vestido con sombrero, chaqueta de terciopelo y espada al flanco, se encargaba de ocultar las miserias pasadas con que ha complacido a la madre Naturaleza someternos").<p>
<code>[Cfr.: France d'Hézecques, Felix de. <a href="http://gallica.bnf.fr/ark:/12148/bpt6k49961n/f229.image.r=b%C3%BBche.langFR">Souvenirs d'un page de la cour de Louis XVI</a>. Paris: Didier, 1873, pág. 212].</code></blockquote><p>
Por cierto, que el duque de Saint-Simon, de su viaje a España, dejó mención de que<br/>
<blockquote><i>"sus majestades católicas </i>[Felipe V de España e Isabel Farnesio]<i> compartían siempre un mismo guardarropa, y allá donde fuesen viajan con ellos sus dos sillas-retrete, siempre una junto a otra".</i><p>
Pérez Samper, Mª Ángeles (est. intr.). Saint-Simon en España. Memorias (junio 1721-abril-1722). Alicante: Univ. ALicante, 2008, pág. 325.]</code></blockquote><p>
Y semejante al <i>Groom of the Stool</i>‘(limpiaculos real) creado en Inglaterra por el rey Enrique VII (que perduró hasta 1901) será el "<i>chevalier porte-coton</i>" (caballeros porta-algodones). <p>
<code>[Cfr.: Newton, William Ritchey. La petite cour. Services et serviteurs à la Cour de Versailles au XVIIIe siècle. Paris: Fayard, 2006].</code><p>
<b>SE MULTIPLICARÁN LOS RETRETES PÚBLICOS EN LAS CIUDADES LUEGO</b>, con la progresiva ascensión de la burguesía, "<i>espacios de gestión de la basura corporal en los espacios urbanos</i>", que se irán convirtiendo en cabinas vigilantes del género, acorde con el establecimiento de nuevos códigos conyugales y domésticos que exigen la redefinición espacial de los géneros. Así, olvidada esa costumbre "<i>común</i>", "<i>social</i>", de la Antigüedad, durante el siglo XX, los retretes se vuelven auténticas células públicas de inspección en las que se evalúa la adecuación de cada cuerpo con los códigos vigentes de la masculinidad y la feminidad: en la puerta de cada retrete, como único signo, una interpelación de género: masculino o femenino, damas o caballeros.<p>
<code>[Cfr.: Laporte, Dominique. <a href="https://docs.google.com/file/d/0B2pra8lhhoOKaFZXcF9jUzRVcUU/edit">Historia de la mierda</a>. Valencia: Pre-Textos, 1998.]</code><p><br/>
Por ello, si analizamos el asunto detenidamente,<br/>
<blockquote><i>
«Como dice Henri Lefebvre, el espacio, a pesar de su apariencia neutral, “viene a ser un instrumento político intencionalmente manipulado” </i><code>[Lefebvre, H. Espacio y Política. Barcelona: Península, 1976, pág. 31]</code> <i>y su capacidad para ocultarse bajo una aparente universalidad le hace ser un estratega perfecto como dispositivo de verificación y regulación, una tecnología clave para la producción y recepción de los discursos identitarios de sexo-género, pues sigilosamente deviene en espacio de imposición y exclusión social».</i></blockquote><p>
<code>[Cfr.: Río Almagro, Alfonso del. "<a href="https://revistas.ucm.es/index.php/POSO/article/viewFile/46583/46120">Arte, cuerpos y aseos públicos. Estrategias artísticas de cuestionamiento de los dispositios arquitectónicos de segregación de sexo-género</a>", in Política y Sociedad, LII, 2 (2015) pág. 467].</code><p>
<a name='more'></a>
<font color="magenta"> <b> ... PERO LO NATURAL HA SIDO HACER LAS "<i>NECESIDADES</i>" AL AIRE LIBRE.</font></b><p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjS82Kxh6XG1NMotzazTLW8N9Worv2fbybkWrBIapf45mcTeosrj7ItaorVS9YY13BcAOB17aI_xPv7Bcwsmbkw3p31vFTFGEp200Ue9NeUm8q1SCOTsdoR5nTtcM8YOZZKXyWLVlscOQm5/s1600/urinario+-+cacator.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjS82Kxh6XG1NMotzazTLW8N9Worv2fbybkWrBIapf45mcTeosrj7ItaorVS9YY13BcAOB17aI_xPv7Bcwsmbkw3p31vFTFGEp200Ue9NeUm8q1SCOTsdoR5nTtcM8YOZZKXyWLVlscOQm5/s400/urinario+-+cacator.jpg" width="400" height="340" data-original-width="960" data-original-height="815" /></a></div>
Mas lo habitual ha sido y es usar cualquier esquina, muro, columna, etc., para miccionar tranquilamente, o agacharse para defecar. Lo fue en épocas gloriosas romanas, como podemos comprobar en los mensajes inscritos en Pompeya ("<i>cacator cave malum</i>") o en las termas de Tito, donde había letreros del tipo <br/>
<blockquote>"<i>Duodecim Deos, et Dianam, et Iovem Optimum Maximum habeat iratos, quisquis hic minxerit aut cacarit</i>"<br/>
("que incurra en la ira de los doce dioses, y de Diana, y de Júpiter Óptimo Máximo, quien mee y cague en este lugar").</blockquote>
Y lo es ahora.<p>
<code>[Cfr.: Bourke, John Gregory. Escatología y civilización: los excrementos y su presencia en las costumbres, usos y creencias de los pueblos. Barcelona: Círculo Latino, 2005, pág. 120.]</code><p>
<font color="magenta"> <b> IMPLANTACIÓN DE VESPASIANAS.</font></b><p>
Esta acción se hacía ante todos, en cualquier espacio público, en ambiente comunitario (sin distinción de sexo) y sin "<i>vergüenza</i>", de modo tal que todos eran conocedores y actores de olores, ruidos, formas, etc. <p>
<b>DE HECHO, LOS ROMANOS COLOCABAN UNOS RECIPIENTES DENOMINADOS "<I>GASTRA</I>" EN LAS ACERAS DE LAS CALLES</b>, para que se usaran como "<i>aliviaderos</i>" para todo deambulante. Curiosamente, "<i>gastra</i>" procede del griego,de "<i>vientre</i>", y para unos significa "<i>vasija panzuda</i>" y para otros "<i>vasija para flores</i>". Estas vasijas recoge-orinas, si estaban alejadas de las "<i>fullonicae</i>" (tintorerías romanas), se transportaban a las mismas; pero lo normal es que tuvieran un conducto por el que fluían directamente a las tinas de las tintorerías, donde, por su alto contenido de amoniaco, eran empleadas para curtir el cuero y limpiar las ropas. <p>
<b>VESPASIANO SE ATREVIÓ A PONERLE TRIBUTO A LA PROPIA "ORINA"</b>, pues "<i>pecunia non olet</i>", derivando este hecho en que se llamara "<i><b>vespasiana</b></i>" a la<b> vasija que recogía el orín</b>: "<i>nombre con que se designaban en Roma unas vasijas grandes en forma de medio tonel que Vespasiano instaló en los sitios públicos para que sirviesen de urinarios y por el uso de las cuales se pagaba un impuesto</i>", y que hemos definido como "<i>gastra</i>".<p>
<code> [Zerolo, Elías. <i><a href="http://bdh-rd.bne.es/viewer.vm?id=0000137653&page=1">Diccionario enciclopédico de la lengua castellana</a></i>. París: Garnier hermanos, 1895, Vol. 2, pág.1005 [2220].</code><p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgaQBgpBxZmgq-7ILkvkUwl3gAyQ-U9mVPlxfJLxqZqENyxOZcg9sfUPzq2D_4WF6w15tLtysEnTG58asc144R68SR9PWOFyBHFcfsn4MKbMTdrA0hj_kU0NmYgMoadwCNqQKWPjAfKE2-k/s1600/urinario-portugalete.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgaQBgpBxZmgq-7ILkvkUwl3gAyQ-U9mVPlxfJLxqZqENyxOZcg9sfUPzq2D_4WF6w15tLtysEnTG58asc144R68SR9PWOFyBHFcfsn4MKbMTdrA0hj_kU0NmYgMoadwCNqQKWPjAfKE2-k/s400/urinario-portugalete.JPG" width="400" height="205" data-original-width="614" data-original-height="315" /></a></div>
<b>EL TÉRMINO "<I>VESPASIANA</I>", NO LO HA CONTEMPLADO NUNCA LA REAL ACADEMIA </b> en el Diccionario, pero sí en el "<i>Diccionario Manual</i>" de 1927 como galicismo usado en Argentina y Chile, sinónimo de "<i>urinario, mingitorio</i>", manteniéndolo en sus sucesivas ediciones.<p>
<code>[Cfr.: RAE. <i>Diccionario manual e ilustrado de la lengua castellana</i>. Madrid: Espasa-Calpe, 1927, pág. 1963]</code>.<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjmtbxxcpJW4dJBs7Fa0G-NMdKgF9yjxvTTWkanTdg9IfojWgaT6fRrNXe4jwgt7ZFf6hhbC98GtUfjGx9fCXFD_AO9O1DoAEqsrTN4j4OpKUxMat2r3Moaq3TNMFbRDEB1MlBpQ6RTf8_c/s1600/urinario+-+vespasiana-02.png" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjmtbxxcpJW4dJBs7Fa0G-NMdKgF9yjxvTTWkanTdg9IfojWgaT6fRrNXe4jwgt7ZFf6hhbC98GtUfjGx9fCXFD_AO9O1DoAEqsrTN4j4OpKUxMat2r3Moaq3TNMFbRDEB1MlBpQ6RTf8_c/s400/urinario+-+vespasiana-02.png" width="215" height="400" data-original-width="213" data-original-height="397" /></a></div>
Esta palabra derivará luego a<br/>
<blockquote>"<i><b>pequeño edificio en forma de columna hueca</b>, en cuyo interior estaban establecidos los urinarios públicos".</i> <br/>
<code>[AA.VV. Enciclopedia Universal Ilustrada Europeo Americana. Vol. LXVIII. Madrid: Espasa-Calpe, 1929, pág. 171].</code></blockquote><p>
Este artilugio tuvo un gran desarrollo en Francia e Italia, y fueron implantados a partir de mediados del siglo XIX y principios del XX en casi todas las grandes ciudades españolas (Madrid, <a href="https://www.ehu.eus/documents/1970815/2421082/Gondra+Rezola%2C%20J.+Higiene+urbana.++Bilbao">Bilbao</a>, <a href="http://toledoolvidado.blogspot.com.es/2011/02/los-urinarios-de-zocodover.html">Toledo</a>, etc.), y, con profusión, en Barcelona a raíz de la Exposición Universal de 1888. <p>
Pero si se recogían los orines, lo mismo aconteció con las deposiciones sólidas, que ha servido de alimento para los cerdos desde siempre (de ahí la costumbre de tener los cerdos por las calles) o como abono natural para los campos. Recordemos que ya en <br/>
<i><blockquote>
1483 se reiteraba la prohibición, ya existente desde bastante tiempo atrás, de que los cerdos deambularan por las calles, permitiéndose a los vecinos poder matarlos para su propio provecho en detrimento de los propietarios, a los que además
se les imponían penas pecuniarias. Esta disposición o prohibición de tener a los cerdos sueltos en las calles se estableció y pregonó con bastante frecuencia durante el resto del periodo medieval, y también durante buena parte de la Edad Moderna, como si se tratara de evitar por todos los medios el desagradable espectáculo que suponía contemplar la alimentación de las piaras en los “nutritivos” lodos que abundaban en las calles de la urbe. Prueba de ello es que en diciembre del mismo año se recordó la prohibición; y como debía ser algo bastante frecuente cuando la urbe entró en la “Edad Moderna”, el Concejo recordó reiteradamente a porqueros y dueños de cerdos la referida prohibición en los años 1487, 1493, 1496, 1500, 1502 y 1529.</i><br/>
<code>[AA.VV. <a href="http://www.madrid.org/bvirtual/BVCM019290.pdf">Historia del saneamiento de Madrid</a>. Madrid: Fundación Canal, 2015, pág. 12].</code></blockquote><p>
<p>
<font color="magenta"> <b> LA DIFICULTAD DE MANTENER EL DECORO.</font></b><p>
Es a partir del Renacimiento cuando el sentimiento de "<i>vergüenza</i>" empieza poco a poco a implantarse. Ejercitar estas necesidades "en público", conllevaba que guardar la compostura era harto complicado. Como refirió el buen <b>Erasmo de Rotterdam</b>, en el s. XVI, en su "<i><a href="http://www.ddooss.org/libros/Erasmo_urbanidad_ninyos.pdf"><i>De civilitate morum puerilium</i></a></i>" ("De la urbanidad en las maneras de los niños"), el decoro era muy difícil de mantener en público, pues todo esfuerzo y apretón conllevaba una salida de gases explosiva y ruidosa, y por más que todo hombre bien educado procurara seguir sus consejos desde niño de que <br/>
<blockquote>"<i>Lotium remorari, valetudini perniciosum: secreto reddere, verecundum. Sunt qui præcipiant ut pueri compressis natibus flatum ventris retineant; atqui civile non est, dum urbanus videri studes, morbum accersere. Silicet secedere, solus id faciat; sin minus, iuxta vetustissimum proverbium, tussi crepitum dissimulet.</i>"<br/>
(Esto es: “<i>la orina retenerla es pernicioso para la salud: en secreto verterla, vergonzo. Los hay que aconsejan a los niños que, comprimiendo las nalgas, el flato del vientre retengan; pero, no es civilizado, por querer parecer urbano, una enfermedad llegar a acarrear. Si es dado retirarse, a solas lo haga; pero si no, de acuerdo con el viejísimo proverbio, 'con la tos el estruendoso ruido disimule'</i>”),</blockquote><p>
la evidencia era siempre manifiesta y pública.<p>
Más aún, el docto Erasmo llegó a indicar que si alguien estaba "<i>haciendo sus necesidades</i>", no era de buena educación saludarle, si no, todo lo contrario, dejarle hacer tranquilamente.<p>
Y para rematar con nuestro ilustrado holandés, también nos dejó dicho que <br/>
<blockquote><i>
“Es preciso ser muy cuidadoso de tener l<b>os dientes limpio</b>s, pues <b>blanquearlos</b> con polvos es propio de jovencitos. Frotarlos con sal y alúmina es muy perjudicial y <b>servirse de la orina para este propósito es cosa de españoles</b>“.</i></blockquote><p>
<font color="magenta"> <b> NO SE MEA DONDE HAY UNA CRUZ.</font></b><p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgnd71EIL135SYVZNsNooQlLBgH3bHdbh5yFWoqj4Xfk8m6USQV_MLonEa1n4nEd5YVdWJyDAdMXq2kLqHzG9U0xAlE0iQYz-IrmWsSDRZ6c8EH9oMcTIQ9wHmtobFMUI_s2c1cARtZL1IW/s1600/calle+del+codo.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgnd71EIL135SYVZNsNooQlLBgH3bHdbh5yFWoqj4Xfk8m6USQV_MLonEa1n4nEd5YVdWJyDAdMXq2kLqHzG9U0xAlE0iQYz-IrmWsSDRZ6c8EH9oMcTIQ9wHmtobFMUI_s2c1cARtZL1IW/s400/calle+del+codo.jpg" width="400" height="225" data-original-width="644" data-original-height="362" /></a></div>
Y, como el hombre es animal de costumbres, el hábito no se perdió desde el origen de la humanidad hasta hoy. Recordemos que el mismo Quevedo gustaba de orinar siempre en la misma esquina de la <i>calle del Codo</i>, hecho que provocó no pocos enfados entre sus vecinos, por lo que pintaron una cruz en la misma y escribieron este cartel: "<i>no se mea donde hay una cruz</i>", a lo que Quevedo replicó con otro: "<i>no se coloca una cruz donde se mea</i>". <p>
<code>[Gómez Rufo, Antonio. Madrid. La novela. Relato de una gran ciudad a través de los siglos. Barcelona: Penguin Random House, 2016]</code><p>
Quizá, aquí, una noche cualquiera, se inspiró para escribir su poema dedicado al pedo o sus «<a href="http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/gracias-y-desgracias-del-ojo-del-culo-dirigidas-a-dona-juana-mucha-monton-de-carne-mujer-gorda-por-arrobas--0/html/ffb65e12-82b1-11df-acc7-002185ce6064_2.html#I_0_">Gracias y desgracias del ojo del culo, dirigidas a Doña Juana Mucha, Montón de Carne, Mujer gorda por arrobas</a>». O tal vez no, y fue después de que aconteciera aquella anécdota que le sucedió con el rey Felipe IV, que subiendo una escalera junto a él, al ver que se le había desatado una agujeta del zapato, se agachó para atársela, por lo que al poner al rey el culo tan a mano, su Majestad le dio un bastonazo para que siguiera andando. Y éste, como respuesta, no se le ocurrió otra cosa que dejar salir una sonora flatulencia trasera, ante lo cual recibió una irritada reprimenda del rey. Pero Quevedo, irónico, le dijo al rey: «<i>Majestad, ¿a qué puerta llama el rey que no se la abran</i>?».<p>
<font color="magenta"> <b> LA CALLE COMO LUGAR PARA DEPOSITAR LOS DESECHOS.</font></b><p>
Empero, lo peor no era eso, sino escuchar el canto popular de "<i>¡agua va!</i>", para aviso de despistados. Porque lo normal era, que si se hacían esas necesidades fisiológicas dentro de algún utensilio en las casas, se desalojara lanzándolo a la calle. Así, nos consta, por ejemplo, que ya a finales del s. XIV (y así hasta el siglo XVIII), en París se establecieron ordenanzas prohibiendo arrojar excrementos a la calle por las ventanas, por mucho que se diera el grito de aviso o se hiciera por la noche. Y que en Madrid fue más que habitual hasta el s. XVIII:<br/>
<blockquote><i>
"En 1594, Camilo Borghese, el futuro Paulo V, visitó Madrid como nuncio apostólico, lo que le produjo una imagen lamentable, si hemos de creer a sus palabras: «hay la calle larga, la cual sería hermosa <b>si no fuese por el fango y las porquerías que tiene </b>[...] las casas son malas y feas y hechas casi todas de tierra y, entre las otras imperfecciones, <b>no tiene</b> aceras <b>ni letrinas</b>; por lo que todos <b>hacen sus necesidades en los orinales, los cuales tiran después a la calle, cosa que produce un hedor insoportable</b>». No debió mejorar mucho la situación en los treinta años siguientes, pues en 1623, Sir Richard Wynn, también de viaje por España, relataba así sus impresiones sobre la capital del Imperio: «en la calle había tantos desechos arrojados desde las casas que casi nos envenenamos. Y es que <b>constituye una costumbre arraigada que, a las once de la noche, todos echen esas porquerías a la calle, y hacia las diez de la mañana siguiente ya se han secado</b>». Por último, en 1664, François Bertaut viajó a España formando parte de una embajada francesa encabezada por el mariscal Gramont. Su visión de Madrid coincide con la de los párrafos anteriores: «las calles son anchas en su mayoría, pero no creo que nadie haya recogido nunca un solo cargamento de barro de su pavimento, pues se ve tanto lodo por todas partes y <b>es tan pútrido debido a los excrementos que se arrojan en él</b>, que atribuyo a esta razón las muchas molestias que se toman los españoles por obtener perfume»</i> <code><br/>
[Thomas, H. Madrid. Una antología para el viajero. Madrid: Grijalbo, 1988, pp. 81 y 82].</code><p>
<i>Nada parece haber cambiado en los setenta años que separan estos tres comentarios, aunque, en esa misma época, se dieron numerosas disposiciones municipales destinadas a corregir la inveterada y nociva costumbre del «agua va». El 15 de marzo de 1613, se publicó un «Pregón General mandado guardar por los Alcaldes de la Casa y Corte de Su Majestad», en el que se ordenaba <b>que «no se eche de noche por la ventana agua ni inmundicia».</b> En el mismo sentido, y tan sólo tres meses y medio después, se promulgaba un bando en el que se volvía a prohibir «echar las vasuras de sus casas en la calle» y se dictaban otras normas sobre limpieza y barrido de las calles, incluso de riego de la fachada de la casa y mitad de la calle que le corresponda </i><br/>
<code>[Cervera Vera. L. «Francisco de Sabatini y sus normas para el saneamiento de Madrid», in Anales del Instituto de Estudios Madrileños, XI (1975), pág. 150]</code>.<br/>
<i>Numerosas disposiciones en el mismo sentido se van sucediendo a lo largo del todo el siglo XVII, como las «Condiciones con las cuales se ha de rematar la limpieza y el empedrado de todas las plaças y calles de esta villa de Madrid», de 1620, o las Ordenanzas municipales de 1639, 1659, 1660 y 1719. Pero la reiteración de todos estos preceptos son, antes de nada, evidencia de su incumplimiento, lo que se corresponde con la situación descrita por los viajeros extranjeros citados. Todavía, en 1746, un escrito anónimo recogido por Mesoneros afirma: <b>«hace sucio a Madrid lo que se vierte por sus ventanas»</b>. Unos años después, el italiano Beretti llama a la ciudad «cloaca máxima, pues paseando por sus calles se está como en letrina» <br/>
</i><code>[Lafuente, A. Guía del Madrid científico. Ciencia y Corte. Madrid: Consejería de Educación y Cultura de la CAM-CSIC, 1998, pág. 135]</code><i>;<br/>
y, por último, el marqués de Villa San Andrés, describe con precisión «unas canales largas, desde las cocinas, arrojan a media calle, envueltas en aguas de fregar, las últimas porquerías de las casas»<br/>
</i><code>[Domínguez Ortiz, A. «Una visión crítica del Madrid del siglo XVIII», in Anales del Instituto de Estudios Madrileños, VI (1970), pág. 301]".</code></br/>
<code>[Arroyo Ilera, Fernando. «<a href="https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=930141">Arbitrismo, población e higiene en el abastecimiento hídrico de Madrid en el siglo XVIII</a>», in Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles, XXXVII (2004), pp. 261-262]</code></blockquote><p>
<code>[Para más detalles sobre este asunto, cfr.: Esquivias Blasco, Beatriz. ¡Agua va! La higiene urbana en Madrid (1561-1761). Madrid: Caja Madrid, 1998].</code><p>
<font color="magenta"> <b> RÍOS CONVERTIDOS EN CLOACAS.</font></b><p>
De este modo, las ciudades españolas (y todas las europeas), carentes de redes de alcantarillado, se volvieron malolientes, y verdaderos estercoleros sus calles. Lo fue Sevilla, Valladolid, Valencia, Barcelona, Madrid... Y lo serán, como consecuencia, sus ríos cercanos, que son empleados como cloacas y alcantarillas, repletos de grandes restos en suspensión.<p>
<code>[Vid.: Molina Acevedo, Luis Carlos. Mierda. Símbolos y significados. Berlin: GD Publishing Ltd. & Co KG, 2016].</code><p>
<br/>
<font color="NAVY"> <b> EL TÉRMINO 'RETRETE' COMO HABITÁCULO.</b></font><p>
<b>DE CUARTO RETIRADO Y SECRETO A LUGAR DONDE EXONERAR EL VIENTRE</b>, fue un paso decisivo en el cambio de significado del término retrete. Lo hemos visto más arriba.<p>
PERO EL TÉRMINO <I>RETRETE</I>, <B>HASTA 1832 NO FUE ADMITIDO POR LA REAL ACADEMIA ESPAÑOLA DE LA LENGUA</B> con el concepto de<br/>
<blockquote>
<b> “<i>cuarto retirado donde se tienen los vasos para exonerar el vientre y satisfacer otras necesidades semejantes.</b> Excretoriis vasis secessus</i>”,<br/>
<small>[RAE. “<a href="http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/diccionario-de-la-lengua-castellana-1/html/">Diccionario de la lengua castellana por la Real Academia Española</a>” (Séptima edición. Madrid: Imprenta Real, 1832, pág. 655]</small></blockquote>
<p>
y que ya recogieron, por ejemplo, <b>E. de Terreros y Pando</b> <br/>
<blockquote>
"<i>lugar, ó cuarto separado para hacer las necesidades comunes</i>",
<br/>
<code>[<a href="http://bdh-rd.bne.es/viewer.vm?id=0000022720&page=1">Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes y sus correspondientes en las tres lenguas francesa, latina e italiana...</a>. Vol. III. Madrid: Viuda de Ibarra, 1788, pág. 369]</code></blockquote><p>
o <b>M. Núñez de Taboada</b>:<br/>
<blockquote>
"<i>cuarto pequeño para retirarse. El cuarto retirado donde se tienen los vasos para exonerar el vientre</i>",<br/>
<code>[<a href="http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/diccionario-de-la-lengua-castellana-para-cuya-composicion-se-han-consultado-los-mejores-vocabularios-de-esta-lengua-y-el-de-la-real-academia-espanola-ultimamente-publicado-en-1822--0/html/">Diccionario de la lengua castellana para cuya composición se han consultado los mejores vocabularios de esta lengua y el de la Real Academia Española, últimamente publicado en 1822; aumentado con más de 5000 voces o artículos que no se hallan en ninguno de ellos</a></i>. Vol. II. París: Seguin, 1825, pág. 538.]</code>.</blockquote> <p>
De esta manera fue derivando el concepto de «<i>aposento pequeño y recogido en la parte más secreta y apartada de la casa»</i>, de <b>S. de Covarrubias</b>, a esta nueva acepción, que ya dejó expresa él mismo al hablar del "<i>Consejo de Cámara</i>": <br/>
<blockquote>«<i>'<b>cámara</b>' se dize el excremento del hombre, y 'hazer cámara', proveerse; por su propio nombre 'cacare'. Pienso yo, que por ser cosa que se haze en lo escondido y retirado se llamó 'cámara', como el <b>lugar común</b> de purgar el vientre, se llama 'privada' y 'letrina', por hazerse privada y escondidamente</i>».<br/>
<code>[Covarrubias Orozco, Sebastián de. <a href="http://bdh-rd.bne.es/viewer.vm?id=0000178994&page=1">Tesoro de la lengua castellana o española</a>. Madrid: Luis Sanchez, 1611].</code></blockquote><p>
Así, pues, sólo a finales del siglo XVIII, principios del siglo XIX, podemos decir que se puede emplear la voz "<i>retrete</i>", como sinónimo de lo que se entendía en los siglos XVII y principios del XVIII como:<br/>
<blockquote>
• "<i><b>común</b></i>", <br/>
• "<i><b>excusado</b></i>": «<i>vale assimismo separado</i> (...), <i>aposento o pieza de la casa, que está separado</i> (...), <i>se dice quarto excusado</i>» <code>[Diccionario de Autoridades, Tomo III. 1732]</code>, <br/>
• "<i><b>letrina</b></i>": «<i>lugar destinado en las casas, con una comunicación subterránea, para echar las immundicias y excrementos</i>» <code>[ Diccionario de Autoridades, Tomo IV. 1734]</code>, <br/>
• "<b>necessaria</b>": «<i>letrína o lugar para las que se llaman necessidades corporales, de donde tomó el nombre</i>» <code>[Diccionario de Autoridades, Tomo IV. 1734]</code>.<br/>
• "<i><b>privada</b></i>": «<i>La letrína, secreta o necessária que se fabríca y sirve para exonerar el vientre»</i> <code>[Diccionario de Autoridades, Tomo V. 1737]</code>,<br/>
• "<i><b>secreta</b></i>": «<i>se toma tambien por lo mismo que Necessaria, ò Letrina</i>» <code>[Diccionario de Autoridades, Tomo VI. 1739]</code>,
</blockquote>
porque ya es usada de manera habitual..., aunque sea de manera privada y sólo en casas nobles o de determinado poder adquisitivo, tal y como podemos constatar de manera escrita.<p>
Así es como distingue estos términos <b>Pedro María de Olive</b>:<br/>
<blockquote><i>
«Letrina — Garita — Comun — Igriega — Lugar escusado — Retrete.<br/>
Estas palabras refiriéndose á una idea comun se diferencian en que '<b>letrina</b>' se refiere á un lugar en donde muchas personas juntas hacen sus necesidades naturales, y que por la misma razon exhala mal olor y está siempre sucio. '<b>Garita</b>' espresa [sic] esto mismo, pero con menos estension [sic]. '<b>Comun</b>' es el lugar destinado á los mismos usos en las casas particulares, y cuando en estas casas viven muchos vecinos se le llama '<b>I griega</b>' por la semejanza que forman los conductos con esta letra. En el lenguaje culto se llama á este sitio '<b>lugar escusado</b>'. Y '<b>retrete</b>' al cuarto inmediato á los dormitorios destinado para una necesidad urgente».</i><br/>
<code>[Olive, Pedro María de. <a href="https://books.google.es/books?hl=es&id=xCn-w98FzyoC&dq=diccionario+de+sin%C3%B3nimos&q=letrina#v=snippet&q=letrina&f=false">Diccionario de sinónimos de la lengua castellana</a>. Madrid: Imp. de I. Box, 1843, pág. 251.]</code></blockquote><p>
Para entender el término "<i>igriega</i>", reparemos que el 14 de mayo de 1761 Carlos III aprobó la “<i><a href="http://bibliotecavirtualmadrid.org/bvmadrid_publicacion/i18n/catalogo_imagenes/grupo.cmd?path=1035091">Instrucción para el nuevo empedrado, y Limpieza de las Calles de Madrid, en que se contiene substancialmente el Proyecto de Don Francisco Sabatini</a></i>”, compuesta de 13 artículos, y que en la V se señala que <br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhatKET49fao6AY7YBDvmohrPV7U3h6h3vqds9GHx4xsQlL-4VWBHSxumJB0AuvbPyGdFhyphenhyphend-MuNiEBWnQDQdSxdJmiWuwzT2xYhyphenhypheni7bLmpCk4wkBC8WQr8qofcAc4cam4aGxUE_-ajSBm-/s1600/urinario-sabatini.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhatKET49fao6AY7YBDvmohrPV7U3h6h3vqds9GHx4xsQlL-4VWBHSxumJB0AuvbPyGdFhyphenhyphend-MuNiEBWnQDQdSxdJmiWuwzT2xYhyphenhypheni7bLmpCk4wkBC8WQr8qofcAc4cam4aGxUE_-ajSBm-/s1600/urinario-sabatini.JPG" data-original-width="402" data-original-height="717" /></a></div>
<blockquote><i>
todos los cuartos y casas de la Villa debían tener otros para la evacuación de la inmundicia principal, aguas negras o mayores, conectados a pozos negros o sépticos construidos a la debida profundidad y forma, para que pudieran limpiarse a su debido tiempo. Quedaban exceptuados los inmuebles que podían verter directamente a las
alcantarillas existentes. Estos conductos debían ser de barro, de 14 dedos de diámetro y revestimiento vítreo en su interior. Tenían que construirse en el interior de los muros de la casa, machihembrados, <b>disponiendo un tramo en forma de i griega -Y-,</b> para usar uno de sus brazos cortos como vertedero, sin rejilla y con tapón, y, el otro, para conectar con el del cuarto del piso superior y sucesivos, hasta llegar al tejado donde abiertos favorecerían su ventilación. La evacuación de las aguas mayores debía ir a parar a los pozos negros en tanto se pudieran continuar “las Minas y Conductos de que trató Don Joseph Alonso de Arce”. Conforme se fueran ejecutando estos canalones se debían quitar los de madera que se habían empleado hasta entonces. Para dar fuerza a esta disposición se prohibió rigurosamente arrojar cualquier despojo o inmundicia por las ventanas, aún a las horas que hasta entonces se había permitido a la población. Con esta medida se ponía fin a una tradición, la del ¡Agua va!, que durante tantos siglos había imperado y afectado a las calles y a los vecinos de la Villa. </i><br/>
[Pero todos los proyectos que se realizaron durante la primera mitad del siglo XVIII
para mejorar la limpieza y la higiene de Madrid fracasaron].<br/>
<code>[AA.VV. <a href="http://www.madrid.org/bvirtual/BVCM019290.pdf">Historia del saneamiento de Madrid</a>. Madrid: Fundación Canal, 2015, pág. 76]</code></blockquote><p>
Por tanto, las <i><b>igriegas</b></i>, según el <i><a href="https://books.google.es/books?id=RhuHRZKpQEYC&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false">Diccionario de las nobles artes, para instrucción de los aficionados, y uso de los profesores</a></i>, de <b>Diego Antonio Rejón de Silva</b> (Segovia: Antonio Espinosa, 1788, pág. 215), se dice que se usa en Madrid como sinónimo de "<i>letrina o garita</i>", y «<i>dícese así porque los caños del conducto forman una Y en las reparticiones de cada quarto</i>». Así pues, <b>pasó de designar el sumidero en Y a designar, por extensión, la estancia completa</b>. De manera similar lo recoge Terreros y Pando en su obra citada, <i>Diccionario Castellano con las voces de Ciencias y Artes</i>, quien al definir la voz "<i>letrina</i>" nos dice que es <i>«hoyo o sumidero que se hace en las casas para arrojar el excremento humano [...] o, como hoi le llaman en Madrid, I griega, por tener esa figura»</i>, y al definir "<i>igriega</i>" dirá: «<i>lo mimo que canal, ó de aguadero interior, ó en la pared maestra</i>».<p>
Hechas estas matizaciones, volvemos a nuestro propósito. <p>
<b>ACTUALMENTE, EL DRAE DEFINE "<I>RETRETE</I>" COMO</b><br/>
<blockquote>
“<i>aposento dotado de las instalaciones necesarias para orinar y evacuar el vientre</i>”.</blockquote><p>
Consecuentemente, este aposento conlleva poseer, en nuestros días, un <br/>
<blockquote><i>
"recipiente en forma de taza, generalmente de porcelana o loza esmaltada, que sirve para orinar y evacuar el vientre en postura sentada; está provisto de una cisterna con agua para limpiarlo después de su uso y está conectado a una tubería de desagüe que se comunica con las cloacas".</i></blockquote><p>
<B>ESTA PALABRA, QUE USAMOS COMO DEFINITORIA, HA TENIDO Y TIENE VARIAS DECENAS DE SINÓNIMOS Y EUFEMISMOS</B>, como hemos podido comprobar, y veremos, que recolectadas quedarían así:
<blockquote>
• <i><b>aseo, cuarto de</b>: «cuarto de reducido tamaño de un edificio, con lavabo, inodoro y a veces algún otro sanitario». DRAE, 2014.<br/>
• <b>baño/s, cuarto de</b>: «retrete. Cuarto de baño: cuarto de un edificio, con lavabo, ducha, bañera, inodoro y otros sanitarios». DRAE, 2014.<br/>
• <b>beque</b>: «retrete de la marinería». DRAE, 2014.<br/>
• <b>común</b>: «retrete. Aposento». DRAE, 2014.<br/>
• <b>evacuatorio</b>: «urinario». DRAE, 2014.<br/>
• <b>escusado (excusado)</b>: «reservado, preservado o separado del uso común. Retrete». DRAE, 2014.<br/>
• <b>garita</b>: «en los retretes, cada cuarto con asiento». DRAE, 2014.<br/>
• <b>inodoro</b>: «<b>aparato sanitario</b> para evacuar los excrementos y la orina, provisto de un sifón que evita los malos olores». DRAE, 2014.<br/>
• <b>igriega</b>: «retrete. Aposento». No incluida en DRAE.<br/>
• <b>lavabos</b>: «retrete dotado de instalaciones para orinar y evacuar el vientre». DRAE, 2014.<br/>
• <b>letrina</b>: «retrete colectivo con varios compartimentos, separados o no, que vierten en un único tubo colector o en una zanja, empleado aún en campamentos, cuarteles antiguos, etc. Lugar destinado en las casas para verter las inmundicias y expeler los excrementos». DRAE, 2014.<br/>
• <b>mingitorio</b>: «urinario». DRAE, 2014.<br/>
• <b>necesaria</b>: «letrina. Retrete». DRAE, 2014.<br/>
• <b>quiosco de necesidad</b>: «retrete público». DRAE, 2014.<br/>
• <b>reservado</b>: «retrete. Aposento». No incluido en DRAE.<br/>
• <b>sanitarios</b>: «retrete de uso público». DRAE, 2014.<br/>
• <b>secreta</b>: «retrete, escusado». DRAE, 2014.<br/>
• <b>servicio/s</b>: «retrete. Aposento». DRAE, 2014.<br/>
• <b>servidumbre</b>: «retrete. Aposento». DRAE, 2014.<br/>
• <b>tocador</b>: «aposento destinado al aseo y peinado de una persona». DRAE, 2014.<br/>
• <b>toilet</b>: anglicismo derivado del francés 'toilette'. No incluida en DRAE.<br/>
• <b>tigre:</b> eufemismo, voz de germanía. No incluida en DRAE.<br/>
• <b>urinario</b>: «Lugar destinado para orinar y en especial el dispuesto para el público en calles, teatros, etc.». DRAE, 2014.<br/>
• <b>váter</b></i>: anglicismo, «cuarto de baño». DRAE, 2014.<br/>
• <b>vespasiana</b>: italianismo, «retrete público». No incluido en DRAE.<br/>
• <b>w.c.</b>: anglicismo, «cuarto de baño». No incluido en DRAE.
</blockquote></i><p>
<font color="navy"> <b> EL TÉRMINO 'RETRETE' COMO MUEBLE.</b></font><p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjOXB7C2eolRG6TFZf6_0pKttBhKAAW2irUDWHQRnj9LWQ8WXV6V61tqyVnIaWoKPUO5xFQVak4ruqwskNmUA1C6y8Izz2wo3buf1n9oR2ai6kFr9jc_gBUvqMqvLdhWaZGbj607olxGyf3/s1600/urinarioi-sedia+stercoraria.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjOXB7C2eolRG6TFZf6_0pKttBhKAAW2irUDWHQRnj9LWQ8WXV6V61tqyVnIaWoKPUO5xFQVak4ruqwskNmUA1C6y8Izz2wo3buf1n9oR2ai6kFr9jc_gBUvqMqvLdhWaZGbj607olxGyf3/s400/urinarioi-sedia+stercoraria.jpg" width="400" height="259" data-original-width="300" data-original-height="194" /></a></div>
Igualmente, amén de considerar el "<i>retrete</i>" como un espacio, hemos visto más arriba que ya se inventaron "<i>catedhras</i>" o sillones o bancos para sentarse y poder hacer las necesidades, que eran móviles, y que se denominaban también "<i>retretes</i>". <p>
<b>EL MODELO, PUES, PARA ESTE MUEBLE FUE ROMANO, Y DE ÉL DERIVARON LAS ANTIGUAS SILLAS VATICANAS, “<I><B>SEDIA STERCORARIA</B></I>” </b> (silla estercolera) que acompañaba a los primeros papas para hacer sus necesidades, y que, tras la impostura de la papisa Juana, en el año 857, serviría para realizar el ritual de <i>“tocar los huevos</i>” (con perdón) al Papa y verificar que era hombre, diciendo: "<i>duos habet et bene pendentes</i>" (esto es: 'tiene dos y cuelgan bien'):<br/>
<blockquote><i>Para ello se arbitró una silla de mármol rojo con un orificio en el centro, que permitiría la exploración de los genitales del papa. Esta silla procedía de los antiguos baños públicos de Roma, y su función había sido la de retrete. (...) La silla estercolera aparece en una guía de las iglesias de Roma que compiló William Brewyn en 1470 y que señala la existencia de dos o más sillas de mármol rojo con dos o más aberturas, mediante las cuales se prueba si el papa es hombre. Parece que tales sillas se guardaban a la sazón en la capilla de San Salvador de la basílica de San Juan de Letrán. Oficialmente se trata de un retrete móvil que utilizaban los papas medievales. Otros autores lo califican de 'silla de baños', una especie de bidet empleado en las Termas de Caracalla.<br/></blockquote>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEipJ1E2iNFDSlZnIakbfY8qpZD30fiTlaaRfP15tysLWOE71LcIrLZJ_3wmgSPwUUFT9aDdqec7TlwgXoX5dZHAmRJgjt5xJ6xMvPDyTv3xDgADBUJf-SMHl9l3xpWPIF7ysGgR5XMCS4pv/s1600/urinario+-+Ilustracion-que-representa-el-palpado-testicular-al-Papa-vaticanhistory.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEipJ1E2iNFDSlZnIakbfY8qpZD30fiTlaaRfP15tysLWOE71LcIrLZJ_3wmgSPwUUFT9aDdqec7TlwgXoX5dZHAmRJgjt5xJ6xMvPDyTv3xDgADBUJf-SMHl9l3xpWPIF7ysGgR5XMCS4pv/s400/urinario+-+Ilustracion-que-representa-el-palpado-testicular-al-Papa-vaticanhistory.jpg" width="400" height="256" data-original-width="400" data-original-height="256" /></a></div>
<blockquote>
El Ceremonial Romano describe que el papa electo debía sentarse en una silla sin asiento, para que no olvidara que, pese a la alta dignidad a la que se le elevaba, no era más que un <b>hombre sometido a las necesidades humanas</b>.</i><p>
<code>[Martos Rubio, Ana. Papisas y teólogas. Mujeres que gobernaron el reino de Dios en la Tierra. Madrid: Nowtilius, 2008, pág. 196].</code></blockquote><p>
Este ritual fue eliminado por el papa Adriano VI en el siglo XVI, aquel que fue Regente de España durante la ausencia del Emperador Carlos I de nuestra patria, cuando se produjo la guerra de las Comunidades y revueltas de las Germanias.<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjwz8kA96fzjvUrHUgM1QiQJssk1VvVtaAjvQMX5tFM3cpkHhR900Ptt4Zi9b3SYDBTlKWbkWMHkRiObrRpBKkw7k4i3LNJguJyJ_n02l88TMWjXRzhQZzwFivPNvAe_0DdJ-zn1QkcGYpv/s1600/urinario+-+Leonardo+da+VInci+%2528FILEminimizer%2529.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjwz8kA96fzjvUrHUgM1QiQJssk1VvVtaAjvQMX5tFM3cpkHhR900Ptt4Zi9b3SYDBTlKWbkWMHkRiObrRpBKkw7k4i3LNJguJyJ_n02l88TMWjXRzhQZzwFivPNvAe_0DdJ-zn1QkcGYpv/s400/urinario+-+Leonardo+da+VInci+%2528FILEminimizer%2529.jpg" width="400" height="383" data-original-width="1024" data-original-height="981" /></a></div>
<b>ESTE ARTILUGIO, DESDE EL RENACIMIENTO, ENTRE LA NOBLEZA EUROPEA FUE EMPLEADO CON GRAN DERROCHE DE IMAGINACIÓN E INGENIO</b>, como hemos dicho más arriba. Ábrase cualquier manual, y rápidamente saldrán las referencias a los bocetos de <b>Leonardo Da Vinci</b> realizados para el rey Francisco I de Francia, en su castillo de Amboise, en el que detalla que su invento , que contaría con canalizaciones intramurales y tubos de ventilación, debería girar, "<i>como las ventanitas de los monasterios por medio de un contrapeso</i>". Éste tenía, además, un sistema de tres partes de agua caliente que se mezclaba con una parte de agua fría para garantizar una temperatura conveniente. Ahora bien, este invento era una "<i>letrina</i>" perfeccionada, no un mueble.<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiZIBEd2GTSew_eDyxQeASgcDbjTsxCLB65vEbgGk_9_uRWqqHpd2xaqX0Hw3LeVGuXDtySNsBPl5agOnVDBE-BVPqgJHEaSUcnStBVLgtuTQpUjk_Nd7ojGVkEvGz9uYVl_GPpn0LeOXss/s1600/Urinario-Isabel+I.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiZIBEd2GTSew_eDyxQeASgcDbjTsxCLB65vEbgGk_9_uRWqqHpd2xaqX0Hw3LeVGuXDtySNsBPl5agOnVDBE-BVPqgJHEaSUcnStBVLgtuTQpUjk_Nd7ojGVkEvGz9uYVl_GPpn0LeOXss/s400/Urinario-Isabel+I.jpg" width="370" height="400" data-original-width="236" data-original-height="255" /></a></div>
Y luego los inventados y empleados en la época isabelina inglesa, primero con <b>J. Harington</b>, y luego mejorados por <b>Cummings</b>, y otros, <b>una vez descubierto que el elemento fundamental para la evacuación, depuración y saneamiento de las deyecciones es el agua</b>. Nombres e historias que a nuestro propósito no vienen al caso, ni siquiera el de <b>Thomas Crapper</b>, a pesar de ser quien dará nombre al <i>retrete</i> en inglés, gracias a su invento del sifón. <p>
En efecto, se hizo tan popular que hoy los hablantes de lengua inglesa emplean “<i>crapper</i>” para referirse al “<i>retrete</i>”, quizá por analogía con el término “<i>crap</i>” usado desde la Edad Media para mencionar a la “<i>mierda</i>”. Más aún, en castellano decimos “<i><b>váter</b></i>” al “<i>retrete</i>”, por que a su nuevo aparato lo denominó “<i>water closet"</i>, esto es, "<i>armario del agua</i>", que simplificó con las iniciales "<i><b>W.C.</b></i>”, y que vemos en tantos establecimientos públicos.<p>
Y como reconocimiento burlesco a la paternidad del invento, los franceses tildaron al retrete móvil como "<i>cabinet d'aisance à l'anglaise</i>" (gabinete de facilidades a la inglesa), desde al menos 1737.<p>
<font color="navy"> <b> EL RETRETE REAL DE FERNANDO VII EN EL MUSEO DEL PRADO.</b></font><p>
Del uso del "<i>retrete</i>" como "<i>cuarto retirado</i>", es decir, acoplado a la definición que se venía empleando de "<b><i>garita</i></b>" («<i>aposento pequeño, con un asiento, á donde va á parar el conducto de una letrina, por el qual se vierten las inmundicias. En general toda pieza en que solo cabe una persona se llama 'garita'</i>», tal y como lo define el <i><a href="https://books.google.es/books?id=RhuHRZKpQEYC&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false">Diccionario de las nobles artes, para instrucción de los aficionados, y uso de los profesores</a></i>, de Diego Antonio Rejón de Silva (Segovia: Antonio Espinosa, 1788, pág. 112) dará ejemplo claro el esposo de nuestra reina <b>María Cristina de Borbón</b>, el rey <b>Fernando VII</b>, quien cambiará también, como hemos constatado que venía siendo ya habitual, la "desvergonzada" y poco decorosa costumbre real europea de no “<i>retraerse</i>” a ningún “<i>escusado</i>” para hacer sus necesidades fisiológicas en ninguna ocasión, por ser todos los actos de su Majestad públicos, llegando a hacer antaño tan "<i>desahogada acción</i>"públicamente en audiencias y recepciones, como consta por múltiples comentarios en memorias y biografías diversas que no es ocasión de detallar ahora.<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh4ibup3iYx3TZiabahygxT_YuB5p_hIcnU0w-diHCV2tw3B6c9Ru1gHeE_gzRMo1xM34UqeBFq43rmPPgtUPxz2ffbOkHhXOpTUmMPxENF1AFNHq0wXpFggHrxEfQA3K1Hk6z0wJDADCcc/s1600/urinario-prado.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh4ibup3iYx3TZiabahygxT_YuB5p_hIcnU0w-diHCV2tw3B6c9Ru1gHeE_gzRMo1xM34UqeBFq43rmPPgtUPxz2ffbOkHhXOpTUmMPxENF1AFNHq0wXpFggHrxEfQA3K1Hk6z0wJDADCcc/s400/urinario-prado.jpg" width="400" height="267" data-original-width="1600" data-original-height="1067" /></a></div>
Traigamos, pues, a la memoria <b>el "<i>retrete</i>" que se mandó construir en el Museo del Prado el rey Fernando VII</b>, similar a los existentes en otros palacios borbónicos. En efecto, sabemos que la sala 39 del Museo del Prado fue una sala reservada a los reyes para su “<i>descanso</i>” durante el siglo XIX. Esta sala es un pequeño habitáculo destinado como <i>“retrete</i>” o zona de aseo, que todavía se conserva. Mide 2,70 por 2,45 m, presenta las paredes decoradas con pinturas al temple de estilo neoclásico muy fernandino, como podemos ver en la imagen de la izquierda,y cuya descripción completa de la habitación podemos leer en <a href="https://www.museodelprado.es/aprende/enciclopedia/voz/retrete-de-fernando-vii/6f42d8f3-24b8-4329-beb6-9ab1e90db7d2">https://www.museodelprado.es/aprende/enciclopedia/voz/retrete-de-fernando-vii/6f42d8f3-24b8-4329-beb6-9ab1e90db7d2</a>.<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjvo4N_m8rw3f0bF-JiZ12Ud3mINNIaAc73oqosrD8VOv10MrqtK-Ph6-LgemZegGkBMbx0uMHMAHHlHZKQPINZLuzsJmRifkRxbi4Y5gpbiu1HcAA9JBCywysRqwAJ5PfvUGWW776wpjj1/s1600/urinario+-+retrete+de+Fernando+VII+-+Colecci%25C3%25B3n+-+Museo+Nacional+del+Prado.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjvo4N_m8rw3f0bF-JiZ12Ud3mINNIaAc73oqosrD8VOv10MrqtK-Ph6-LgemZegGkBMbx0uMHMAHHlHZKQPINZLuzsJmRifkRxbi4Y5gpbiu1HcAA9JBCywysRqwAJ5PfvUGWW776wpjj1/s400/urinario+-+retrete+de+Fernando+VII+-+Colecci%25C3%25B3n+-+Museo+Nacional+del+Prado.jpg" width="400" height="328" data-original-width="960" data-original-height="786" /></a></div>
<b>ALLÍ ESTABA UBICADO TAMBIÉN UN MUEBLE-RETRETE</b> de finas maderas con incrustaciones de bronce dorado en forma de sillón, con respaldo tipo peineta, en cuyo asiento se abría un orificio. Tanto el asiento como el respaldo estaban forrados de terciopelo. Este mueble se encuentra actualmente en el Museo del Romanticismo de Madrid, y se corresponde con la imagen de la derecha.<p>
El “<i>asiento-retrete</i>” fue encargado por Fernando VII, pero se terminó durante la Regencia de la Reina María Cristina, como consta por las facturas que su autor reclamaba todavía en 1835, y aún tiempo después.<p>
Para que su Magestad “<i>hiciera sus deposiciones</i>” cómodamente se hizo el magnífico asiento, cuyas inmundicias no caían a alcantarillado alguno, sino que eran depositados en recipientes que posteriormente eran limpiados. Sistema que fue común durante casi todo el siglo XIX en España.<br/>
<small>[Cfr.: Pérez Sánchez, Alfonso E. «<a href="https://www.museodelprado.es/aprende/boletin/el-autor-de-la-decoracion-del-retrete-de-fernando/f4caedf2-1c46-4738-953a-11b055f3c5c7">El autor de la decoración del retrete de Fernando VII en el Prado</a>», in Boletín del Museo del Prado, vol. VII, n.º XIX, Madrid, enero-abril de 1986, pp. 33-38.]</small><p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgtVfgZ9hvEVTxPUSOvaSp-q1Fs09iVMfoDcgzyUQuGcZUEi_V0kMQH_zE87nMQ215InJPSwTkziXkiBfZTvRdiB-SeIMmAgKF7Px_Qa1rrBzAyUNHcoXAZc78z_BR2MpuigRuQwSzNp4e6/s1600/urinario-fernado+vii+en+Pardo.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgtVfgZ9hvEVTxPUSOvaSp-q1Fs09iVMfoDcgzyUQuGcZUEi_V0kMQH_zE87nMQ215InJPSwTkziXkiBfZTvRdiB-SeIMmAgKF7Px_Qa1rrBzAyUNHcoXAZc78z_BR2MpuigRuQwSzNp4e6/s400/urinario-fernado+vii+en+Pardo.jpg" width="400" height="225" data-original-width="644" data-original-height="362" /></a></div>
<b>UN RETRETE PARECIDO MANDÓ CONSTRUIR AÑOS ANTES FERNANDO VII EN EL REAL SITIO DE EL PARDO</b> (como vemos en la imagen de la izquierda):<br/>
<blockquote><i>
«Sigue un gabinete tocador, con otra habitación retrete en su extremo de la derecha, construido en la época de Fernando VII.<br/>
La habitación exterior tiene entre sus tapices el que representa 'Una escena de caza de jabalí' muy interesante, y otro sobrepuerta, con 'Un águila', que es sin duda el mejor de la sala.<br/>
El mueble tocador, estilo clásico, de caoba y molduras de bronce, es de lo más caracterizado; y de sumo gusto los juegos que hay sobre la mesa y chimenea, así como la seda del cortinaje y muebles, que como casi toda la existente en el palacio, es de fabricación española, y procede de Talavera de la Reina.<br/>
El techo de esta sala, pintado en 1825, resulta, como el del retrete, de más gusto que mérito; y las paredes de la habitación interior están estucadas de escayola, haciendo un conjunto agradable por los dibujos y colores de ella; este retrete tiene una bonita fuente con pila de piedra y grifos de bronce; el asiento es de caoba».</i><br/>
<code>[Ayala y Raya, Manuel. Real Sitio de El Pardo (1893). Madrid: Maxtor, 2011, pág. 42].</code></blockquote><p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiYgBj-B3Up-QeX70Dma8SAZ430YGsD_CrgA4GzS7m7D7A0D6W69bXbUgfbLS6bTT7SDiZUtkSDTGzcPwY6sz2IbZBf0aiN9JS_V1rdgVqWNP6E34usmJov5nTj_SVyygIp7UFVGd1iG_SO/s1600/urinario-casadellabradorsaladelretrete03.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiYgBj-B3Up-QeX70Dma8SAZ430YGsD_CrgA4GzS7m7D7A0D6W69bXbUgfbLS6bTT7SDiZUtkSDTGzcPwY6sz2IbZBf0aiN9JS_V1rdgVqWNP6E34usmJov5nTj_SVyygIp7UFVGd1iG_SO/s400/urinario-casadellabradorsaladelretrete03.jpg" width="290" height="400" data-original-width="564" data-original-height="777" /></a></div>
<b>ÉSTOS MUEBLES ERAN "<I>SILLAS-RETRETES</I>" MUY PARECIDAS</b> a la existente en la sala del tocador o retrete de la reina su madre, doña María Luisa de Parma, en la Casa del Labrador del Palacio de Aranjuez, de 1800, como podemos ver en la imagen de la izquierda. Esta sala, de un incipiente estilo imperio, es obra del estuquista Antonio Marzal, que imitó e incluso superó las obras semejantes de los hermanos Brilli en el Palacio Real de Madrid, siguiendo la maqueta en que Isidro González Velázquez parece atenerse a diseños de J.D. Dugourc. Como observamos contiene pilastras jónicas que encuadran paneles ornamentados con tan extremado refinamiento que resulta casi excesivo el carácter preciosista de esta pieza. Las pinturas de la bóveda fueron llevadas a cabo por Zacarías González Velázquez, que contienen alusiones al Aire, la Vigilancia, la Fuerza y el Descanso. El magnífico suelo marmóreo integra fragmentos de mosaico romano. La consola, con fasces y guerreros, es en realidad el modelo de la definitiva, que no llegó a hacerse, en bronce, pero sí las banquetas con cabezas egipcias. Y, al fondo, la silla-retrete:<br/>
<blockquote><i>«destinado a fines higiénicos, en maderas embutidas con aplicaciones de bronce dorado y plata, obra probable del Real Taller; cuatro sitiales de bronce pavonado, con remates de cabezas egipcias y pies de cabra, imitando la forma de la silla curul romana; y una sorprendente consola en madera esculpida simulando bronce. Dos guerreros, apoyados en sendas fasces de lictor, sustentan el faldón, adornado por un friso con motivos vegetales en blanco cuya parte central ocupa una tarjeta con un busto coronado cuya parte central ocupa una tarjeta con un busto coronado por dos victorias aladas. Trofeos militares romanos -banderas, fasces, coraza, casco espada-, tallados igualmente en madera, descansan sobre el pedestal de mármol».</i><br/>
<code>[López Castán, Ángel. <a href="https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=2082849&orden=283011&info=link">"La ebanistería madrileña y el mueble cortesano del siglo XVIII" (II)</a>, in Anuario del Departamento de Historia y Teoría del Arte, XVII (2005), pág. 99]</code></blockquote><p>
Mas, como hemos dicho, la bonita silla del Museo del Prado no fue usada nunca por Fernando VII... <br/>
¿Y por el Duque de Riánsares? Quizá en algún momento en que la Reina, su consorte, visitara el Museo del Prado, lo hiciera.<p>
Pero hemos dicho que queremos hablar de los "retretes públicos", no de los del rey o la reina y su corte.<p>
<font color="navy"> <b> EL PRIMER RETRETE PÚBLICO CONTEMPORÁNEO DE ESPAÑA.</b></font><p>
<font color="magenta"> <b> PREÁMBULO.</b></font><p>
Gracias a Don José Gavira Martín, profesor de Geografía en la Universidad Central de Madrid y Bibliotecario de la Real Sociedad Geográfica (1903-1951), que hallándose recopilando datos en la Biblioteca Nacional, para hacer un estudio sobre la iglesia de San Cayetano (y que publicaría en 1927), vieron la luz una cuartillas de D. Basilio Salvador Castellanos y Losada, y que relatan algunos hechos sustanciales del Madrid del siglo XIX.<br/>
<code>[para el caso que nos ocupa, cfr. “<i>Revista de la biblioteca, archivo y museo</i>” del Ayuntamiento de Madrid, 12 (1935), pp. 255 y ss.]</code><p>
D. Basilio Salvador Castellanos y Losada, nacido en Madrid el 14 de junio de 1807 y fallecido en la misma ciudad el 6 de junio de 1891, fue un estudioso políglota (conocía el italiano, francés, inglés, alemán, latín, griego, árabe y hebreo), Secretario y Gentilhombre de Fernando VII, maestro de Isabel II, Oficial de la Biblioteca Real (Biblioteca Nacional), miembro del Cuerpo de Archiveros y Anticuarios, Director de la Real Academia de Arqueología y Geografía del Príncipe Alfonso, que él mismo fundó en 1837, y Director del Museo Arqueológico Nacional. Y entre sus muchos escritos, nos facilitó en sus inéditas obras manuscritas, “<i>Anales de la Villa y Corte de Madrid</i>” y “<i>Dietario de los sucesos de Madrid</i>”, diversas noticias que abarcan desde 1830 a 1878, tales como el alumbrado público (a gas, que se inauguró en 1832, en los lugares principales de la villa, entre ellos la Puerta del Sol), la nueva forma de numeración de las casas y el nuevo callejero, el cambio del empedrado por el adoquinado, el servicio de recogidas de basuras, de bomberos y serenos, etc...<br/>
Así, por ejemplo, sobre el empedrado, nos dirá D. Basilio:<br/>
<blockquote>
“<i>La calle de Alcalá se empedró por este sistema en septiembre de 1842, y en la ancha de Peligros se hizo este mismo mes un ensayo de empedrado de cuñas de madera, cosa muy peligrosa por muchos títulos, y entre ellos el que no haciendo ruido los coches expone a los pasajeros a muchos atropellos, razones por las que a los ... (sic) años se levantó esta especie de solado. En la última semana de abril de 1845 se ensayó en el trozo que por delante de Correos pasa a la nueva de Pontejos un empedrado a lomo hecho a cuadros, formado por adoquines o listas de piedra berroqueña amosaicados de piedra pedernal a cuñas, cubiertos y embutidos con mezcla de cal y arena. Este ensallo [sic] siguió en la calle de la Biblioteca. En 1847 se empedró ya a lomo con adoquines para mayor comodidad y limpieza. Terminada de este modo la calle Mayor, en febrero de 1848 se empedró del mismo modo la Puerta del Sol, abriendo sumideros de alcantarilla, colocando muchísimas aceras laterales y una plazoleta semicircular de asfalto delante de la iglesia del Buen Suceso (que ya no existe) que se acabó el 13 de marzo, en la que se incrustó un letrero dorado que dice: ‘Hecho siendo Corregidor el Conde de Vista Hermosa’. En junio de 1848 se empedraron a mosaico, o sea con adoquines, la calle de la Montera y Red de San Luis, y en todo el resto de este año quedaron amosaicadas las calles principales del centro, El 13 de julio de 1849 se empezó a empedrar a lomo con cajonadas de piedra la calle de Alcalá.</i>”</blockquote><p>
<font color="magenta"> <b> TODO SE AGILIZÓ POR EL MIEDO AL CÓLERA MORBO.</b></font><p>
En efecto, en 2 mayo de 1832, tal y como proclama el “<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0002814395&page=3&search=%22comunes+p%C3%BAblicos%22&lang=es">Diario de Avisos de Madrid”</a>, núm. 123, pp. 514 y ss., conocido que en Inglaterra se está manifestando <br/>
<blockquote>
<i>“la terrible enfermedad conocida con el nombre de cólera morbo, se apresuraron las autoridades á excogitar los medios oportunos de prevenir la introduccion en nuestro suelo del azote devastador, que despues de haber recorrido los inmensos paises del Asia invadiera por fin la Europa, dejando en todas partes borrosos vestigios de su pestífera influencia. Así es que á virtud de la excitacion que con fecha 7 de marzo último hizo el ayuntamiento de esta muy heróica villa dicho Excmo. Sr. Decano gobernador del Consejo en concepto de presidente de la junta suprema de Sanidad del reino, y á la que con igual objeto dirigió posteriormente á dicha corporacion la real academia de Medicina y Cirujía de esta corte, empeñó su celo en el mejor éxito de esta empresa, elevando al Rey nuestro Señor un proyecto de policía sanitaria, dividido en disposiciones puramente higiénicas ó preventivas, y en actuales ó positivas, para el triste caso de que la divina Providencia quisiera hacernos probar el rigor de su justicia.<br/>
Nuestro excelso Soberano, á cuya paternal solicitud ninguna facultad es mas lisonjera que la de prodigar beneficios y derramar consuelos, aguardaba con impaciencia el producto de estos trabajos, que no solo se complació en aprobar, sino que con el fín de hacerlos efectivos nombró en el acto mismo la junta de que ya se ha hecho mérito.<br/>
Instalada esta emprendió sus tareas con aquella seguridad que da siempre la buena intención, y el convencimiento de un apoyo efectivo ; mas como antes de hacer notorios sus trabajos conviene dar á conocer las disposiciones, á cuya pronta ejecución se dirigen, ha creido la junta oportuno ponerlas en este lugar por el orden con que han sido aprobadas (...).</i>
[Y entre ellas se citan:]<i><p>
<table cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="float: right; margin-left: 1em; text-align: right;"><tbody>
<tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgeDkcq454uWOw9wGooREV1kbSEPhNPyb9tj7S-pvOq4Ls8ZCtzHwNWQk9EWgkVuGHy-ecjF8OovFm1W_roSbrTIsSOixlFUaf_11J1K1BRAbKVG8eGjsrPmbLTmEhyphenhyphen_V5pA6l_lm_ckklI/s1600/urinario-Toledo+a+finales+del+s.+XIX.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; margin-bottom: 1em; margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="458" data-original-width="430" height="320" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgeDkcq454uWOw9wGooREV1kbSEPhNPyb9tj7S-pvOq4Ls8ZCtzHwNWQk9EWgkVuGHy-ecjF8OovFm1W_roSbrTIsSOixlFUaf_11J1K1BRAbKVG8eGjsrPmbLTmEhyphenhyphen_V5pA6l_lm_ckklI/s320/urinario-Toledo+a+finales+del+s.+XIX.jpg" width="300" /></a></td></tr>
<tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Obsérvese a la izquierda, <br />este antiguo urinario público de Toledo, <br />de finales del siglo XIX</td></tr>
</tbody></table>
“11. Procurarán construirse en ciertos puntos de la capital <b>igriegas ó comunes públicos</b>, con el fin de precaver la asquerosidad que hoy se observa no solo en las calles excusadas, sino en muchas principales y concurridas. <br/>
12. Como la limpieza de noche exige tanto mayor cuidado cuanto que las materias escrementicias se descomponen con la fermentación y despiden gases mefíticos y pestilentes, es indispensable reforzar este ramo, como el de la limpieza de dia, de modo que no se dé lugar á que rebosen los pozos, ni á que se estanquen las aguas inmundas por falta de una extracción oportuna y anticipada.<br/>
13. En los ramales alcantarillados se verterán con abundancia aguas claras, que aumentando la corriente eviten la fetidez que exhalan los sumideros, en los cuales convendrá quemar leñas verdes aromáticas, como pino, enebro, romero &c.”</i></blockquote><p>
Pronto el Ayuntamiento de Madrid, a través de su Alcalde, <b>D. Domingo María de Barrafón</b>, recogió estas instrucciones en un bando de 7 de mayo de 1832. Y como al poco, en la primavera de 1833, a través de las tropas conjuntas contendientes en la Guerra de Sucesión portuguesa, que desembarcaron allí, se propagará el cólera morbo, expandiéndose por toda España, volverá a sacarse un nuevo bando el 3 de septiembre de 1883. Finalmente, llegado el año 1834, en el mes de julio, llegó el cólera morbo a asentarse en Madrid, causando más de 4500 muertas, y conllevando previamente la revuelta popular que ocasionó las cruentas matanzas de frailes, a los que señalaban como culpables, por haber envenenado las aguas. Así se refería a este suceso un bando municipal del Alcalde de Madrid de esa época, <b>D. Pedro Manuel Velluti y López de Ayala, XII marqués de Falces</b> y XV conde de Santiesteban de Lerín,de 20 de julio de 1834, recogido por <i>La Abeja</i>, de 20 de julio:<br/>
<blockquote><i>
«Habitantes de Madrid: las tristes escenas de que habéis sido testigos en el día de ayer prueban la perversidad de los enemigos de nuestra Patria, que tomando diversas máscaras, y aprovechando cualquier pretexto, sólo quieren la ruina y la destrucción, inicuos medios de conseguir sus fines solapados. La consternación que generalmente ha producido el aumento de las enfermedades reinantes <b>les ha ofrecido la ocasión de exaltar los ánimos haciendo creer que las fuentes públicas se habían envenenado, y que los alimentos que se venden son nocivos</b>; ideas que no admitiría quien piense a sangre fría la dificultad de la ejecución de tal trayecto, y la imposibilidad de realizarlo, excluyendo a tales personas. Pero las pasiones, una vez conmovidas, no permiten la reflexión, y se ha abusado de algunos pocos para cometer excesos y atentados, indignos de un pueblo civilizado, y que se gloria de haber recobrado sus fueros. Sé que se han cometido por pocos individuos: pero la curiosidad e indiferencia de otros anima a que se efectúen los crímenes con cierta apariencia de popularidad, y expone a los que así se presentan a ser objeto del rigor de
las disposiciones militares. En su consecuencia, para evitar estos peligros, renuevo la prohibición que contiene el bando publicado ayer por el Excelentísimo Señor Gobernador Civil de la Provincia de no reunirse grupos de más de diez personas: en inteligencia de que serán disueltos a la fuerza, y los que los compongan serán arrestados y juzgados por el tribunal competente como sediciosos. Madrid, 18 de julio de 1834. El Marqués de Falces». </i></blockquote>
Recordemos que <b>durante todo este tiempo de epidemia la reina Gobernadora María Cristina de Borbón, con toda su familia, se trasladó a la Granja de San Ildefonso</b>, quedando aislada de cualquier posibilidad de contagio. <code>[Para más detalles sobre este asunto del cólera morbo de 1834, vid. en este blog, nuestra entrada]</code>. Luego, a partir del 29 de agosto, embarazada que estaba de su primera hija, <b>se retiró a El Pardo</b>, donde con la disculpa de la situación sanitaria de Madrid, pasó los tres últimos meses de gestación alejada de las miradas, dando a luz a<b> María de los Desamparados</b>, entre las once y las doce de la noche, del día 17 de noviembre de 1834, asistida por su suegra, <b>Eusebia Sánchez</b>, y el médico de palacio, <b>Juan Castelló</b>. Esa misma noche, la niña saldría del Pardo en dirección a Segovia, siendo entregada a <b>Rafaela Tadea Castañedo</b>, viuda del que había sido administrador de la Granja Villanueva. Se encontrarían la mayor parte de los días con la niña en la finca de <b><i>Quitapesares</i></b>, hasta que nacida su segunda hija, al año siguiente, el 8 de noviembre de 1835, ésta y su hermana serán conducidas a París, acompañadas del abuelo de ambas, <b>Juan Muñoz y Funes</b>, padre de Fernando Muñoz, y del tío del confesor taranconero <b>Marcos Aniano González</b>, y también sacerdote, <b>Juan González Cabo-Reluz</b> (1788-1868), quien luego sería decano de la Facultad de Teología de la Universidad Central de Madrid y <a href="http://www.filosofia.org/ave/001/a424.htm">Académico de la RAE a partir del 21 de enero de 1841</a>.<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhRCW7dx1WAziWJhVLNR-dM1EvZR2TGIrOOhD9p7kShCMIHjxZ_RzSb5du6b2R6aPRxLnMQA7knDcykm1Op6LW7XVnaMlA2iGdzQmLUYAg4GFOih94tmro9rYGtkmiq_z7eTX5c_0TIwftg/s1600/urinario-instruccion+de+1834.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhRCW7dx1WAziWJhVLNR-dM1EvZR2TGIrOOhD9p7kShCMIHjxZ_RzSb5du6b2R6aPRxLnMQA7knDcykm1Op6LW7XVnaMlA2iGdzQmLUYAg4GFOih94tmro9rYGtkmiq_z7eTX5c_0TIwftg/s400/urinario-instruccion+de+1834.JPG" width="333" height="400" data-original-width="705" data-original-height="848" /></a></div>
La <a href="<a href="http://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1834/140/C00001-00001.pdf"><i>Gaceta de Madrid</i></a>, del 7 de julio de 1834, núm. 140, pág. 1 publicó una "instrucción que se debe observar para precaverse del colera morbo, y para tratarlo en el principio de su invasión, formada por la junta de Sanidad de esta capital, en cumplimiento de la Real Orden de 30 de junio próximo pasado".<p>
Por eso se hizo un nuevo bando el 18 de julio de 1834. El conjunto de los bandos se puede resumir en los siguientes puntos: <br/>
<blockquote><i>
1. Translación de los muladares a puntos distantes de la Capital.<br/>
2. <b>Aumento de la limpieza de calles y plazas</b>.<br/>
3. Prohibición de criar ganado de pezuña hendida en tahonas o corrales dentro
de la población.<br/>
4. Prohibición de fabricar cuerdas de vihuela, velas de sebo. unto para carruajes,
pieles adobadas y almidón dentro de la Capital.<br/>
5. Obligación de extraer diariamente el estiércol de las caballerías.<br/>
6. Prohibición de criar gallinas en los patios de las casas.<br/>
7. <b>Construcción de aseos públicos para «evitar la asquerosidad que hoy se
observa no sólo en las calles excusadas, sino en muchas principales y
concurridas»</b>.<br/>
8. <b>Vertido de aguas claras en las alcantarillas para facilitar su limpieza e ignición
de maderas aromáticas que evitarán el hedor</b>.<br/>
9. <b>Evitar el hacinamiento de basuras y la permanencia de animales muertos en la
vía pública</b>.<br/>
10. Establecimiento de los almacenes y puestos de pescado en los arrabales.<br/>
11. Vigilancia de los mismos y de los demás alimentos a cargo de los regidores de
Repeso.<br/>
12. Traslación del matadero situado en el cerrillo del Rastro, al de vacas.</i> <br/>
<p>
<code>[Puerto, F. J. et San Juan, C. «<a href="https://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/5738/Epidemia_EHS_1980_San%20Juan.pdf">La epidemia de cólera de 1834 en Madrid</a>», in Estudios de Historia Social, IV (1980), pág. 30].</code> </blockquote><p>
Y aunque se adoptaron estas medidas, una vez desaparecida la epidemia (el 26 de septiembre de 1834) desaparecieron éstas también. No obstante, <br/>
<blockquote><i><b>«Las medidas de saneamiento</b> (construcción de alcantarillado, traslado de muladares y matadero, limpieza de pozos negros, etc.) f<b>ueron seguramente las que mayor permanencia tuvieron y significaron el afianzamiento de la preocupación de las
autoridades por las mejoras urbanísticas relacionadas con aspectos de salubridad
pública</b>. Destacan en este sentido las apreciaciones de los médicos que realizaron las
inspecciones de las casas haciendo constar, como aspectos nocivos, la falta de
ventilación, la poca luz y el número excesivo de personas que convivían en una misma
habitación. (Aunque no se tomó ninguna medida para remediarlo). También son
frecuentes las referencias a la mejora de la higiene de los patios interiores y a la
limpieza de los pozos negros. En conjunto los gastos en medidas de saneamiento
y limpieza suponen un 35,40 por 100 sobre el total</i> [del presupuesto que dispuso la Junta de Sanidad de Madrid para financiar las medidas tomadas antes y después de la epidemia], <i>lo que nos confirma la importancia que se concedió a estos aspectos en la prim,era mitad del siglo XIX».</i><br/>
<code>[Puerto, F. J. et San Juan, C. «<a href="https://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/5738/Epidemia_EHS_1980_San%20Juan.pdf">La epidemia de cólera de 1834 en Madrid</a>», in Estudios de
Historia Social, IV (1980), pág. 45]</code> </blockquote>
<p>
<font color="magenta"> <b> EL IMPULSOR DEL PRIMER RETRETE PÚBLICO EN ESPAÑA FUE D. JOAQUÍN VIZCAINO, MARQUÉS VIUDO DE PONTEJOS, ALCALDE DE MADRID.</b></font><p>
<table cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="float: right; margin-left: 1em; text-align: right;"><tbody>
<tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjgZFfMFodkWptzyGtvdPvU0iNzaprTy3WYxm6qgZIxbZAO0oH6aOPzUrw_9AzBREuFVhnK7QkueP7uIvTLo362vBfbJSt4GRPz_R0vZfcVv5mP1TAERZqzLlpqljLPsKIIeBMkRh-kftJ0/s1600/Marqu%25C3%25A9s+de+Pontejos.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; margin-bottom: 1em; margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="453" data-original-width="333" height="320" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjgZFfMFodkWptzyGtvdPvU0iNzaprTy3WYxm6qgZIxbZAO0oH6aOPzUrw_9AzBREuFVhnK7QkueP7uIvTLo362vBfbJSt4GRPz_R0vZfcVv5mP1TAERZqzLlpqljLPsKIIeBMkRh-kftJ0/s320/Marqu%25C3%25A9s+de+Pontejos.jpg" width="235" /></a></td></tr>
<tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Joaquín Vizcaíno, Marqués viudo de Pontejos,<br />Alcalde de Madrid.<br />Retrato de la Galería de Alcaldes,<br />realizado por Antonio de Esquivel</td></tr>
</tbody></table>
Y en estas nos encontramos con D. <b>Joaquín Vizcaíno y Martínez Moles, marqués viudo de Casa Pontejos,</b> Alcalde de Madrid de 1834 a 1836 (luego senador por La Coruña, de 1837 a 1840), quien propiciará diversas mejoras en la ciudad (basándose en una <i>Memoria</i> dedicada a la "Salubridad, Comodidad, Ornato; Seguridad, Vigilancia, Benificiencia; al Trabajo e Industria; y a la Instrucción y Recreo", que había establecido Ramón Mesonero Romanos, según cuenta él mismo en sus <a href="http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/memorias-de-un-setenton-natural-y-vecino-de-madrid--0/html/ffc4936a-82b1-11df-acc7-002185ce6064_15.html#I_83_">Memorias de un setentón, natural y vecino de Madrid</a>. Madrid: Renacimiento, 1926. Tomo 2, Cap. XI, 1. y 2., pág.134 y ss.).<p>
Así impulsará el levantamiento de un minucioso plano topográfico de la Villa, en virtud del cual se numeraron las manzanas y rotularon las calles, eliminando los duplicados o de nombres ridículos (<i>calle de Sal si puedes</i>, p. ej.); reformó el empedrado de las calles, eliminó el arroyo central de las mismas, y se elevaron las aceras; estableció la reglamentación de los serenos, policía urbana, mataderos y mercados; inauguró el mercado de los Mostenses y estableció el primer gasómetro para iluminar la calle del Príncipe y la Carrera de San Jerónimo; fundó la Escuela de Párvulos, el Asilo de San Bernardino y la Caja de Ahorros y Monte de Piedad; mandó plantar numerosos árboles... y, para lo que nos interesa y ocupa, <b>estableció los primeros retretes públicos</b>. De hecho, por su labor, pronto recibió nombre de calle y plaza cercanas a la Puerta del Sol.<p>
<code>[Cfr.: Corral, José del. "<a href="http://www.memoriademadrid.es/buscador.php?accion=VerFicha&id=19227&num_id=&num_total=7">La Galería de retratos de Alcaldes</a>", in Villa de Madrid. Revista del Excmo. Ayuntamiento, 57 (1977), pág. 9].</code><p>
Además, siempre hay que mencionar, cuando se hable del antiguo "<i>Ateneo científico, literario y artístico</i>", nueva ave fénix de la antigua "<i>Junta Extraordinaria de la Real Sociedad Económica Matritense de Amigos del País</i>", al marqués viudo de Pontejos. Así, celebrada sesión el 31 de octubre de 1835, en los salones del Ayuntamiento, un grupo de intelectuales elegidos como Comisión (Salustiano Olózaga, ANtonio ALcalá Galiano, el Duque de Rivas, Juan Miguel de los Ríos, Fº López Olavarrieta, Mesonero Romanosy Fª José Fabra) fue autorizado para "solicitar del gobierno el permiso correspondiente". El marqués de Pontejos hablará ante su Majestad en favor de la refundación. Y se consiguió, tal y como refleja el <a href="https://www.ateneodemadrid.com/biblioteca_digital/actas/Actas0004.htm">acta de 20 de noviembre de 1835 del Ateneo</a>:<br/>
<blockquote><i>
"S.M. la Reina Gobernadora que tanto se complace en tender una mano benéfica á todos los proyectos de utilidad pública, persuadida de que ningunos pueden serlo más que los que tienen por objeto difundir y generalizar la ilustración en todas las clases del Estado, se ha dignado conceder la autorización que la Sociedad Económico de esta Corte ha pedido á nombre suyo y de otros amantes de las luces para establecer un Atenéo literario, que ofreciendo un punto de reunión á todos los hombres instruidos, contribuya á facilitarles la mutua comunicación de sus ideas, ponerles por medio de los periódicos y obras extranjeras al nivel de los progresos que las ciencias hacen diariamente en otros países, para que puedan transmitirlos á los demás en las Cátedras desempeñadas gratuitamente por algunos de los socios. S.M. que se promete ver en el Atenéo uno de los primeros y más útiles establecimientos científicos de la capital, desearía que su organización pudiese servir de modelo á los que á imitación suya hubiesen de formarse; y espera por lo mismo que instalado que sea el Atenéo, remitirá á este Ministerio de mi cargo el Reglamento que hubiese formado para su régimen, á fin de poder darle la publicidad conveniente, y acelerar por este medio la realización de las benéficas, y filantrópicas miras de S.M. De Real orden..."</i></blockquote><p>
En efecto, la Reina María Cristina aprobó su establecimiento por Real Orden de 16 de noviembre de 1835.<p>
<font color="magenta"> <b> RELACIÓN DE LOS DESCENDIENTES DE LA MARQUESA DE PONTEJOS Y CONDESA DE LA VENTOSA CON LOS DEL DUQUE DE RIÁNSARES.</b></font><p>
Como vemos, este tal D. Joaquín, Marqués viudo de Pontejos, tenía una especial relación con la reina Gobernadora, no en vano era el ALcalde de la capital, pero también con el Duque de Riánsares, por poseer <b>Doña Mariana de Pontejos y Sandoval</b>, su esposa, al ser <b>VIII Condesa de la Ventosa </b>(y IV Marquesa de Casa de Pontejos), <b>intereses y tierras en la provincia de Cuenca, concretamente en las poblaciones próximas a Huete,</b> como Caracena (del Valle, actual Caracenilla) <code>[Madoz, Pascual. <a href="https://books.google.es/books?id=H28DAAAAQAAJ&pg=PA512&lpg=PA512&dq=condes+de+la+ventosa+posesiones+en&source=bl&ots=ANhcNWp4Un&sig=PbsKF2Nq-t23YhonfwcxeK-gbvA&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwiCy7vvk-HVAhVKI1AKHQ-dD7YQ6AEIWDAM#v=onepage&q=condes%20de%20la%20ventosa%20posesiones%20en&f=false">Diccionario Geográfico-estadístico-histórico de España y sus</a>, Vol. V., pág. 512]</code>, y todos los lugares del denominado Señorío de la Ventosa, poblaciones que actualmente se agruparon en 1973 como <b>Villas de la Ventosa</b>: Bólliga, Culebras, Fuentesbuenas, Valdecañas y Villarejo del Espartal.
<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="float: left; margin-right: 1em; text-align: left;"><tbody>
<tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiIUX-S9D72_cgYYpZnKZloh38AM-GHE7LMcsUM385MHeVwkmRHuoOAzVGJRMF8dIo2LVOG_9ZBWYVCBPT1i0_Q-eUImJHDnetVtfh5GnhTrUuGFz5CCEYUkbSywhm5XPCoN3kkz0BI86Ap/s1600/Jos%25C3%25A9_Maria_Bernaldo_de_Quir%25C3%25B3s_y_Gonzalez_de_Cienfuegos%252C_marqu%25C3%25A9s_de_Campo_Sagrado.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; margin-bottom: 1em; margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="337" data-original-width="250" height="320" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiIUX-S9D72_cgYYpZnKZloh38AM-GHE7LMcsUM385MHeVwkmRHuoOAzVGJRMF8dIo2LVOG_9ZBWYVCBPT1i0_Q-eUImJHDnetVtfh5GnhTrUuGFz5CCEYUkbSywhm5XPCoN3kkz0BI86Ap/s320/Jos%25C3%25A9_Maria_Bernaldo_de_Quir%25C3%25B3s_y_Gonzalez_de_Cienfuegos%252C_marqu%25C3%25A9s_de_Campo_Sagrado.jpg" width="237" /></a></td></tr>
<tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;"><span style="font-family: Trebuchet MS, sans-serif; font-size: xx-small;">José Mª Bernaldo de Quirós y González de Cienfuegos,<br />VIII Marqués de Campo Sagrado, <br />casado con Dª María Cristina Muñoz y de Borbón,<br />I Marquesa de la Isabela, I Vizcondesa de la Dehesilla.</span></td></tr>
</tbody></table>
Luego, además, surgirán los vínculos familiares. El primer vínculo que podemos establecer entre el Marquesado de Pontejos y Condado de la Ventosa, y el Ducado de Riánsares se estableció entre nietos: es el de <b>una bisnieta de la reina María Cristina de Borbón y de D. Fernando Muñoz, Duque de Riánsares, que casará con el XI Conde de la Ventosa, D. José María Álvarez de Toledo y Samaniego </b>(1881-1950), nieto de la Condesa de la Ventosa citada, en segundas nupcias de éste, el 5 de mayo de 1916, con <b>Dª María de las Mercedes de Mencos y Bernaldo de Quirós</b> (1885-1969), hija del IX Conde de Guendulain, Marqués de la Defensa, D. Joaquín María de Mencos y Ezpeleta (1851-1936), y de la I Marquesa de Eslava, con Grandeza de España, <b>Dª María de la Fuencisla Bernaldo de Quirós y Muñoz</b> (1863-1931). <br/>
El padre de Dª María de la Fuencisla fue el VIII Marqués de Campo Sagrado, <b>D. José María Bernaldo de Quirós y González de Cienfuegos</b> (1840-1911), Marqués de Campo Sagrado, hijo de José María Bernaldo de Quirós y Llanes (VII Marqués de Campo Sagrado, famoso por haber escrito el "<i>Manifiesto del Hambre</i>", de 1854, denunciando la situación calamitosa de Asturias); y su madre, <b> <b>Dª María Cristina Muñoz y de Borbón</b> (1840-1921), Marquesa de la Isabela, hija de la reina Gobernadora Dª María Cristina de Borbón y de Fernando Muñoz, Duque de Riánsares. Esta María Cristina Muñoz y de Borbón fue I marquesa de la Isabela y I vizcondesa de la Dehesilla</b>.<p><br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg9Yf-HoW17IVpj_LRsFAJ9FpRPfCMiINv_E1BHqsoRkUh8mp3kVJ7q6Pw5QlC57HfK3vE8xG4NFUM0ykCFRmhxTpgC37gseQzKqzlgxuZrU_-z1RjZn76yc2XTDtTSfScWGZqg6A7iMC4D/s1600/genealog%25C3%25ADa-1.JPG" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg9Yf-HoW17IVpj_LRsFAJ9FpRPfCMiINv_E1BHqsoRkUh8mp3kVJ7q6Pw5QlC57HfK3vE8xG4NFUM0ykCFRmhxTpgC37gseQzKqzlgxuZrU_-z1RjZn76yc2XTDtTSfScWGZqg6A7iMC4D/s1600/genealog%25C3%25ADa-1.JPG" data-original-width="705" data-original-height="871" /></a></div>
<p><br/>
<font color="magenta"> <b> ¿CUÁNDO SE CONSTRUYÓ EL PRIMER RETRETE PÚBLICO?.</b></font><p>
D. Basilio también nos habló del, posiblemente, <b>primer urinario (mingitorio) público de Madrid (¿y de España?), que fue aperturado un 21 de febrero de 1836, en la Puerta del Sol, </b>frente a las gradas los Mentideros de San Felipe, más o menos frente a la actual pastelería “<i>La Mallorquina</i>”, y que anteriormente fuera el <b>callejón de la Duda </b>(donde apiolaron al II conde de Villamediana, Don Juan de Tassis y Peralta, en 1622, a las puertas de su palacio por “<i>picar demasiado alto</i>”), razón por la que pronto fue bautizado como el “<b><i>Casino de la Callejuela de la Duda</i></b>”, como así lo atestigua un anuncio del "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0002857998&page=2&search=%22comunes+p%C3%BAblicos%22&lang=es">Diario de avisos de Madrid</a>”, de 22 de mayo de 1835, núm. 52 y de 29 de mayo de 1835, núm. 59, pág. 2, y que habla en estos términos:<br/>
<blockquote><i>
“<i>Quien quisiere tomar de su cuenta la ejecución á toda costa del casino que se ha de construir en la calle de la Duda, destinado para comunes públicos y otros usos, acuda a la secretaría del escelentísimo (sic) ayuntamiento á enterarse del plano y condiciones formadas al intento y presentar las proposiciones arregladas</i>” .</i></blockquote><p>
A la oferta no concurrió nadie, como relata el mismo “<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0002858293&page=3&search=%22comunes+p%C3%BAblicos%22&lang=es">Diario de Avisos de Madrid</a>”, de 9 de junio de 1835, núm. 70, pág. 3:<br/>
<blockquote><i>
“Se ha publicado también la contrata para la construccion de comunes públicos en la calle de la Duda, entre la Mayor y la del Arenal; pero hasta hace pocos días tenemos noticia de que no se había presentado empresario alguno, y visto el apresuramiento con que concurren á las demás contratas, no podemos atribuirlo á otra cosa que á ciertas preocupaciones que existen entre nosotros, y que nadie se atreve á arrostrar. Creemos pues que la Villa será en último recurso la que empieze (sic) estas construcciones, y no dudamos que luego que el público haya reconocido su utilidad sobrarán empresarios para continuarlas hasta el número que exija la capital. Sabemos igualmente que se tratan de establecer en las esquinas menos frecuentadas de las calles y plazas y en los paseos públicos las cubas urinarias que tan buen servicio hacen en París, con lo cual se evitará la suciedad que ofrecen todos ó los mas portales de Madrid, y el escandalo publico que ocasiona la facilidad de situarse á orinar en cualquiera esquina sin miramiento alguno al transito de gentes. Véase sino al punto que ha llegado este abuso en las dos esquinas del Prado que forman las casas de Villahermosa y Alcañices: creemos pues que entre en la idea el señor corregidor el colocar del otro lado del paseo los comunes, é impedir absolutamente toda suciedad en dichas esquinas, para lo cual seria conveniente el poner como hacen en Francia, un letrero en ellas que previniera la prohibicion de orden de la autoridad, y la multa en que se incurriera por la contravencion”.</i></blockquote><p>
Por lo que el consistorio se puso manos a la obra a ejecutarla por sí mismo. Así lo relata el “<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0003048267&page=2&search=%22comunes+p%C3%BAblicos%22&lang=es">Eco del Comercio</a>”, de 10 de junio de 1835, núm. 406, pág. 3: <br/>
<blockquote><i>
“Hemos visto que hoy ha comenzado la obra que nuestro infatigable corregidor tiene proyectada en la calle de la Duda para establecer comunes públicos en sitio tan ventajoso: la calle no tiene puertas que impidan el establecimiento, hay en ella una escelente [sic] alcantarilla, y el parage [sic] es de lo más centrado. Sabemos que el plan es establecer un cuerpo de edificio á lo largo de la calle, dejando paso franco por uno y otro lado: en el estremo [sic] del rectángulo que dá frente á las Covachuelas habrá un pabellon gótico para un depósito de flores; en el estremo [sic] opuesto que dá á la calle del Arenal otro pabellón con gabinete de lectura, y en el centro los comunes. Desde la fuente de la Red de S. Luis, cuya elevacion es suficiente, vendrá un caño de agua al centro del nuevo edificio, que después de formar un vistoso saltadero, sirva para el aseo y limpieza de las igriegas, que estarán servidas por individuos del establecimiento de S. Bernardino. Digna es de continuos elogios la actividad y zelo del caballero corregidor </i> [a la sazón D. Joaquín Vizcaíno y Martínez Moles, marqués viudo de Pontejos]<i>; pero lo que mas distingue su mérito es el esquisito [sic] gusto con que dispone todas las mejoras, y el genio con que se dedica por sí mismo á inspeccionar hasta los pormenores artísticos mas minuciosos, á fin de que todas sus obras presenten novedad y las posibles conveniencias”.</i></blockquote><p>
Ya a principios de 1836 el casino estuvo terminado, por lo que se ofreció a licitación su gestión, como podemos ver en el “<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0002864223&page=1&search=%22casino%22&lang=es">Diario de avisos de Madrid</a>”, de 12 de enero de 1836, núm. 286, pág. 1:<br/>
<blockquote><i>
“Quien quisiere tomar á su cargo el arrendamiento del casino construido en la calle de la Duda con destino á gabinete de lectura y comunes públicos, acuda á la secretaría del Excmo. ayuntamiento de esta muy heróica villa, á enterarse de las condiciones, bajo las cuales ha de subastarse, en intelijencia [sic] de que el remate se ha de celebrar el próximo lunes 18 en las casas consistoriales, á la una de la tarde” </i>[aunque <a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0002864385&page=1&search=%22casino%22&lang=es">luego se suspenderá</a>, retrasándolo al día 22].</Blockquote><p>
Fue inaugurado, según testimonia “<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0003058143&page=4&search=%22casino%22&lang=es">El Eco del Comercio</a>” , núm. 662, de 21 de febrero de 1836, pág. 4:<br/>
<blockquote><i>
“<b>Hoy 21 de febrero se abre el establecimiento del Casino de la calle de la Duda</b>, propio de esta M(uy) H(eroica) V(illa), con un hermoso gabinete de lectura, en donde se manifestará al público los siguientes periódicos; el Diario, Gaceta, Eco de Comercio, Revista Mensagero, Abefa y el Español. Los cuales se han arreglado <b>a real por leerlos todos en globo. La entrada de los comunes será á cuatro cuartos por persona</b>, tanto de hombres como de mugeres, [sic] y siempre se tendrán aseadas con el mayor esmero”.</i></blockquote><p>
Y como reproduce al día siguiente el “<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0002865147&page=3&search=%22casino%22&lang=es">Diario de Avisos de Madrid</a>”, de 22 de febrero de 1836, núm. 327, pág. 3. <p>
Es ese día siguiente a la inauguración cuando “<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0003613441&page=4&search=casino&lang=es">La Revista Española</a>”, de 22 de febrero de 1836, núm. 359, pág. 3, hace esta nota extensa y socarrona:<br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgFZczYstnaLzCE3jYx-pOVtViGZr3g3BzzgogTccuuyjWU0dpLJa9Az8MIOYOf6HqLAlsPciyKVyF6_4-xe0d7YdBMN64U-akYO_7BcfvKPbtfmn4VjVuKDeqYDkZOXfpMzjolx5DA0Qye/s1600/urinario-inauguraci%25C3%25B3n.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgFZczYstnaLzCE3jYx-pOVtViGZr3g3BzzgogTccuuyjWU0dpLJa9Az8MIOYOf6HqLAlsPciyKVyF6_4-xe0d7YdBMN64U-akYO_7BcfvKPbtfmn4VjVuKDeqYDkZOXfpMzjolx5DA0Qye/s640/urinario-inauguraci%25C3%25B3n.JPG" width="640" height="198" data-original-width="1077" data-original-height="333" /></a></div>
<blockquote><i>
“Casino de la calle de la Duda.<p>
Pocos serán los que ignoren que esta calle está situada enfrente del convento de S. Felipe el Real, y pocos también los que no hayan tenido conocimiento de la plaza que en ella se ha estado ejecutando, y cuya palpable utilidad recae inmediatamente en beneficio del público. Carecia Madrid de un establecimiento de esta clase, que poseen todas las capitales cultas, y del que no se puede prescindir sin tropezar con inconvenientes muy graves de desaseo, y de incomodidades que saltan á la vista, y que desdicen y repugnan en los centros de la civilización. Nadie está libre en medio de una calle de una de aquellas urgencias que acontecen lo mismo al pulcro y estirado personage,[sic] que al mozallon más rústico y no menos se somete á su imperioso aviso la mozallona piernigorda, que la meliflua y delicada petimetra. ¿Qué partido quedaba antes cuando exabruptamente acontecia un apreton tan inevitable y tan poco pacienzudo? ¿A dónde ir? ¿á dónde refugiarse? No había sino acudir al comun inmundo de un convento, ó atropellar en un portal con todos los inconvenientes de la fatal evidencia. Apartemos el pensamiento de este enojoso cuadro; pero no á fuerza de querer ser pulcros dejemos de elogiar lo que elogio merece, y de felicitar á los autores del pensamiento del Casino de la calle de la Duda.<p>
¡O tú, transeunte, cualquiera que fueres, que te veas en apuro... y no andes lejos de los contornos de la Puerta del Sol... aviva un poco el paso, y sin tener duda del consuelo, acude á la calle de la Duda, en donde sin duda se te franquearán las puertas del nuevo Casino, que casa será para ti de Misericordia, y beneficioso asilo en tan aflictivo momento. Por cuatro miserables cuartos encontrarás limpio y cómodo asiento, y decente cuarto con fuente y corrientes aguas, cuyo oportuno auxilio viene á pedir de boca. El esmero, la atencion, la prontitud; todo lo tienes alli pronto para cortar la dificultad, sin peligro de que los ojos del prógimo [sic] te perturben en tan respetables fanciques, ni que nadie te insulte ni moleste, y libre en fin de todo azar y contradictorio registro. Hay mas: y es que á la mano se encuentra con que satisfacer el espíritu, porque, para que nada falte, se te ofrece, un lindo gabinete de lectura, en donde te se [sic] franquean los periódicos, no mal parados, por estar alli, que al cabo bueno es que esten en todas partes, para la mayor publicidad de sus comunicaciones y polémicas. Quiere decir, que en el nuevo Casino se encuentran también medios de desahogar la imaginación y el pensamiento: en lo cual se mezcla lo útil con lo dulce, y viene á ser miel sobre ojuelas.<p>
Y para que este anuncio no parezca cosa de broma, tomando el tono didáctico, diremos que el Casino de la calle de la Duda es ventajosísimo, oportuno, necesario, y que en él, unos por necesidad, otros por verle, no será escasa la concurrencia. Las salidas competirán con las entradas, y es facil oler desde luego que el empresario puede prometerse limpios resultados de sus líquidos productos”.</blockquote></i><p>
En “<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0003469455&page=4&search=%22comunes+p%C3%BAblicos%22&lang=es">El Español</a>”, de 9 de marzo de 1836, nº 130, pág. 3, se decía:<p>
<blockquote><i>
“Hemos visto abierto por fin el establecimiento de comunes públicos construido en la calle de la Duda; y á pesar de que nunca mereció nuestra aprobación, el intento de colocarle en una rinconada tan estrecha, ya porque en el citado sitio produce una irregularidad notable, ya también porque perjudica á las casas inmediatas privándolas de la luz; sin embargo, no nos ha dejado de gustar la disposición interior que en él hemos notado. <br/>
En la parte que mira á la calle Mayor está el <b>gabinete de lectura</b>, un poco estrecho á la verdad; pero en otro concepto agradable , claro , y lo que es mejor, provisto de municiones de boca, que no es lo de menos en sitios donde se van á gastar las fuerzas leyendo. <br/>
A espaldas de esta habitación están <b>los comunes de los hombres aseadamente construidos, y de modo que se remedie todo mal olor y desagrado. Detrás de estos van los de las señoras , que no son mas que dos; pero que son mas anchos y pulidos,</b> teniendo sin duda en cuenta la gente para quienes ha de servir. En estos como en los otros hay sus <b>buenas fuentes donde lavarse las manos.</b> En general todo está bien construido y dispuesto, aunque algo angosto. De todos modos, como esto no puede considerarse sino a manera de ensayo, bien merece nuestro elogio: siempre es un adelanto.<br/>
<b>Los precios son los que nosotros creemos un poco altos</b>: pensamos que el contratista encargado del establecimiento debe bajar un tanto la cólera si no quiere exponerse á perder dinero”.</i></blockquote><p>
Antes de las elecciones generales de julio de 1836, cuya no aceptación del resultado supuso el llamado "<i>motín de la Granja</i>" <code>[Vid. nuestra entrada referida a esta cuestión]</code>
se harán nuevas intentonas de poder adjudicar la contrata de arrendamiento del casino, como vemos en el “<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0002876219&page=1&search=%22casino%22&lang=es">Diario de Madrid</a>”, de fecha 4 de marzo de 1837, núm. 704, pág. 1:<br/>
<blockquote><i>
“Quien quisiere tener en arrendamiento por tiempo de tres años el casino de la calle de la Duda, acuda á la secretaría del Excmo. Ayuntamiento constitucional de esta villa...”.</i></blockquote><p>
Y de fecha <a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0002876599&page=1&search=%22casino%22&lang=es">17 de marzo de 1837</a>, núm. 717, pág. 1.<p>
<font color="magenta"> <b> BREVEDAD DE ESTE PRIMER RETRETE PÚBLICO.</b></font><p>
Luego, <b>cuando en 1855 se realizó el ensanche de la Puerta del Sol</b>, <b>se procedió a su derribo </b>y se sustituyó por unos quioscos, <br/>
<blockquote><i>
«<i>una porción de edificios rectangulares acabados en cúpula, en los que hay, además del común, una pequeña tienda que se alquila por un precio módico y servicio de aseo. Con esta mejora coincidió el de las cubetas urinarias que son de hierro y dispuestas para los hombres en la mayor parte de las calles, y otros meaderos y columnas urinarias en las plazas y paseos de mayor consideración</i>».</i></blockquote><p>
<font color="magenta"> <b> NUEVOS RETRETES PÚBLICOS POR TODO MADRID: COLUMNAS O VESPASIANAS.</b></font><p>
Esta reforma, que es la que le dió la forma elíptica a la Puerta del Sol, produjo, a pesar del derribo del urinario, la inauguración de otros dos: uno entre las calles Preciados y Carmen y otro en la esquina de la calle Carretas.<p>
Así lo relata D. Basilio:<br/>
<blockquote><i>
“El marqués viudo de Pontejos tuvo la idea de establecerlos (los urinarios o “comunes públicos”, que es como se decía en la época) en las calles de Madrid para comodidad del público, y así se acordó por el Ayuntamiento que él presidió, pero no empezó a llevarse a cabo hasta febrero de 1836, en cuyo día 13 [sic] se abrió el llamado Casino de la Callejuela de la Duda, que ya no existe, al lado de la casa nr... [sic] de la Puerta del Sol. Este fue un pequeño edificio de planta baja colocado sobre el sumidero de la alcantarilla general que había en aquel sitio, que constaba de una pieza para gabinete de lectura, con despacho de licores y cerveza y nueve aseados comunes o retretes, seis para caballeros y tres para señoras. Por leer todos los periódicos se llevó un real, y por ocupar un retrete cuatro cuartos. Al hacerse el ensanche de la plaza de la Puerta del Sol en 1855 se derribó este útil establecimiento, el primero en Madrid de su clase. El sobrino del marqués de Pontejos, Sr. Vizcaíno, concibió después el pensamiento de quioscos comunes-tiendas, que se construyeron al efecto en las plazas y paseos, una porción de edificios rectangulares acabados en cúpula, en los que hay, además del común, una pequeña tienda que se alquila por un precio módico y servicio de aseo. Con esta mejora coincidió el de las cubetas urinarias que son de hierro y dispuestas para los hombres en la mayor parte de las calles, y otros meaderos y columnas urinarias en las plazas y paseos de mayor consideración. Al establecerse éstas se mandó por bando que todo el que se orinase en las calles, lo cual era una suciedad que debe evitarse en un pueblo civilizado por decencia y por higiene, pagaría diez reales de multa, lo cual se exigió no sin causar la providencia algunos disgustos con las gentes del pueblo poco acostumbradas a esta decencia, pero vino la revolución de septiembre de 1869, y los ciudadanos, en uso de su proclamada soberanía, creyeron que podrían orinar donde mejor les pareciese, a pesar de las columnas urinarias y cubetas dispuestas gratuitamente al efecto. Ya en 9 de julio de 1846 se había establecido una llamada ‘columna artesiana’ en la Puerta del Sol, esquina a la calle de Carretas, dispuesta para orinar y fijar carteles, pero habiéndolo censurado toda la prensa por el sitio y forma en que se colocó, se la derribó el 30 del mismo mes.”</i></blockquote><p>
No obstante, a pesar de construirse esos dos urinarios, lo cierto es que <b>el pueblo de Madrid siguió prefiriendo hacer sus necesidades fisiológicas en la calle</b>, por lo que se decidió poner freno por parte de la Autoridad. <b>Las multas eran de dos reales</b>, señalándose especialmente que no se usasen los portales y vías públicas: los “<i>comunes públicos</i>”. Esta nueva normativa conllevó el chascarrillo popular y la coplilla siguiente: <br/>
<blockquote><i>
“Este monumento infexto <br/>
se debe al duque de Sexto.<br/>
¡Cinco duros por mear!<br/>
¡Caramba qué caro es esto!<br/>
¿Cuánto querrá por cagar<br/>
el señor duque de Sesto?”<br/>
</i></blockquote>
Recordemos que “<i>Pepe Alcañices</i>”, el Duque de Sesto, ocupó la alcaldía de Madrid durante siete años, entre 1857 y 1864.<p>
Por ello se procedió a colocar “<i>columnas urinarias</i>” (las “<i>columnas mingitorias</i>” o vespasianas, según el modelo francés que desde 1834, el prefecto Rambuteau había instalado en París, diferentes a las columnas Morris, que se alzarán luego a partir de 1868), por diversos puntos de Madrid, sin dejar de volver a intentar una vez más el colocar nuevos casinos o comunes públicos. <p>
Así lo relató, entre otros, el periódico monárquico “<a href="id=0002351420&page=3&search=%22comunes+p%C3%BAblicos%22&lang=es">La Esperanza</a>”, núm. 4528, de 22 de julio de 1859, pág. 3: <br/>
<blockquote><i>
“Según nos aseguran, además de las columnas urinarias que se han principiado ya á colocar, trátase tambien de establecer en diferentes puntos de Madrid, casinos ó comunes públicos como el que había antes en la calle de la Duda, y en los que, como es consiguiente, se abonará por la entrada una pequeña retribucion al dependiente ó arrendatario. La realización de este proyecto, que puede decirse es una necesidad en las grandes poblaciones, creemos obtendrá general aprobacion”.</i></blockquote>
Parece ser que fueron bastantes columnas de hierro las que se colocaron. Como curiosidad veamos las opiniones a favor y en contra de una, la emplazada en la Red de San Luis. Así la valoraba favorablmente "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0000130339&page=4&search=columna+urinaria&lang=es">La época</a>", de 8 de agosto de 1859, núm. 3161, pág. 4:<br/>
<blockquote><i>
"La columna urinaria que acaba de establecerse en la Red de San Luis de esta corte, está con arreglo á los mejores modelos y es digna de nuestra capital. El interior de dicha columna se halla constantemente bañado por una especie de abanico de agua que brota de su parte superior, y que manteniendo la limpieza, impide el mal olor". </i></blockquote><p>
Mas el formato parece que era demasiado "visible", por lo que generó el chascarrillo de irónicos poetas, como vemos en este poema de un tal "Bonilla", que publicó "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0002219531&page=4&search=columna+urinaria&lang=es">La Discusión</a>", el 13 de agosto de 1959, núm. 1080, pág. 4:<br/>
<blockquote><i>
Es idea estrafalaria <br/>
alzar en sitio visible<br/>
el invento inadmisible<br/>
de la columna urinaria.<br/>
<br/>
Esta invención inmoral,<br/>
que oculta tan poco al hombre,<br/>
es indigna del renombre<br/>
de una culta capital.<br/>
<br/>
No hay tolerancia ó paciencia<br/>
para sufrir ni un momento<br/>
ese repugnante invento;<br/>
el colmo de la indecencia.<br/>
<br/>
¿Quién admite el desacierto,<br/>
á la decencia contrario,<br/>
de dejar el urinario<br/>
por dos lados descubierto?<br/>
<br/>
Pues es un grano de anís<br/>
poner á la vista asedio,<br/>
y precisamente en medio<br/>
de la Red de San Luis.<br/>
<br/>
¿No es notable que, por cierto,<br/>
en el nombre de este santo<br/>
se descubra tanto y tanto<br/>
que debiera estar cubierto?<br/>
<br/>
Mal discurre quien no advierta<br/>
que esa columna,—se infiere,—<br/>
debe estar, sea cual fuere,<br/>
por ambos lados cubierta;<br/>
<br/>
de tal modo, en mi entender,<br/>
que el público, —y mas de faldas,—<br/>
tan solamente de espaldas<br/>
al paciente pueda ver.<br/>
<br/>
Todo lo demás que invente<br/>
la ciencia municipal<br/>
vendrá á ser, por inmoral,<br/>
muy torpe y poco decente.<br/>
<br/>
De la Red de San Luis<br/>
y el Prado es este el asunto.<br/>
No digo mas, y doy punto,<br/>
temiendo á cierta polis.<br/>
<br/>
Y por la razón sencilla<br/>
de que no sepan quién soy,<br/>
á mermar la firma voy<br/>
y pongo á medias, Bonilla.<br/>
<br/>
P.D.<br/>
Puesto que tengo razón,<br/>
la oculto de esta manera.<br/>
¿Me la quitará cualquiera<br/>
habiendo tanto ladron? <br/>
</blockquote></i><p>
Y en "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0025559553&search=&lang=es">El Monitor de la Salud de las familias y de la salubridad de los pueblos</a>", de 15 de marzo de 1860, núm. 6, pág. 69:<br/>
<blockquote><i>
<b>En Madrid, sobre todo, reina una libertad de vejiga</b> tan hedionda como escandalosa. Las plazas , las calles mas frecuentadas, los monumentos y edificios públicos, como los templos, teatros, cafés, las escuelas, etc., presentan un aspecto por demás repugnate: la
infección y la indecencia que resultan de tamaña costumbre en la corte no se toleran en ninguna ciudad, ni villorrio de España. ¿Qué ha de decir el extranjero, y aun el forastero de las provincias, al ver la inundación de orines (y tal vez de excreciones menos liquidas) que afea la calle de san Ricardo, la de Gitanos, la plaza Mayor y el monumento de su centro, las inmediaciones del Príncipe y demás teatros, la antigua Aduana (hoy ministerio
de Hacienda ), etc., etc.? ¡Siquiera hubiese meaderos apropiados! Pero nada de eso; todo
lo que en punto á esos receptáculos tiene Madrid, puede verse con lástima y risa en los asquerosos y tristes armatostes de algunas rinconadas, y en la famosa y desairada coluna</b> [sic]<b> urinaria de la red de San Luis.</b> El señor Corregidor y el Ayuntamiento harian bien en enterarse de lo que acerca de este detalle de policía urbana se practica en París y Londres, y aun en Barcelona, Zaragoza , etc."</blockquote></i><p>
Mas no todas esas vespasianas, como le ocurrieron a las columnas Morris en Paris, que fueron proliferando por Madrid, fueron de general gusto, como podemos leer, por ejemplo, en esta nota de "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0001156290&page=3&search=vespasiana&lang=es">El liberal</a>", de 16 de junio de 1887, núm. 2936, pág. 3:<br/>
<blockquote><i>"Junto á la valla que por la calle de Alcalá cierra el solar de La Equitativa, hay un a vespasiana como dicen nuestros vecinos, con la que, por la estrechez de la acera, casi se ven obligadas á rozar con sus vestidos cuanta señoras transitan por aquel paraje.<br/>
Esto, aparte de que con el calor hay un a descomposición que produce emanaciones insoportables.<br/>
Creemos que esta observación bastará para lograr la desaparición del urinario. </blockquote></i><p>
Que poco a poco se fueron implantando los urinarios en las casas deja razón este curioso anuncio de “<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0000169915&page=4&search=%22comunes+p%C3%BAblicos%22&lang=es">La Época</a>”, de 17 de marzo de 1862, núm. 4323, pág. 4: <p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgGBVjEB06sXw59-hpRl_FJFV-bOega-vT-PPn0VyOxl7h54GaxCl9ljdJswvkpNJ4FIpJdkOWWGN_g28C-KS5Uay2TpHccgtxPT9cO_UUK0mf-Dz3At3NWvcLng2EYkYFhrScpIjJEgL7u/s1600/urinario-anuncio.JPG" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgGBVjEB06sXw59-hpRl_FJFV-bOega-vT-PPn0VyOxl7h54GaxCl9ljdJswvkpNJ4FIpJdkOWWGN_g28C-KS5Uay2TpHccgtxPT9cO_UUK0mf-Dz3At3NWvcLng2EYkYFhrScpIjJEgL7u/s640/urinario-anuncio.JPG" width="640" height="341" data-original-width="1206" data-original-height="642" /></a></div>
<p>
Recordemos que “<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0025561598&search=&lang=es">El monitor de la salud de las familias y de la salubridad de los pueblos</a>”, en su núm. X, de 15 de mayo de 1862, pág. 116, indicaba que la Comisión del seno de la Sociedad Económica Matritense estaba discutiendo que se aprobara, entre otras cuestiones...:<br/>
<blockquote><i>
“19. Las letrinas se colocarán en local propio, con comunicación al exterior, y, siempre que sea posible, fuera de la cocina y de toda habitación. Se establecerá, además, en todas las casas que se hagan nuevas, ó que se reformen, ventilación de tiro, por medio de un conducto destinado á este objeto, que corra desde el tejado á la alcantarilla, y que comunique con las piezas de las letrinas. En las casas de vecindad, á mas de reunir estas circunstancias, <b>han de estar los comunes distantes cuanto sea posible de las habitaciones,
y fuera de las escaleras y de los sitios destinados al servicio de otros vecinos que aquellos á quienes pertenezcan</b>. <p>
20.<b> Se aumentará todo lo posible el número de meaderos, en columnas y en los sitios mas reservados, arrimados á la pared, elevados del suelo, de gran corriente, y de modo que puedan lavarse; y se establecerán comunes públicos, con algunos locales gratuitos</b>, bien ventilados y con mucha agua para la limpieza, situándolos en cuatro ó mas puntos de Madrid, que pudieran ser las plazuelas de las Descalzas, de la Cebada, del Rey y de los Mostenses, y algunas otras plazuelas ó patios despejados. Inmediatamente de planteadas dichas reformas, se prohibiría terminantemente satisfacer estas necesidades fuera de los sitios designados”.</i></blockquote><p>
<br/><p><br/>
<font color="navy"> <b> COLOFÓN CURIOSO: EL DÍA MUNDIAL DEL RETRETE, 19 DE NOVIEMBRE.</b></font><p>
Es evidente que he escrito esta entrada bastantes días posteriores a la fecha de conmemoración del día mundial del retrete, curiosamente mientras leía cómodamente "<i>Leer en el retrete</i>", de <b>Henry Miller</b> (costumbre también ancestral de los retretes es esta -recordemos que había bibliotecas anexas en la antigua Roma-).<p>
En efecto, el Día Mundial del Retrete o del Saneamiento, se celebra el 19 de noviembre de cada año, dado que al menos el 37% de la población mundial no dispone de ellos, indicando la ONU que cerca del 80% de las enfermedades existentes en los países en vías de desarrollo tienen su origen en la contaminación de sus aguas y en un incorrecto saneamiento.<p>
Pero esto no se sabia en el siglo XIX, y es otra historia...
Seguramente surgirán pronto nuevas y curiosas historias tras esta efemérides. Ya las iremos incorporando.
<p>
<br/>
<p>
<br/>
<p>
<br/>
<b>BIBLIOGRAFÍA CITADA.-</b><p>
AA.VV. <a href="http://www.madrid.org/bvirtual/BVCM019290.pdf">Historia del saneamiento de Madrid</a>. Madrid: Fundación Canal, 2015.<p>
Arroyo Ilera, Fernando. «<a href="https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=930141">Arbitrismo, población e higiene en el abastecimiento hídrico de Madrid en el siglo XVIII</a>», in Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles, XXXVII (2004), pp. 257-278.<p>
Ayala y Raya, Manuel. Real Sitio de El Pardo (1893). Madrid: Maxtor, 2011.<p>
Bourke, John Gregory. Escatología y civilización: los excrementos y su presencia en las costumbres, usos y creencias de los pueblos. Barcelona: Círculo Latino, 2005.<p>
Cervera Vera. L. «Francisco de Sabatini y sus normas para el saneamiento de Madrid», in Anales del Instituto de Estudios Madrileños, XI (1975), pp. 137-189.<p>
Corral, José del. "<a href="http://www.memoriademadrid.es/buscador.php?accion=VerFicha&id=19227&num_id=&num_total=7">La Galería de retratos de Alcaldes</a>", in Villa de Madrid. Revista del Excmo. Ayuntamiento, 57 (1977), pp. 8-14.<p>
Covarrubias Orozco, Sebastián de. <a href="http://bdh-rd.bne.es/viewer.vm?id=0000178994&page=1">Tesoro de la lengua castellana o española</a>. Madrid: Luis Sanchez, 1611<p>
Domínguez Ortiz, A. «Una visión crítica del Madrid del siglo XVIII», in Anales del Instituto de Estudios Madrileños, VI (1970), pp. 299-317.<p>
Esquivias Blasco, Beatriz. ¡Agua va! La higiene urbana en Madrid (1561-1761). Madrid: Caja Madrid, 1998.<p>
France d'Hézecques, Felix de. <a href="http://gallica.bnf.fr/ark:/12148/bpt6k49961n/f229.image.r=b%C3%BBche.langFR">Souvenirs d'un page de la cour de Louis XVI</a>. Paris: Didier, 1873.<p>
Gómez Rufo, Antonio. Madrid. La novela. Relato de una gran ciudad a través de los siglos. Barcelona: Penguin Random House, 2016.<p>
<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/index.vm">HEMEROTECA DIGITAL NACIONAL DE ESPAÑA</a>.<br/>
<blockquote>Diario de Avisos de Madrid.<br/>
Diario de Madrid.<br/>
El Eco del Comercio.<br/>
El Español.<br/>
El Liberal.<br/>
El Monitor de la Salud de las familias y de la salubridad de los pueblos.<br/>
La Discusión.<br/>
La Esperanza.<br/>
La Época.<br/>
La Gaceta de Madrid.<br/>
La Revista Española.
</blockquote><p>
Lafuente, A. Guía del Madrid científico. Ciencia y Corte. Madrid: Consejería de Educación y Cultura de la CAM-CSIC, 1998.<p>
Laporte, Dominique. <a href="https://docs.google.com/file/d/0B2pra8lhhoOKaFZXcF9jUzRVcUU/edit">Historia de la mierda</a>. Valencia: Pre-Textos, 1998.<p>
López Castán, Ángel. <a href="https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=2082849&orden=283011&info=link">"La ebanistería madrileña y el mueble cortesano del siglo XVIII" (II)</a>, in Anuario del Departamento de Historia y Teoría del Arte, XVII (2005)<p>
Martos Rubio, Ana. Papisas y teólogas. Mujeres que gobernaron el reino de Dios en la Tierra. Madrid: Nowtilius, 2008.<p>
Mesonero Romanos, Ramón. <a href="http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/memorias-de-un-setenton-natural-y-vecino-de-madrid--0/html/ffc4936a-82b1-11df-acc7-002185ce6064_15.html#I_83_">Memorias de un setentón, natural y vecino de Madrid</a>. Madrid: Renacimiento, 1926. Tomo 2.<p>
Molina Acevedo, Luis Carlos. Mierda. Símbolos y significados. Berlin: GD Publishing Ltd. & Co KG, 2016.<p>
Newton, William Ritchey. La petite cour. Services et serviteurs à la Cour de Versailles au XVIIIe siècle. Paris: Fayard, 2006.<p>
Núñez de Taboada, M. <a href="http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/diccionario-de-la-lengua-castellana-para-cuya-composicion-se-han-consultado-los-mejores-vocabularios-de-esta-lengua-y-el-de-la-real-academia-espanola-ultimamente-publicado-en-1822--0/html/">Diccionario de la lengua castellana, para cuya composición se han consultado los mejores vocabularios de esta lengua y el de la Real Academia Española, últimamente publicado en 1822; aumentado con más de 5000 voces o artículos que no se hallan en ninguno de ellos</a>. Vol. II. París: Seguin, 1825.<p>
Olive, Pedro María de. <a href="https://books.google.es/books?hl=es&id=xCn-w98FzyoC&dq=diccionario+de+sin%C3%B3nimos&q=letrina#v=snippet&q=letrina&f=false">Diccionario de sinónimos de la lengua castellana</a>. Madrid: Imp. de I. Box, 1843.<p>
Pérez Samper, Mª Ángeles (est. intr.). Saint-Simon en España. Memorias (junio 1721-abril-1722). Alicante: Univ. ALicante, 2008.<p>
Pérez Sánchez, Alfonso E. «<a href="https://www.museodelprado.es/aprende/boletin/el-autor-de-la-decoracion-del-retrete-de-fernando/f4caedf2-1c46-4738-953a-11b055f3c5c7">El autor de la decoración del retrete de Fernando VII en el Prado</a>», in Boletín del Museo del Prado, vol. VII, n.º XIX, Madrid, enero-abril de 1986, pp. 33-38.<p>
Prignano, Ángel Óscar. El inodoro y sus conexiones. La indiscreta historia del lugar de necesidad que, por común, excusado es nombrarlo. Buenos Aires: Biblos, 2007.<p>
Puerto, F. J. et San Juan, C. «<a href="https://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/5738/Epidemia_EHS_1980_San%20Juan.pdf">La epidemia de cólera de 1834 en Madrid</a>», in Estudios de Historia Social, IV (1980).<p>
RAE. <a href="http://web.frl.es/DA.html">Diccionarios de Autoridades</a>. Madrid: 1726-1739.<br/>
___ . <a href="http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/diccionario-de-la-lengua-castellana-1/html/">Diccionario de la lengua castellana por la Real Academia Española</a>. Madrid: Imprenta Real, 1832. Séptima edición<br/>
___ . Diccionario manual e ilustrado de la lengua castellana. Madrid: Espasa-Calpe, 1927.<p>
Río Almagro, Alfonso del. "<a href="https://revistas.ucm.es/index.php/POSO/article/viewFile/46583/46120">Arte, cuerpos y aseos públicos. Estrategias artísticas de cuestionamiento de los dispositios arquitectónicos de segregación de sexo-género</a>", in Política y Sociedad, LII, 2 (2015), pp. 465-486.<p>
Rejón de Silva, Diego ANtonio. <a href="https://books.google.es/books?id=RhuHRZKpQEYC&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false">Diccionario de las nobles artes, para instrucción de los aficionados, y uso de los profesores</a>. Segovia: Antonio Espinosa, 1788.<p>
Rotterdam, Erasmo de. <a href="http://www.ddooss.org/libros/Erasmo_urbanidad_ninyos.pdf">De la urbanidad en las maneras de los niños</a>. Madrid: Ministerio de Educación y Ciencia, 2006.<p>
Terreros y Pando, E. de. <a href="http://bdh-rd.bne.es/viewer.vm?id=0000022720&page=1">Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes y sus correspondientes en las tres lenguas francesa, latina e italiana...</a> Tomo III. Madrid: Viuda de Ibarra, 1788.<p>
Thomas, H. Madrid. Una antología para el viajero. Madrid: Grijalbo, 1988.<p>
Werner, Florian. La materia oscura: historia cultural de la mierda. Barcelona: Tusquets, 2013.<p>
Zerolo, Elías. <a href="http://bdh-rd.bne.es/viewer.vm?id=0000137653&page=1">Diccionario enciclopédico de la lengua castellana</a>. París: Garnier hermanos, 1895.<p>
<p>
<br/>
<p>
<br/>
<p>
<br/>
<hr size=5 width= 50% color="#000000"/>
<p>
<br/>
<p>
<br/>
</div>
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-74683071877452788602017-08-18T13:26:00.000+02:002017-08-20T12:45:04.790+02:00UN TATA-TATARANIETO DEL DUQUE DE RIÁNSARES Y LA REINA MARÍA CRISTINA DE BORBÓN, CONCEJAL DE UNIDOS PODEMOS DE TOLEDO.<div dir="ltr" style="text-align: justify;" trbidi="on">
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgTl8s5x54xH_fvQdSzmS0coA2MyFCbwhA63GSCDo650YaTlxOsqE2nUgRLMJG4qp_9_8QB21DOxLDCJvbm2fRXcAcQ2TXl2NKC8WiBTjcBb-taXvmh3RDArsodgPd6JbL_d1XWaNrIyDUx/s1600/Javier+Mateo.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgTl8s5x54xH_fvQdSzmS0coA2MyFCbwhA63GSCDo650YaTlxOsqE2nUgRLMJG4qp_9_8QB21DOxLDCJvbm2fRXcAcQ2TXl2NKC8WiBTjcBb-taXvmh3RDArsodgPd6JbL_d1XWaNrIyDUx/s1600/Javier+Mateo.jpg" data-original-width="267" data-original-height="189" /></a></div>
<b>Javier Mateo Álvarez de Toledo</b>, candidato por <i>Unidos Podemos de Toledo</i> a la Alcaldía de Toledo en 2015, y actual Segundo Teniente de Alcalde y responsable de la Concejalía de Servicios Sociales, es tata-tataranieto del Duque de Riánsares y de la reina María Cristina de Borbón-Dos Sicilias, a través de su madre.<p>
Hijo de Dª Elvira Álvarez de Toledo y Gómez-Trénor, y nieto de XII Conde de la Ventosa, D. José María Álvarez de Toledo y Mencos. Este abuelo suyo, fue a su vez biznieto de la hija del Duque de Riánsares y la reina Mª Cristina, Dª María Cristina Muñoz y Borbón, tal y como podemos observar en el siguiente árbol:<p><br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEik49GbXoB4AX9WAHhmCNW1nz_wsk8fLG-0M5WTunaTmGkBY3Jh8dHBbWhAZ7a4JtP0wEWL0P7guTgVRX4Kiauw2lgjKnij2KH7LpGo6SBkjZEwSpSYL9PviMys-lRasHE9KgKkZXTRoh64/s1600/genealog%25C3%25ADa+concejal+de+unidos+podemos+de+Toledo.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEik49GbXoB4AX9WAHhmCNW1nz_wsk8fLG-0M5WTunaTmGkBY3Jh8dHBbWhAZ7a4JtP0wEWL0P7guTgVRX4Kiauw2lgjKnij2KH7LpGo6SBkjZEwSpSYL9PviMys-lRasHE9KgKkZXTRoh64/s1600/genealog%25C3%25ADa+concejal+de+unidos+podemos+de+Toledo.jpg" data-original-width="813" data-original-height="1134" /></a></div>
<br/><p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh6O2JFnEGBXymxihyGaX4g_bw1EQK8C61CWY6_JdcCBeSZN5i8RGWNKwbZmGxbOeK4AQTP_KvtgvAzK3q7jnEPGB9LKmarZ5Yj4vm7rSyA4RGmDFVQLOfjM2ukfPOyPAScdt6SUzThkM6n/s1600/vuelta+a+Toledo.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh6O2JFnEGBXymxihyGaX4g_bw1EQK8C61CWY6_JdcCBeSZN5i8RGWNKwbZmGxbOeK4AQTP_KvtgvAzK3q7jnEPGB9LKmarZ5Yj4vm7rSyA4RGmDFVQLOfjM2ukfPOyPAScdt6SUzThkM6n/s200/vuelta+a+Toledo.jpg" width="122" height="200" data-original-width="305" data-original-height="499" /></a></div>
Asimismo, podemos ver en la otra línea de sus ascendientes, concretamente de la que ha conservado su segundo apellido, que es un miembro descendiente de la Casa de Medina-Sidonia.<p>
El concejal de "Unidos Podemos de Toledo", y coordionador local desde 2014, estudió Geografía e Historia y tiene su puesto de trabajo en excedencia en Consuegra, como Animador Socio-Cultural y de Juventud, dentro del equipo de los Servicios Sociales de ese Ayuntamiento.<p>
Como curiosidad, recordemos nuestra entrada en este blog, en la que hablábamos de que el actual Ministro deln Partido Popular, Íñigo Méndez de Vigo, es descendiente también del Duque de Riánsares y la reina María Cristina (cfr.: <a href="https://duquederiansares.blogspot.com.es/2015/08/inigo-mendez-de-vigo.html">https://duquederiansares.blogspot.com.es/2015/08/inigo-mendez-de-vigo.html</a>.<p>
Javier Mateo Álvarez de Toeldo ha publicado junto a Luis Rodríguez Bausá “<i>La vuelta a Toledo en 80 leyendas</i>” (David Blázquez Comunicación S.L., 2007) y la “<i>Guía mágica de Toledo y su provincia</i>” (Toledo: Ed. Covarrubias, 2010).<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhEngymIjQ1qOW6yh-oRStqTyfckWkmiHKbsJS1TvJsLR_nqlHpvw1ZvXJWR4PjEdhuUM9sBoemNeWX6KdsSKQ2ODBzViTmLg45zVIRrOjaeO-XC9Woh2bYUbsVVEyeHjt0tDnNlrAEE1fm/s1600/Guia-m%25C3%25A1gica-de-Toledo.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhEngymIjQ1qOW6yh-oRStqTyfckWkmiHKbsJS1TvJsLR_nqlHpvw1ZvXJWR4PjEdhuUM9sBoemNeWX6KdsSKQ2ODBzViTmLg45zVIRrOjaeO-XC9Woh2bYUbsVVEyeHjt0tDnNlrAEE1fm/s200/Guia-m%25C3%25A1gica-de-Toledo.jpg" width="142" height="200" data-original-width="425" data-original-height="600" /></a></div>
<p><br/>
<b>WEBGRAFÍA.</b><p>
<a href="http://www.ganemostoledo.org/javier-mateo-y-alvarez-de-toledo/">http://www.ganemostoledo.org/javier-mateo-y-alvarez-de-toledo/</a><p>
<a href="http://www.ganemostoledo.org/javier-mateo-alvarez-de-toledo/">http://www.ganemostoledo.org/javier-mateo-alvarez-de-toledo/</a><p>
<a href="http://www.toledo.es/corporacion/javier-mateo-alvarez-de-toledo/">http://www.toledo.es/corporacion/javier-mateo-alvarez-de-toledo/</a><p>
<br /></div>
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-31878754764568519242017-02-23T10:41:00.000+01:002017-08-31T18:23:40.580+02:001833: JURA DE ISABEL II COMO PRINCESA DE ASTURIAS.<div dir="ltr" style="text-align: justify;" trbidi="on">
<br/><p>
<table width="480" cellspacing="1" cellpadding="3" border="2" bgcolor="#CBBABD">
<tr><td><font color="#FFFFFF" face="helvetica"><div align=center>
<b>TEMAS QUE VAMOS A DESARROLLAR</b></div></font></td></tr>
<tr><td bgcolor="#ffffcc"><font face="verdana"><Font size=2>
• La Pragmática Sanción de 29 de marzo de 1830.<br/>
• ¿Por qué se publicó la Pragmática Sanción de 1830 estando embarazada la Reina María Cristina de Borbón.<br/>
• Real Decreto de 4 de abril de 1833: ejecución de la Pragmática Sanción de 1830.<br/>
• Argumentarios a favor de la supresión de la Ley Sálica.<br/>
• Intencionalidad y propósito en la jura de Isabel II como Princesa de Asturias.<br/>
• Relación de procuradores a Cortes para verificar la Jura.<br/>
• Actos programados para celebrar la Jura.<br/>
• Desarrollo y Crónica de los actos programados.<br/>
• Descripción de la Jura por diversos escritores decimonónicos.
</font></font></td></tr></table> <p>
<br/><p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj-Yi08q87nA2DvOFiQqe4oFEaNUs-BY6cPQzq3b3PfwrxtltqKri9Cv66HJVYE8ZgD8RtiC7zixkKRDnUjGc506dou9b4DPogrEVbL7-Kpl5QWLVEIoOaSeL2LXHb7jCVqgcGMrW_FG5V0/s1600/jura+de+isabel+ii+como+princesa+de+asturias.JPG" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj-Yi08q87nA2DvOFiQqe4oFEaNUs-BY6cPQzq3b3PfwrxtltqKri9Cv66HJVYE8ZgD8RtiC7zixkKRDnUjGc506dou9b4DPogrEVbL7-Kpl5QWLVEIoOaSeL2LXHb7jCVqgcGMrW_FG5V0/s1600/jura+de+isabel+ii+como+princesa+de+asturias.JPG" data-original-width="605" data-original-height="427" /></a></div><p><br/>
<font color="navy"> <b> LA PRAGMÁTICA DE 29 DE MARZO DE 1830.</font></b><p>
A través de la Pragmática Sanción que publicó Fernando VII el 29 de marzo de 1830 <code>["<a href="https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1830/040/A00167-00168.pdf">Gaceta de Madrid</a>", de 3 de abril de 1830, núm. 40, pp. 167-168; "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0002301403&page=30&search=pragmatica+sancion&lang=es">Mercurio de España</a>", abril de 1830, pp. 269-273]</code>, <b>se promulgaba y hacía efectivo el acuerdo de las Cortes de 1789 que <a href="http://pares.mcu.es/BicentenarioIndependencias/catalog/description/6746357">su padre promovió</a></b>, y que hasta entonces no llegó a hacerse efectiva, dadas las revueltas de la Revolución francesa y luego los acontecimientos de la guerra de la Independencia, amén de las fuertes presiones de Francia y Nápoles.<p>
La Pragmática Sanción de esta fecha lo que hace es anular el <b>Reglamento de Sucesión de Felipe V</b>, "Auto Acordado", aprobado en las Cortes de Madrid de 5 de noviembre de 1713, por el cual la herencia al trono de España seguiría un camino parecido (no exactamente igual) a la <b>Ley Sálica</b> francesa, imposibilitando a las mujeres acceder al mismo, sólo en el caso de que siempre hubiera herederos varones tanto en la línea principal o lateral, actuación contraria a las costumbres castellanas y a lo establecido por las <i><b>Siete Partidas</b></i> de Alfonso X el Sabio.<p>
Dice así:<br/>
<blockquote>
<div style="background-color: #E0F8F7; text-align: justify; border: 2px solid #a991af; padding:5px; ">
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhnjWkMIbiArh_ejwM4MH8cF75UKuhKHihjS5kuw1Odrzd6J1K9GXHngSc-WkDd1MLfzZ7AwCAgDaSNEAHIoAOPP_Uyv56S9dOLWDdHvB4Li1RK9obfb_k8zW3AgaLOsStl_FxEiSq2ejMt/s1600/PRAGM%25C3%2581TICA+SANCION.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhnjWkMIbiArh_ejwM4MH8cF75UKuhKHihjS5kuw1Odrzd6J1K9GXHngSc-WkDd1MLfzZ7AwCAgDaSNEAHIoAOPP_Uyv56S9dOLWDdHvB4Li1RK9obfb_k8zW3AgaLOsStl_FxEiSq2ejMt/s1600/PRAGM%25C3%2581TICA+SANCION.JPG" data-original-width="482" data-original-height="717" /></a></div>
<i>
<b>PRAGMÁTICA-SANCIÓN EN FUERZA DE LEY DECRETADA POR EL SEÑOR REY DON CARLOS IV Á PETICIÓN DE LAS CORTES DEL AÑO 1789, Y MANDADA PUBLICAR POR S. M. REINANTE PARA LA OBSERVANCIA PERPETUA DE LA LEY 2ª, TÍTULO 15, PARTIDA 2ª, QUE ESTABLECE LA SUCESIÓN REGULAR EN LA CORONA DE ESPAÑA</b>.<P>
Don FERNANDO VII, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, de aragon, de las dos Sicilias, de Jerusalen, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Menorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaen, de los Algarbes, de Algeciras, de Gibraltar, de las Islas de Canarias, de las Indias Orientales y Occidentales, Islas y Tierra-firme del mar Océano; Archiduque de Austria; Duque de Borgoña, de Brabante y de Milan; Conde de Abspurg, de Flandes, Tirol y Barcelona; Señor de Vizcaya y de Molina, etc.<p>
A los infantes, Prelados, Duques, Marqueses, Condes, Ricos-hombres, Priores, Comendadores de órdenes, Alcaides de Castillos, Casas fuertes y llanas, y á los de mi Consejo, Presidentes y Oidores de mis Audiencias y Chancillerías, Alcaldes, Alguaciles de mi Casa y Corte, y á todos los Corregidores, Asistente, Gobernadores, Alcaldes Mayores y ordinarios, y otros cualesquiera Jueces y Justicias, Ministros y personas de todas las ciudades, villas y lugares de estos mis Reinos y Señoríos, tanto á los que son ahora, como los que serán de aqui adelante, y á cada uno y cualquiera de vos, <p>
<blockquote><blockquote><b>SABED:</b> </blockquote></blockquote><p>
<a name='more'></a>
<b>Que en las Cortes que se celebraron en mi Palacio de Buen Retiro el año de 1789 se trató á propuesta del Rey mi augusto Padre, que está en gloria, de la necesidad y conveniencia de hacer observar el método regular establecido por las leyes del reino, y por la costumbre inmemorial de suceder en la corona de España con preferencia de mayor á menor y de varón á hembra, dentro de las respectivas líneas por su orden; y teniendo presente los inmensos bienes que de su observancia por mas de 700 años habia reportado esta monarquía</b>, asi como los motivos y circunstancias eventuales que contribuyeron á la reforma decretada por el <b>auto acordado de 10 de Mayo de 1713</b>, elevaron á sus Reales manos una petición con fecha de <b>30 de Setiembre del referido año de 1789</b>, haciendo mérito de las grandes utilidades que habían venido al reino, ya antes, ya particularmente después de la unión de las coronas de Castilla-y Aragón, por el orden de suceder señalado en la ley 2ª título 15 part. II, y suplicándole que sin embargo de la novedad hecha en el citado auto acordado , <b>tuviese á bien mandar se obsérvase y guardase perpetuamente en la sucesión de la monarquía dicha costumbre inmemorial, atestiguada en la citada ley, como siempre se había observado y guardado, publicándose pragmática-sanción como ley hecha y formada en, Cortes, por la cual constase esta resolución, y la derogación de dicho auto acordado</b>.<p>
A esta petición se dignó el Rey mi augusto Padre resolver, como lo pedia el reino, decretando á la consulta, con que la junta de asistentes á cortes, gobernador y ministros de mi Real cámara de Castilla acompañaron la petición de las Cortes, <b>"Que habia tomado la resolucion correspondiente á la citada suplica", pero mandando que por entonces se guardase el mayor secreto por convenir asi á su servicio, y en el decreto á que se refiere, "Que mandaba á los de su Consejo expedir, la Pragmática-sanción que en tales casos se acostumbra".</b> Para en su caso pasaron las Cortes á la vía reservada copia certificada de la citada súplica y demás concerniente á ella por conducto de su Presidente conde de Campomanes, gobernador del consejo; y se suplicó todo en las Cortes con la reserva encargada. Las turbaciones que agitaron la Europa en aquellos años, y las que experimentó después la Península, no permitieron la ejecución de estos importantes designios, que requerían dias mas serenos. <p>
Y habiéndose restablecido felizmente por la misericordia divina la paz y el buen orden de que tanto necesitaban mis amados pueblos; después de haber examinado este grave negocio, y oido el dictamen de ministros zelosos de mi servicio y del bien público, por mi Real decreto dirigido al mi Consejo en 26 del presente mes, he venido en mandarle que con presencia de la petición original, de lo resuelto á ella por el Rey mi muy querido Padre, y de la certificación de los escríbanos mayores de Cortes, cuyos documentos se le han acompañado, publique inmediatamente Ley y Pragmática en la forma pedida y otorgada. <p>
Publicado aquel en el mismo mi consejo pleno, con asistencia de mis dos fiscales, y oidos in voce, en el día 27 de este mismo mes, ac<b>ordó su cu[m]plimiento y expedir la presente en fuerza de Ley y Pragmática-sanción como hecha y promulgada en Cortes</b>. <b>Por la cual mando se observe, guarde y cumpla perpetuamente el literal contenido de la ley 2ª, tít. 15, partida 2ª, según la petición de las Cortes celebradas en mi Palacio de Buen Retiro en el año de 1789 que queda referida,</b> cuyo tenor literal es el siguiente:
<blockquote>
«Mayoría en nascer primero es muy grant señal de amor que muestra Dios á los fijos de los reyes, á aquellos que la da entre los otros sus hermanos que nascen después dél: ca aquel á quien esta honra quier facer, bien da á entender quel adelanta et le pone sobre los otros por que lo deben obedecer et guardar asi como á padre et á señor. Et que esto sea verdat pruébase por tres razones, la primera naturalmente, la segunda por ley, la tercera por
costumbre; ca segunt natura, pues que el padre et la madre cobdician haber linage que herede lo suyo, aquel que primero nasce et llega mas aina para cumplir lo que ellos desean, por derecho debe seer mas amado dellos, et él lo debe haber: et segunt ley, se prueba por lo que dixo nuestro señor Dios á Abrahan quando le mandó como probándolo, que tomase su fijo Isac el primero, que mucho amaba, et le degollase por amor del; et esto ie dixo por dos razones; la una porque aquel era el fijo que él amaba asi como á sí mesmo por lo que desuso diximos, la otra porque Dios le habie escogido por santo quando quiso que nasciese primero, et por eso le mandó que de aquel le feciese sacrificio; ca segunt él dixo á Moysen en la vieja ley, todo másculo que nasciese primeramente serie llamado cosa santa de Dios. Etque los hermanos le deben tener en logar de padre se muestra porque él ha mas dias que ellos, et veno primero al mundo; et quel han de obedescer como á señor se prueba por las palabras que dixo ísac á Jacob su fijo quando le dio la bendición cuidando que era el
mayor; tu serás señor de tus hermanos, et ante tí se tornarán los fijos de tu padre, et al que bendixieres será bendicho, et al que maldixieres cayerle ha la maldición: onde por todas estas palabras se da á entender que el fijo mayor ha poder sobre los otros sus hermanos, asi como padre et señor, et que ellos en aquel logar le deben tener. Otrosí segunt antigua costumbre, como quier que los padres comunalmente habiendo piedat de los otros fijos, non quisieron que el mayor lo hobiese todo, mas que cada uno dellos hobiese su parte; pero con todo eso los homes sabios et entendudos catando el pro comunal de todos, et
conosciendo que esta partición non se podrie facer en los regnos que destroidos non fuesen, segúnt nuestro señor Iesu Cristo dixo, que todo regno partido astragado serie, tovieron por derecho quel señorío del regno non lo hobiese sinon el fijo mayor después de la muerte de su padre. Et esto usaron siempre en todas las tierras del mundo do el señorío hobieron por linage, et mayormente en España: ca por escusar muchos males que acaescieron et podrien aun seer fechos, posieron q<b>ue el señorío del regno heredasen siempre aquellos que veniesen por liña derecha, et por ende eslablescieron que si fijo varón hi non hobiese, la fija mayor heredase el regno, et aun mandaron que si el fijo mayor moriese ante que heredase, si
decase fijo ó fija que hobiese de su muger legítima, que aquel ó aquella lo hobiese, et non otro ninguno; pero si todos estos fallesciesen, debe heredar el regno el mas propinco pariente que hi hobíere seyendo home para ello et non habiendo fecho cosa por que lo debiese perder.</b> Onde por todas estas cosas es el pueblo tenudo de guardar el fijo mayor del rey; ca de otra guisa non podrie seer el rey cumplidamente guardado, si ellos asi non
guardasen al regno: et por ende cualquier que contra esto faciese, farie traycion conoscida et debe haber tal pena como desuso es dicha de aquellos que desconoscen señorío al rey.»</blockquote><p>
Y por tanto os mando á todos y cada uno de vos en vuestros distritos, jurisdicciones y partidos, guardéis, cumpláis y ejecutéis, y hagáis guardar, cumplir y ejecutar esta mi ley y Pragmática-sanción en todo y por todo según y como en ella se contiene, ordena y manda, dando para ello las providencias que se requieran, sin que sea necesaria otra declaración alguna mas que esta, que ha de tener su puntual ejecución desde el dia que se publique en Madrid y en las ciudades, villas y lugares de estos mis reinos y señoríos en la forma acostumbrada, por convenir asi á mi Real servicio, bien y utilidad de la causa pública de mis vasallos: que asi es mi voluntad; y que al traslado impreso de esta mi Carta, firmado de D. Valentín de Pinilla, mi escribano de cámara mas antiguo y de Gobierno del mi Consejo, se le dé la misma fe y crédito que á su original. <p>
Dada en Palacio á 19 de Marzo de 1830.<br/>
YO EL REY.<br/>
Yo D. Miguel de Gordon, secretario del REY nuestro Señor, lo hice escribir por su mandado. <br/>
D. Josef María Puig <br/>
D. Francisco Marin.<br/>
D. Josef Hevia y Noriega.
<br/>D. Francisco Javier Adell.<br/>
D. Josef Cavanilles.<br/>
Registrada: D. Salvador María Granés.<br/>
Teniente Canciller mayor: D. Salvador María Granes.<p>
<b>Publicación.</b><p>
En la villa de Madrid á 31 de Marzo de 1830 ante las puertas del Real Palacio, frente del balcón principal del Rey nuestro Señor, y en la puerta de Guadalajara, donde está el público trato y comercio de los mercaderes y oficiales, con asistencia de D. Antonio María Segovia, D. Domingo Suarez, D. Fernando Pinuaga y D. Ramón de Vicente Ezpeleta, alcaldes de la Real casa y corte de S. M., se publicó la Real Pragmática-sanción antecedente con trompetas y timbales por voz de pregonero público, hallándose presentes diferentes alguaciles de dicha Real casa y corte y otras muchas personas; de que certifico yo D. Manuel Eugenio Sánchez de Escariche, del consejo de S. M., su secretario, escribano de cámara de los que en él residen.<br/>
D. Manuel Eugenio Sánchez de Escariche.<p>
Es copia de la Real Pragmática-sanción, y de su publicación original, de que certifico.<br/>
D. Valentin de Pinilla.
</div></blockquote></i><p><br/>
<font color="navy"> <b> ¿POR QUÉ SE PUBLICÓ LA PRAGMÁTICA SANCIÓN DE 1830 ESTANDO EMBARAZADA LA REINA MARÍA CRISTINA DE BORBÓN?</font></b><p>
Comenta A. Martínez de Velasco lo siguiente: <br/>
<blockquote><i>
«¿Por qué se publicó la Pragmática cuando la reina María Cristina estaba encinta y mientras que al hallarse embarazada Isabel de Braganza, segunda esposa del rey, nadie recordó la existencia del acuerdo de 1789, ni ningún allegado al rey planteó la conveniencia de modificar la ley sucesoria? Es evidente que en 1830 existía un interés que faltaba en 1818, cuando nadie temía por la vida del rey y cuando ni Carlos ni ninguno de sus partidarios se habían hecho a la idea de que podía llegar a reinar. A ello habría de añadir motivos familiares, pues la nueva familia política del rey presionó insistentemente al monarca hasta tal punto que los padres de María Cristina, que habían venido con su hija y permanecían en España, no iniciaron su regreso a Nápoles hasta bien entrado el mes de abril.<p>
Aunque la intencionalidad de la publicación de la Pragmática Sanción es dudosa, sus efectos políticos fueron indudables. A partir de ese momento los realistas se opusieron manifiestamente a esta alteración de la ley sucesoria por el interés que tenían en que Carlos llegara al trono, ya que con él veían factible, unos, la reforma que predicaban y, otros, la posibilidad de que no hubiera una solución de continuidad. Por su parte, los liberales no se opusieron a la modificación de l orden de sucesión, porque éste era el único camino para lograr sus esperanzas, ya que eliminaban definitivamente a Carlos y se abría la posibilidad de una minoridad, lo que a la larga, les daría un amplio margen de actuación».<br/></i>
<code>[Martínez de Velasco, Ángel. "La España de Fernando VII. La crisis del Antiguo Régimen (1808-1833), in Historia de España. Vol. 8. Madrid: Espasa-Calpe, 1999. pág. 155.<br/> Tussell, Javier et Sánchez Montero, R. Historia de España. Vol. 12: El siglo XIX. De la Guerra de la Independencia a la Revolución de 1868. Madrid: Espasa-Calpe, 2004, pág. 351]</code></blockquote><p><br/>
De hecho, poco tiempo después, aprovechando la grave enfermedad del rey, en los conocidos como "<i>sucesos de La Granja</i>" de 1832, los partidarios de don Carlos, cuyo adalid era el ministro F. T. Calomarde, apoyado por el embajador de Nápoles, presionaron a la reina María Cristina y al rey Fernando VII para que <b>el 18 de septiembre de ese año de 1832 firmara la anulación de la Pragmática Sanción</b>, toda vez que les aseguraron que no obtendrían ningún tipo de apoyo por parte del ejército ante una posible Regencia, ocasionándose una guerra civil. Accedió, pues, el Rey, con la condición de que se hiciera pública esta decisión sólo tras su muerte. Mas recuperado éste en diciembre, anuló el decreto derogatorio el 31 de diciembre de 1832 y promovió el Real Decreto de 4 de abril de 1833. <p>
<code>[Remitimos a nuestra entrada "1832: sucesos de La Granja o anulación de la Pragmática Sanción de 1830", y para más detalle sobre este asunto; a Encima y Piedra, Victoriano de. <a href="https://bibliotecadigital.jcyl.es/es/consulta/registro.cmd?id=2092">De los sucesos del Real Sitio de San Ildefonso, o La Granja, a fines del año de 1832</a>. París: De Rosa, 1837; así como a: Suárez Verdeguer, Federico "<a href="https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/2127620.pdf">El golpe de Estado de La Granja</a>", in Revista de Estudios Políticos, 35-36 (1947), pp. 63-126].</code><p>
Así nos lo dejó constatado la "<a href="https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE/1833/001/A00001-00001.pdf">Gaceta de Madrid</a>", de 1 de enero de 1833, núm. 1, pág.1, señalando que la reina María Cristina, para que todos fueran conocedores de que se había hecho por la fuerza la anulación de la Pragmática Sanción por parte del Rey, y que quedaba derogada a todos los efectos esa anulación, determinó<br/>
<blockquote><i>
<b>por disposición del REY, mi muy caro y amado Esposo, que para un asunto del Real servicio se presenten á S. M. las personas siguientes:</b> el Cardenal arzobispo de Toledo, el Presidente del Consejo Real, los actuales Secretarios del Despacho, los seis consejeros de Estado más antiguos que se hallen en esta corte, á saber: el conde de Salazar, el duque del Infantado, D. Josef García de la Torre, D. Josef Aznarez, D. Luis López Ballesteros, y el marques de Zambrano; la diputación permanente de la Grandeza, el Patriarca de las Indias, el Obispo auxiliar de Madrid, el Comisario general de la Santa Cruzada, los dos camaristas más antiguos del Consejo Real, el Gobernador o decano con el camarista mas antiguo de Consejo de Indias, los Gobernadores ó decanos de los demas Consejos, los títulos de Castilla, conde de S. Roman, marqués de Campoverde, marques de la Cuadra, marques de Villa Garcia, y marques de Adanero; la Diputacion de los reinos, los diputados de las provincias exentas, y el prior u el consul primero del tribunal del comercio de Madrid. A todos los cuales citaré con este objeto para mañana lunes 31 de este mes.<p>
Está rubricado de la Real mano de la Reina nuestra Señora.<p>
En Palacio á 30 de Diciembre de 1832.
</i></blockquote><p>
De la mencionada reunión dará cuenta el acta levantada por D. Francisco Fernández del Pino, notario mayor de los reinos, la cual menciona que estando todas esas personas presentes, el Rey le hizo entrega de una declaración escrita de su propia mano que le mandó leer en voz alta a Don Francisco, la cual decía lo siguiente:<p><br>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhmGhmLfW4xlTh8HoeNh9XfZYluH1N0SV36yxFQaOG2xHjHTsy8kPNxKjCHVwhQhGSc9eSIII8YOqm8XBwjR3iIdLZa6MpBOAT_V7F1BYVBYSoP9brqIrK-KhVAs4OpXAqwsW7xdxG66hiC/s1600/Gaceta+de+1+enero+de+1833.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhmGhmLfW4xlTh8HoeNh9XfZYluH1N0SV36yxFQaOG2xHjHTsy8kPNxKjCHVwhQhGSc9eSIII8YOqm8XBwjR3iIdLZa6MpBOAT_V7F1BYVBYSoP9brqIrK-KhVAs4OpXAqwsW7xdxG66hiC/s1600/Gaceta+de+1+enero+de+1833.JPG" data-original-width="619" data-original-height="873" /></a></div>
<blockquote><i>
«Sorprendido mi Real ánimo, en los momentos de agonía, á que me condujo la grave enfermedad, de que me ha salvado prodigiosamente la Divina Misericordia, firmé un decreto derogando la pragmática sancion de 29 de marzo de 1830, decretada por mi augusto Padre á peticion de las Cortes de 1789, para restablecer la sucesion regular de la corona de España. La turbación y congoja de un estado, en que por instantes se me iba acabando la vida, indicarian sobradamente la indeliberacion de aquel acto, si no la manifestasen su naturaleza y sus efectos. Ni como Rey pudiera Yo destruir las leyes fundamentales del reino, cuyo restablecimiento había publicado, ni como Padre pudiera con voluntad libre despojar de tan augustos y legítimos derechos á mi descendencia. Hombres desleales ó ilusos cercaron mi lecho, y abusando de mi amor y del de mi muy cara Esposa á los españoles, aumentaron su aflicción y la amargura de mi estado, asegurando que el Reino entero estaba contra la observancia de la pragmática, y ponderando los torrentes de sangre y la desolación universal que habría de producir si no quedase derogada. Este anuncio atroz, hecho en las circunstancias en que es mas debida la verdad por las personas mas obligadas á decírmela, y cuando no me era dado tiempo ni razon de justificar su certeza, consternó mi fatigado espíritu, y absorvió lo que Me restaba de inteligencia, paara no pensar en otra cosa que en la paz y conservacion de mis Pueblos, haciendo en cuanto pendía de Mí este gran sacrificio, como dije en el mismo decreto, á la tranquilidad de la Nacion española.<p>
La perfidia consumó la horrible trama que habia principiado la seduccion; y en aquel dia se extendieron certificaciones de lo actuado, con insercion del decreto, quebrantando alevosamente el sigilo que él mismo, y de palabra, mandé que se guardase sobre el asunto hasta despues de mi fallecimiento.<p>
Instruido ahora de la falsedad con que se calumnió la lealtad de mis amados españoles, fieles siempre á la descendencia de sus REYES: bien persuadido de que no está en mi poder, ni en mis deseos, derogar la inmemorial costumbre de la sucesion, establecida por los siglos, sancionada por la Ley, afianzada por las ilustres Heroinas que me precedieron en el trono, y solicitada por el voto unánime de los reinos; y libre en este dia de la influencia y coaccion de aquellas funestas circunstancias: <b>DECLARO solemnemente de plena voluntad, y propio movimiento, que el decreto firmado en las angustias de mi enfermedad fue arrancado de Mí por sorpresa; que fue un efecto de los falsos terrores con que sobrecogieron mi ánimo; y que es nulo y de ningun valor, siendo opuesto á las leyes fundamentales de la Monarquía, y á las obligaciones que, como REY y como Padre, debo á mi augusta descendencia. En mi palacio de Madrid á 31 días de Diciembre de 1832</b>».
</blockquote></i>
<p><br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi_jYYOtYaUJXCh4UaRbeW2-T6wLBQX-dGfqLDsrHTZrjNDKLNISaM0Q89KF3qIrnxvkeY3tNTJupY7CtAyqgF_-joeafJ-vYJ35BkvN3P-zIjnD88k9dRHsmpcA-dX4QdQ8bioxB2y5CTz/s1600/Testimonio+Pragm%25C3%25A1tica+Sancion.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi_jYYOtYaUJXCh4UaRbeW2-T6wLBQX-dGfqLDsrHTZrjNDKLNISaM0Q89KF3qIrnxvkeY3tNTJupY7CtAyqgF_-joeafJ-vYJ35BkvN3P-zIjnD88k9dRHsmpcA-dX4QdQ8bioxB2y5CTz/s400/Testimonio+Pragm%25C3%25A1tica+Sancion.JPG" width="300" height="400" data-original-width="528" data-original-height="704" /></a></div>
Y para que nadie tuviera ocasión de duda sobre la validez y certeza de que 44 años atrás ya fue aprobada por Carlos IV la vuelta a las costumbres ancestrales castellanas sobre la herencia del trono, la Reina María Cristina, mediante un Real Decreto ordenó la publicación íntegra del expediente de la Pragmática Sanción de 1789 realizado a instancias de cortes por mandato de Carlos IV <code>["<a href="https://books.google.es/books?id=hWQFFcGKCkYC&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false">Testimonio de las Actas de Córtes de 1789 sobre la sucesión en la Corona de España, y de los dictámenes dados sobre esta materia; publicado por Real Decreto de S. M. La Reina Ntra. Sra.</a>". Madrid: Imprenta Real, 1833]</code>:<br/>
<blockquote><i>
En las Córtes convocadas por mi augusto Abuelo el Señor D. Carlos IV, y celebradas en el Palacio del Buen Retiro en mil setecientos ochenta y nueve, despues de considerada atentamente la innovacion hecha por el auto acordado de diez de Mayo de mil setecientos trece sobre el método de sucesion á la Corona, se suplicó su derogacion y el restablecimiento de la antigua costumbre del Reino en el órden de suceder, con preferencia de varon á hembra dentro de la misma línea, atestiguada y sancionada por la ley 2ª, título 15, Partida 2ª. A esta súplica respondió el Rey, mi augusto Abuelo, que ordenaría al Consejo expedir la Pragmática sancion acostumbrada en tales casos. Pero consideraciones del tiempo inclinaron su Real ánimo á que todo lo actuado en aquellas Córtes sobre este punto, aunque llevado á su término legal, fuese reservado por entonces; y las agitaciones que sucedieron aquel año en Europa, y sobrevinieron despues en la Península, han mantenido en secreto esta resolucion, hasta que el Rey, mi muy caro y amado Esposo, mandó publicar para su perpetua observancia la Pragmática sancion de veinte y nueve de Marzo de mil ochocientos treinta.<p>
Insistiendo Yo en las soberanas intenciones del Rey, y pasadas ya las circunstancias que motivaron y prolongaron el secreto, he venido, con su Real acuerdo, en mandar, que las actas de las Cortes de mil setecientos ochenta y nueve sobre la sucesion directa del Trono, y los dictámenes que se hayan dado sobre esta materia, se impriman y publiquen literalmente, como documentos importantes para la historia. Tendréislo entendido, y dispondreis lo conveniente para su cumplimiento.<p>
(Está rubricado de la Real mano de la Reina nuestra Señora).
Lo comunico á V. E, para que en obedecimiento de la voluntad soberana de S. M. se sirva, como Notario mayor de los Reinos, extender un testimonio en forma, de lo que resulte de las actas de Cortes de mil setecientos ochenta y nueve, sobre la sucesion regular y directa de la Corona de España, y de todas las consultas ó dictámenes dados sobre esta materia , que deben hallarse en el archivo de la Secretaría de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia de su cargo. Dios guarde á V. E. muchos años. <p>
Palacio, 1º de Enero de 1833.<br/>
Francisco de Zea Bermudez.<br/>
Sr. Secretario de Estado y del DespacJio de Gracia y Justicia.
</i></blockquote><p>
<font color="navy"> <b> REAL DECRETO DE 4 DE ABRIL DE 1833: EJECUCIÓN DE LA PRAGMÁTICA SANCIÓN DE 1830.</font></b><p>
El 4 de abril de 1833, a través de un Real Decreto, Fernando VII ordena el juramento y pleito homenaje del reino a su hija mayor, que aún no ha cumplido los tres años, <b>María Isabel Luisa </b>(futura Isabel II), indicando que <b>debe realizarse el 20 de junio de 1833</b> en el Monasterio de San Jerónimo en Madrid, toda vez que ya se había realizado la aprobación por parte del rey de la sucesión establecida en la Pragmática Sanción de 29 de marzo de 1830, derogando la Ley Sálica y restableciendo la Ley de Partidas, pragmática que había sido aprobada por las Cortes en 1789, pero que no había llegado nunca a publicarse:<br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiRs_SmUdwzlNd8pEX26IZZHcd6ZozJkr7oNJkHndFzB-V2EmymyZll_WdS5BVyTwPi6F0wTDEfIsv_QtUsgwkXuPaIk8vZrknOdHADnGqke3G_6kN1DZLdfJcKyWsWP6XMCXYnHRodLOmd/s1600/jurar+a+Isabel+II.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiRs_SmUdwzlNd8pEX26IZZHcd6ZozJkr7oNJkHndFzB-V2EmymyZll_WdS5BVyTwPi6F0wTDEfIsv_QtUsgwkXuPaIk8vZrknOdHADnGqke3G_6kN1DZLdfJcKyWsWP6XMCXYnHRodLOmd/s1600/jurar+a+Isabel+II.JPG" data-original-width="385" data-original-height="590" /></a></div>
<blockquote><i>
«Bien sabida es la inmmemorial costumbre de la sucesión regular y directa en la corona de España, atestiguada y confirmada por la ley 2ª, titulo 15 de la Partida 2ª, seguida constantemente sin ejemplo alguno en contrario; <b>restablecida por la pragmática-sanción de 29 de marzo de 1830</b>, que se pidió y mandó espedir [sic] en las Cortes de 1789 contra la innovacion intentada por el auto acordado de 1713, que jamás tuvo ejecucion; y no es menos notoria la práctica observada sin interrupcion por muchos siglos de que los Reinos juren como Principe heredero al trono al Hijo primogénito, ó, en defecto de varon, á la Primogenita de sus Reyes. <p>
En cumplimiento pues de aquella ley é inmemorial costumbre, y de esta práctica antiquisima, he venido en mandar y mando por el presente decreto que mis reinos juren a la Ser(enisi)ma Infanta Doña MARÍA ISABEL LUISA, mi muy cara y muy amada Hija primogénita como Princesa heredera de ellos á falta de varon. Y ordeno que el acto solemne del juramento y homenage [sic] se celebre el dia 20 de junio próximo venidero en la iglesia del real monasterio de S. Gerónimo [sic] de esta Corte, con asistencia de los prelados, grandes, títulos y diputados de las ciudades y villa que serán convocados al efecto: y que los demas de las clases nombradas, que no concurran á esta solemnidad, presten donde quiera que se hallaren dicho juramento y homenage [sic] en manos de las personas que para este objeto fueren designadas. Tendráse entendido en mi Consejo de la Cámara para su cumplimiento. <p>
Está señalado de la Real mano de S. M.<p>
En Palacio á 4 de abril de 1833.»</i><br/>
<code>[Cfr.: <a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0026264812&page=2&search=pragmatica+sancion&lang=es">El Correo</a>, de 8 de abril de 1833, núm. 742, pág. 2].</code></blockquote><p>
<br/>
<font color="navy"> <b> ARGUMENTARIOS A FAVOR DE LA SUPRESIÓN DE LA LEY SÁLICA.</font></b><p>
Pronto los partidarios de don Carlos intentarán generar una voz popular de rechazo de esta resolución; y a la inversa, habrá quienes realicen opúsculos y estudios defendiendo la posición de Fernando VII.<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj7Qa0XeemuVkUyIqqBXXn3H12yau7ThBvWgOWdoyYr8B-z15-aFPSowT8TC7GMU-Aj4V-ciJ-HUcYQ0w3NWUaPr3-dqLjXqJQx79gYzTfd5rrGTUc0J9Oo1aoR14YdTRBAznjdG5tsH_DO/s1600/Pe%25C3%25B1a+Aguado.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj7Qa0XeemuVkUyIqqBXXn3H12yau7ThBvWgOWdoyYr8B-z15-aFPSowT8TC7GMU-Aj4V-ciJ-HUcYQ0w3NWUaPr3-dqLjXqJQx79gYzTfd5rrGTUc0J9Oo1aoR14YdTRBAznjdG5tsH_DO/s1600/Pe%25C3%25B1a+Aguado.JPG" data-original-width="382" data-original-height="621" /></a></div>
Así, tenemos un "<i><a href="https://books.google.es/books?id=MadYAAAAcAAJ&pg=PA43&lpg=PA43&dq=Discurso+hist%C3%B3rico-legal+sobre+el+derecho+de+la+Princesa+Isabel+Luisa+%C3%A1+la+sucesi%C3%B3n+de+la+corona+por+el+fallecimiento+sin+hijos+varones+de+su+padre&source=bl&ots=SOGTPlLNGb&sig=VsnXhOrjTKJqQPffyMpI4INsweQ&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwiUwvD6ivDVAhUKYlAKHZu2D7IQ6AEIKzAB#v=onepage&q=Discurso%20hist%C3%B3rico-legal%20sobre%20el%20derecho%20de%20la%20Princesa%20Isabel%20Luisa%20%C3%A1%20la%20sucesi%C3%B3n%20de%20la%20corona%20por%20el%20fallecimiento%20sin%20hijos%20varones%20de%20su%20padre&f=false">Discurso histórico-legal sobre el derecho de la Princesa Isabel Luisa á la sucesión de la corona por el fallecimiento sin hijos varones de su padre el Sr. D. Fernando VII, escrita por <b>D. José de la Peña y Aguayo</b>, abogado del ilustre colegio de la chancillería de Granada, y auditor de guerra honorario de los reales ejército</a></i>" [Granada: Benavides, 1833], que fue resumido en "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0026264891&page=4&search=pragmatica+sancion&lang=es">El correo</a>", de 22 de abril de 1833, núm. 748, pp. 3 y 4, de la siguiente manera:<br/>
<blockquote><i>
La declaración espresa [sic] de nuestro augusto Soberano, que conforme á las leyes fundamentales de la monarquía ha señalado por sucesora de su corona á la Princesa doña Isabel Luisa, su hija, en caso de que falleciese sin hijos varones, y los acontecimientos que se han seguido á esta declaración, han puesto la pluma en la mano á diferentes escritores, que respectivamente han tratado un punto de tan alto y tan general interes para instrucción de los no versados en la materia, y cuya ignorancia pudiera ser fatal al público bien. El discurso político-legal que ahora nos ocupa satisface completamente este noble objeto, presentándonos á la historia y á la justicia estrechamente unidas en favor de la Augusta heredera. Bajo el primer aspecto recorre nuestros anales desde la entrada de los fenicios, siguiendo los de la dominación romana, irrupción de los pueblos setentrionales [sic] y dominación goda, época en la cual se dieron en España las primeras leyes escritas reinando Eurico: la renovación de las leyes godas bajo el principe D. Pelayo, y el ensalzamiento al trono de las Reinas doña Sancha, doña Urraca, doña Berenguela, habiendo sido anteriormente á estas regenta del reino doña Elvira, tia de D. Ramiro III, primer ejemplar de haber obtenido mugeres la regencia, á la que que se siguió la de otra doña Elvira, madre de D. Alonso V, cuyos casos sirvieron de antecedentes á D. Alonso el Sabio para no escluir [sic] á las hembras de la sucesión de la corona. Trata de las posteriores regentes en calidad de tutoras, doña Leonor, muger [sic] de D. Alonso VIII, doña Catalina, viuda de D. Enrique III, y del reconocimiento de doña Juana, hija de Enrique IV, y el de doña Isabel y doña Juana su hija; presenta la alteracion introducida en la sucesión por Felipe V, concluyendo por la derogacion de la pragmática-sancion de aquel Monarca en las Cortes convocadas en 1789 por el Sr. D. Carlos [I]V, la promulgación de este acto por nuestro augusto Soberano en real cédula de 29 de marzo de 1830, y su real declaración de 31 de diciembre de 1832 acerca del decreto arrancado por sorpresa en los momentos de agonía de la peligrosa enfermedad de que el cielo le ha libertado. <p>
Bajo el aspecto legal, prescindiendo de la costumbre y práctica inmemmorial de la sucesión de las hembras, examina las cualidades de una ley según S. Aguslin y Sto. Tomas; analiza la pragmatira-sancion de Felipe V, espresa [sic] la falla de requisitos de que adolece, y los manejos que mediaron para su promulgación; el no haber sido reconocida jamas por ley fundamental del reino, según la definición constante que en todas las universidades y academias de jurisprudencia del reino se ha dado del mayorazgo, pintando los tristísimos resultados que necesariamente debe producir en todos tiempos la pragmática-sanción, como opuesta á las instituciones de Castilla, y aun á las leyes de la naturaleza. Corrobora las
actas de las Corles de 1789 con los testimonios del secretarlo de Estado de aquel tiempo, y el espediente [sic] original formado en Sevilla en 1809 para acreditar que en las Cortes de 1789 se habia derogado el reglamento de sucesión de Felipe V. Por último, pulveriza las especiosas razones de conveniencia pública con que quisieran fascinar al público los partidarios de la ley de agnación; razones todas sobre las que naturalmente se apoya la proposición con que termina el opúsculo, diciendo con relación á la augusta Princesa: "Imposible es que persona humana haya obtenido nunca con derechos mas fuertes el gobierno de un estado".<p>
Las curiosas noticias acerca del manuscrito de la compilación llamada el 'especulo' ó 'espeyo' en el siglo XIV, los documentos que por via de apéndice oportunamente se insertan, y la esplanacion de las razones históricas y legales hecha en castizo lenguaje y conciliada con la brevedad, hacen merecedor á este opusculito de estudiarse, y á su autor de la pública gratitud".
</i></blockquote><p>
Este opúsculo será seguido (directa o indirectamente) por los diversos artículos que se fueron publicando a favor de la eliminación de la Ley Sálica. Recordemos, por ejemplo el artículo del "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0026816264&page=1&search=jura+Maria+Isabel+Luisa&lang=es">Diario Balear</a>", de 29 de abril de 1833, núm. 29, pp. 1 y 2, que sigue en todos sus extremos a lo publicado días antes por "La Revista Española". <p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiRKMDJ1at7lB3-7foFy_kvbjfhQwMAQLR0uUKybTPeiAaG5zA_HXWxuuC7Q_W7CvbYnoaxGoBdOjkrPRoz8VpsWJcEVPbqUYLFll2KcFeu5ECqOdGbXq7POYH5rYXozgKwEjXfue4Yg1UQ/s1600/Revista+Espa%25C3%25B1ola.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiRKMDJ1at7lB3-7foFy_kvbjfhQwMAQLR0uUKybTPeiAaG5zA_HXWxuuC7Q_W7CvbYnoaxGoBdOjkrPRoz8VpsWJcEVPbqUYLFll2KcFeu5ECqOdGbXq7POYH5rYXozgKwEjXfue4Yg1UQ/s400/Revista+Espa%25C3%25B1ola.JPG" width="280" height="400" data-original-width="598" data-original-height="853" /></a></div>
Luego, en junio, al relatar los actos festivos de la jura, volverán a insistir los periódicos en la legalidad histórica de la sucesión a través de hembra a falta de varón. Así, "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0003595198&page=1&search=jura+Maria+Isabel+Luisa&lang=es">La Revista Española</a>", en su edición especial de 21 de junio de 1833, núm. 66, pp. 1 y 2, relatando los actos de la jura, hizo el siguiente preámbulo:<br/>
<blockquote><i>
<b>DE LA JURA DE LA ESCELSA PRINCESA PRIMOGENITA DE ESPAÑA DOÑA MARIA ISABEL LUISA</b>.<P>
Las Córtes han desempeñado el memorable y magestuoso [sic] acto de jura de la Señora Infanta Doña MARÍA ISABEL LUISA, como heredara legítima de la Corona, á falta de descendiente varón de nuestro augusto Soberano.<p>
Esta ceremonia, imponente por su objeto, lo es también por su antigüedad. Así repetida en diferentes siglos ha eslabonado la cadena del tiempo, y prueba que la legitimidad y el heredamiento directo son la base fundamental de la Monarquía Española.<p>
Esta ley fue la que llamó al trono por los derechos de Doña María Teresa de Austria á su nieto el Sr. Don Felipe V. Los esfuerzos de la España, para sostener á este Monarca en la empeñada lucha que mantuvo contra su competidor, fueron una nueva prueba del celo y del teson con que se quería conservar con toda pureza el antiguo orden de sucesión á la corona.<p>
Motivos de la política de aquella época inspiraron á Luis XIV el pensamiento de introducir de los Pirineos acá una ley, que sin ser absolutamente la sálica establecida en Francia, se aproxima á ella todo lo mas posible. Felipe V en consecuencia determinó esta alteración, y la mandó del modo que es bien conocido.<p>
En el transcurro de un siglo nunca se presentó el caso de su inmediata aplicación.<p>
Estalló en 1789 la espantosa revolución de Francia, que con sus errores, sus crímenes y su resistencia vencedora á las coaliciones europeas, llevó por todas partes el trastorno del orden social. En el arrebato del loco orgullo democrático quiso hacer la guerra á la memoria de los hombres, á la historia de los pueblos, y fechar la creacion de un nuevo mundo desde la era de sus sangrientos desvarios.<p>
Hundiéronse muchos tronos, desaparecieron muchos antiguos códigos, y la Europa en medio de desmembramientos, de ilusiones temerarias, de ambiciones mal calculadas y de desuniones peligrosas, perdió en muchas partes el sello de la 'nacionalidad', que es el baluarte mas inespugnable [sic] contra las pretensiones estrangeras. [sic]<p>
La España en 1789, al empezarse este vértigo de innovación, lejos de imitarle había vuelto á las veneradas tradiciones de su legalidad, en punto tan grave como el de la sucesion á la Corona, y las Cortes que se celebraron aquel año restablecieron la ley observada, acatada y bendecida por espacio de muchos siglos.<p>
El brazo de hierro de Napoleón contuvo el torrente demagógico de la revolución; pero al reformar la sociedad europea reconstituyéndola monárquicamente, concibió la audaz empresa de reorganizar algunas naciones, robándolas los Príncipes de sus antiguas dinastías. Cuanto mas protegía los sentimientos y principios monárquicos, mas despertaba en los pueblos el recuerdo de sus antiguos Soberanos. Cayó aquel gigante de poder, y al desvanecerse su voluntad férrea, los pueblos
conservaron sus inclinaciones, y recibieron con entusiasmo á sus antiguas Familias Reales. Vióse entonces claramente que estas Familias son miradas por sus súbditos como una parte esencial de la nacionalidad, y la España es acaso el mas vivo testimonio de esta grande verdad política.<p>
Su gloriosa y obstinada resistencia contra Bonaparte, manifiesta suficientemente su convencimiento en esta materia, y la sangre derramada de tantos héroes fue el bautismo conservador de la Monarquía restaurada por Pelayo.<p>
Nuestro augusto y amado Soberano es un Soberano enteramente español, padre de sus pueblos, defensor de sus leyes, que reconoce y adopta el origen, de sus derechos y de sus Sucesores en la cuna misma de la Monarquía, y no en el vecino principio proclamado hace poco mas de un siglo. Animado de tan generosas inspiraciones promulgó en 1830 la Pragmática sanción, que nos ha proporcionado el fausto dia 20 de junio.<p>
Aciago- es el recuerdo de los acontecimientos de la Granja en 1832; pero la Providencia, salvando loe preciosos días del amado Monarca, disipó el dolor y asociólo de pública alegría una lección sublime para la generación presente y un ejemplo histórico para las venideras. Próxima estuvo á perecer la forma de suceder á la Corona; esa forma nacida en los tiempos primitivos de nuestra existencia realmente monárquica; esos tiempos en que la necesidad de guerrear con los árabes y moros, de apoyarse en el Altar y el Cetro despuntaban en nuestros belicosos abuelos un instinto estraordinario [sic] y acertado para consolidar la perpetuidad nacional. Diríase, y no sin razon, que el restablecimiento de nuestro REY le ha revestido del caracter de mensagero [sic] de la Divinidad para evitar los peligros que amenazaron, y fortificar la Ley engendrada en las edades de la mas ferviente y pura religiosidad de los españoles.<p>
Júbilo y grandeza atrajeron á esta Monarquía los derechos hereditarios de las hembras: á ellos se debe la agregación de muchas provincias, pero mas especialmente la reunión importante de Aragon y Castilla. Hoy, si la admirable CRISTINA no proporciona agregaciones territoriales, mas alto bien nos acarrea; de acuerdo con su Augusto Esposo, ha reunido los ánimos de todos los españoles, y á los ojos del hombre religioso, no es menos don el de la paz y la concordia doméstica, que el de la unión de alguna posesión estraña [sic], inútil y aun peligrosa. Así se ha pacificado la era presente, y se ha cubierto de lisonjeras esperanzas hasta el mas remoto porvenir.<p>
<b>El acto de la jura tiene toda la pompa de la sanción de legitimidad de la Monarquía de los Alfonsos; todo el vigor de la de Fernando el Católico, y toda la santidad de la del piadoso S. Fernando. El alma y la razón de los españoles no pueden menos de ceder á un noble orgullo, en presencia de combinaciones tan maravillosas</b>.<p>
Las pretensiones sobre preeminencia de parte de ciertas ciudades de voto en Córtes, lejos de aparecer como un resto de goticismo insignificante, tiene para el hombre político una importancia trascendental. Iguales pretensiones, iguales altercaciones pacíficas, iguales reservas tuvieron lugar en otros siglos; se renovaron en los anteriores, y se reproducen
en nuestros dias. Los que antes tomaron parte en ellas; los Reyes que las decidieron, todos duermen en el centro de los sepulcros; pero esta renovación de cosas semejantes recuerda sus épocas, y así las generaciones pasadas tienen una especie de intervención y de contacto con las Córtes que ayer Juraron la PRINCESA heredera.<p>
El REY ha hecho el uso legítimo de su Soberana autoridad; las Cortes han llenado su deber. Y la nación que respeta y que bendice á su Monarca penetrada de su situación actual, de las obligaciones que la imponen su obediencia y su amor, y cerciorada de su fuerza cuando se apoya en la justicia y en la lealtad, hará indestructible el trono de la legítima heredera de FERNANDO VII.
</blockquote></i><p><br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiZFSUAD7-kfyqyWyOKVCtawx95ASi9SYgiXjNaKFlslWfAYOADT7B4K3k97h7MyHrevrUydz7I7s8cErA-sQMX6xD_8J_DAOzn6CEay1h-9P-Bxj-KiiudOVZ8gC6RYMu_zAcfPjXKFPTO/s1600/fernando+VII+con+M+Cristina+e+Isabel.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiZFSUAD7-kfyqyWyOKVCtawx95ASi9SYgiXjNaKFlslWfAYOADT7B4K3k97h7MyHrevrUydz7I7s8cErA-sQMX6xD_8J_DAOzn6CEay1h-9P-Bxj-KiiudOVZ8gC6RYMu_zAcfPjXKFPTO/s1600/fernando+VII+con+M+Cristina+e+Isabel.JPG" data-original-width="202" data-original-height="275" /></a></div>
<font color="navy"> <b> INTENCIONALIDAD Y PROPÓSITO EN LA JURA DE ISABEL II COMO PRINCESA DE ASTURIAS.</font></b><p>
En cuanto al acto de la jura, éste<br/>
<blockquote><i>
debía servir, por tanto, para legalizar la posición de la infanta, pero ante todo, como pública manifestación de la grandeza de la dinastía y de su justa continuidad en la heredera real. Para ello se hacía necesario que el acontecimiento se viera rodeado
de un despliegue de fastuosidad y esplendor tal que lograse hacer olvidar a los que lo contemplasen lo difícil e inestable de la situación.</i><br/>
<small>[Cfr.: Panadero Peropadre, Nieves. "La jura de Isabel II: un ensayo de transformación en la fisonomía urbana de Madrid", in Urbanismo e Historia Urbana en el mundo hispano. Madrid: Univ. Complutense, 1985, pág. 994]</small></blockquote><p><br/<<p>
<font color="navy"> <b> RELACIÓN DE PROCURADORES A CORTES PARA VERIFICAR LA JURA.</font></b><p>
76 fueron los procuradores a cortes que acudieron a verificar la jura, cuya relación es la siguiente:<p>
<blockquote>
■ Por <b>Burgos</b>, el Marqués de Barrio Lucio y Don Francisco Martínez de Velasco.<br/>
■ Por <b>Ávila</b>, Don Agustín Calvo y D. Fausto Aguado.<br/>
■ Por <b>Soria</b>, D. Pedro Alfaro Remón y D. Simón Aguirre.<br/>
■ Por <b>Segovia</b>, D. Agustín Barbero y D. Nicolás de Prados.<br/>
■ Por <b>León</b>, el Marqués de San Isidro y Don Francisco Salinas.<br/>
■ Por <b>Zamora</b>, D. Justo Pastor Gallo y D. Leonardo Vallecillo.<bR/>
■ Por <b>Toro</b>, D. Antonio Bruguera y D. Juan Antonio Hidalgo.<br/>
■ Por <b>Palencia</b>, D. Luis Agustín Paniagua y D. Narciso María Paniagua.<br/>
■ Por <b>Salamanca</b>, D. Benito Aceves y Mora y D. Agapilo López del Hoyo.<br/>
■ Por <b>Valladolid</b>, el Marqués de San Felices y D. Benigno Antonio Miranda.<br/>
■ Por <b>Guadalajara</b>, Don Juan España y D. José María Bonillo.<br/>
■ Por <b>Madrid</b>, el Duque de Medinaceli y el Conde de Altamira.<br/>
■ Por <b>Cuenca</b>, D. Alejandro Cerdán y D. Toribio Lázaro.<br/>
■ Por <b>Toledo</b>, D. Juan Antonio Cejalbo y D. Patricio Ortiz Pareja.<br/>
■ Por <b>Mérida</b>, D. Alonso Segundo Pacheco y D. Fernando Saude.
■ Por <b>Trujillo</b>: D. Lesnes Bravo y D. Antonio Espina.<br/>
■ Por <b>Granada</b>, D. Francisco Gadeo Zuviza y D. Fernando Ribera y Madrigal.<br/>
■ Por <b>Sevilla</b>, D. Manuel de Maza y Rosillo de Lara y D. Antonio Cisneros y Lanuza.<br/>
■ Por <b>Córdoba</b>, el Marqués de Villaverde y D. José Illescas y Cárdenas.<br/>
■ Por <b>Jaén</b>, el Vizconde de los Villares y D. Gerónimo Soriano y García.<br/>
■ Por <b>Galicia</b>, el Marqués de Santa Cruz de Ribadulla y San Estevan de la Mar, y D. Juan José Cadaval.<br/>
■ Por <b>Murcia</b>, el Conde Roche y D. Agutín Braco y Meseguer.<br/>
■ Por <b>Zaragoza</b>, el Conde de Espeleta y D. Andrés Casajus.<br/>
■ Por <b>Fraga</b>, D. Domingo María Birrafon y D. Panlaleón Luzar y Fortou.<br/>
■ Por <b>Calatayud</b>, D. Manuel Grajales y D. Manuel Ballesteros.<br/>
■ Por <b>Tarazona</b>, D. Tomás Irazoqui y D. Manuel Jiménez.<br/>
■ Por <b>Jaca</b>, D. Pascual Pratosi Piedrafita y D. Miguel Serriolla.<br/>
■ Por <b>Teruel</b>, D. Simón Aguavera y D. Isidoro Capilla.<br/>
■ Por <b>Borja</b>, D. José Tejida y D. José San Gil.<br/>
■ Por <b>Palma de Mallorca</b>, el Marqués de la Romana y el Conde de Montenegro.<br/>
■ Por <b>Valencia</b>, el Conde de la Concepción y Frey D. Manuel Agulló.<br/>
■ Por <b>Peñíscola</b>, D. Juan Bayado y D. Antonio Rosellón.<br/>
■ Por <b>Barcelona</b>, el Marqués de Lillo y D. Joaquín Compte.<br/>
■ Por <b>Cerbera</b>, D. Manuel Pedrol y D. Ramón Jener.<br/>
■ Por <b>Tortosa</b>, D. Miguel de Córdoba y D. José de Montagul<br/>
■ Por <b>Lérida</b>, D. Pedro Fleix y D. Juan Sanz.<br/>
■ Por <b>Gerona</b>, D. Felipe Martínez de Martínez y de Vadillo, y D. Francisco Batlle y Cabanillas.<BR/>
■ Por <b>Tarragona</b>, D. José Martí y D. Antonio Satorry.
</blockquote>
Esta lectura nos posibilita observar cuáles van a ser los territorios leales a la causa isabelina o cristina y cuáles de dominio carlista en la próxima guerra civil que se llevará a cabo a partir de la ascensión al trono por Isabel II meses después. En efecto, observamos que ni de las Vascongadas ni de Navarra acude nadie, desde cuyas poblaciones se ocupará toda la zona de la cornisa Cantábrica y pirenaica, con avance hacia la zona aragonesa.<p><br/>
<font color="navy"> <b> ACTOS PROGRAMADOS PARA CELEBRAR LA JURA.</font></b><p>
El acto de celebración de la jura de la pequeña Isabel como Princesa de Asturias, lo podemos leer en el acta oficial levantada y que se conserva en AMJ, caja 22, exp. 3840.<p>
Respecto a el programa de fiestas oficial preparado por la Casa Real, mediante un Real Decreto, citamos:<br/>
<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhbUwkc8h9Xlca6-piXGxGOqh5wu4UUShMHM03hqTbT8iwXQLP5aIdMikl0hFWwAPbPqetx5EJ22XMKF3s3bAnzG2mtlpajjkozjBCA5C2ogtEccD6NdYwEpU_OJwOkofb34bwMEetpdmC5/s1600/actos+festivos+jura+de+isabel+II.JPG" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhbUwkc8h9Xlca6-piXGxGOqh5wu4UUShMHM03hqTbT8iwXQLP5aIdMikl0hFWwAPbPqetx5EJ22XMKF3s3bAnzG2mtlpajjkozjBCA5C2ogtEccD6NdYwEpU_OJwOkofb34bwMEetpdmC5/s1600/actos+festivos+jura+de+isabel+II.JPG" data-original-width="495" data-original-height="187" /></a></div><br/>
<small>[Cfr.: González Fuertes, Manuel AMador. "<a href="http://revistas.ucm.es/index.php/CHMO/article/viewFile/CHMO0000120054A/23015">Igual, pero diferente: perspectiva institucional de la jura de la Infanta María Isabel Luisa (1833)</a>", in Cuadernos de Historia Moderna, 24 (2000), pág. 77].</small><p><br/>
Llegando a decir, el mismo Mesonero Romanos <small>[El antiguo Madrid. Paseos histórico-anecdóticos por las calles y casas de esta villa. Madrid: 1861]</small>:<br/>
<blockquote><i>
"Las fiestas reales celebradas con este motivo, las iluminaciones, fuegos, toros, carreras, torneos, máscaras, comedias y evoluciones militares se sucedieron sin cesar durante quince días, que fueron una de las épocas más brillantes de Madrid en el presente siglo".</i></blockquote><p>
Para el conjunto de actos y festejos planificados por la villa de Madrid con motivo de esta jura, véase nuestra entrada <a href="https://duquederiansares.blogspot.com.es/2017/02/1833-manifiesto-de-los-publicos.html">1833: MANIFIESTO DE LOS PÚBLICOS FESTEJOS PREPARADOS POR LA VILLA DE MADRID PARA SOLEMNIZAR LA JURA COMO PRINCESA DE ASTURIAS DE ISABEL II</a>.<P>
Fueron seguidos y publicitados todos ellos por los diversos periódicos del reino. Bástemos poner por ejemplo cómo en "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0026265223&page=1&search=jura+Maria+Isabel+Luisa&lang=es">El Correo</a>", de 21 de junio de 1833, núm. 774, pp. 2 y ss., podemos leer esta amplia crónica que se inicia desde la víspera:<p>
<blockquote>
<div style="background-color: #F7F8E0; text-align: justify; border: 2px solid #a991af; padding:5px; ">
<b>VÍSPERA DEL 19 DE JUNIO.</b><P>
<i>
En la mañana de ayer se han entregado las banderas al regimiento de infantería de la Princesa MARIA ISABEL LUISA en la plazuela del del real palacio, como asimismo un estandarte al de Husares de igual nombre. La circunstancia de presentarse al mismo tiempo que estaban en formación para recibirlas, los procuradores de las ciudades y villa acompañados del real y supremo consejo de Castilla para el acto de instalarse
las Corles ante la real presencia de S. M., y venir presidiendo el excelentísimo
señor D. Francisco Javier Castaños, hizo que el Nestor de la milicia española entregase por su mano las referidas banderas y estandarte á los respectivos batallones y escuadron. En seguida, y concluida la salida de la plazuela de las referidas corporaciones, desfilaron ambos regimientos por delante del balcón principal segun costumbre.<p>
Las banderas del regimiento de infantería son blancas con la cruz de
Borgoña y el escudo real en el centro, y el estandarte de los húsares es encamado, ricamente bordado de oro, con el referido escudo real matizado en el fondo.<p>
Réstanos solo hablar algo de los uniformes. El de infantería es enteramente igual á los demás de su arma: la numerosa banda de música le tiene carmesí ron plumero blanco y azul. El de los húsares es todo azul con cabos blancos y cordonadura amarilla, que en la oficialidad es de oro; dolman de pelliza blanca y morrión igualmente blanco con faja amarilla al estremo,[sic] y plumero colgante azul. La banda de música lleva dolman azul y
centros blancos. En el morrión y en el portapliegos llevan lodos los individuos la cifra de la augusta Princesa, cuyo nombre tiene el cuerpo. Consta este por ahora de tres escuadrones completos, asi como el de infanteria de tres batallones. Ambos se han compuesto de gente escogida entre todos los regimientos de sus respectivas armas. <P><br/></i>
<blockquote><blockquote><blockquote><big><big>∞∞∞∞∞∞∞∞۞∞∞∞∞∞∞∞∞</big></big></blockquote></blockquote></blockquote><p><br/>
<i>En la tarde del 19 pasaron SS. MM. con su augusta Familia al real sitio del Buen Retiro para hallarse en aquel punto el 20 por la mañana, y dirigirse de alli á la iglesia de S. Gerónimo, [sic] donde se ha de celebrar la jura de la Ser[enísi]ma. Sra. Princesa heredera. En seguida pasaron revista á las tropas reunidas en esta corte con motivo de tan fausto suceso, las cuales ocupaban una estensa [sic] linea desde la puerta de la Glorieta de dicho
sitio por el Prado á la puerta de Atocha, y de alli por las Delicias hasta el puente de Sta. Isabel, formando martillo desde este punto hasta el embarcadero del canal. Todas las diferentes armas presentaban un bellisino aspecto, tanto en lo personal como en su completo equipo, componiendo un respetable cuerpo de ejercito con el correspondiente parque de artillería. La formación seguía el orden que vamos á espresar [sic]: dos escuadrones de guardias de la Real Persona, ocho piezas de artilleria volante, situadas frente á la Cibeles, 1.° y 4.° regimiento de granaderos de la Guardia Real de infanteria, 1.° de cazadores provinciales de la misma, cuatro piezas de artilleria de á pie situadas frente al Neptuno, 2.° de granaderos provinciales de la Guardia Real, regimiento del Principe 3.° de
linea, id. de la Princesa Maria Isabel 4.° de id., batallón de zapadores con todos sus útiles ademas de las armas, es decir, mandiles, zapapicos, azadones y palas á la espalda; ocho piezas de artilleria volante, situadas en la puerta de Atocha; regimiento de S. Fernando 10 de linea; id. de Almansa 17 de id.; ocho piezas de artilleria de á pie, situadas en la primera plazuela del paseo de las Delicias: regimiento provincial de Logroño
15 de su arma, que hace servicio de tropa ligera; voluntarios realistas de Madrid; caballería de la Reina 2.° de linea; húsares de la Princesa Maria Isabel, escuadron de voluntarios realistas de Madrid, lanceros de la Guardia Real en formación inversa, cuatro piezas de la artillería de voluntarios realistas de Madrid, situadas en el puente de Sta. Isabel, cazadores á caballo de la Guardia Real; terminando toda la formación la brigada de caballeria pesada de la Guardia Real, compuesta de los regimientos de coraceros y granaderos, teniendo en su centro el escuadrón de artillería de la misma guardia, situado cerca del embarcadero. <p>
Al pasar S. M. por los puestos en que estaba situada la artillería hicieron el correspondiente saludo con las piezas prevenidas al efecto. S. M. corrió toda la linea, regresando al Retiro mucho después de anochecer.</i><p>
<blockquote><blockquote><blockquote><big><big>∞∞∞∞∞∞∞∞۞∞∞∞∞∞∞∞∞</big></big></blockquote></blockquote></blockquote><p><br/>
<b>JURA.</b><p>
<br/><i>
El dia de hoy jueves 20 de junio de 1833 será memorable en los anales de la nación española: un Rey vuelto milagrosamente á la vida por la solicitud de su heroica Esposa conduce ante los altares al precioso fruto de su himeneo para que en presencia del Supremo Hacedor la juren los representantes del pueblo español por su Reina y Señora después de los
dias de sus augustos Padres, reconociéndola desde hoy como legitima heredera del trono de las Juanas é Isabeles.<p>
Desde muy teraprano se advertía un inmenso concurso en los alrededores del Monasterio de S. Gerónimo, [sic] cuyo templo está destinado desde muy antiguo á la celebridad de este acto solemne: el rumor que se empezó á oir á las» once de la mañana anunció la llegada de SS. MM. y A. R., que apeándose del coche que los conducía, entraron en la iglesia del monasterio, donde los espera a una numerosa y escogida concurrencia. Colocado S. M. en el magnífico dosel que estaba preparado, y á la izquierda la Reina nuestra Señora con la augusta heredera, y ocupando sus respectivos lugares los Ser([enísi]mos Sres. Infantes y demas personages [sic] que exige esta alta ceremonia, empezaron los diversos oficios, admirando á todos el recogimiento con que se arrodilló la tierna Princesa, permaneciendo en la misma postura hasta que tomaron asiento sus augustos Padres. Acabada la misa, que celebró el Ecmo. Sr. patriarca, salieron SS. MM. y A. R. fuera del templo; y habiendo regresado á los 20 minutos, dió principio la jura bajo el formulario de costumbre, pronunciado por el rey de armas con las voces preventivas de 'oid, oid, oid'; fueron los primeros á jurar los Ser[enísi]mos Sres. Infantes, y después siguieron los muy reverendos prelados, grandes de España y titulos de Castilla, con los diputados de las ciudades; y besando despues la mano á SS. MM. y A. R., se concluyó todo el acto á las dos en punto de la tarde. La iglesia estaba suntuosamente colgada, segun hemos dicho ya á nuestros lectores: las tribunas estaban ocupadas por los Excmos. Sres. secretarios del despacho, cuerpo diplomático e individuos del consejo de Estado y demas sapremos del reino. En una de las tribunas altas estaban las Ser[enísi]mas. Sras. Infanta y en las demas varios personages [sic] de la grandeza; en el coro se había elevado una graderia para las Sras., colocándose los hombres en la parte in[fe]rior. Al fin del acto se cantó un solemne 'Te Deum', y SS. MM. y AA. salieron acompañados por los mas sinceros vivas de los habitantes de esta capital, morada en el dia de tantos millares de forasteros. En el atrio del templo estaban colocadas en un Labiado construido al efecto las niñas pobres vestidas con los fondos de la Sta. Cruzada, y en la parte superior de aquel se leia la ley de Partida: 'E en no habiendo fijo &c.'<p><br/></i>
<blockquote><blockquote><blockquote><big><big>∞∞∞∞∞∞∞∞۞∞∞∞∞∞∞∞∞</big></big></blockquote></blockquote></blockquote><p><br/>
<i>
A las ocho han regresado SS. MM. y AA. al real Palacio con la comitiva de [e]tiqueta en mas de 30 coches y carrozas de toda gala y numeroso cuerpo de tropas A esta hora que son las nueve de la noche dan principio las luminarias, que deberán ser completas y vistosas si no arrecia el viento que empieza á levantarse. </i><br/><p>
<blockquote><blockquote><blockquote><big><big>∞∞∞∞∞∞∞∞۞∞∞∞∞∞∞∞∞</big></big></blockquote></blockquote></blockquote><p><br/>
<b>FIESTAS DE LA JURA</b>.<p>
<i>Del programa de festejos costeados por el Excmo. ayuntamiento de esta heróica villa, impreso y repartido en esta corte, estractamos [sic] lo que creemos que puede tener novedad para los lectores de este periodico.<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiFiCzSxKSuHJYtFbSTpyNj0BajNAgV1b4mmMRLUHIEJ8ZZ52XMH2jR93scW6cckKsxfe3wrffPm6NajjXyobaVPLhwmFVrJvcj058s7WGLZSOxX6fOv7igryGop8S66luBOBgDOZEDhbiM/s1600/Fuente+del+Obelisco+en+el+Paseo+de+la+Castellana+PARA+CONMEMORAR+LOS+3+A%25C3%2591OS+DE+LA+REINA+iSABEL+ii.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiFiCzSxKSuHJYtFbSTpyNj0BajNAgV1b4mmMRLUHIEJ8ZZ52XMH2jR93scW6cckKsxfe3wrffPm6NajjXyobaVPLhwmFVrJvcj058s7WGLZSOxX6fOv7igryGop8S66luBOBgDOZEDhbiM/s400/Fuente+del+Obelisco+en+el+Paseo+de+la+Castellana+PARA+CONMEMORAR+LOS+3+A%25C3%2591OS+DE+LA+REINA+iSABEL+ii.jpg" width="400" height="320" data-original-width="400" data-original-height="320" /></a></div>
Se habla primero de <b>los adornos de las fuentes de la plazuela de la Villa, carcel de Corte, Puerta del Sol y plazuela de Anton Martin, y de la iluminacion del Prado</b>, de todo lo cual hemos hablado ya; de la <b>colgadura de paño fino de grana con galon de oro que ha de cubrir todos los balcones de la Plaza Mayor</b>, convertida en anfiteatro tauromáquico y de las casas consistoriales <b>del paseo nuevo de la puerta de Recoletos, llamado 'Delicias de la Princesa'</b>,</I><br/>
<CODE>[las obras del nuevo paseo, iniciadas en los últimos días de enero o en los primeros de febrero de 1833, avanzaron rápidamente, ofreciendo el Ayuntamiento levantar un monumento en honor de la futura reina Isabel II , fijándose la fecha de inauguración del paseo para el tercer cumpleaños de la princesa, nacida el 10 de octubre de 1830, pero el rey no pudo ver erigido el monumento pues falleció el 29 de septiembre de 1833. El paseo pasó a denominarse <b>de las Delicias de la
Princesa</b> y luego paseo de las Delicias de Isabel II. La dirección de las obras del Paseo fue asumida por Luis Orche y el diseño del obelisco se debió a Mariátegui, la obra de cantería la llevó a cabo José Arnilla y el encargado de las esculturas fue José Tomás. Se colocó donde ahora está el monumento a E. Castelar, en donde a su vez hubo una fuente castellana anteriormente. Este cambio se producirá en 1908, llevándose el obelisco a la plaza de Manuel Becerra hasta 1969, que, nuevamente, se trasladará, esta vez al estanque del parque de la Arganzuela. <br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhhL131zoyMQenlAyJaa3XABjUyc-lnSgbBbUAxj_UT9b7LukmInmZirgFtlbJdBbd91xYcXftyCKRsle-W5wd2VwUkVTG8BOfFhoYcgY59IDbh5fX4Ip84Kcxubd7LYTKFvfQ4LXeulW0S/s1600/Fuente_del_Obelisco_de_la_Castellana-ca._1850.TIF.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhhL131zoyMQenlAyJaa3XABjUyc-lnSgbBbUAxj_UT9b7LukmInmZirgFtlbJdBbd91xYcXftyCKRsle-W5wd2VwUkVTG8BOfFhoYcgY59IDbh5fX4Ip84Kcxubd7LYTKFvfQ4LXeulW0S/s400/Fuente_del_Obelisco_de_la_Castellana-ca._1850.TIF.jpg" width="400" height="294" data-original-width="800" data-original-height="587" /></a></div>
Así lo describe F. de Paula Mellado una década después: el Paseo de las Delicias de Isabel II "está fuera de la puerta de Recoletos y se prolonga hasta la fuente castellana; su construcción es moderna; al fin del paseo hay una fuente de figura sencilla pero airosa, y algunos pasos más adelante un obelisco erigido para perpetuar la memoria del juramento de nuestra augusta reina Doña Isabel II como princesa de Asturias. Este paseo es bastante concurrido en todos tiempos, y se ha hecho últimamente en él jardines y bosques de estraordinaria [sic] sencillez y esquisito [sic] gusto". Mellado, F. de Paula. <a href="https://books.google.es/books?id=n3W-txPV_wIC&pg=PA72&lpg=PA72&dq=obeliscos+de+isabel+ii+en+las+Delicias+de+la+Princesa&source=bl&ots=p0B4wmfGtJ&sig=9iai9gUXy9T9SUgLKfuYr5lkrTo&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwjG5PHnwfDVAhUJaVAKHTaeCQIQ6AEIVzAM#v=onepage&q=obeliscos%20de%20isabel%20ii%20en%20las%20Delicias%20de%20la%20Princesa&f=false">España geográfica, histórica, estadística y pintoresca: descripción de los pueblos más notables del reino...</a> Madrid: Mellado, 1845, pág. 72]</code>, <br/>
<i>y <b>de la inscripción colocada en el obelisco</b> (Véase el número 773 del Correo) que es la siguiente:<br/>
<blockquote>Á IMPULSO DE LA ILUSTRADA MUNIFICENCIA<BR/>
DE LOS ESCELSOS REYES<BR/>
D. FERNANDO VII Y DOÑA MARÍA CRISTINA DE BORBON,<BR/>
BAJO LOS AUSPICIOS DE SU AUGUSTA HIJA PRIMOGÉNITA<BR/>
DOÑA MARIA ISABEL LUISA<BR/>
PARA ALIVIO DE LOS POBRES<BR/>
Y EMBELLECIMIENTO DE LA CAPITAL,<BR/>
SE EMPEZÓ Y CONCLUYÓ ESTE PASEO<BR/>
LLAMADO DELICIAS DE LA PRINCESA.<BR/>
AÑO DE MDCCCXXXIII.</BLOCKQUOTE>
La fuente ISABEL, situada en la Red de S. Luis, estará vistosamente iluminada, como tambien las de la plazuela de la Villa, Anton Martin, Sta. Cruz y las casas consistoriales y Plaza Real; las luminarias de esta última serán de hachas de cera de cuatro pábilos.<p><br/></i>
<b>FUEGOS ARTIFICIALES</b>.<p><br/><i>
En consecuencia á lo resuelto por S. M. ha dispuesto la comision de festejos que en la noche del 20 y en la del siguiente 21, en la plaza de Oriente, y á la hora que S. M. se sirva designar, se ejecuten diversidad de fuegos artificiales alusivos á las prósperas circunstancias que se solemnizan, dispuestos y ejecutados con todo el primor de que es susceptible el arte pirotécnico. En las variadas perspectivas que dichos fuegos han de presentar, y ademas de las siguientes inscripciones "A FERNANDO VII, á MARÍA CRISTINA, á MARÍA ISABEL, se leerán estos versos:<br/>
<blockquote>MADRID<br/>
Á ISABELA SEGUNDA, Á LA HEREDERA<br/>
POR LEY Y VOTOS DE LA ESPAÑA ENTERA.<br/>
MADRID<br/>
Á LA PRINCESA BELLA,<br/>
IRIS DE PAZ Y REFULGENTE ESTRELLA.</BLOCKQUOTE><P><BR/></i>
<b>CORRIDAS DE TOROS.</b><p><br/><i>
En la tarde del dia 22 se ejecutará en la Plaza Real, y en presencia de SS. MM., la gran función de esta clase, que se prepara á semejanza y con no menor magnificencia que la ejecutada en 1789 para solemnizar la jura del Rey nuestro Señor, sin omitir las suertes de quebrar rejoncillos, á cuyo efecto ha nombrado S. M. cuatro 'caballeros en plaza'. La descripción de los pormenores de esta fiesta real será objeto de un programa particular.<p>
A fin de que este espectáculo extraordinario se verifique con la grandiosidad y regio aparato que requiere, se ha procedido á la formación de tendidos y cierre general de dicha Plaza Real, cuyas dimensiones son de 434 pies de longitud por 302 de latitud; y, siendo su figura geométrica ta de un paralelógramo, resulta una superficie de 131.068 pies, quedando un espacio de 87.832 pies para la lid. Las obras que ha sido necesario practicar en este punto son mucho mas considerables en esta ocasión que lo fueron en otras funciones reales, mediante á que, ocupado el ayuntamiento en la reedificación de la misma Real Plaza, quedaba una linea de 137 pies de solares, sobre los cuales ha habido que construir de madera un edificio, que, semejante á los puntos laterales de la obra, hiciese juego con ellos. La misma operación se ha hecho precisa en el cierre de la calle de Boteros, resultando de lo dicho haberse efectuado 160 pies de alzados en ambos puntos. Para proporcionar el mejor servicio y comodidad mayor de los lidiadores se ha desempedrado toda la parte de la plaza en que deben maniobrar, regularizando el pavimento por medio del arado con el mayor esmero.<p>
S. M. se ha dignado conceder á la villa de Madrid el producto de otras dos corridas en la misma Plaza Real, con el objeto de que se indemnice en parte de los gastos que se la originan; y estas corridas se verificarán en los dias 23 y 25 del mismo mes de junio actual.<p><br/></i>
<b>FUNCIONES TEATRALES.</b><br/><p><i>
En las noches que SS. MM. han determinado honrar con su asistencia los teatros de esta capital, estarán ambos adornados con todo el primor y elegancia posibles, y регfectamente iluminados; habiéndose providenciado se decoren en uno y otro coliseo con igual esmero, asi las escaleras por donde han de transitar tan augustos espectadores, como el local destinado a su desahogo en los intermedios. Al entrar SS. MM. en sus palcos ricamente decorados se desprenderán por todas partes gran número de impresos con composiciones poéticas, que el entusiasmo de tan solemnes circunstancias ha inspirado á los ingenios españoles, deseosos de tributar este afectuoso homenage [sic] á la Ser(enísi)ma. PRINCESA y á sus egregios PADRES.<p>
Las funciones dispuestas con tan sublime objeto en cada uno de dichos teatros son las que á continuación se espresan [sic]; y se ejecutarán en las noches del 2З y 25 del actual, quedando reservado á S. M. el resolver cual de las dos funciones ha de ser la primera que se ejecute. <p></i>
TEATRO DE LA CRUZ.<p><br/><i>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhQHDowpPSK6FbGq1Oci1Hc_IF3vJ5NZEMrNpLM6sXeLOV9r-M5Law4fMgDg1PdK1GcSVajidJNrBBptgpKPWooN1dHOd9-u1L0sRiNBTU1gzebzNxHOjp8cZt_tIO8iWK8RRMaKDfeErdP/s1600/templo+de+la+gloria.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhQHDowpPSK6FbGq1Oci1Hc_IF3vJ5NZEMrNpLM6sXeLOV9r-M5Law4fMgDg1PdK1GcSVajidJNrBBptgpKPWooN1dHOd9-u1L0sRiNBTU1gzebzNxHOjp8cZt_tIO8iWK8RRMaKDfeErdP/s400/templo+de+la+gloria.JPG" width="291" height="400" data-original-width="294" data-original-height="404" /></a></div>
Dará principio el espectáculo con el drama alegórico alusivo á las circunstancias titulado '<a href="http://www.memoriademadrid.es/buscador.php?accion=VerFicha&id=151175&num_id=13&num_total=15">EL TEMPLO DE LA GLORIA</a>', su autor D. Manuel Breton de los Herreros.<br/></i>
<code>[Madrid: Imprenta de la calle del Amor de Dios, 1833. Y de la que mostramos estos últimos versos de la Escena I:<br/>
<blockquote>
Ya el Númen de la España <br/>
gozoso á esta floresta se avecina<br/>
alabanzas y amores entonando<br/>
á la hija del séptimo FERNANDO,<br/>
al venturoso hechizo de CRISTINA.<br/>
Aquel coro de cándidas zagalas<br/>
y de alegres mancebos<br/>
los genios de las fértiles provincias<br/>
que á FERNANDO obedecen representa.<br/>
¡Cómo su faz ostenta<br/>
el inefable gozo de sus almas!<br/>
¡Cómo de labio en labio<br/>
y al grato son de las batidas palmas<br/>
el fausto nombre de ISABEL resuena!<br/>
¡Ah! Nunca fue tan grato á mis oidos<br/>
el canto de la dulce filomena.]
</blockquote></code><p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjgx92eqFMV6t0KAo87XKALgPX91DhHPHulSOqnof9EE850hGRa1hEKoQ2WB6pmiWYQLC3MhaL3V9fVvvx8ct6_zxuj2O0PH3cn20CjzHvnKRVSELoPZratziAzfzO7vuUppAsqFmkB48l-/s1600/Socorro+de+los+mantos.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjgx92eqFMV6t0KAo87XKALgPX91DhHPHulSOqnof9EE850hGRa1hEKoQ2WB6pmiWYQLC3MhaL3V9fVvvx8ct6_zxuj2O0PH3cn20CjzHvnKRVSELoPZratziAzfzO7vuUppAsqFmkB48l-/s400/Socorro+de+los+mantos.JPG" width="265" height="400" data-original-width="465" data-original-height="701" /></a></div>
<i>Este drama será exornada con todo el aparato que exige su argumento. En seguida cantarán un 'himno' los alumnos del real conservatorio de Música.<p>
Después se ejecutará la comedia en tres actos titulada '<a href="http://www.cervantesvirtual.com/obra/el-socorro-de-los-mantos/">EL SOCORRO DE LOS MANTOS</a>' </i><br/>
<code>[de Carlos de Arellano. in Parte treinta y vna de Comedias nueuas escritas por los mejores ingenios de España... Madrid: por Ioseph Fernandez de Buendia, 1669, p. 421-457]</code> ,<br/>
<i> dando fin con 'EL TAPIZ', pieza cómica en un acto.<p></i>
TEATRO DEL PRÍNCIPE.<p>
<i>Se principiará la funcion con otro drama alegórico del mismo autor, tambien de grande espectáculo, y también alusivo, titulado 'El Triunfo de la Inocencia' </i><code>[Breton de los Herreros, Manuel. <a href="https://archive.org/details/eltriunfodelaino00bret">El Triunfo de la inocencia, drama alegórico, escrito por disposición del Excmo. Ayuntamiento de Madrid, para formar parte de los festejos con que esta heroica villa ha acordado celebrar la jura de la Excelsa Princesa Doña Maria Isabel Luisa, para representarse en el teatro del Principe el dia 23, ó 25 de junio de 1833.</a> Madrid: Imprenta de la calle del Amor de Dios, 1833]<i></code>.
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhPrxI0ycEetAZCnSH6PI2Eeas5QQS3SFd9vRROXVUrN9S_FYEYA9knPaBrQGA3hg5AyC-cgP6cdsALzfalbNWF4tcoFM-PI0EcEu6u_UuanPFYS-fUXgrnWDAu4Fbj9tIqh7vws1LiOo57/s1600/triunfo+de+la+inocencia.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhPrxI0ycEetAZCnSH6PI2Eeas5QQS3SFd9vRROXVUrN9S_FYEYA9knPaBrQGA3hg5AyC-cgP6cdsALzfalbNWF4tcoFM-PI0EcEu6u_UuanPFYS-fUXgrnWDAu4Fbj9tIqh7vws1LiOo57/s400/triunfo+de+la+inocencia.JPG" width="253" height="400" data-original-width="406" data-original-height="643" /></a></div>
A continuacion cantarán otro himno los alumnos del real Conservatorio. Seguirá la comedia en un acto titulada '<a href="https://archive.org/details/shakespeareenamo562duva">S[c]hakespeare enamorado</a>'</i> <code>[de Alejandro Duval, cuya traducción realizó Ventura de la Vega en 1828, y que venía representándose desde hacia varios atrás].</code><i> Concluida esta se representará la pieza cómica tambien en un acto, titulada '<a href="http://bvpb.mcu.es/es/consulta/registro.cmd?id=448209">No mas Muchachos, ó El Solteron y la Niña</a>' </i><code>["Le vieux garçon et la petite fille", de Eugène Scribe y Casimir Delavigne, arreglada por Manuel Bretón de los Herreros. Madrid: Repullés, 1833]</code>;<i> y por fin de fiesta otra pieza cómica, tambien en un acto, denominada '<a href="https://books.google.es/books?id=bwnhziivEl4C&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false">El Pobre Pretendiente</a>' </i><code>[arreglada por José María de Carnerero. Madrid: Repullés, 1831]</code>. <p><i>
En ambos teatros estarán prontas doce parejas de bailarines para ejecutar en los intermedios toda clase de bailes nacionales al arbitrio de S. M.<p>
Las funciones dramáticas que se preparan para alternar con las ya referidas en dias de tanto regocijo serán de las mas variadas y escogidas; y para que entre ellas no carezca el público de las de música, no ha omitido gastos ni desvelos el Ayuntamiento á fin de ajustar y reunir con la posible anticipacion una selecta compañía de ópera italiana, que principará sus tareas en la noche del 20 con la grande ópera de Rossini titulada 'Semíramis'.<p></i>
<b>MÁSCARA REAL</b>.<p>
<i>Deseosa la Comision de Festejos de celebrar por cuantos medios están á su alcance y le sugiere su lealtad la solemne jura de tan amada PRINCESA ha ordenado entre las demas funciones una máscara Real alusiva á tan felices circunstancias, dispuesta en los términos siguientes.<p>
La Máscara Real recorrerá la expresada Carrera en la noche del 24,y constará de trés Secciones.<p>
Primera Sección. Abrirá la marcha una brillante música militar. Seguirá una comparsa de guerreros vestidos y armados á la antigua, en representacion de la constante lealtad del ejército Español para con sus amados Reyes, en cuya defensa está siempre dispuesto á verter la última gota de su sangre, y aludiendo tambien á las inmortales glorias de esta nacion valerosa. Seguirá á los guerreros un grupo de Genios coronados de flores, y derramándôlas en todas direcciones; con cuyo emblema se significan los blandos Céfiros, los tiernos amores y las inocentes risas que circundan y embellecen la dorada Cuna en que crece, reservada al Trono de Recaredo, y á colmar la ventura de sus súbditos, la adorada hija de FERNANDO y de CRISTNA. En un Carro fulgente irá la Aurora con el cabello suelto y una antorcha en la mano derecha, llevando á sus pies el Sueño y la Noche, representados por una matrona y un jóven vestidos alegóricamente. En derredor del Carro irán las Horas y las Gracias con los atributos que á unas y otras pertenecen.<p>
Con esta alegoría se demuestra que la PRINCESA, objeto de nuestro amor, es consuelo y esperanza del Trono en que ha nacido, y de los pueblos que un dia bendecirán su Imperio, así como la Aurora vivifica y embellece los campos que ilumina. En las imágenes del Sueño y de la Noche se representan la ignorancia, los recelos, los quiméricos designios, las ilusiones y los delitos que engendran estas dos divinidades del Averno, cuyo influjo ha desaparecido, como las tinieblas á vista de la luz, desde que plugo á la Providencia fecundar el lecho de FERNANDO, y sobre todo desde que el Pueblo Español ha visto felizmente restablecida la salud de sumas amado Rey, y colmados los votos de su tierra y solícita ESPOSA. Las Ninfas que rodean el Carro son símbolo de las horas bienhadadas que van á suceder á las que fueron, no ha mucho, horas de amargura, y las gracias que en la tierna ISABEL ha prodigado la naturaleza.<p>
Segunda Sección. Precedidas de otra banda de música militar caminarán regocijadas varias cuadrillas, compuestas de pastores, labradores, jardineros, marineros y artesanos con sus correspondientes trajes y con los instrumentos de sus respectivos oficios. En seguida la Arquitectura, la Pintura y la Escultura con sus atributos, y detrás de esta comitiva otro suntuoso Carro, en cuyo centro aparecerá Mercurio con el Caduceo, los talares &c., Ceres coronada de espigas, con la hoz en la mano, y Flora ceñida de guirnaldas.<p>
Este cuadro alegórico denota la lisongera perspectiva que ofrece á España la directa sucesion de unos REYES tan amantes de las artes consoladoras. La comparsa de pastores y labradores, bendice á Céres como á Diosa de la Agricultura, fuente inexhausta de la pública felicidad, presintiendo sus progresos en el fértil suelo español, el fomento de nuestros ganados y la mejora de sus preciosas lanas: los jardineros, adorando á Flora, significan que una PRINCESA en cuya frente resplandecen la hermosura, el candor, y la pureza, debe ser tan grata á los Españoles, como era á los gentiles la divinidad de quien en su creencia procedian los dones de la prolífica y apacible Primavera: los marineros y artesanos precediendo al Carro de Mercurio, Dios de la Industria y del Comercio, se recrean con la plácida esperanza de la decidida proteccion que, imitando á sus ínclitos PADRES, dispensará la jurada PRINCESA á estos elementos de riqueza; y por último la Pintura, la Escultura y la Arquitectura, laureadas, manifiestan que su real munificencia producirá otra edad de oro para las bellas artes, hijas de la prosperidad y de la abundancia.<p>
Tercera Sección. A otra banda de música seguirán comparsas de Romanos y Sabinos vestidos con la austera sencillez que distinguía á aquellos pueblos en el reinado de Rómulo y Tacio. Estas parejas, recordando la alianza mas célebre que refieren las antiguas historias, aluden á la entrañable union con que las Provincias que componen la vasta Monarquía Española rivalizan en amor y fidelidad al gran FERNANDO, á la benéfica CRISTINA y á su regia prole; y manifiestan que si una ISABEL, de gloriosa memoria, reunió bajo una sola Corona los Reinos de Castilla y Aragon, otra ISABEL,digna de ser llamada Nieta suya, logra estrechar tan halagüeños lazos aun antes de ceñir á sus sienes la Corona. A continuacion marchará otra lucida comparsa de Españoles á la antigua, y de Americanos con su primitivo trage, para demostrar que los benéficos rayos del nuevo astro que brilla en el Solio Español, no se limitan á un solo hemisferio.<p>
Las parejas de la primera comparsa llevarán báculos con una cigüeña en su estremo, símbolo de la gratitud entre los gentiles, y asímismo navetas con incienso y vasos para las libaciones; todo en demostracion de agradecimiento al Cielo por haber colmado los votos de la Monarquía. Las parejas de Americanos y Españoles, llevarán mármoles, medallas y pergaminos, como monumentos que han de llevar hasta las mas remotas generaciones el egregio nombre de BORBON, su grandeza y sus hechos esclarecidos. Seguirá una danza de Genios y Ninfas, y á continuacion se verá el tercer Carro, mas bello y magnífico que los precedentes. Este Carro será ocupado por cuatro matronas representando las virtudes Cardinales, todas con sus correspondientes atributos. En la parte superior se verá sentada la estátua de la Concordia, teniendo á sus plantas dos Leones que sujetan cada uno un globo, y llevando en sus manos un haz de varas semejante al de los Lictores Romanos, pero cuyos remates son cálices de varias flores. Le adornan á cada lado dos urnas de perfumes. El arranque de dos brillantes semicírculos con los colores del arco Iris sostiene el dosel, en cuya circunferencia se leerá con caractéres dorados esta inscripcion: LA CONCORDIA HACE LA FELICIDAD DE LOS ESTADOS. Rodearán la carroza cuatro figuras que representarán el Honor Español, nueva garantía de los derechos de ISABEL, cimentados en las leyes y costumbres patrias, el Poder de esta Monarquía respetado siempre por las naciones extrangeras; la Amistad, en señal de la que debe reinar entre los Príncipes para bien de sus dominios respectivos; y la Abundancia, que solo puede existir en el seno de la paz y de las virtudes.<p>
El sentido de esta alegoría no es dudoso. Los designios nacidos de quiméricas ilusiones, y el temor de los males que intentaban producir, han desaparecido de to do punto al aspecto de una Prenda de amor, dulce signo de paz y de alianza, bajo el cual, hundida para siempre en el abismo la feroz Discordia, obtendrá su antigua preponderancia y opulencia la gran Familia Española. Esta prenda de amor, este próspero signo de fraternal alianza, este presagio, en fin, de tantas venturas, es la Serenísima Señora Infanta DOÑA MARÍA ISABEL LUSISA, y al celebrar con públicos regocijos el fausto momento de la REAL JURA, en que solemne y universalmente es reconocida y acatada como sucesora de FERNANDO 7.º y de MARÍA CRISTINA de BORBON, no podia menos de complacerse el Leal Ayuntamiento de Madrid erigiendo un triunfo en honor de la Concordia. <P>
Acompañan á este Cuaderno tres estampas que representan las tres alegorías de que se compone la Máscara Real, Litografiadas tambien por disposicion y á expensas del Ayuntamiento.<P></i>
<b>
BAILES PÚBLICOS</b>.<p>
<i>Para desahogo del general regocijo que anima á los habitantes de esta Corte, ha determinado la Comision que en la casa que fué café titulado de Santa Catalina, como sitio muy proporcionado, se verifiquen cinco bailes serios por suscripcion, decorándose vistosamente al efecto las correspondientes piezas, y observándose el órden, el decoro y la cortesana brillantez que exigen tales diversiones, así por lo respectivo á la música, que será sobresaliente, como en todos los demas pormenores.<p></i>
<b>ACTO DE BENEFICENCIA</b>.<p>
<i>El Ayuntamiento ha creido que uno de los medios mas eficaces para perpetuar en la memoria de los Madrileños los bienes que debe producir el augusto acto que solemniza, y de acercarse en algun modo á los insignes modelos de munificencia que en sus Regias Personas le ofrecen á cada momento el REY N. S. y su digna ESPOSA, es el imitar su generosa é incesante propension á amparar á los desvalidos. En esta atencion ha dispuesto el sorteo de siete dotes de á seis mil reales cada uno para otras tantas huérfanas hijas de labradores pobres de esta Provincia, cuya justa gratitud sea el órgano vivo de los sentimientos que á la citada corporacion animan hácia la tierna ISABEL y sus esclarecidos PADRES: no pudiendo menos de congratularse de la simpatía que tiene con esta disposicion la del Excmo. Sr. Comisario general de la Santa Cruzada, que con igual objeto viste á doscientos cincuenta y seis niños y niñas de las Reales escuelas gratuitas.<p>
Con el digno objeto tambien de contribuir al júbilo general en tan gloriosos dias, previenen las Reales Maestranzas varias funciones de justas ó torneos, propias de su instituto, y en las cuales brillarán la gala y bizarría de tan ilustres caballeros. La descripcion de estos nobles juegos, que recuerdan nuestras antiguas caballerosas costumbres, no es incumbencia del Ayuntamiento, y por tanto se reserva á los señores que los han dispuesto; así como la del gran 'Simulacro Militar' que se prepara y llevará á efecto el dia 26 en las líneas ya establecidas extramuros de la puerta de Alcalá, entre mas de veinte mil combatientes de todas armas; espectáculo que no puede menos de ser imponente, grandioso y á todas luces memorable, considerada la pericia de los ilustres Generales que han de dirigir y mandar las operaciones, y atendiendo á la disciplina, instruccion y lealtad de los Gefes, Oficiales y Tropa que componen el valiente Ejército español. <p>
Tales son las fiestas con que ha de solemnizar el Excmo. ayuntamiento de Madrid el acto que afianza la sucesion á la corona de estos reinos, y con ella la paz y la ventura de los españoles, cuya relación, unida á las que ya hemos ido publicando en nuestro periódico, y á alguna otra que seguiremos publicando todavía, formará el cuadro de Madrid en los siete memorables dias del 20 al 26 de este mes que han de durar sus regocijos con el plausible motivo de la jura de Princesa heredera DOÑA MARÍA ISABAEL DE BORBÓN.»</i>
</blockquote>
</div>
<p><br/>
<font color="navy"> <b> DESARROLLO Y CRÓNICA DE LOS ACTOS PROGRAMADOS.</font></b><p>
A lo que nos atañe ahora, esos mismos diarios y revistas darán cuenta amplia del resultado de los festejos, con gran despliegue de ediciones suplementarias. Vamos a emplear algunas de ellas, para constatar el desarrollo de los mismos..<p>
Así, publicará "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0026265223&page=1&search=jura+Maria+Isabel+Luisa&lang=es">El Correo</a>", el 22 de junio de 1833, un Suplemento a este núm. 774, de dos páginas, para dar cuenta de los festejos hasta esa fecha, diciendo:<p>
<blockquote>
<div style="background-color: #F7F8E0; text-align: justify; border: 2px solid #a991af; padding:5px; ">
<b>MADRID 21 DE JUNIO<br/>
JURA DE LA SERMA. SRA. PRINCESA DE ASTURIAS</b>.<p><br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgfyazrU0G4zqqZEXjuvxuHWHEba8a8kl6z7DswSHmSFuRqC_1GzxF3DQ3bGA6WqICCqIbUSlyW48W1bTf24ek07Ith3bNl3u1N3OtabCYhcFSXkbdi1mRMBShsCkvBu7WxTCUOO6oBR_cr/s1600/jura-san+jer%25C3%25B3nimo-01.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgfyazrU0G4zqqZEXjuvxuHWHEba8a8kl6z7DswSHmSFuRqC_1GzxF3DQ3bGA6WqICCqIbUSlyW48W1bTf24ek07Ith3bNl3u1N3OtabCYhcFSXkbdi1mRMBShsCkvBu7WxTCUOO6oBR_cr/s1600/jura-san+jer%25C3%25B3nimo-01.jpg" data-original-width="600" data-original-height="858" /></a></div><p><br/>
<i>Ayer 20 (segun dijimos) se ha celebrado tan solemne acto con toda la pompa y magestad [sic] que requiere en la real iglesia de S. Gerónimo, como es de costumbre, trasladándose á ella SS. MM. y AA. con toda la comitiva de estilo á las once de la mañana. <p>
Llegados SS. MM. y su acompañamiento, á la iglesia se colocaron en el orden que sigue:<p>
SS. MM. al lado de la epístola, y bajo un dosel, en dos sillas con sus almohadas y reclinatorios; al lado de la Reina habia una silla para la Serma. Sra. Princesa, que salió á ocupar después del ultimo evangelio; en seguida estaban los Sermos. Sres. Infantes por su orden. Las Serenísimas Señoras Infantas ocupaban las tribunas. La Reina nuestra Señora llevaba un manto verde manzana bordado de plata: el tocado era de brillantes, plumas y velo. S. A. R. la Princesa estaba vestida de blanco con la banda de la orden de María Luisa. SS. AA., hijos del Infante D. Francisco, tenian uniformes de tenientes generales, que por primera vestian.<p>
Enfrente del dosel el Emmo. cardenal arzobispo de Sevilla en una silla; en otra algo distante el nuncio de S. S. <p>
Al lado del evangelio estaba detras del banco cubierto, destinado para los prelados, otro banco para los ministros del Consejo y Cámara; y á su espalda en pie los escribanos mayores del reino, y los mayordomos de semana.<p>
En el cuerpo de la iglesia, del lado de la epístola, en bancos, los grandes de España, y algo distantes los títulos; detras en pie los gentiles hombres. En el mismo cuerpo de la iglesia, y del lado del evangelio, también en bancos, los prelados, y en seguida á alguna distancia los procuradores de Corles, estando al fin de todos y entre las dos filas, en un banco travieso, los de la ciudad de Toledo.<p>
Cerca del altar, del lado de la epístola, se colocó el M. R. patriarca celebrante revestido de pontifical, con los capellanes de honor en banco raso. <p>
Al lado derecho del Rey, en pie, el conde de Oropesa con el estoque; á su derecha el mayordomo mayor; inmediatos á las Personas reales el capitan de guardias, camarera mayor y damas.<p>
Inmediato á la barandilla los reyes de armas en pie, dos á dos, y los cuatro maceros mas abajo; á los estremos [sic] de los bancos los porteros de cámara, y los dos alcaldes de Casa y Corte detrás del banco de los procuradores de Toledo.<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh_8_Thedd_IolNM4q4IH_ld2RgbVHekdRFoZrKvTPtV28jS1w2hhMzf5SGNx13-NlFbqzqpgJZvRQCMtl0hgzGlOLM8jJkPMiXqef13JJpetxL5inhAym3309_HElX9-OawMB_UMdFWjgz/s1600/los+jer%25C3%25B3nimos+1858.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh_8_Thedd_IolNM4q4IH_ld2RgbVHekdRFoZrKvTPtV28jS1w2hhMzf5SGNx13-NlFbqzqpgJZvRQCMtl0hgzGlOLM8jJkPMiXqef13JJpetxL5inhAym3309_HElX9-OawMB_UMdFWjgz/s1600/los+jer%25C3%25B3nimos+1858.jpg" data-original-width="600" data-original-height="467" /></a></div>
Después que los Reyes nuestros Señores hicieron oración, se empezó la misa pontifical de Espíritu Santo; y en seguida el M. R. Patriarca entonó el himno de 'Veni Creator', cantado por la musica de la real capilla: durante este acto estuvieron arrodillados todos los circunstantes.<p>
Concluido el himno, el patriarca se colocó en una silla en medio del altar para recibir el juramento. El M. R. arzobispo de Granada , á su lado, colocó el misal y un crucifijo sobre una mesa cubierta, á cuyo pie habia una almohada para arrodillarse los que habian de jurar. Los prelados, al aviso del maestro de ceremomias, dejan el banco en que habian
oído la misa, y pasaron á ocupar el primero del cuerpo de la iglesia al lado del evangelio. <p>
Dispuesto lodo de este modo, el rey de armas mas antiguo leyó en alta voz la fórmula de práctica, llamando la atención de todos para oír la 'Escritura de juramento'. Esta escritura fue leída por el camarista de Castilla mas anliguo, teniendo á su izquierda al secretario de la cámara, y á la de este los escribanos mayores de Cortes, y colocados lodos cerca de la barandilla frente á SS. MM. en el lado del evangelio.<p>
Concluida la lectura, el rey de armas llamó al Sermo. Sr. Infante D. Francisco. S. A., acompañado del maestro de ceremonias, se arrodilló delante de la mesa del M. R. patriarca, y poniendo la mano derecha encima del crucifijo y los evangelios, prestó el juramento. En seguida se arrodilló delante del Rey nuestro Señor, y puestas las manos entre
las de S. M. hizo el pleito homenage [sic], dando palabra de cumplir lo contenido en la escritura. Luego besó la real mano, y S. M. le echó los brazos al cuello; y besando después la mano á la Reina nuestra Señora y á la Serma. Sra. Princesa, volvió S. A. R. á la silla; lo mismo hicieron todos los demás Infantes, permaneciendo entretanto en pie todos los asistentes.<p>.
Hecho esto, el maestro de ceremonias mudó el misal y el crucifijo, y el rey de armas llamó al duque de Medinaceli, nombrado por S. M. para recibir de todos el pleito homenaje; dejando su lugar se colocó á la izquierda del celebrante. El Emmo. cardenal arzobispo de Sevilla, y en seguida los prelados, fueron uno á uno á hacer el juramento y á prestar el pleito homenaje, pasando luego á besar la mano de SS. MM. y Serma. Princesa.<p>
En seguida llamó el rey de armas á los grandes, que subieron dos á dos; á los que siguieron los títulos y procuradores de Cortes. Al llegar el turno de estos, suscitóse la acostumbrada competencia entre los de Burgos y Toledo; y S. M., según costumbre, mandó: 'jure Burgos, pues Toledo jurará cuando yo se lo mande'; pidieron unos y otros que se diese testimonio, y S. M. accedió á ello. Después de jurar los mayordomos mayores de S. M. separadamente, y los mayordomos de semana de dos en dos, juraron y prestaron homenaje los procuradores de Toledo.<p>
Juró en seguida el conde de Oropesa, y entretanto tuvo él estoque real el primer caballerizo de S. M marques de Sotomayor.Y el duque de Medinaceli á su vez prestó el pleito homenaje en manos del conde de Cervellón, nombrado para este acto. <p>
El patriarca prestó juramento en manos del Emmo. cardenal arzobispo de Sevilla, nombrado también al efecto. <p>
Concluido el acto, salió de su banco el secretario de la cámara, y puesto enfrente al dosel, preguntó en voz alta á S. M. si aceptaba el juramento y pleito homenaje hecho en favor de S. A. R., y S. M. se sirvió responder: 'asi lo acepto, pido y mando'.<p>
En seguida se presentaron en el mismo lugar los procuradores, y el mas antiguo de Burgos felicitó á S. M. en nombre de los reinos, suplicándole mandase dar á las ciudades y villa testimonió de acto tan solemne, á lo que accedió S. M.<p>
Finalizado todo entonó el 'Te Deum' el Emmo. cardenal arzobispo de Sevilla, siguiendo hasta concluirte la musica de la real capilla y la real comitiva se retiró á la casa de S. Juan én el misma orden que cuando entró en la iglesia. <p><br/>
<blockquote><blockquote><blockquote><big><big>∞∞∞∞∞∞∞∞۞∞∞∞∞∞∞∞∞</big></big></blockquote></blockquote></blockquote><p><br/>
Al anunciar el acto de la jura de la Serma. Sra. Princesa debimos haber espresado [sic] la tierna escena que presentaron los 260 niños y niñas elegidos de entre los mas pobres y aplicados de las escuelas gratuitas de esta corte, los cuales equipados completamente á impulso de la beneficencia de S. E. el señor comisario de la Sta. Cruzada se presentaron á la entrada del real monasterio de S. Gerónimo, colocados todos en una gradería construida al efecto, teniendo las niñas un rótulo ovalado coronado de flores, en que estaba el testo [sic] de la ley de sucesión, que fijaron en lo mas alto de la gradería, al mismo tiempo que llevando ellos ramos de oliva en las manos y ellas guirnaldas de flores, victorearon á los Reyes y augusta Princesa con aquella efusión peculiar de la inocencia agradecida, y que solo puede sentirla debidamente la sensibilidad de un pecho fiel á sus Reyes. S. E. dispuso distribuir á cada uno una cantidad pecuniaria para que fuesen á comer alegremente en compañia de sus respectivos padres, y asimismo mandó entregar á los reales hospitales de esta corte ,7 varas de tela propia para colchas y colchones, determinando este número en conmemoración agradecida de las siete Princesas que han sido juradas en España en virtud de las siete leyes de partida, entre las que se decreta la
sucesión directa al trono de España. <p><br/></i>
<blockquote><blockquote><blockquote><big><big>∞∞∞∞∞∞∞∞۞∞∞∞∞∞∞∞∞</big></big></blockquote></blockquote></blockquote><p><br/>
<b>FESTEJOS HECHOS CON MOTIVO DE LA JURA.</b><p><br/>
<i>
El recio viento que sopló toda la noche, de ayer 20 no permitió lucir las iluminaciones preparadas, y solo los trasparentes y los vasos que estaban en parages [sic] resguardados pudieron producir, sino todo el efecto esperado, al menos lo bastante para graduar el mérito de sus composiciones y alegorías. Procuraremos, pues, dar una idea, aunque ligera, de algunos puntos que lograron alumbrarse, no habiendo podido serlo completamente la Plaza mayor ni la hermosa galería del Prado, que tan bello aspecto prometia. <p>
Debe indisputablemente colocarse en primer lugar la iluminación del gas, del que ya, hemos hablado, que ha salido perfectamente, y que tanto mas ha podido convencer á todos del brillo é intensidad de su luz, cuanto que en el recinto de las plazuelas y junto á los faroles del gas se ve toda clase de luces, tales como las hachas de cera del piso principal
de palacio, los reverberos y faroles de su interior, los faroles comunes de la plazuela de Oriente, y por último, las brillantisimas pero pasageras [sic] luces de los cohetes y demas artificios de pólvora. <p>
Los dos templetes de estilo gótico-arabesco de Anton Martin y santa Cruz hacían un bello efecto por sus trasparentes, como asimismo las infinitas candilejas colocadas en la galería de la plazuela de la Villa; galería que, como ya hemos dicho, se compone de un cuerpo de arquitectura griega, con sus pórticos á los estremos [sic] y un arco gótico en el centro, sosteniendo una alegoría de las divinidades acuáticas. Tiene ademas en dos nichos que caen á la calle Mayor las estatuas de la Pintura y la Musica, y en la cornisa varios grupos de geniecillos con guirnaldas.<p>
Al lado de esta fuente se ve la magnífica iluminación de las casas consistoriales, toda de hachas de cera, y la competente banda de música.<p>
La del Excmo. Sr. comisario general de la Sta. Cruzada, cuyo conocido buen gusto le dicta inspiraciones muy felices en lo artístico y literario, y cuya ejecución se complace en dirigir por sí mismo, consiste en la perspectiva iluminada, que cubre todo el frontis de la entrada principal, en un primer cuerpo gótico-arabesco lleno de trasparentes celosías, que
producen cambiantes agradables. Sobre el se elevan dos columnas hercúleas con el PLUS ULTRA dividido entre ambas, y sobrepuesta en cada capitel una corona real. En el espacio desde la una á la otra campea un hermoso cuadro pintado al temple por D. Vicente Lopez, primer pintor de cámara de S. M., <code>[y cuya litografía insertamos más abajo, en la descripción del evento realizada por Mesonero Romanos]</code> ]que representa á Isabel la Católica, señalando á su nieta
la segunda Isabel el templo de la Inmortalidad, y al pie esta inscripcion:<br/><p>
<blockquote>
LA CATÓLICA REINA, CUYA HISTORIA <br/>
LLENA DE NOBLE ORGULLO AL PUEBLO IBERO,<br/>
MUESTRA Á SU NIETA EL TEMPLO DE LA GLORIA.<br/>
</blockquote>
Al lado de cada columna se ven los dos mundos, y á la derecha un africano con aire abatido, y un indio como sorprendido gozosamente mirando á la heroína. Dos laboreadas agujas del mismo estilo arabesco cierran la perspectiva á derecha é izquierda, conteniendo en su base el testo [sic] de la ley de sucesión. Una radiante nube sirve de coronamiento á todo el
cuerpo, presentando en su centro al ave fénix saliendo de unas encendidas brasas, y debajo este lema:<br/>
<blockquote>
Post fata resurgo.
</blockquote><p>
Si se añade la galería también gótica formada de vasos de diferentes colores, en que estuvo tocando piezas escogidas la música del regimiento de cazadores provinciales de la guardia real, y el bello cortinaje de balcones y ventanas formado de paños de púrpura y de raso blanco graciosamente combinados, se tendrá una idea del conjunto de está perspectiva; pero es indispensable llamar la atención de los que la observen, manifestando que la Católica Reina es un retrato trazado en lo respectivo al traje por el que hizo en su tiempo el pintor Antonio Rincon, cuyo original existe en el Museo, y en cuanto al semblante por otro cuadro de la misma época; que el de nuestra augusta Princesa lo es igualmente y está con el mismo vestido y adornos que llevó á la jura, y que las figuras del africano y el indio aluden al completo triunfo sobre los moros y al descubrimiento del nuevo mundo, sucesos memorables del reinado de la Reina Católica. El emblema del fenix resucitado de sus cenizas, tiene dos aplicaciones, una alusiva á renovarse en los destinos de su escelsa [sic] Nieta la gloria del nombre de Isabel, y otra á la del actual caso en que vuelve á tener lugar la ley de sucesion en las hembras á falta de varon: circunstancias que no pueden menos de aumentar el interes que inspira toda la idea.<p>
La casa del Excmo. Sr. duque de Hijar, Carrera de S. Gerónimo, presenta el conjunto de adornos que puso con motivo de la llegada de S. M. la Reina nuestra Señora á esta corte, variando el centro muy oportunamente con una alegoría de buena idea, cual es la de presentar las diversas ciudades y provincias jurando fidelidad á la Princesa heredera, representadas por mancebos con los trajes provinciales, y á espaldas de los grupos los pendones respectivos con el nombre de las ciudades de voto en Cortes.<p>
La casa del Excmo. Sr. conde de Floridablanca, próxima á la anterior, ofrece otra alegoría no menos oportuna. Consiste en una magnífica portada de estilo gótico con el retrato ó busto de la Princesa en el centro del fronton superior, y en los lienzos laterales colocados seis bustos de otras tantas Princesas juradas en varias ocasiones. Debajo del busto de la Princesa se ve una inscripcion alusiva á las leyes de sucesión.<p>
La casa del Excmo. Sr. duque de Frias, plazuela de Sto. Domingo, presenta, según ya hemos dicho, un castillo gótico, en el cual se ven dos torreones y la puerta principal defendida por sus correspondientes guardianes. Encima el estoque real desnudo, y debajo de él la inserción relativa á los condes de Oropesa (en el dia duques de Frias), que tienen el
derecho de llevar el referido estoque en las juras, inscripcion que ya pusimos. En la cornisa del edificio se ven las armas y blasones de los diferentes apellidos que ilustran a S. E.<p>
El real conservatorio de Música María Cristina presenta también un ornato gracioso y analogo á su instituto. Consiste en un friso de piedra berroqueña con sus correspondientes rejas bajas, y sobre ellas ventanas con guarniciones figurando piedra de Colmenar, en cuyos huecos se ven transparentes con instrumentos músicos bien agrupados y letreros con 'vivas'
á SS. MM. y á la augusta Princesa heredera. En la puerta principal se halla un magnifico dosel con los retratos de SS. MM., y debajo del escudo de armas, rodeado del lema 'Real conservatorio de Música', esta sencilla inscripción: 'Sus primeros acentos resonaron en loor de fa Serma. Princesa doña Maria Isabel Luisa'. Todo este primer cuerpo está guarnecido de vasos de colores, que en su alternativa con los transparentes producen un bellísimo efecto. El piso principal y segundo están exornados con una hermosa colgadura, guarnecidos los antepechos con transparentes análogos
á los del piso bajo. El resto de la iluminacion es de hachas en sus competentes mecheros.<p>
La casa de la Excma. Sra. duquesa de Benavente, puerta de la Vega, presenta un adorno sencillo y lleno de candilejas con florones y estrellas de ignal naturaleza, que no pudieron producir todo su efecto por causa del aire, que en aquel punto azotaba demasiado.<p>
La del Excmo. Sr. duque del Infantado presenta como siempre hermosísimos adornos de vasos de colores, que se estienden [sic] ademas de la fachada de la calle de D. Pedro hasta la casa chica de S. E. llamada del jardin por medio de una serie de arcos ex ornados [sic] con guirnaldas de flores.<p>
Otras muchas casas pudiéramos citar; pero lo dejaremos para el inmediato dia, en que hablaremos de los adornos que á nuestro juicio merecen especial mención. </I>
</div></blockquote><p>
Por su parte, "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0003595198&page=1&search=jura+Maria+Isabel+Luisa&lang=es">La Revista Española</a>", de 21 de junio de 1833, núm. 66, pp.651- , hará el siguiente relato de los actos:
<blockquote>
<div style="background-color: #F7F8E0; text-align: justify; border: 2px solid #a991af; padding:5px; ">
<b>Día 20 de junio. Real Monasterio de San Genrónimo. Jura de la Serenísima Señora Doña María Isabel Luisa, como Princesa heredera de la corona de estos reinos.<p></b>
<i>Amaneció por fin el dia anhelado, el 20 de junio, cuyo recuerdo se conservará por largo tiempo en la memoria de los buenos españoles. La poblacion entera, animada del júbilo que la proximidad de la augusta ceremonia infundia en los corazones, comenzó desde muy temprano á circular por las principales calles de la capital, y en los semblantes de todos leia el observador el inmenso gozo que iba a recibir del cielo una Augusta Heredera, una futura Reina. Vistosas, ricas, elegantes colgaduras pendian de los balcones, y ornaban las hermosas fachadas de la capital; multitud de coches y suntuosos trenes se dirijian [sic] cruzando rápidamnte por medio de la muchedumbre concurrente al sitio destinado para el acto solemne. El Prado era el centro sin embargo de la animacion general: alli se agolpaba la multitud, alli estaba el fin de las esperanzas universales.<p>
La iglesia donde debía celebrarse la augusta ceremonia se hallaba magnífica y vistosamente
colgada de raso de varios colores, con increíble profusión de adornos de oro, y ocupaba el crucero un tablado cubierto de riquísima alfombra. En el mismo crucero y al lado del Evangelio, se había destinado una tribuna para las Sermas. Sras. Infantas, y en el cuerpo de la iglesia seis tribunas bajas y cuatro altas para los personages [sic] convidados á presenciar el acto solemne, entre los cuales se distinguían: en la primera del primer piso al lado de la epístola los Escmos. [sic] Sres. Presidente del Consejo, y Secretarios del Despacho; y en la de enfrente los Escmos. [sic] Sres. Embajadores y Ministros estrangeros [sic]. <p>
A las diez y media las músicas y marchas marciales, cuyo alegre estruendo se confundía
en el aire con innumerables vivas á SS. MM., intérpretes del júbilo universal, anunciaron la proximidad de los augustos Soberanos: poco después se vio entrar efectivamente la comitiva por la puerta del presbiterio, en la forma siguiente: abrían la marcha cuatro porteros de cámara, con el aposentador de Palacio y dos alcaldes de Casa y Corte: seguían los gentileshombres de boca y casa, que fueron á colocarse en pie detrás del sitio destinado para los grandes de España; los procuradores de las ciudades y villa, que tomaron puesto en unos bancos, situados en ambos lados á lo largo del cuerpo de la iglesia, dejando desocupadas las cabeceras de dichos bancos: la del lado de la Epístola para los grandes de España y títulos; y la del Evangelio para los prelados, á escepcion [sic] de los
procuradores de la ciudad de Toledo, que tomaron asiento en un banco travesero, al fin de todos; siguieron los títulos nombrados por S. M. para el acto de la jura, los que se colocaron en el sitio que dejamos indicado;: cuatro maceros de las Reales caballerizas que se situaron al pie de las gradas del tablado; los Grandes de España, quienes ocuparon
la indicada cabecera del banco de la derecha; los cuatro Reyes de Armas que permanecieron en pie en el tablado á los lados de las gradas; el Escmo. [sic] Sr. Duque de Frias, Conde de Oropesa, con el estoque Real desnudo y levantado, colocándose después S. E. á la derecha del suntueso Trono erigido en el lado de la Epístola; los Sermos. Sres. Infantes, que ocuparon cuatro sillones, dispuestos á la izquierda del Trono en el orden siguiente: el mas inmediato á SS.MM. para el Serenísimo Señor D. Francisco de Paula Antonio; el segundo y el tercero para los dos hijos mayores de S. A. R. el Serenísimo Señor Don Francisco de Asís María, y el Serenísimo Señor Don Enrique María Fernando; y el cuarto para el Serenísimo Señor Don Sebastian Gabriel. Llevaban SS. AA. el uniforme de gran gala de Capitan general de los Reales ejércitos, siendo de notar que ha sido la primera ocasion en que lo han vestido los augustos hijos del Serenísimo Señor Infante Don Francisco de Paula. En el orden de la marcha precedían inmediatamente los Serenísimos Señores Infantes á los Reyes nuestros Señores, y á la Serenísima Señora PRINCESA Doña MARÍA ISABEL LUISA, á quien llevaba de la mano su escelsa [sic] Madre, y acompañaba el ama de Cámara que ha lactado a S. A. R. Tomaron asiento SS. MM. y A. en tres regios sillones debajo del dosel. Vestía el Rey nuestro Señor el uniforme de gran gala de Capitan general de los Reales ejércitos. Constituía el trage [sic] de la Reina nuestra Señora un rico vestido blanco bordado y listado de hojuelas y brocado de oro, y un manto de Corte de raso verde manzana, profusamente guarnecido de piedras. Dificilmente pudiéramos dar una idea de la magnificencia, del brillo deslumbrador del regio aderezo que completaba el adorno de S. M. La augusta PRINCESA llevaba un vestido de raso blanco sumamente sencillo y apropiado á su inocente edad, con la banda de María Luisa: tenia el pelo levantado y recogido con suma gracia por medio de una elegante y rica peineta de brillantes. Contrastaba singularmente con tan magníficas galas, la gentil saya montañesa del ama de S. A. Seguían á SS. MM. el Capitán de Guardias, el Mayordomo mayor de la REINA nuestra Señora, la Camarera mayor de Palacio y Damas, entre las cuales iba la Escma. [sic] Sra. Marquesa de. Santa Cruz, aya
de la Serenísima Señora PRINCESA; los Eminentísimos Señores Cardenales, que tomaron
asiento delante de los bancos de los MM. RR. Arzobispos y RR. Obispos, situados en el
tablado al lado del Evangelio; los embajadores que se dirigieron á la tribuna que les estaba destinada; los Gentileshombres de Cámara que pasaron á tomar asiento entre los Grandes; y finalmente, los caballeros Guardias de la Real Persona.<p>
Mas arriba de los bancos de los Prelados estaban los asientos de los Sres. Ministros
del Consejo y Cámara y Secretario de ella; detras estaban en pie los Escribanos mayores
del Reino, y entre los Prelados y el Consejo los Sres. Mayordomos de semana también en pie. Al lado de la Epístola y á la derecha del Trono hallábase revestido el M. R. Patriarca celebrante, asistido por los Capellanes de honor, que debían servir el Pontifical; y detras en bancos rasos los demás Capellanes.<p>
A la derecha del Escmo. [sic] Sr. Conde de Oropesa estaba el Escmo. [sic] Sr. Mayordomo mayor, Marqués de San Martin, y en sus lugares inmediatos á las sillas de las Personas
Reales, el Capitán de Guardias, Camarera mayor de Palacio y Damas de la Reina nuestra
Señora. El Aposentador de Palacio ocupaba el lugar que le corresponde inmediato al
trono.<p>
A la llegada de los Reyes nuestros Señores rompió un hermoso conjunto de voces e instrumentos, dándose principio á la misa Pontifical, y asistió á SS. MM. el M. R. Arzobispo de Granada á la Confesión, Evangelio y Paz. Concluida la misa y haciendo genuflexión al altar y reverencia á SS. MM., se retiró el Prelado celebrante con báculo y mitra al lado de la Epístola á desnudarse y ponerse de pluvial: en seguida entonó el M.
R. Patriarca el himno 'Veni Creator', que se cantó con suma perfección por la música de
la Real Capilla.<p>
Concluido este se retiraron SS. MM. y A. R. por un cuarto de hora, durante el cual
dispusieron los ayudas de Oratorio delante del altar de frente á la iglesia una silla para el M. R. Patriarca, nombrado por S. M. para recibir el juramento; una mesa cubierta, con
un misal abierto y un crucifijo encima, y una almohada, en fin, al pie para arrodillarse los que habían de jurar. También bajaron entonces los M. RR. Arzobispos y RR. Obispos,
del banco del tablado en que hablan permanecido durante la misa, y pasaron á ocupar
la cabecera del banco de los Procuradores á Córtes, de que hemos hecho mención.<p>
Dispuesto todo de este modo, y habiendo regresado SS. MM. y A., un rey de armas leyó en alta voz la fórmula de práctica, llamando la atención de los asistentes para oir la 'Escritura de Juramento'.<p>
A continuación el Camarista de Castilla mas antiguo, teniendo á su izquierda al Secretario
de la Cámara, y á la de éste los Escribanos mayores de Cortes, y colocados todos cerca de la barandilla frente á SS. MM., en la parte del Evangelio leyó la citada Escritura, después de lo cual se retiró á su sitio: luego el Sermo. Sr. Infante D. Francisco de Paula Antonio llamado por el rey de armas, después de hacer reverencia al altar y á SS. MM., pasó acompañado del maestro de ceremonias á arrodillarse delante de la mesa del M. R. Patriarca, y poniendo la mano derecha encima del crucifijo y de los Evangelios prestó el juramento. Seguidamente se arrodilló S. A. delante del Rey nuestro Señor, y puestas las manos dentro de las de S. M. hizo el pleito homenage [sic] dando palabra de cumplir lo contenido en la Escritura. Besó luego la Real mano y S. M. le echó los brazos al cuello; y besando después la mano á la Reina nuestra Señora y á la Serenísima Sra. Princesa, volvió S. A. R. á su
silla. Este mismo orden observaron los Serenísimos Sres. Infantes D. Francisco de Asís
María, Don Enrique María Fernando y Don Sebastian Gabriel, tanto en el acto del juramento
como en el del pleito homenage [sic]; mientras juraron SS. AA. RR. estuvieron en pie los Embajadores, Prelados , Grandes, Títulos, Procuradores de Cortes y Ministros del Consejo y Cámara.<p>
Hecho el juramento y pleito homenage [sic] por SS. AA., se retiró el muy Reverendo Arzobispo de Granada á su puesto; y el Maestro de Ceremonias puso entonces sobre la mesa
otro libro de Evangelios y otro Crucifijo, retirando los que habian servido á los Sermos.
Sres. Infantes.<p>
El Rey de armas llamó después al Duque de Medinaceli, nombrado por S. M. para recibir de todos el pleito homenage [sic] ; quien se colocó en seguida á la izquierda del celebrante.<p>
Llamó luego el Rey de armas al Emmo. Cardenal Arzobispo de Sevilla, el cual, hechas las debidas reverencias, se arrodilló delante de la mesa, hizo el juramento y pasó á prestar de pie el homenage [sic] en manos del referido duque de Medinaceli, restituyéndose á su lugar después de haber besado la mano á SS. MM. y á la Serma. Sra. PRINCESA.<p>
Todos los demás prelados ejecutaron uno á uno lo mismo que el anterior; fueron llamados
los grandes por el Rey de armas, y subieron de dos en dos, guardando en todo el orden referido.<p>
Siguieron los títulos, y después los procuradores de Cortes; pero subiendo primero á
competencia los de Burgos y Toledo, dijo S. M. 'Jure Burgos, pues Toledo jurará cuando
se lo mande'; pidieron unos y otros reverentemente al Rey nuestro Señor que se les diese
por testimonio, y S. M. lo acordó.<p>
Fueron llamados luego los mayordomos de SS. MM., y principiando los mayordomos mayores, cada uno separadamente, siguieron los de semana de dos en dos, observando el ceremonial anterior. Después de todos mandó el Rey que juraran y prestaran el homenage [sic] los diputados de Toledo.<p>
En seguida juró y prestó el pleito homenage [sic] el conde de Oropesa duque de Frías, quien
dejó en mano del primer caballerizo de S. M., Marques de Soto mayor, el estoque Real y le
volvió á tomar concluido aquel acto.<p>
Después juró el duque de Medinaceli, y prestó pleito homenage [sic] en manos de SS.
MM . y A., y se restituyó á su sitio.<p>
El Rey de armas llamó en seguida al Emmo. Cardenal Arzobispo de Sevilla, para tomar juramento al M. R. Patriarca.<p>
Vistiendo su Emma . la capa pluvial ocupó el puesto del M. R. Patriarca, y éste habiéndose desnudado de ella, prestó en sus manos el juramento é hizo el pleito homenage [sic] en las del duque de Medinaceli, y besó las manos de SS. MM. y A. R., tomando despues asiento en una silla que se colocó delante del banco, donde estuvieron los prelados en el presbiterio.<p>
Terminado el acto el secretario de la Cámara, acompañado de los escríbanos mayores de Cortes, y puesto entre ellos, haciendo las reverencias acostumbradas, pregu[ntaron]
en alta voz á S. M.: sí aceptaba el juramento y pleito homenage [sic], hecho en favor de S. A. Serma.; si pedia que los escribanos de Cortes lo diesen así por testimonio; y si mandaba
que á los Prelados, Grandes y Títulos que están ausentes se les reciba el mismo juramento
y pleito homenaje; á que se sirvió responder S. M. 'que así lo aceptaba, pedia y
mandaba'. <p>
Retirados los tres, se presentaron en el mismo lugar los procuradores de Burgos, y haciendo las reverencias debidas, felicitó el mas antiguo á S. M. en nombre del reino, por la jura de S. A. R. la Serma. Sra. Princesa Doña MARIA ISABEL LUISA, como heredera de la corona; suplicándole mandase dar á las ciudades y villa un testimonio autorizado de tan solemne acto; á lo que S. M. se dignó acceder.<p>
Finalizado todo, entonó el 'Te Deum' el Eminentísimo Cardenal Arzobispo de Sevilla, y lo
siguió hasta concluir la música de la capilla Real. Después dijo su Eminencia las oraciones; y habiendo dado la bendición solemne se retiró al lado de la Epístola para desnudarse, sentándose entretanto SS. MM. y A A. como los demás concurrentes. En seguida se
restituyeron á su cámara los Reyes NN. SS., acompañados de la misma comitiva, por el
orden con que entraron en la Iglesia, y en medio de los vivas y aclamaciones con que saludaron á sus amados Soberanos, y á su augusta primogénita los fieles habitantes, que
en torno de la Iglesia hablan esperado tan fausto momento.<p>
Tomaron igualmente sus coches los concurrentes á la solemne jura para regresar á sus casas. Difícil sería que pudiésemos en tan cortos límites hacer el debido elogio del lucimiento
y magnificencia de los ricos y variados trenes de los Grandes y Embajadores: entre
los que alcazamos á ver, sin embargo, se distinguian por su buen gusto, riqueza y hermosura
de sus libreas el del Duque de Frias, Conde de Oropesa; el del Duque de Osuna; el del Escmo. [sic] Sr. Conde de Ofalia; el del señor Ministro de Inglaterra, y algunos otros,
que nombraremos mas detalladamente en otro artículo. <p>
Tal ha sido la augusta ceremonia que los españoles esperaban con ansia, y cuya celebración
han visto con júbilo universal. Tal ha sido el dia que promete a España años y siglos de felicidad; el día que afianza los legítimos derechos á la sucesión de la corona de la Monarquía; tal en fin el dia que dejará eternos recuerdos a los españoles amantes de sus Soberanos y de futura prosperidad de su suelo privilegiado. </i>
<blockquote><blockquote><blockquote><big><big>∞∞∞∞∞∞∞∞۞∞∞∞∞∞∞∞∞</big></big></blockquote></blockquote></blockquote><p><br/>
<B>Real Museo.</B><P>
<i>La fachada del Museo, obra inmortal del célebre Villanueva, no tuvo en función alguna
mas adornos que las propias galas de su hermosa arquitectura; pero la celebridad del dia 20
exigía alguna cosa estraordinaria [sic]. Se decoró, en efecto, pero de un modo sencillo, tanto por la brevedad del tiempo, como por no recargar la bella columnata y elegantes formas de su fachada. En la parte superior de los intercolumnios del segundo cuerpo se ven pabellones de seda blanca con lleco de oro, y en la parte inferior grupos de niños que sostienen candelabros. Los pabellones son encarnados en los balcones y ventanas. En los intercolumnios de la puerta principal se colocaron dos estatuas de piedra, y en los nichos colaterales hermosos florones, y estatuas que representan la 'Magnificencia, Fertilidad, Paz, Poder español, Constancia, Inmortalidad, Fama y Victoria'. En el medallón del Ático se vé figurado un bajo relieve, que representa un asunto alusivo á la celebridad del dia; lo dibujó el joven Don Carlos Rivera (el mismo que obtuvo el primer premio de pintura en la
última esposicion) [sic], y está pintado por Don Julián Verdú. Se ven sobre el mismo ático escudo y figuras que le presentan en un estado semejante al que deberá tener algún dia cuando el ingreso principal de este hermoso edificio se halle enteramente concluido. A su frente se ven unos 20 pedestales sobre sus correspondientes zócalos para sostener los flarneros de la iluminación. <p></i>
<blockquote><blockquote><blockquote><big><big>∞∞∞∞∞∞∞∞۞∞∞∞∞∞∞∞∞</big></big></blockquote></blockquote></blockquote><p><br/>
<B>Fuegos artificiales.</B><P>
<i>A las 10 de la noche dos fuertes cañonazos anunciaron que se iban á empezar, como en efecto sucedió; arrojando al aire gran diversidad de cohetes, voladores y culebrinas. En seguida se incendiaron los dos árboles colaterales al grande del centro, imitando candelabros, y figurando al fin una copiosa llubia [sic] de oro, que se despejó para presentar en una barandilla las siguientes inscripciones:<br/>
<blockquote>A Fernando VII,<br/>
A María Cristina,<br/>
A María Isabel.
</blockquote>
En seguida se descubrieron los siguientes versos:<br/>
<blockquote>
Madrid<br/>
A Isabela segunda , á la heredera,<br/>
Por ley y votos de la España entera.</blockquote>
El árbol de| centro ejecutado con diversidad de fuegos artificiales alusivos a las prósperas circunstancias que se solemnizan, dispuestos y ejecutados con todo el primor de que es susceptible el arte pirotécnico, representaba un arco de triunfo, en cuyo ático se leian los versos seiguientes:<br/>
<blockquote>
Madrid.<br/>
A la Princesa Bella,<br/>
Iris de la paz y refulgente estrella.</blockquote>
Este bellísimo arco se transformó en variadas fuentes, terminándose por otra gran cantidad de cohetes y dos cañonazos. El concurso era estraordinario [sic], á pesar del recio viento que hacia.</i>
<blockquote><blockquote><blockquote><big><big>∞∞∞∞∞∞∞∞۞∞∞∞∞∞∞∞∞</big></big></blockquote></blockquote></blockquote><p><br/>
<B>Iluminaciones.</B><P>
<i>Ademas de las principales dispuestas por el Excmo. Ayuntamiento para solemninar la Jura de
la Escelsa Princesa Primogénita, en la noche de tan fausto dia, en el Prado y varias fuentes de la Capital, hemos visto las fachadas de algunas casas particulares y edificios públicos lujosamente engalanados, y dispuestos á recibir el sinnúmero de luces que debían exornarlas, Distinguense entre ellas las del Excmo. Sr. Duque de Hijar, la del Excmo. Sr. Conde de Floridablanca, la del Excmo. Sr. Duque de Frias, Conde de Oropesa, la de la Excma. Sra. Duquesa de Benavente, la del Excmo. Sr. Comisario General de la Santa Cruzada, la del Excmo. Sr. Duque del Infantado, la del Exrmo: Sr. Duque de Osuna, la de la Inspección
de Provinciales, la del Parque de Artillería, la del Tribunal de Comercio y otras varias
iluminaciones.<p>
Todas rivalizan en gusto y en riqueza; todas son verdaderos intérpretes de los sentimientos que las han dirigido. Brillan en algunas las mas esquisitas [sic] alegorías y los primores del arte; y de buena gana pasaríamos en este momento á describir detalladamente las que mas han fijado la atención del público, si la hora de las 12 de la noche, en que estamos redactando nuestro periódico, pudiese consentirnos semejante ensanche; o si el buen tiempo hubiese invitado á un esfuerzo de este espacio. Pero desgraciadamente el aire bastante
violento que se ha levantada al anochecer, y que ha continuado sin interrupción, ha impedido el completo lucimiento de muchas de dichas iluminaciones: las de hachas sobre todo han sido las primeras que han sufrido los efectos del temporal. La vistosísima y elegante dispuesta en el prado no ha podido hacerse superior á la violencia del aire. En vista, pues, de este ligero contratiempo, y siendo mas las noches reservadas á la brillantez de estos festejos, remitiremos á otro número la descripción detallada dé las magnificas
iluminaciones que contribuyen al esplendor de las solemnes fiestas que revelan el público
regocijo. </i>
</div></blockquote><p><br/>
<font color="navy"> <b> DESCRIPCIÓN DE LA JURA POR DIVERSOS ESCRITORES DECIMONÓNICOS.</font></b><p>
<b>El acto de la jura, más literariamente,</b> podemos encontrarlo en diversos autores decimonónicos, como Galdós, Mesonero Romanos, etc.<p>
Así lo relató <b>Benito Pérez Galdós</b> en "<a href="http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/un-faccioso-mas-y-algunos-frailes-menos--0/html/ff37f3d8-82b1-11df-acc7-002185ce6064_5.html#I_15_">Un faccioso más y algunos frailes menos</a>" <small>[Episodios Nacionales. Vol. X. Madrid: La Guirnalda, 1884, Cap. XIII. pp. 331 y 332-333]</small>:<p><br/>
<blockquote><div style="background-color: #E6E6E6; text-align: justify; border: 2px solid #a991af; padding:5px; ">
<b>Cap. XIII</b>.<p>
...<b>presenciar las grandiosas ceremonias de la jura de la Princesa Isabel, y las alegres fiestas de los tres días que siguieron al 20. </b>Todo lo vio y en todo metió las narices el bullicioso estudiante, desde la imponente función de San Jerónimo, hasta la justa de los maestrantes fuera de la puerta de Alcalá; desde la fiesta nacional de toros con caballeros en plaza, en la Mayor, hasta el simulacro militar. Cansado de tanto correr, durante los tres días, entró en el colegio, tomó la pluma, y enjaretó su famoso Discurso apologético macarrónico (...)<p>
Es lástima que no podamos dar a conocer en toda su extensión esta obra, que uno a sus gracias, el mérito de ser un precioso documento histórico, pues en ella está descrito con detalles mil el solemnísimo acto de la jura, y narradas las fiestas con que la monarquía quiso hacer memorable aquel suceso. Los personajes todos de la época, retratados en caricatura, dan mayor realce al discurso, y la intención perversa que en cada comentario campea, pinta el espíritu de un bando político que era en aquellos días, si no la mayoría, parte grande y granada de la Nación española. En la imposibilidad de transcribir la composición entera, daremos cuenta de ella según el arte y modo de la crítica ligera, haciendo resaltar algunas de sus caprichosas donosuras, y callando mucho de lo que contiene, por ser materia vedada a la publicidad.<p>
Empezaba describiendo la comitiva que salió del palacio de San Juan para San Jerónimo, el aspecto de este templo, la corte y su servidumbre, los obispos, los procuradores de las ciudades con voto en Cortes y los treinta títulos de Castilla que representaban la nobleza del reino. Luego venía el <i>Magister ceremoniarum</i>, el <i>Indiarum Patriarca</i>, el duque de Medinaceli (<i>Cœlico-Metinensi dux</i>) presidiendo a los nobles... «<i>Concurrebant cortesani frailesque</i>, decía el texto, <i>milites cum morrione atque canonici cum piporro. Turbamulta sequebat guardiarum Corporis cum ban doleris, et damarum caterva inter mayordomos miscuebatur». Pintando al Rey, que en su trono presidía el acto, se expresaba Rodriguín en estos irrespetuosos términos: «Regium estafermum in throno posuerunt. Inmovilis tanquam sacus furfuris lascivis oculis circunspicebat danarum pectorem quasi nudum et caritas guapas</i>». A Cristina y demás familia la nombraba en términos más irreverentes aún. «<i>Venus Partenopea, graciositer fecebat perendengues inter caballeritos, dum tenera Isabella pendebat a nodrizæ</i> <i>mamellis. Dominus Francisquitus cum Carlota ejus sedebat in aureo rincone. ¡Oh quantum erat inflammata Carlota propter vinum!</i>».<p>
<i>Conticuere omnes</i>, decía al narrar la ceremonia, y luego contaba cómo había jurado D. Francisco poniéndose de rodillas y extendiendo la mano sobre el crucifijo; cómo le había abrazado el Rey, cómo había el Infante besado la mano de Cristina y de la Princesa. Al llegar aquí lanzaba el autor una larga epifonema y luego ariadía: <i>Sic itur ad astra.</i><p>
Describía el desfilar de los Procuradores, obispos y grandes, que uno tras otro se adelantaban lentamente para jurar, sicut recua, y en el párrafo siguiente ponía la salida pública de la corte desde San Jerónimo hasta Palacio. <i>Cum repeto diem</i>, exclamaba parodiando a Ovidio, <i>agitantur in manibus castañuelæ meis</i>. La famosa función de toros con caballeros en plaza, espectáculo nuevo en Madrid por aquel tiempo, era tratada por D. Rodriguín con la amplitud que el caso merecía. No se libraron de sus dardos los caballeros rejoneadores, ni las damas que les apadrinaron, ni los alcaldes de Corte que dirigían la fiesta. No se dejó en el tintero ninguna de las partes de la fiesta, y en toda su charla macarrónica se veía claramente la idea de representar en el pobre toro aburrido y pinchado por todas partes al partido cristino, de quien daban cuenta al fin, rematándolo, los apostólicos, representados en el simbólico circo por espadas, picadores y puntilleros. <i>Plaudite cives</i>, decía al fin, <i>et ruant masones, turba mentecatorum.</i> Concluía este párrafo diciendo que pronto empezaría la corrida en los campos de batalla, y exclamaba: <i>Cedant cornu armæ</i>.<p>
No nos ocuparemos del resto de la composición porque su contenido es demasiado extenso y quizás harto desenfadado. Para completar su obra, el pícaro estudiante satirizó también al Comisario de Cruzada, Sr. Varela, <i>plena cruoris hirudo </i>(sanguijuela llena de sangre), que hizo cuantiosos donativos a los pobres para celebrar la jura; también flageló al general Castaños, nombrado duque de Bailén, y a todos los demás que recibieron mercedes en aquellos días. Y amenazándoles les decía en el último delirio macarrónico: <i>Jam vobis dicabitur misis,</i> ya os lo dirán de misas.</blockquote></div>
<p>
<br/>
Por su parte, de manera más prolija, <b>R. Mesonero Romanos</b> lo describirá en <a href="http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/memorias-de-un-setenton-natural-y-vecino-de-madrid--0/html/ffc4936a-82b1-11df-acc7-002185ce6064_15.html#I_76_">Memorias de un setentón, natural y vecino de Madrid, escritas por El Curioso Parlante</a>. <small>[Tomo Octavo y último. Madrid: Renacimiento, 1926, Cap. IX, 2, "La jura", pp. 116-125]</small>:<p><br/>
<blockquote
<div style="background-color: #E6E6E6; text-align: justify; border: 2px solid #a991af; padding:5px; ">
<b>Cap. IX, 2.<p></b>
Como era de esperar, toda la atención de Fernando, al volver a encargarse de las riendas del Gobierno después de su milagrosa y casi verdadera resurrección, se dirigió a <b>asegurar por todos los medios legales la sucesión de su augusta hija</b> y a desbaratar las esperanzas y los planes de sus contrarios.<p>
A este fin, lo primero que hubo de preocuparle fue la necesidad de <b>convocar las Cortes del Reino para que prestasen el juramento histórico y legal a la Princesa de Asturias</b>. Y a pesar de la repugnancia que en el ánimo del Monarca dominaba hacia todo lo que a Cortes sonase, y en medio de las dudas y vacilaciones que le combatían sobre la forma y modo de verificar dicha convocatoria, después de consultar al Supremo Consejo y a todas las corporaciones y personas más autorizadas, resolviose, al fin, a firmar <b>el Real decreto de 6 de Abril de aquel año (1833)</b>, por el cual <b>se convocaba, en la forma antigua, a los Prelados, Grandes, Títulos y Procuradores de las ciudades de voto, para el día 20 de Junio, en que, con arreglo al uso constante, habían de prestar juramento</b> <small>[esto es, en primer lugar, el clero, por sus prelados o altas dignidades; en segundo, los infantes, grandes y títulos, sin decirse ni expresarse en qué número, y en tercero y último, los procuradores o diputados de las ciudades y villas siguientes: Ávila, Burgos, Soria, Segovia, León, Zamora, Toro, Palencia, Salamanca, Valladolid, Guadalajara, Villa de Madrid, Cuenca, Toledo, Mérida, Trujillo, Granada, Sevilla, Córdoba, Jaén, Galicia, Murcia, Zaragoza, Fraga, Calatayud, Tarazona, Jaca, Teruel, Borja, Palma de Mallorca, Valencia, Peñíscola, Barcelona, Cervera, Tortosa, Lérida, Gerona y Tarragona: en todo, 37 ciudades, con 76 procuradores].</small><p>
Hecha la convocatoria y expedidos los llamamientos, la primera y grave dificultad en que hubo de tropezarse fue la negativa rotunda del infante D. Carlos, y la consiguiente de sus hijos y del infante D. Sebastián, a someterse a este acto; mas a ella se acudió expidiéndoles una Real licencia, en la cual se expresaba que «<i>habiendo solicitado el rey de Portugal el regreso de la Princesa de la Beyra, libre ya de la tutela de su hijo el infante D. Sebastián por el reciente matrimonio de este con la infanta de Nápoles (hermana de Cristina), venía S. M. en acceder a ello, autorizando a dicha señora para verificarlo así, y también se permitía al infante D. Carlos y su familia acompañar a su hermana a Lisboa</i>». En su consecuencia, y con este decoroso pretexto, salieron todos para la vecina capital portuguesa, de donde no regresaron más, a pesar de las reiteradas amonestaciones del Rey para que acudiesen a prestar el juramento, verificándolo sólo el infante D. Sebastián, contra la expresa voluntad de su madre la Princesa de la Beyra.<p>
El acto de la jura tuvo, en fin, efecto con una esplendidez y solemnidad de que sólo conservaban memoria los ancianos que habían presenciado, en 1789, la del príncipe don Fernando.<p>
<b>En la antigua y monumental iglesia de San Jerónimo del Prado</b>, única página del arte en el estilo ojival que se conserva en Madrid (y que por negligencia incomprensible se halla hoy en el más lamentable abandono y casi en ruina), preparada al efecto de una manera ostentosa hasta lo indecible con magníficas colgaduras y elegantes tribunas en los costados y a los pies de la iglesia para las diversas clases y personas convidadas, se hallaban reunidos, a las diez de la mañana del 20 de Junio, los Cardenales, Arzobispos y Obispos revestidos con magnificencia al lado del Evangelio, ocupando las cabeceras de los bancos, y en el de la Epístola, los Grandes y Títulos del Reino, con sus variados uniformes de gentileshombres o de maestrantes; seguían en ambos lados los procuradores de las ciudades, vestidos de rigorosa etiqueta, casaca redonda, algunas de seda o terciopelo negro, calzón y media del mismo color, y sombrero de tres picos; y a los pies de la iglesia, los Procuradores de Toledo, que habían de sostener la competencia con Burgos para prestar el juramento.<p>
En el presbiterio, al lado de la Epístola y bajo un rico dosel, se colocaron en tres sillones SS. MM. y la Princesa ISABEL, que era conducida de la mano por su augusta madre, y todos riquísimanente ataviados y seguidos de vistosa comitiva, en la cual llamaba la atención, por sus pintorescas y ricas sayas, el ama de lactancia que había criado a la Princesa y que había de sostenerla durante la ceremonia del juramento y besamanos. Cuatro sillones inmediatos fueron ocupados por los infantes D. Francisco de Paula y sus hijos D. Francisco de Asís y D. Enrique, y el infante D. Sebastián, y a los lados del trono, el duque de Frías, como conde de Oropesa, con el estoque Real levantado, y el duque de Medinaceli, designado para recibir el pleito-homenaje. Detrás, el capitán de guardias, los jefes de Palacio y los gentileshombres de cámara, los reyes de armas, colocados en lo alto de la escalera del presbiterio, y los maceros de la casa Real. Enfrente se hallaban los ministros del Consejo y Cámara de Castilla, de Indias, de Hacienda y de las Órdenes, y detrás, los capellanes de la capilla Real, formando el todo, con el conjunto de capisayos, togas y uniformes, un magnífico cuadro de solemnidad y de grandeza.<p>
En las elegantes y suntuosas tribunas, formadas a uno y otro lado y a los pies de la iglesia, hallábanse espléndidamente ataviadas las infantas D.ª Luisa Carlota y doña Amalia, tipo aquella de majestad y gentileza, y esta de hermosura y también de obesidad; las damas de la corte, el Cuerpo diplomático y los altos funcionarios civiles y militares, con las demás personas invitadas para asistir a esta solemnidad. -Yo merecí este favor a la amistad del gentilhombre D. Juan de Montenegro (el futuro ministro de la Guerra de D. Carlos, en Oñate), y puedo asegurar, según mis recuerdos, que, a pesar de haber presenciado después muchas solemnidades, en ninguna como en esta hallé representado todo el esplendor y la grandeza de la antigua monarquía castellana.<p>
Celebrada que fue la misa de pontifical por el Patriarca de las Indias, y entonando luego el himno <i>Veni Creator</i> por la excelente música de la Real capilla, se retiraron los Reyes por un breve espacio de tiempo, durante el cual se dispuso delante del altar y dando frente a la iglesia, una mesa cubierta de terciopelo carmesí con el misal abierto y crucifijo, y a su frente un rico sillón para el reverendo Patriarca, nombrado para recibir el juramento; y previa la lectura de la Escritura de este, que hizo en alta voz el ministro más antiguo de la Real Cámara de Castilla (que, si mal no recuerdo, era D. José Manuel de Arjona), los reyes de armas llamaron en primer lugar al infante D. Francisco. Este, haciendo una reverencia al altar, otra a SS. MM. y otra a las Cortes (reverencias <i>sui generis</i>, que consistían en encoger las corvas con bien poco airosa actitud), fue a arrodillarse delante de la mesa del Patriarca, y poniendo una mano sobre los Evangelios, pronunció el juramento: pasó luego a hincar la rodilla delante del Rey, y puestas las manos entre las de S. M., prestó el pleito-homenaje, besando su mano, la de la Reina y la de la Princesa, verificado lo cual Fernando echó sus brazos al cuello del Infante, y este se retiró para dar lugar a que le siguiesen en igual ceremonia sus hijos y D. Sebastián. Seguidamente los Cardenales y Prelados igual ceremonia, en pie delante del Rey, luego los Grandes y Títulos, y, en fin, los Procuradores de las Cortes, subiendo al presbiterio de dos en dos, mientras los reyes de armas decían en alta voz: «<i>Jura Ávila, jura Segovia</i>», etc. Los de Burgos y Toledo subieron emparejados para prestar el juramento en competencia; pero el Rey pronunció la sabia fórmula «<i>Jura Burgos, pues Toledo jurará cuando yo lo mande</i>», y así se hizo.<p>
Toda esta prolija ceremonia se verificó con la mayor gravedad y compostura, y no sin visible cansancio y hasta repugnancia de la augusta niña objeto de la solemnidad, que a las veces, viendo llegar a ella a los obispos y personajes para besar su mano, la escondía, y la cara también, o prorrumpía en llanto, que sus augustos padres procuraban calmar con su sonrisa. Terminada, en fin, la ceremonia, entonado el<i> Te Deum</i> por el Cardenal Arzobispo de Sevilla y la grandiosa capilla Real, se retiraron Sus Majestades, en medio de las más fervorosas aclamaciones, al contiguo palacio de San Juan, en el Buen Retiro, donde comieron, y a la tarde, marchando por el paseo del Prado, hicieron su entrada pública en Madrid con toda la magnífica comitiva que la corte de España ofrece en tales ocasiones, cubierta la carrera de tropas y de un gentío inmenso hasta el Real palacio, adonde llegaron a las ocho de la tarde en medio de las más entusiastas aclamaciones del pueblo.<p>
Las <i>funciones reales</i>, que se inauguraron aquel mismo día y duraron los restantes del mes, fueron en verdad sorprendentes y renovaron con creces las más solemnes del tiempo de la dinastía austriaca. Las corridas de toros por mañana y tarde durante cuatro días, en la plaza Mayor, decorada con asombroso lujo y elegancia y dispuestas por el Ayuntamiento con todos los requisitos propios de caballeros en plaza, apadrinados por la Grandeza y la villa de Madrid; comparsas vistosas acompañando a los padrinos; toros de las mejores ganaderías; los lidiadores más acreditados, entre los cuales brilló, acaso por primera vez, el joven Francisco Montes, alumno de la escuela sevillana; y, todo, en fin, el aparato que desplegaba en casos tales nuestra corte, fueron realmente un espectáculo sorprendente y grandioso. Con él alternaban, en los días de descanso, las ostentosas <i>justas de carrera y sortijas</i> a la antigua usanza, en el circo de la puerta de Alcalá, por los caballeros maestrantes de Ronda, de Sevilla, de Granada, de Valencia y Zaragoza, en que brillaron muchos por su destreza y gallardía.<p>
La municipalidad matritense dispuso también solemnes funciones teatrales en ambos coliseos, de la Cruz y del Príncipe, magníficos fuegos de artificio, cucañas, bailes y comparsas vistosísimas, y una suntuosa Mascarada Real en carros alegóricos, en cuya composición se había agotado todo el arsenal de la risueña mitología.<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjXj4_7_C2xbdn-aG5XPjs3cpV9SQ3XNQjpCWJY7XwPi9hwpufWMGsU3xXnW2yhyfs89NLZ2wy12PAgx7ddiwVRLPx1cptrujEejZY5RiGU0X9HrfUiI5e8tf4aDJ3jO5TJJCAedlQr2_CT/s1600/jura+de+isabel+ii+como+princesa+de+asturias%252C+acompa%25C3%25B1ada+de+Isabel+La+Cat%25C3%25B3lica.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjXj4_7_C2xbdn-aG5XPjs3cpV9SQ3XNQjpCWJY7XwPi9hwpufWMGsU3xXnW2yhyfs89NLZ2wy12PAgx7ddiwVRLPx1cptrujEejZY5RiGU0X9HrfUiI5e8tf4aDJ3jO5TJJCAedlQr2_CT/s1600/jura+de+isabel+ii+como+princesa+de+asturias%252C+acompa%25C3%25B1ada+de+Isabel+La+Cat%25C3%25B3lica.JPG" data-original-width="409" data-original-height="585" /></a></div>
Las iluminaciones de los edificios y palacios de la Grandeza dejaron atrás todo lo anteriormente conocido, y también por su índole especial eran más pintorescas que todas las que hemos visto después. Prolijo sería el intentar reseñarlas, y sólo haré mención de la que ofreció el espléndido Comisario de Cruzada, Sr. Varela, en su palacio de la plazuela del Conde de Barajas. Esta perspectiva, dispuesta con el mayor gusto y rica de accesorios, había sido dirigida por el eminente pintor de cámara D. Vicente López, y en su centro brillaba un inmenso cuadro admirablemente ejecutado al temple por el mismo pintor, en que <b>se veía a la insigne reina Isabel la Católica </b>-copia del único retrato contemporáneo de Rincón- <b>señalando a la princesa niña el templo de la inmortalidad</b> </i><small>[y que podemos ver en la litografía de la izquierda, de <a href="http://ceres.mcu.es/pages/ResultSearch?Museo=MNR&txtSimpleSearch=LA%20CATOLICA%20REYNA,%20CUYA%20HISTORIA%20Llena%20de%20noble%20orgullo%20al%20pueblo%20%EDbero,%20Gu%EDa%20%E1%20su%20nieta&simpleSearch=0&hipertextSearch=1&search=simple&MuseumsSearch=MNR%7C&MuseumsRolSearch=17&listaMuseos=%5BMuseo%20Nacional%20del%20Romanticismo%5D">Vicente María López Portaña</a>, reproducción del cuadro realizado por Vicente López que cita Mesonero Romanos]</small> con esta inscripción:<br/><p>
<blockquote>
<i> «La Católica Reina, cuya historia <br/>
Llena de noble orgullo al pueblo ibero, <br/>
Muestra a su nieta el templo de la gloria».</i><br/>
</blockquote>
Veíanse a los lados un sinnúmero de alegorías referentes a la toma de Granada, al descubrimiento del Nuevo Mundo, etc., y remataba la perspectiva con un ave fénix renaciendo de sus cenizas, con el lema a sus pies: <i>Post fata resurgo</i>, todo ello con tan brillante ejecución y exquisito gusto, que hacía honor al grande artista que la ejecutó y al ilustre prócer que la dispuso.<p>
A los últimos días del mes terminaron las fiestas con un magnífico simulacro en las afueras de la Puerta de Alcalá hasta las eras de Vicálvaro, figurando dos ejércitos, al mando de los generales <i>Sarsfiel y Freire</i> el de ataque, y al del conde de San Román y Quesada el de defensa, que presenció Fernando y su corte a la distancia prudente a que siempre le plugo colocarse, no sin decir con su acostumbrada socarronería y aludiendo al respectivo mérito militar de los generales de ambas divisiones: <i>«Pues... me paso al enemigo».</i>
</blockquote></div><p>
<br/><p><br/><p>
<b>BIBLIOGRAFÍA CITADA:</b><P><BR/>
Arellano, Carlos de. <a href="http://www.cervantesvirtual.com/obra/el-socorro-de-los-mantos/">El socorro de los Mantos</a>, in Parte treinta y vna de Comedias nueuas escritas por los mejores ingenios de España... Madrid: por Ioseph Fernandez de Buendia, 1669, p. 421-457.<p>
Bretón de los Herreros, Manuel. <a href="http://www.memoriademadrid.es/buscador.php?accion=VerFicha&id=151175&num_id=13&num_total=15">EL TEMPLO DE LA GLORIA</a>. Madrid: Imprenta de la calle del Amor de Dios, 1833.<br/>
___ . <a href="https://archive.org/details/eltriunfodelaino00bret">El Triunfo de la inocencia, drama alegórico, escrito por disposición del Excmo. Ayuntamiento de Madrid, para formar parte de los festejos con que esta heroica villa ha acordado celebrar la jura de la Excelsa Princesa Doña Maria Isabel Luisa, para representarse en el teatro del Principe el dia 23, ó 25 de junio de 1833.</a> Madrid: Imprenta de la calle del Amor de Dios, 1833.<p>
Carnerero, José María. <a href="https://books.google.es/books?id=bwnhziivEl4C&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false">El Pobre Pretendiente</a>. Madrid: Repullés, 1831.<p>
Duval. Alejandro. <href="https://archive.org/details/shakespeareenamo562duva">S[c]hakespeare enamorado</a>. Madrid: Repullés, 1843.<p>
Encima y Piedra, Victoriano de. <a href="https://bibliotecadigital.jcyl.es/es/consulta/registro.cmd?id=2092">De los sucesos del Real Sitio de San Ildefonso, o La Granja, a fines del año de 1832</a>. París: De Rosa, 1837.<p>
HEMEROTECA NACIONAL:<br/>
<blockquote>
• Diario Balear.<br/>
• El Correo.<br/>
• Gaceta de Madrid.<br/>
• La Revista Española.<br/>
•Mercurio de España.<br/>
</blockquote><p>
Martín, F. A. “Proyecto de monumento para conmemorar la Jura por las
Cortes de Doña Isabel como Princesa Heredera del Rey Fernando VII”, Reales Sitios, nº
137 (1998), pp. 55-65. <p>
Martínez de Velasco, Ángel. "La España de Fernando VII. La crisis del Antiguo Régimen (1808-1833), in Historia de España. Vol. 8. Madrid: Espasa-Calpe, 1999. <p>
Mellado, F. de Paula. <a href="https://books.google.es/books?id=n3W-txPV_wIC&pg=PA72&lpg=PA72&dq=obeliscos+de+isabel+ii+en+las+Delicias+de+la+Princesa&source=bl&ots=p0B4wmfGtJ&sig=9iai9gUXy9T9SUgLKfuYr5lkrTo&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwjG5PHnwfDVAhUJaVAKHTaeCQIQ6AEIVzAM#v=onepage&q=obeliscos%20de%20isabel%20ii%20en%20las%20Delicias%20de%20la%20Princesa&f=false">España geográfica, histórica, estadística y pintoresca: descripción de los pueblos más notables del reino...</a> Madrid: Mellado, 1845.<p>
Mesonero Romanos, R. <a href="http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/memorias-de-un-setenton-natural-y-vecino-de-madrid--0/html/ffc4936a-82b1-11df-acc7-002185ce6064_15.html#I_76_">Memorias de un setentón, natural y vecino de Madrid, escritas por El Curioso Parlante</a>. Tomo Octavo y último. Madrid: Renacimiento, 1926.<br/>
____. El antiguo Madrid. Paseos histórico-anecdóticos por las calles y casas de esta villa. Madrid: 1861.<p>
Panadero Peropadre, Nieves. "<a href="https://www.academia.edu/21885900/La_jura_de_Isabel_II_un_ensayo_de_transformaci%C3%B3n_en_la_fisonom%C3%ADa_urbana_de_Madrid?auto=download">La jura de Isabel II: un ensayo de transformación en la fisonomía urbana de Madrid</a>", in Bonet Correa, A. (coord.). Urbanismo e Historia Urbana en el mundo hispano: segundo simposio, 1982. Vol II. Madrid: Univ. Complutense, 1985, pp. 993-1010.<p>
Peña y Aguayo, José de la. <a href="https://books.google.es/books?id=MadYAAAAcAAJ&pg=PA43&lpg=PA43&dq=Discurso+hist%C3%B3rico-legal+sobre+el+derecho+de+la+Princesa+Isabel+Luisa+%C3%A1+la+sucesi%C3%B3n+de+la+corona+por+el+fallecimiento+sin+hijos+varones+de+su+padre&source=bl&ots=SOGTPlLNGb&sig=VsnXhOrjTKJqQPffyMpI4INsweQ&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwiUwvD6ivDVAhUKYlAKHZu2D7IQ6AEIKzAB#v=onepage&q=Discurso%20hist%C3%B3rico-legal%20sobre%20el%20derecho%20de%20la%20Princesa%20Isabel%20Luisa%20%C3%A1%20la%20sucesi%C3%B3n%20de%20la%20corona%20por%20el%20fallecimiento%20sin%20hijos%20varones%20de%20su%20padre&f=false">Discurso histórico-legal sobre el derecho de la Princesa Isabel Luisa á la sucesión de la corona por el fallecimiento sin hijos varones de su padre el Sr. D. Fernando VII...</a> Granada: F. de Benavides, 1833.<p>
Pérez Galdós, Benito. <a href="http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/un-faccioso-mas-y-algunos-frailes-menos--0/html/ff37f3d8-82b1-11df-acc7-002185ce6064_5.html#I_15_">Un faccioso más y algunos frailes menos</a>. Episodios Nacionales. Vol. X. Madrid: La Guirnalda, 1884.<p>
Scribe, Eugène y Delavigne, Casimir. Le vieux garçon et la petite fille ('<a href="http://bvpb.mcu.es/es/consulta/registro.cmd?id=448209">No mas Muchachos, ó El Solteron y la Niña</a>', arreglada por Manuel Bretón de los Herreros). Madrid: Repullés, 1833.<p>
Suárez Verdeguer, Federico "<a href="https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/2127620.pdf">El golpe de Estado de La Granja</a>", in Revista de Estudios Políticos, 35-36 (1947), pp. 63-126.<p>
Tussell, Javier et Sánchez Montero, R. Historia de España. Vol. 12: El siglo XIX. De la Guerra de la Independencia a la Revolución de 1868. Madrid: Espasa-Calpe, 2004.<p>
VV. AA. "<a href="https://books.google.es/books?id=hWQFFcGKCkYC&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false">Testimonio de las Actas de Córtes de 1789 sobre la sucesión en la Corona de España, y de los dictámenes dados sobre esta materia; publicado por Real Decreto de S. M. La Reina Ntra. Sra.</a>". Madrid: Imprenta Real, 1833.<p>
<br /></div>Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-24893918376913141142017-02-12T13:35:00.000+01:002017-08-25T15:51:34.206+02:00AÑO 1833. MANIFIESTO DE LOS PÚBLICOS FESTEJOS PREPARADOS POR LA VILLA DE MADRID PARA SOLEMNIZAR LA JURA COMO PRINCESA DE ASTURIAS DE ISABEL II.<div dir="ltr" style="text-align: justify;" trbidi="on">
<br/><p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh9rAne7eRsSb3DGq5dY4F46ZR_f3PwHoQuYbDENGSFLrzNBhV_PrYieqdXdG-qqc8LpGKqE1q4j9j0K9_d7pHrvzp5-DZsspM9apSOYUa_oUfwMDPMPreqfAl7uoYVQfuo3NLy_UVWjVCh/s1600/Manifiesto+de+la+jura.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh9rAne7eRsSb3DGq5dY4F46ZR_f3PwHoQuYbDENGSFLrzNBhV_PrYieqdXdG-qqc8LpGKqE1q4j9j0K9_d7pHrvzp5-DZsspM9apSOYUa_oUfwMDPMPreqfAl7uoYVQfuo3NLy_UVWjVCh/s400/Manifiesto+de+la+jura.JPG" width="278" height="400" data-original-width="492" data-original-height="708" /></a></div>
Reproducimos aquí, íntegramente, el "<a href="https://bibliotecadigital.jcyl.es/es/catalogo_imagenes/grupo.cmd?path=10079893">Manifiesto de los públicos festejos preparados por la M.N., M.L. y M.H. Villa de Madrid, para solemnizar la jura de la Serenísima Princesa Doña María Isabel Luisa de Borbón</a>", <code>[Madrid: Imprenta de la Calle del Amor de Dios, 1833]</code>, donde se da cuenta de todos los actos que fueron preparados por el Ayuntamiento de Madrid, con motivo de la Jura como Princesa de Asturias, de la que sería llamada luego reina Isabel II:<p>
<br/><p>
[PÁG. 3 ►]<i><BR/>
«La respetuosa adhesion de los españoles hácia los Augustos Soberanos que han ceñido á sus sienes la ilustre diadema de los ALFONSOS y los FERNANDOS es la mas grata herencia que transmiten á sus hijos, el timbre de que mas se han envanecido en todos tiempos, el laudable germen de sus virtudes y el generoso fundamento de sus esclarecidas hazañas. Llenos están los anales de gloriosos ejemplos que á las presentes y futuras generaciones atestiguan la lealtad castellana. La época presente bastaria á confirmarla, sin consultar las anteriores, si ya no fuese proverbial entre las naciones que justamente la admiran; y cuando todos los habitantes de Iberia cifran su orgullo en albergar tan nobles sentimientos, grabados en sus corazones con indelebles caractéres, ¿pudiera no abrigarlos y complacerse en su pública demostracion la Coronada Villa de Madrid, que como mas inmediata al Trono de SAN FERNANDO es la primera en participar de su influjo, regocijarse con sus glorias, ó compartir sus pesares? ¡Qué de testimonios pudiera enumerar Madrid de su innata fidelidad desde su antiquísima fundacion, y sobre to do desde que elevada por sus blasones al honroso título de Metrópoli de las Españas mereció ser residencia de sus<P>
</i>[PÁG. 4 ►]<i><BR/>
ínclitos SOBERANOS! Mas limitándonos al glorioso reinado del Rey Nuestro SEÑOR DON FERNANDO 7.º, ¿qué pueblo puede gloriarse de haber escedido á la Corte española en manifestarle su amor y gratitud? Madrid que con tanto entusiasmo celebró su exaltacion al Trono de RECAREDO, Madrid viéndole arrancado de su seno por la perfidia de un extrangero ambicioso lanzó el primer grito de guerra, de indignacion, de exterminio contra la alevosa hueste enemiga de la española independencia y de la AUGUSTA DINASTIA de BORBON. Madrid ostentó su entrañable alborozo al verá su Señor restituido á los
filiales brazos de sus vasallos, quebrantados felizmente los hierros de su ominosa esclavitud. Con no menor júbilo le
vió este pueblo recobrar el pleno ejercicio de su SOBERANIA, en que á despecho de una faccion tan ilusa como impotente fundó siempre su ventura la mayoría de la Nacion. La Capital de la Monarquía le recibió entre los vivas del triunfo, y como al Paladion de su futura felicidad, cuando sepultando para siempre á la hidra de la rebelion le vió tornará su regio alcazar y al dulce reposo obtenido con la espada del poder que sus manos paternales en lazaron con la Oliva de la clemencia. Madrid que habia llorado con su REY la prematura muerte de tres REINAS virtuosas, le acompañó con igual afecto en su gozo cuando resonaron en sus egregios lares los himnos epitalámicos que anunciaron su próspero consorcio con la bella, con la tierna y amorosa PRINCESA que vino á ser el consuelo de FERNANDO y el ídolo de la España, cuyos<p>
<a name='more'></a>
</i>[PÁG. 5 ►]<i><BR/>
fieles moradores no cesan de repetir los excelsos nombres de FERNANDO y CRISTINA, como los de sus númenes tutelares. Regocijada esta noble Villa en ver asegurada la directa sucesion del amado FERNANDO, tantas veces implorada del Altísimo, se apresuró á bendecir la dorada Cuna de MARÍA ISABEL, y las aclamaciones de la madrileña lealtad se unieron á los primeros arrullos que escuchó este anhelado fruto del mas venturoso himeneo, este precioso vástago destinado á heredar juntamente con las virtudes de sus REGIOS PADRES los vastos dominios que el Cielo les ha concedido en ambos mundos. El feliz nacimiento de la SERENÍSIMA SEÑORA INFANTA DOÑA MARÍA LUISA FERNANDA redobló la alegría de los madrileños; ¡mas cuál fue su dolor al ver amagados los preciosos dias de su SOBERANO Y PADRE por la mas aguda dolencia! Cayeron sobre sus corazones afligidos las amargas lágrimas que vertió CRISTINA sobre el triste lecho de su Esposo. Clamaron al Cielo entre angustias no les entregase á la mas deplorable horfandad privándoles de su idolatrado FERNANDO; y al ver otorgados tan ardientes votos, convirtieron sus gemidos en himnos de gratitud al Todopoderoso que con tan señalada predileccion conserva al digno NIETO del inmortal CARLOS TERCERO. Madrid se contempló en la cumbre de la felicidad cuando alejada del Tálamo Real la sañuda parca que iba á anegar á los españoles en mares de congojoso llanto, resonaron los gratos acentos de Augusta piedad y de generoso olvido con que el magnánimo FERNANDO, y en nombre la be-<p>
</i>[PÁG. 6 ►]<i><BR/>
néfica CRISTINA, hicieron indisolubles los fraternales vínculos que unen á sus caros súbditos en derredor del Solio
castellano. Poseido en fin de la mas cordial alegría, oyó Madrid la voz emanada del Trono, que por medio de la
Pragmática Sancion de 29 de Marzo de 1830 patentizó al Orbe los inconcusos, los Sagrados derechos de la PRINCESA PRIMOGÉNITA á la Diadema de sus preclaros ascendientes; derechos afianzados en las Leyes del reino y en las de la misma naturaleza. Constante pues esta heróica Villa en los principios de honor y de fidelidad que han sido siempre la norma de su conducta, se prepara no tan solo á prestar el debido pleito homenage á la SERENÍSIMA SEÑORA PRINCESA DOÑA MARÍA ISABEL
LUISA, segun lo mandado por Real Decreto de 4 de Abril del presente año, sino tambien á desahogar el júbilo que la enagena en alegres demostraciones de público regocijo, congratulándose con sus amados REYES en tan bienhadados momentos, y admirando en la tierna INFANTA á quien tributa sus reverentes obsequios la copia viva de las BERENGUELAS é ISABELES.<br/>
Colocado el Ayuntamiento de Madrid al frente de su heróico vecindario, y órgano fiel de los acendrados sentimientos que le animan, ha considerado como el primero y mas grato de sus deberes el expresarlos de la manera mas conforme á la lea[l]tad de que blasona y al alto objeto que los motiva. <br/>
A fin pues de celebrar con el esplendor y dignidad que corresponde á la Capital de una poderosa Monarquía la<p>
</i>[PÁG. 7 ►]<i><BR/>
SOLEMNE JURA DE LA SERENÍSIMA SEÑORA PRINCESA DOÑA MARÍA ISABEL LUISA DE BORBÓN, que con arreglo á lo decretado por el REY NUESTRO SEÑOR ha de celebrarse en la Iglesia del Real Monasterio de San Gerónimo el dia 20 del presente mes, nombró una Comision de su seno compuesta del Sr. <b>D.Domingo María Barrafon, Corregidor de esta heróica Villa</b>; el Excmo. Sr. Conde de Altamira, Alferez mayor; los Señores D. Diego del Rio, Decano; D.Juan Bautista Iturralde, y Don Juan Antonio Mendez, Regidores; D.Juan Antonio Cobian, y D.Luis Valdés, Diputados del comun; y D. Miguel de Llama, Secretario del Ayuntamiento, quienes en diferentes sesiones adoptaron las disposiciones que juzgaron oportunas al efecto, quedando aprobados sus proyectos por el Ayuntamiento pleno, y cometida la ejecucion de ellos á la Comision expresada despues de haber merecido la Soberana aceptacion. <br/>
No puede dudar el Ayuntamiento que todas las funciones acordadas se reputarán como otros tantos expresivos testimonios de la alta importancia que encierra una acta en que se vá á renovar la magestad de nuestros antiguas tiempos y costumbres; una acta presidida por el mismo SOBERANO, y celebrada por los miembros mas ilustres de la Iglesia y del Estado para ensalzar á la AUGUSTA PRIMOGÉNITA, cuyos incontestables derechos á la Corona de España se sancionan con sagrado juramento
á la faz del Orbe y ante las aras del ETERNO.<p>
El poderoso estímulo del mas vivo agradecimiento á<p>
</i>[PÁG. 8 ►]<i><BR/>
sus SOBERANOS por los no interrumpidos beneficios que dispensan al Ayuntamiento, no es el que menos le mueve á manifestar la suma satisfaccion que le cabe en tan prósperas y plausibles circunstancias; satisfaccion hija del cordial amor que profesa al mejor de los REYES, á su EXCELSA ESPOSA, y á su REAL DESCENDENCIA.<p>
</i>[PÁG. 9 ►]<i><BR/>
Los FESTEJOS ORDENADOS por la Comision referida son los siguientes.<p>
<b><font color="magenta"> ADORNOS DE LA CARRERA QUE HAN DE SEGUIR SS. M.M. EN LOS DIAS 20 Y 21 DEL PRESENTE MES DE JUNIO.</b></font><p><br/>
Determinada por el REY N. S. la Carrera que ha de seguir en la tarde del 19 del corriente, en que ha de trasladarse con su muy amada Esposa la REINA Ntra. Sra. y sus Augustas Hijas á la casa llamada de San Juan en el Real Sitio del Buen-Retiro, desde donde pasará en el siguiente á la Real Iglesia de San Gerónimo, en que se ha de celebrar la JURA de la Serenísima Señora Infanta DOÑA MARIA ISABEL LUISA como Princesa heredera de estos Reinos, determinando asímismo restituirse en la tarde del mismo dia 20 al Real Palacio por la Carrera de San Gerónimo, Puerta del Sol, Calle de Carretas, la de Atocha, Plaza Mayor y Platerías; puntos que igualmente recorrerá, dirigiéndose por la calle de Alcalá, en la tarde del inmediato dia 21, señalado por S. M. para su entrada pública, ha dispuesto el Ayuntamiento exornar los
sitios mas notables de la expresada Carrera en los términos que siguen.<p>
</i>[PÁG. 10 ►]<i><BR/>
<b>Fuente de la Plazuela de la rua.</b><p>
Situada esta fuente en una de las principales localidades de la poblacion, y atendiendo á su proximidad al Real
Palacio, requería algun adorno que diese á su conjunto mas agradable aspecto, sin separarse de la sencilla elegancia que exige la bella arquitectura. El que ha acordado la Comision de Festejos consiste en un gracioso Cenador ó Templete de figura semicircular, cuyo diámetro es de ochenta pies, dispuesto de manera que quede en el centro la expresada fuente, y dándole el aspecto de un edificio de antigua construccion, á cuyo fin se figura que ha crecido yerba entre la juntura de las piedras y que estas se han desgastado y obscurecido con el transcurso de los años. <p>
<b>Fuente de la Cárcel de Corte.</b><p>
El mismo objeto se ha propuesto el Ayuntamiento en la decoracion de esta fuente, que se reduce á un Templete gótico, en cuyo ámbito ha de quedar incluida. Consta de diez y seis columnas, que con las correspondientes divisiones dan entrada á los cuatro arcos principales de que se compone, con los adornos pertenecientes á la clase particular de su arquitectura.<p>
<b>Fuente de la Plazuela de Anton Martin.</b><p>
En la perspectiva que ha de darse á esta fuente se ha seguido tambien el carácter de un edificio gótico, pero sin el recargo de adornos comunes á las obras de este género<p>
</i>[PÁG. 11 ►]<i><BR/>
de arquitectura, y conciliando la sencillez con la visualidad como en las fuentes anteriores.<p>
<b>Fuente de la Puerta del Sol.</b><p>
Por ser este uno de los puntos mas céntricos y concurridos de la Villa, mediando ademas la circunstancia de estar aprobada por S. M. la idea de un monumento que para substituirlo á la expresada fuente propuso á su regio beneplácito el Ayuntamiento, deseoso de perpetuar el fausto natalicio de la Serenísima Señora DOÑA MARÍA ISABEL, era justo que mereciese particular consideracion á la Junta de Festejos; y en consecuencia ha juzgado muy á propósito el adelantar en cierto modo el citado monumento, proyectado en dicha época por el Arquitecto mayor de esta Villa D. Francisco Javier Mariategui, verificando en lienzo el plan que se ha de seguir en la formal construccion del mismo; y se reduce á un gran Zócalo sobre el cual se eleva un hermoso pedestal que recibe la estátua pedestre de nuestro amado SOBERANO. En el citado pedestal se leerá la siguiente inscripcion, compuesta por el Sr. D. Juan Bautista Arriaza:<p>
<blockquote>
EL REY VUELTO A LA VIDA <BR/>
POR LOS DESVELOS DE CRISTINA AMADA;<BR/>
LA SUCESION ANTIGUA RESTAURADA<BR/>
EN UNA HIJA QUERIDA;<BR/>
MADRID GOZOSA AL BRONCE LO ENCOMIENDA<BR/>
QUE DEL TIEMPO Y OLVIDO LO DEFIENDA.
</blockquote><p>
</i>[PÁG. 12 ►]<i><BR/>
<b>Subida de San Gerónimo.</b><p>
En este hermoso punto de vista se ha dispuesto una dilatada galería de arcos góticos que arranca desde el sitio comprendido entre las casas de los Excmos. Sres. Duques de Medinaceli y de Villahermosa, hasta la subida al expresado Real Monasterio, cuyo órden y construccion se destinan señaladamente para proporcionar la mas agradable visualidad á la iluminacion determinada para dicha galería.<p>
<font color="magenta"><b>OTROS ADORNOS DE LA CARRERA</b></font><p>
<b>Plaza Real.</b><p>
Todos los balcones de esta bella y espaciosa Plaza hasta el piso tercero, estarán cubiertos con paño fino de grana, y en su extremo galon y fleco de oro. En medio del paño de los balcones principales se verá ademas una faja de oro de una tercia de ancho, y en el centro de esta faja una cinta azul 'Cristina'. La barandilla del tejado que recorre todos sus cuatro ángulos se cubrirá con holandilla de los mismos colores azul y blanco con que se ha pintado la barrera. <p>
Los balcones de los cuartos y quintos pisos, de las fachadas que los tienen, se adornarán del modo mas conforme al resto de la colgadura. La de la parte de dicha Plaza que comprende la casa de Panadería no entra en<p>
</i>[PÁG. 13 ►]<i><BR/>
esta descripcion, respecto á que ha de ser adornada por cuenta de la Real Casa. <p>
Las Casas Consistoriales aparecerán igualmente colgadas con la suntuosa elegancia que merece la solemnidad de tan memorable acto.<p>
<font color="magenta"><b>ADORNOS DE OTROS PUNTOS DE ESTA CAPITAL NO COMPRENDIDOS EN LA CARRERA</b></font><p>
<b>Paseo nuevo de la Puerta de Recoletos.</b><p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjplg5snQm2g8vn5QgXoTzv7yDJD2A6dJjldLkycZZkUowp314YqVSilJwOs3Vr3AaB_GvYCa0F0m3c1GcAe3HrFfBqJsEPnBTZ-qlY5GVyFjIi7oYuCRaYOUlnQzACSe8qswhGxi_6NfFe/s1600/FUENTE+CASTELLANA-GRABADO-1833-BNE-HUM+2014.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjplg5snQm2g8vn5QgXoTzv7yDJD2A6dJjldLkycZZkUowp314YqVSilJwOs3Vr3AaB_GvYCa0F0m3c1GcAe3HrFfBqJsEPnBTZ-qlY5GVyFjIi7oYuCRaYOUlnQzACSe8qswhGxi_6NfFe/s400/FUENTE+CASTELLANA-GRABADO-1833-BNE-HUM+2014.JPG" width="400" height="294" data-original-width="883" data-original-height="649" /></a></div>
Habiendo de erigir esta M. H. Villa un bello Obelisco en memoria de la Serenísima Señora Princesa DOÑA MARÍA ISABEL LUISA, el cual debe construirse en la Plazuela, ó Glorieta del nuevo paseo fuera de la puerta de Recoletos, llamado 'Delicias de la Princesa'; y penetrado el Corregidor de Madrid del mas vivo agradecimiento á los Reyes NN. SS, por haberse dignado aprobar un proyecto que tantas ventajas ofrece á la belleza y salubridad de la poblacion, ha obtenido en nombré del Ayuntamiento su Real beneplácito para verificar en perspectiva de lienzo y madera tan digno monumento, á fin
de que se vea el efecto que ha de hacer dicha obra empezada ya de piedra de sillería, y también con el objeto de dar mayor celebridad á la JURA de la AUGUSTA PRINCESA. La inscripcion que ha de leerse en el Obelisco es la siguiente:<p>
</i>[PÁG. 14 ►]<i><P>
<BLOCKQUOTE>
A IMPULSO DE LA ILUSTRADA MUNIFICENCIA<BR/>
DE LOS EXCELSOS REYES<BR/>
D. FERNANDO 7º Y Dª MARÍA CRISTINA DE BORBON,<BR/>
BAJO LOS AUSPICIOS DE SU AUGUSTA HIJA PRIMOGÉNITA<BR/>
DOÑA MARIA ISABEL LUISA<BR/>
PARA ALIVIO DE LOS POBRES<BR/>
Y EMBELLECIMIENTO DE LA CAPITAL<BR/>
SE EMPEZÓ Y CONCLUYÓ ESTE PASEO<BR/>
LLAMADO DELICIAS DE LA PRINCESA<BR/>
AÑO DE MDCCCXXXIII.
</BLOCKQUOTE><P>
No se hace mencion, por falta de los datos necesarios, de otros bellos y suntuosos adornos que preparan para embellecer las fachadas de los principales edificios de esta Capital, los Grandes de España, títulos, altos funcionarios, corporaciones notables y vecinos acomodados á quienes respectivamente pertenecen pero la Comision está íntimamente persuadida de la noble emulacion con que todos se complacen en cooperar al mayor lucimiento de los públicos festejos.<p>
<font color="magenta"><b>ILUMINACIONES.</b></font><p>
En la noche del dia de la JURA y en las dos siguientes habrá iluminacion general segun lo tiene ordenado S. M. siendo de cuenta del Ayuntamiento la correspondiente á la galería de arcos de que ya se ha hecho mencion, erigida en el espacio que media desde las últimas casas de
</i>[PÁG. 15 ►]<i><br/>
la Carrera de San Gerónimo hasta la subida al Monasterio del mismo nombre, empleándose en el alumbrado de dicho punto mas de cuarenta mil vasos de diversos colores que ofrezcan una magnífica y brillante perspectiva.<p>
Tambien se iluminará todo el Salon del Prado, en cuyo hermoso paseo ha dispuesto la Comision de Reales Festejos que mientras duren estos haya por las noches velada, ó llámese feria, formada de puestos públicos, adornados de cuenta de los interesados que gusten colocarlos, con el fin de proporcionar al heróico vecindario de Madrid un inocente recreo semejante al que disfrutan algunos pueblos principales de Andalucía en varias noches del estío, y señaladamente en las de la víspera y dia de San Juan Bautista.<p>
<b>Nueva fuente Isabel.</b><p>
Otro de los edificios públicos que por acuerdo de la Comision han de decorarse é iluminarse vistosamente en las noches citadas es la nueva fuente ISABEL, cuya vista no puede menos de ser muy grata á un vecindario tan amante de sus REYES, pues eterniza el caro nombre de la PRINCESA en quien la Providencia ha asegurado la directa sucesion de FERNANDO.<p>
Para celebrar el Ayuntamiento de Madrid el primer aniversario de tan deseado natalicio, y obtenida la Soberana aprobacion, hizo colocar la primera piedra de esta hermosa fuente con el debido ceremonial el dia 10 de Octubre de 1831; y en igual dia del siguiente año fue solemnemente inaugurada entre los vivas de un numeroso concurso, considerándola, á par del Ayuntamiento, como un emblema del perene raudal de felicidades que promete á la España tan fausto acontecimiento.<p>
</i>[PÁG. 16 ►]<i><br/>
Asímismo se iluminarán á expensas del Excelentísimo Ayuntamiento <b>las fuentes situadas en la Plazuela de la Villa, en la de Anton Martin y en la de Santa Cruz, las Casas Consistoriales y la Plaza Real</b>. El alumbrado de esta última será de hachas de cera de cuatro pávilos, que colocadas en Candelabros construidos al intento arderán hasta las doce de la noche, debiendo anunciarse en cada una de ellas el momento de la iluminacion general por medio de repique de Campanas en todas las Iglesias de esta Capital. <p>
Así como no han tenido lugar en este manifiesto las descripciones de los adornos que se proyectan en otros muchos edificios principales, por no estar á cargo del Ayuntamiento, tampoco se expresan las diferentes iluminaciones particulares y los planes adoptados para ellas por los personages y corporaciones que han de realizarlos.<p>
<font color="magenta"><b>FUNCIONES RELIGIOSAS.</b></font><p>
En el dia de su entrada pública pasarán SS. MM. y AA. al templo de Santa María de la Almudena á dar gracias al Omnipotente; y celebrará en el de Nuestra Señora de Atocha un solemne 'Te Deum' á toda orquesta con asistencia del Excelentísimo Ayuntamiento é Ilustrísimo Cabildo Eclesiástico.<p>
</i>[PÁG. 17 ►]<i><p>
<font color="magenta"><b>FUEGOS ARTIFICIALES.</b></font><p>
En consecuencia á lo resuelto por S. M., ha dispuesto la Comision de Festejos que en la noche del 20 y en la del siguiente 21, en la Plaza de Oriente, y á la hora que S.M. se sirva designar, se ejecuten diversidad de fuegos artificiales alusivos á las prósperas circunstancias que se solemnizan, dispuestos y ejecutados con todo el primor
de que es susceptible el arte pirotécnico. En las variadas perspectivas que dichos fuegos han de presentar, y ademas de las siguientes inscripciones:<br/>
<blockquote>
A FERNANDO VII,
A MARÍA CRISTINA,
A MARÍA ISABEL,
</blockquote>
se leerán estos versos:
<blockquote>
MADRID
A ISABELA SEGUNDA, A LA HEREDERA
POR LEY Y VOTOS DE LA ESPAÑA ENTERA.
MADRID
A LA PRINCESA BELLA,
IRIS DE PAZ Y REFULGENTE ESTRELLA.
</BLOCKQUOTE><P>
<font color="magenta"><b>CORRIDAS DE TOROS.</b></font><p><br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhCDHzfzBNxQkkUFD6w2MIMFlpBXOstv1dzCCthKLjogAr6IRpfTtdxnOpogHRwd8MBiNOZqgy4L8sXOCjKGmE2FV8JNbEW3WdxsH456h8PkgVJ45u-iMmaCYPbbNK3CHSaYosPSPmi8xiS/s1600/toros.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhCDHzfzBNxQkkUFD6w2MIMFlpBXOstv1dzCCthKLjogAr6IRpfTtdxnOpogHRwd8MBiNOZqgy4L8sXOCjKGmE2FV8JNbEW3WdxsH456h8PkgVJ45u-iMmaCYPbbNK3CHSaYosPSPmi8xiS/s1600/toros.jpg" data-original-width="600" data-original-height="433" /></a></div><p><br/>
En la tarde del dia 22 se ejecutará en la Plaza Real, y en presencia de SS. MM., la gran funcion de esta clase, que se prepara á semejanza y con no menor magnificencia que la ejecutada en 1789 para solemnizar la JURA del REY N. S., sin omitir las suertes de quebrar rejoncillos,<p>
</i>[PÁG. 18 ►]<i><br/>
á cuyo efecto ha nombrado S. M. cuatro 'Caballeros en plaza'. La descripcion de los pormenores de esta fiesta Real será objeto de un programa particular.<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhGGTQSCt2BUwCCH9WG3B-mh_LViH9f0Kpej8mbsaVqgTzqt2KAO-YtHb6x7E2yvqAVe4ut-HJAt681sKFTNRqC0biAy0wC-Xv_FxHndzeYW8H-bzskZ-Pn460j6MoMUkhZtVaxHmY2Uidr/s1600/toros-2.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhGGTQSCt2BUwCCH9WG3B-mh_LViH9f0Kpej8mbsaVqgTzqt2KAO-YtHb6x7E2yvqAVe4ut-HJAt681sKFTNRqC0biAy0wC-Xv_FxHndzeYW8H-bzskZ-Pn460j6MoMUkhZtVaxHmY2Uidr/s400/toros-2.jpg" width="400" height="300" data-original-width="600" data-original-height="450" /></a></div>
A fin de que este espectáculo extraordinario se verifique con la grandiosidad y régio aparato que requiere, se ha procedido á la formacion de tendidos y cierre general de dicha Real Plaza, cuyas dimensiones son de cuatrocientos treinta y cuatro pies de longitud por trescientos dos de latitud; y siendo su figura geométrica la de un paralelógramo, resulta una superficie de ciento treinta y un mil sesenta y ocho pies, quedando un espacio de ochenta ysiete mil ochocientos veinte y dos pies para la lid. Las obras que ha sido necesario practicar en este punto son mucho mas considerables en esta ocasion que lo fueron en otras funciones Reales, mediante á que, ocupado el Ayuntamiento en la reedificacion de la misma Real Plaza, quedaba una línea de ciento treinta y siete pies y medio de solares, sobre los cuales ha habido que construir de madera un edificio que, semejante á los puntos latera les de la obra, hiciese juego con ellos. La misma operacion se ha hecho precisa en el cierre de la calle de Boteros, resultando de lo dicho haberse efectuado ciento y sesenta pies de alzados en ambos puntos. Para proporcionar el mejor servicio y comodidad mayor de los lidiadores se ha desempedrado toda la parte de la Plaza en que deben maniobrar, regularizando el pavimento por medio del arado con el mayor esmero.<p>
S. M. se ha dignado concederá la Villa de Madrid el producto de otras dos corridas de Toros, en la misma Plaza Real, con el objeto de que se indemnice en parte de los gastos que se la originan; y estas corridas se verificarán en los dias 25 y 25 del mismo mes de Junio actual.<p>
</i>[PÁG. 19 ►]<i><p>
<font color="magenta"><b>FUNCIONES TEATRALES.</b></font><p>
En las noches que SS. MM. han determinado honrar con su asistencia los teatros de esta Capital estarán ambos adornados con todo el primor y elegancia posibles y perfectamente iluminados; habiéndose providenciado se decoren en uno y otro coliseo con igual esmero así las escaleras por donde han de transitar tan Augustos Espectadores, como el local destinado á su desahogo en los intermedios. Al entrar SS. MM. en sus palcos ricamente decorados se desprenderán por todas partes gran número de impresos con composiciones poéticas que el entusiasmo de tan solemnes circunstancias ha inspirado á los ingenios españoles deseosos de tributar este afectuoso homenage á la SERENÍSIMA PRINCESA y á sus egregios PADRES.<p>
Las funciones dispuestas con tan sublime objeto en cada uno de dichos teatros son las que á continuacion se expresan; y se ejecutarán en las noches del 23 y 25 del actual, quedando reservado á S. M. el resolver cual de las dos funciones ha de ser la primera que se ejecute.<p>
<b>
Teatro de la Cruz.</b><p>
Dará principio el espectáculo con el drama alegórico alusivo á la Real JURA de la Augusta Princesa Doña MARIA ISABEL LUISA, titulado 'El Templo de la Gloria', su autor D. Manuel Breton de los Herreros. Este drama será exornado con todo el aparato que exige su argumento. En seguida cantarán un himno los alumnos del Real Conservatorio de Música MARÍA CRISTINA.<p>
</i>[PÁG. 20 ►]<i><br/>
Despues se ejecutará la comedia entres actos titulada 'El Socorro de los Mantos'; dando fin con 'El Tapiz', pieza
cómica en un acto.<p>
<b>Teatro del Príncipe.</b><p>
Se principiará la funcion con otro drama alegórico del mismo autor, tambien de grande espectáculo, y alusivo á
la expresada JURA, titulado 'El Triunfo de la Inocencia'. A continuacion cantarán otro himno los alumnos del referido Real Conservatorio. Seguirá la comedia en un acto titulada 'Schakespeare enamorado'. Concluida esta se representará la pieza cómica, igualmente en un acto, titulada 'No mas Muchachos, ó El Solteron y la Niña'; y por fin de fiesta otra pieza cómica, tambien en un acto, denominada 'El Pobre Pretendiente'. <p>
En ambos teatros estarán prontas doce parejas de bailarines para ejecutar en los intermedios toda clase de bailes nacionales al arbitrio de S. M.<p>
Las funciones dramáticas que se preparan para alternar con las ya referidas en dias de tanto regocijo serán de las mas variadas y escogidas; y para que entre ellas no carezca el público de las de música no ha omitido gastos ni desvelos el Ayuntamiento á fin de ajustar y reunir con la posible anticipacion una selecta compañía de Opera Italiana, que principará sus tareas en la noche del 20 con la grande Opera de Rossini titulada 'Semíramis'.<p>
</i>[PÁG. 21 ►]<i><p>
<font color="magenta"><b>MÁSCARA REAL.</b></font><p>
Deseosa la Comision de Festejos de celebrar por cuantos medios están á su alcance y le sugiere su lealtad la solemne JURA de tan amada PRINCESA ha ordenado entre las demas funciones una Máscara Real alusiva á tan felices circunstancias, dispuesta en los términos siguientes.<p>
La Máscara Real recorrerá la expresada Carrera en la noche del 24,y constará de trés Secciones.<p>
<b>Primera Sección.</b><p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjB1oNnaIquK1OUS-3HMOYmESSHDVvo5NbI5nS_1bRjr-NzD2tVfeT_4mimO_aoOsMNjNmM5C4spZrHMZpkTjDgDOrrwmcLW4mEJ9KQOwUEFcPHTmfLJPVwvimmK5IZG82Vnm4q9XzdwSK5/s1600/carrozxa-1.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjB1oNnaIquK1OUS-3HMOYmESSHDVvo5NbI5nS_1bRjr-NzD2tVfeT_4mimO_aoOsMNjNmM5C4spZrHMZpkTjDgDOrrwmcLW4mEJ9KQOwUEFcPHTmfLJPVwvimmK5IZG82Vnm4q9XzdwSK5/s400/carrozxa-1.JPG" width="400" height="281" data-original-width="452" data-original-height="317" /></a></div>
Abrirá la marcha una brillante música militar. Seguirá una comparsa de guerreros vestidos y armados á la antigua, en representacion de la constante lealtad del ejército Español para con sus amados Reyes, en cuya defensa está siempre dispuesto á verter la última gota de su sangre, y aludiendo tambien á las inmortales glorias de esta nacion valerosa. Seguirá á los guerreros un grupo de Genios coronados de flores, y derramándôlas en todas direcciones; con cuyo emblema se significan los blandos Céfiros, los tiernos amores y las inocentes risas que circundan y embellecen la dorada Cuna en que crece, reservada al Trono de Recaredo, y á colmar la ventura de sus súbditos, la adorada hija de FERNANDO y de CRISTNA. <p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgxwc54YuAUUOtmlmFFNqZYxVB0Wyw-yxHuDQFt436hxmUGL-Or_LLvRanl6K1eR6reLUbLUtZ39SDLYC0P7p9xb2s6YOi89yDwp4tQoXYuKG_GE8wloty39hetoUXoKcGtmh6FikYws_ni/s1600/carro-1-1.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgxwc54YuAUUOtmlmFFNqZYxVB0Wyw-yxHuDQFt436hxmUGL-Or_LLvRanl6K1eR6reLUbLUtZ39SDLYC0P7p9xb2s6YOi89yDwp4tQoXYuKG_GE8wloty39hetoUXoKcGtmh6FikYws_ni/s400/carro-1-1.JPG" width="400" height="265" data-original-width="1306" data-original-height="864" /></a></div>
En un Carro fulgente irá la Aurora con el cabello suelto y una antorcha en la mano derecha, llevando á sus pies el Sueño y la Noche, representados por una matrona y un jóven vestidos alegóricamente. En derredor del Carro irán las Horas y las Gracias con los atributos que á unas y otras pertenecen.<p>
</i>[PÁG. 22 ►]<i><br/>
Con esta alegoría se demuestra que la PRINCESA, objeto de nuestro amor, es consuelo y esperanza del Trono en que ha nacido, y de los pueblos que un dia bendecirán su Imperio, así como la Aurora vivifica y embellece los campos que ilumina. En las imágenes del Sueño y de la Noche se representan la ignorancia, los recelos, los quiméricos designios, las ilusiones y los delitos que engendran estas dos divinidades del Averno, cuyo influjo ha desaparecido, como las tinieblas á vista de la luz, desde que plugo á la Providencia fecundar el lecho de FERNANDO, y sobre todo desde que el Pueblo Español ha visto felizmente restablecida la salud de sumas amado Rey, y colmados los votos de su tierra y solícita ESPOSA. Las Ninfas que rodean el Carro son símbolo de las horas bienhadadas que van á suceder á las que fueron, no ha mucho, horas de amargura, y las gracias que en la tierna ISABEL ha prodigado la naturaleza.<p>
<b>Segunda Sección.</b><p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEim5qBxoopmbYOyuvSvqw3I-sRPYUbZdPlGQ7HII25pfG8V7yJfdmYb8NE4m1Fd58s6JYHJgl4f-PvYzc6W7tYE7aaBrJTevEI-MKyoa8Q7xWl-NVO6veDacHdZ-OdpWO6OgNY9VpvsX4bB/s1600/carro-2.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEim5qBxoopmbYOyuvSvqw3I-sRPYUbZdPlGQ7HII25pfG8V7yJfdmYb8NE4m1Fd58s6JYHJgl4f-PvYzc6W7tYE7aaBrJTevEI-MKyoa8Q7xWl-NVO6veDacHdZ-OdpWO6OgNY9VpvsX4bB/s400/carro-2.JPG" width="400" height="223" data-original-width="525" data-original-height="293" /></a></div>
Precedidas de otra banda de música militar caminarán regocijadas varias cuadrillas, compuestas de pastores, labradores, jardineros, marineros y artesanos con sus correspondientes trajes y con los instrumentos de sus respectivos oficios. En seguida la Arquitectura, la Pintura y la Escultura con sus atributos, y detrás de esta comitiva otro suntuoso Carro, en cuyo centro aparecerá Mercurio con el Caduceo, los talares &c., Ceres coronada de espigas, con la hoz en la mano, y Flora ceñida de guirnaldas.<p>
Este cuadro alegórico denota la lisongera perspectiva que ofrece á España la directa sucesion de unos REYES tan amantes de las artes consoladoras. La comparsa de pas-<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhWLoNOOOGmHuRPujzHa5FA_Au5WvP77nn07KW2_674DkihegGcHn0hYqC30iDaGqpYFQYHvXpmYo8hka3fipUv_QvzRhuz_73nKe3Ih8T4b7NnyrrIoGjJQMhSwWJYim99X6z2gJS0Hj-q/s1600/carro-2-2.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhWLoNOOOGmHuRPujzHa5FA_Au5WvP77nn07KW2_674DkihegGcHn0hYqC30iDaGqpYFQYHvXpmYo8hka3fipUv_QvzRhuz_73nKe3Ih8T4b7NnyrrIoGjJQMhSwWJYim99X6z2gJS0Hj-q/s400/carro-2-2.JPG" width="400" height="266" data-original-width="1300" data-original-height="863" /></a></div>
</i>[PÁG. 23 ►]<i><br/>
tores y labradores, bendice á Céres como á Diosa de la Agricultura, fuente inexhausta de la pública felicidad, presintiendo sus progresos en el fértil suelo español, el fomento de nuestros ganados y la mejora de sus preciosas lanas: los jardineros, adorando á Flora, significan que una PRINCESA en cuya frente resplandecen la hermosura, el candor, y la pureza, debe ser tan grata á los Españoles, como era á los gentiles la divinidad de quien en su creencia procedian los dones de la prolífica y apacible Primavera: los marineros y artesanos precediendo al Carro de Mercurio, Dios de la Industria y del Comercio, se recrean con la plácida esperanza de la decidida proteccion que, imitando á sus ínclitos PADRES, dispensará la jurada PRINCESA á estos elementos de riqueza; ypor último la Pintura, la Escultura y la Arquitectura, laureadas, manifiestan que su real munificencia producirá otra edad de oro para las bellas artes, hijas de la prosperidad y de la abundancia.<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjmxrqScHBKOLLEDjLo3UaKwcLKwGlUcQPKiX7LG6rdeRpMs2GKN7lKiJIsc9Raiy-0Q_e_guh7nW14ySLFUUYL8LWvAPxbWECiNu2RhIhtt_A54VD5pI0ELLZCF4y3TV1Z-g1qM9MD5dQx/s1600/carro-3-1.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjmxrqScHBKOLLEDjLo3UaKwcLKwGlUcQPKiX7LG6rdeRpMs2GKN7lKiJIsc9Raiy-0Q_e_guh7nW14ySLFUUYL8LWvAPxbWECiNu2RhIhtt_A54VD5pI0ELLZCF4y3TV1Z-g1qM9MD5dQx/s400/carro-3-1.JPG" width="400" height="235" data-original-width="645" data-original-height="379" /></a></div>
<b>Tercera Sección</b>.<p>
A otra banda de música seguirán comparsas de Romanos y Sabinos vestidos con la austera sencillez que distinguía á aquellos pueblos en el reinado de Rómulo y Tacio. Estas parejas, recordando la alianza mas célebre que refieren las antiguas historias, aluden á la entrañable union con que las Provincias que componen la vasta Monarquía Española rivalizan en amor y fidelidad al gran FERNANDO, á la benéfica CRISTINA y á su regia prole; y manifiestan que si una ISABEL, de gloriosa memoria, reunió bajo una sola Corona los Reinos de Castilla y Aragon, otra ISABEL,digna de ser llamada Nieta suya, logra estrechar tan halagüeños lazos aun antes de ceñir á sus sienes<p>
</i>[PÁG. 24 ►]<i><br/>
la Corona. A continuacion marchará otra lucida comparsa de Españoles á la antigua, y de Americanos con su primitivo trage, para demostrar que los benéficos rayos del nuevo astro que brilla en el Solio Español, no se limitan á un solo hemisferio.<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhIiZO6jxWZiOmP8rUGP4wnGPCPxC7aqlzK6xX5yewnCvOYGorayGNLqmk-d5UofBp_eBWOPpzZ4ljuHx1WDK1KMueIWikODNbGADiaFWW9zidRx-c6Bv9wSxk-tiaMWpZI4gO6Ngkg5UK1/s1600/carro-3-3.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhIiZO6jxWZiOmP8rUGP4wnGPCPxC7aqlzK6xX5yewnCvOYGorayGNLqmk-d5UofBp_eBWOPpzZ4ljuHx1WDK1KMueIWikODNbGADiaFWW9zidRx-c6Bv9wSxk-tiaMWpZI4gO6Ngkg5UK1/s400/carro-3-3.JPG" width="400" height="266" data-original-width="1297" data-original-height="862" /></a></div>
Las parejas de la primera comparsa llevarán báculos con una cigüeña en su estremo, símbolo de la gratitud entre los gentiles, y asímismo navetas con incienso y vasos para las libaciones; todo en demostracion de agradecimiento al Cielo por haber colmado los votos de la Monarquía. Las parejas de Americanos y Españoles, llevarán mármoles, medallas y pergaminos, como monumentos que han de llevar hasta las mas remotas generaciones el egregio nombre de BORBON, su grandeza y sus hechos esclarecidos. Seguirá una danza de Genios y Ninfas, y á continuacion se verá el tercer Carro, mas bello y magnífico que los precedentes. Este Carro será ocupado por cuatro matronas representando las virtudes Cardinales, todas con sus correspondientes atributos. En la parte superior se verá sentada la estátua de la Concordia, teniendo á sus plantas dos Leones que sujetan cada uno un globo, y llevando en sus manos un haz de varas semejante al de los Lictores Romanos, pero cuyos remates son cálices de varias flores. Le adornan á cada lado dos urnas de perfumes. El arranque de dos brillantes semicírculos con los colores del arco Iris sostiene el dosel, en cuya circunferencia se leerá con caractéres dorados esta inscripcion: LA CONCORDIA HACE LA FELICIDAD DE LOS ESTADOS. Rodearán la carroza cuatro figuras que representarán el Honor Español, nueva garantía de los derechos de ISABEL, cimentados en las leyes y costumbres patrias, el Poder de esta Monarquía respetado siempre por<p>
</i>[PÁG. 25 ►]<i><br/>
las naciones extrangeras; la Amistad, en señal de la que debe reinar entre los Príncipes para bien de sus dominios
respectivos; y la Abundancia, que solo puede existir en el seno de la paz y de las virtudes.<p>
El sentido de esta alegoría no es dudoso. Los designios nacidos de quiméricas ilusiones, y el temor de los males que intentaban producir, han desaparecido de to do punto al aspecto de una Prenda de amor, dulce signo de paz y de alianza, bajo el cual, hundida para siempre en el abismo la feroz Discordia, obtendrá su antigua preponderancia y opulencia la gran Familia Española. Esta prenda de amor, este próspero signo de fraternal alianza, este presagio, en fin, de tantas venturas, es la Serenísima Señora Infanta DOÑA MARÍA ISABEL LUSISA, y al celebrar con públicos regocijos el fausto momento de la REAL JURA, en que solemne y universalmente es reconocida y acatada como sucesora de FERNANDO 7.º y de MARÍA CRISTINA de BORBON, no podia menos de complacerse el Leal Ayuntamiento de Madrid erigiendo un triunfo en honor de la Concordia. <P>
Acompañan á este Cuaderno tres estampas que representan las tres alegorías de que se compone la Máscara Real, Litografiadas tambien por disposicion y á expensas del Ayuntamiento.<P>
</i>[PÁG. 26 ►]<i><P>
<font color="magenta"><b>BAILES PÚBLICOS.</b></font><p>
Para desahogo del general regocijo que anima á los habitantes de esta Corte, ha determinado la Comision que en la casa que fué café titulado de Santa Catalina, como sitio muy proporcionado, se verifiquen cinco bailes serios por suscripcion, decorándose vistosamente al efecto las correspondientes piezas, y observándose el órden, el decoro y la cortesana brillantez que exigen tales diversiones, así por lo respectivo á la música, que será sobresaliente, como en todos los demas pormenores.<p>
<font color="magenta"><b>ACTO DE BENEFICENCIA.</b></font><p>
El Ayuntamiento ha creido que uno de los medios mas eficaces para perpetuar en la memoria de los Madrileños los bienes que debe producir el augusto acto que solemniza, y de acercarse en algun modo á los insignes modelos de munificencia que en sus Regias Personas le ofrecen á cada momento el REY N. S. y su digna ESPOSA, es el imitar su generosa é incesante propension á amparar á los desvalidos. En esta atencion ha dispuesto el sorteo de siete dotes de á seis mil reales cada uno para otras tantas huérfanas hijas de labradores pobres de esta<p>
</i>[PÁG. 27 ►]<i><br/>
Provincia, cuya justa gratitud sea el órgano vivo de los sentimientos que á la citada corporacion animan hácia la
tierna ISABEL y sus esclarecidos PADRES: no pudiendo menos de congratularse de la simpatía que tiene con esta disposicion la del Excmo. Sr. Comisario general de la Santa Cruzada, que con igual objeto viste á doscientos cincuenta y seis niños y niñas de las Reales escuelas gratuitas.<p>
Con el digno objeto tambien de contribuir al júbilo general en tan gloriosos dias, previenen las Reales Maestranzas varias funciones de justas ó torneos, propias de su instituto, y en las cuales brillarán la gala y bizarría de tan ilustres caballeros. La descripcion de estos nobles juegos, que recuerdan nuestras antiguas caballerosas costumbres, no es incumbencia del Ayuntamiento, y por tanto se reserva á los señores que los han dispuesto; así como la del gran 'Simulacro Militar' que se prepara y llevará á efecto el dia 26 en las líneas ya establecidas extramuros de la puerta de Alcalá, entre mas de veinte mil combatientes de todas armas; espectáculo que no puede menos de ser imponente, grandioso y á todas luces memorable, considerada la pericia de los ilustres Generales que han de dirigir y mandar las operaciones, y atendiendo á la disciplina, instruccion y lealtad de los Gefes, Oficiales y Tropa que componen el valiente Ejército español. <p>
Esta es la breve idea de lo que, venciendo en cuanto ha sido posible la premura del tiempo, ha podido organizar y disponer la Comision de Festejos por encargo del Excmo. Ayuntamiento, intérprete de la voluntad de todos los leales Madrileños; confesando que dió principio á sus tareas en la íntima persuasion de que por magníficos y suntuosos que pudieran ser los enunciados regocijos públicos en tan importantes circunstancias nunca igualarian á sus<p>
</i>[PÁG. 28 ►]<i><br/>
acrisolados sentimientos de amor é incontrastable lealtad á nuestro Augusto Soberano, el Magnánimo DON FERNANDO 7.º de BORBON; á la mas amable de las REINAS, la benéfica DOÑA MARÍA CRISTINA, y á la heredera de sus virtudes y de su Trono, la Serenísima Señora Princesa DOÑA MARÍA ISABEL LUISA de BORBON».
</i>
<p><br/><p>
<br /></div>
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-63435709602462545432016-01-03T19:51:00.001+01:002017-08-20T12:42:52.420+02:00AÑO 1834. EL ESTATUTO REAL DE 1834.<div dir="ltr" style="text-align: justify;" trbidi="on">
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgX_2DuW5OO6Qc_Z66R4V8GBNTOytxor7uXjtov7AUWHCJAUEqTt0xglsdrPkJXpGGIBdiSIj2EdIVfJrVkfbepK4zxej-NdtT5xWJ5ppBkviXF00cRpbiEWLBY-nPKVU0m8hPWZ9C-x2mh/s1600/Estatuto+Real+1834.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgX_2DuW5OO6Qc_Z66R4V8GBNTOytxor7uXjtov7AUWHCJAUEqTt0xglsdrPkJXpGGIBdiSIj2EdIVfJrVkfbepK4zxej-NdtT5xWJ5ppBkviXF00cRpbiEWLBY-nPKVU0m8hPWZ9C-x2mh/s640/Estatuto+Real+1834.jpg"></a></div>
Aprobado el 1 de abril de 1834 (publicado el 16 de abril de 1834, en la <a href="https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1834/055/A00251-00252.pdf">Gaceta de Madrid</a>, núm. 55, pp. 251-252), el Estatuto Real era, según dijo F<b>rancisco Martínez de la Rosa</b>, jefe del Gobierno de la ocasión, en la Orden de 14 de abril de 1834 que se enviaba a los agentes diplomáticos de España, <b>una ley motivada por la "<i><b>necesidad</b> comprobada por las disposiciones expresas de nuestras leyes fundamentales, que exigen la <b>convocatoria de Cortes al advenimiento de un nuevo monarca</b></i>"; para "<i><b>restablecer nuestras antiguas leyes fundamentales</b></i>”, y "<i><b>para afirmar el trono de su excelsa Hija</b></i>" (de Fernando VII)</b><br/>
<small>[<a href="https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1834/057/A00263-00263.pdf">Gaceta de Madrid</a>,Núm. 57, de 18 de abril de 1834, pág. 263].</small><p>
El Estatuto fue aprobado por Real Decreto, siendo una "<i><b>carta otorgada</b></i>" por la Regente sin participación alguna del pueblo, similar a la de Luis XVIII en 1814 (otros estudiosos se refieren a ella como "<i><b>carta pactada</b></i>", dada la necesidad de la Reina Gobernadora María Cristina de Borbón de llegar a un entendimiento, primero con los liberales, todo bajo el prisma señalado por Carr de que fuera "<i>un arreglo constitucional de signo conservador que [...] lograría el entusiasmo liberal para la guerra contra el carlismo sin ceder a la revolución</i>"; segundo, con la vieja nobleza y el clero, por lo que Tomás y Valiente nos dirá que por ello fue una "<i>ley ambigua, conscientemente ambigua</i>", pero que "<i>significó un pacto entre parte de la nobleza y de la jerarquía eclesiástica del Antiguo Régimen y la burguesía más conservadora</i>").<br/>
<small>[Cfr.: Carr, R.- España 1808-1975. Barcelona, Ariel, 2008, pág. 162.<br/>
Estrada Sánchez, Manuel.- El significado político de la legislación electoral en la España de Isabel II. Santander, Univ. Cantabria, 1999, pp. 12 y ss.<br/>
Tomás y Valiente, F..- Manual de Historia del Derecho Español. Madrid, Tecnos, 2004, pp. 442-443.]</small><p>
<a name='more'></a>
Para otros es éste el <b>tercer texto constitucional español</b>, compuesto por 50 artículos, recogidos en cinco títulos en los que <b>no se hacía ninguna mención a la soberanía nacional, división de poderes ni a los derechos fundamentales</b>, tampoco del reconocimiento de derechos adquiridos, hablando sólo de los parlamentos y la relación de éstos con la Corona, conformándose en una verdadera involución respecto a lo estipulado en la Constitución de 1812, puesto que como indicó A. Borrego:<br/>
<blockquote><i>el Estatuto no reconocía en los españoles derechos políticos de ninguna clase".</i><br/>
<small>[Borrego, A..- "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0002992182&page=9&search=borrego+el+Estatuto+no+reconoc%C3%ADa+en+los+espa%C3%B1oles+derechos+pol%C3%ADticos+de+ninguna+clase&lang=es">Antecedentes históricos y vicisitudes por las que han pasado las doctrinas del Partido Conservador</a>", in Revista de España, 100 (9-1884), pág. 9]</small></blockquote><p>
y que luego remarcaría J. Valera, diciendo que fue una verdadera<br/>
<blockquote><i> negación de los derechos políticos más elementales"</i><br/>
<small>[Valera, Juan.- Historia General de España desde los tiempos primitivos hasta la muerte de Fernando VII, (de Modesto Lafuente) continuada desde dicha época hasta nuestros días por don Juan Valera. Vol. 20. Tomo IV. Barcelona, Montaner y Simón, 1888, pág. 50]</small></blockquote>
<p>
En efecto, la Reina Gobernadora, María Cristina de Borbón, en nombre de su hija Isabel II, ostenta el conjunto de poderes del Estado (legislativo, y ejecutivo) y graciosamente "<i>delega</i>" parte de su imperio en otras Instituciones del Estado. <p>
En el Estatuto <b>se establecían dos Cámaras</b> (Estamento de Próceres y Estamento de Procuradores), sistema que se mantendrá hasta nuestros días (salvando el período de la IIª República). El <b>Estamento de los Próceres</b> (o Cámara Alta, imitación de la Cámara de los Lores británica) equivalía a un Senado en el que estaban representados la nobleza, el clero y aquellos propietarios que tenían una renta anual de 60.000 reales (15.000 pesetas). El <b>Estamento de Procuradores</b> (o Cámara Baja, a imitación de la Cámara de los Comunes británica) estaba compuesto por aquellos elegidos de acuerdo con el sistema electoral: españoles, varones, mayores de 30 años, poseedores una renta anual de 12.000 reales (3.000 pesetas) y nacidos en la provincia que los nombrara. <b>El mandato duraba tres años</b> y al Rey correspondía la facultad de convocar, suprimir o disolver las Cortes, que sólo podían tratar aquellos asuntos que previamente hubieran sido propuestos por la Corona.<br/>
<p>
La elección de procuradores se realizaba mediante sufragio restringido, sobre un total de poco más de 16.000 personas varones (cuando en España se calculaba que había algo más de 12 millones de habitantes).<p>
Aunque hay parte de la crítica que se ha fijado en la posible influencia de la Carta de 1830 francesa en la elaboración del Estatuto Real (tanto en la Carta francesa como en el proyecto del Ministerio se consideraba que la cámara alta debía estar compuesta únicamente por componentes vitalicios, o el modelo de elección de estos componentes también era copia), lo cierto es que el resultado final muestra una clara <b>imitación del modelo británico (el bicameralismo, la responsabilidad ministerial y el normal desarrollo de la vida parlamentaria)</b>, por lo que es muy interesante ver el papel que Inglaterra jugó en la <b>elaboración de este Estatuto Real.</b> Y si bien se ha señalado que ésta recayó en las manos de <b>Martínez de la Rosa y Javier de Burgos, fundamentalmente, y en parte en Garelly y Zarco, no fue menos ajeno George Williams F. Villiers, embajador del Foreign Office británico.</b><br/>
<small>[Uno de los estudios más concienzudos que se han realizado sobre este asunto fue el del profesor J. Tomás Villarroya.-"<a href="https://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=3&ved=0ahUKEwis5OSK7I3KAhVFvBoKHfYiAWsQFggoMAI&url=http%3A%2F%2Fdialnet.unirioja.es%2Fdescarga%2Farticulo%2F2079717.pdf&usg=AFQjCNGIcPPujMYUyaut5JassS1GcKm17w&sig2=RvuPMvPwxWPDMcqRa6GpUA">La redacción y publicación del Estatuto Real</a>", in Revista de Estudios Politicos, 145 (1966), pp. 47-78<br/>
Sobre el papel de Inglaterra, cfr.: Rodríguez Alonso, Manuel.- "<a href="https://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=2&ved=0ahUKEwicoaKhiY7KAhWFXhoKHZCpANUQFggmMAE&url=http%3A%2F%2Fdialnet.unirioja.es%2Fdescarga%2Farticulo%2F26831.pdf&usg=AFQjCNGeQW8ugNRlHrTEH1Tl_sQ6G-VsPw&sig2=iifb-zK9NFIP_g_wBQlOzA">El Estatuto Real de 1834. El embajador británico en la preparación y redacción definitiva del texto</a>", in Revista de Estudios Políticos (nueva Época), 44 (1985), pp. 189-203]</small><p>
Y a pesar de la más que favorable acogida que tuvo inicialmente el texto, como evidenciaba la prensa <small>[sirva de ejemplo la exaltación de este artículo de la <b><a href="https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1834/057/A00265-00266.pdf">Gaceta de Madrid</a></b>, núm. 57, de 18 de abril de 1834, pp. 265-266]</small>, con festejos y celebraciones (p. ej., no tardó un mes en que ya se anunciara la venta de la composición de un “<i>gran vals a cuatro manos para piano, compuesto por Don Joaquín Espín y Guillén</i>” (1812-1881), pionero de la zarzuela española, profesor del "Conservatorio Reina María Cristina" y director de los coros y orquesta del Teatro Real, denominado <a href="https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1834/095/A00434-00434.pdf"> “Al Estatuto Real”.</a>), que algunos comparaban con los de la Jura de la Princesa de Asturias en 1833 <small>[González Fuertes, M. A..- "<a href="http://revistas.ucm.es/index.php/CHMO/article/viewFile/CHMO0000120054A/23015">Igual pero diferente: perspectiva institucional de la Jura de la infanta María Isabel Luisa (1833)</a>", in Cuadernos de Historia, 24 (2000), pp. 11-31 ]</small>, lo cierto es que pronto vieron todos lo que luego remarcó <b>Fermín Caballero</b>, y que más cercano a nuestros días fue afirmado por Tomás y Valiente, y que es:<br/>
<blockquote><i>
<b>El título de “Decreto” espresa (sic) que era solamente ‘para la convocación de las cortes generales del reino’: lo que equivale a decir que es una parte de una constitución, no un código entero fundamental.</b> </i>[En efecto, se señala: “ Artículo 1.- Con arreglo a lo que previenen la Ley 5ª, Título 15, Partida 2ª, y las Leyes 1ª y 2ª, Título 7º, libro 6 de la Nueva Recopilación, Su Majestad la Reina Gobernadora, en nombre de su excelsa hija doña Isabel II, <b>ha resuelto convocar las Cortes Generales del Reino</b>.”] <i> Síguese que no se exigió que le jurasen los representantes de la nación, y que en el discurso de apertura se le llamó <b>‘cimiento’ del edificio comenzado</b>. De estos y otros antecedentes inferimos que <b>el Estatuto Real fue una tentativa, una avanzada esploradora</b> (sic). Visto que el pueblo fatigado de cadenas y siempre esperanzado en sus cortes le recibió con benevolencia, se creyó que bastaba y sobraba para llenar el lugar de la Constitución (…)<br/>
Volvió a afirmarse el Estatuto como vice-ley fundamental desde aquel momento; <b>se resistieron después las peticiones de derechos y todo otro ensanche; y sólo después de un pronunciamiento general de las provincias se habló de revisión del Estatuto y de cortes revisoras. </b> Era claro que se intentaba la reforma como la de una ley común, con la sanción de la corona, <b>negando a la nación el derecho de constituirse soberanamente. </b><br/>
<b>En la obra política del Estatuto no se hizo más novedad respecto de las cortes antiguas que aumentar un cuerpo misto (sic) de nobles y notabilidades y trasladar el derecho de voto en cortes de las 37 ciudades antes privilegiadas a las 451 cabezas de partido privilegiadas ahora.</b> La mezcla de la riqueza industrial y mercantil con la grandeza hereditaria lejos de rebajar el mérito de aquella servía para perpetuarla; pues caducando por sí sola, venían a interesarse con ella y por ella los aristócratas de saber, de toga y espada, y la aristocracia moderna de la riqueza efectiva. Fuera de estas variaciones el Estatuto nada añadía (…) <br/>
<b>No habiendo en el Estatuto ni pacto, ni derechos, ni división de poderes,</b> ¿pudo creerse que su publicación era un calmante de los deseos constitucionales, o un escitante (sic) fuerte por medio de la contraposición? (…)</i><br/>
<small>[Caballero, Fermín.- <a href="https://books.google.es/books?hl=es&lr=&id=7lE1AQAAMAAJ&oi=fnd&pg=IA2&dq=estatuto+real+1834&ots=ldWclF0hvr&sig=3KfoAMAHfMO1Avk-NHOCBpKHwro#v=onepage&q=estatuto%20real%201834&f=false"> El gobierno y las Cortes del Estatuto. Materiales para su estudio. </a> Madrid, Yenes, 1837, pp. XIV, XV, y XVII, respectivamente.]</small><p>
</blockquote>
Por ello, quizá, el Estatuto Real tan sólo estuvo en vigor dos años, puesto que el 12 de agosto de 1836 estalló el <b>Motín de la Granja</b>, protagonizado por un grupo de sargentos del Ejército, que conllevó el restablecimiento de la Constitución de 1812 y la convocatoria de unas Cortes Constituyentes “<i><b>para que la Nación manifieste expresamente su voluntad acerca de la Constitución que ha de regirla o de otra conforme a sus necesidades</b></i>”.<p>
De ahí que suela afirmarse que <b>el Estatuto, que quiso contentar a todos y no satisfizo a nadie, pues los liberales veían en él un acto de absolutismo real y los no liberales un instrumento de disolución</b>, tenía desde su nacimiento los días contados, tanto que Larra, en su artículo «<a href="http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/el-dia-de-difuntos-de-1836-figaro-en-el-cementerio--0/html/ff79053a-82b1-11df-acc7-002185ce6064_1.html">El día de Difuntos de 1836</a>», dirá:<br/>
<blockquote><i>«Aquí yace el Estatuto.<br/>
Vivió y murió en un minuto.»</i>
</blockquote><p>
<br>
<p>
<br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjl-tOa2tDiZUubWX8cgJfNEKeIt-Llkc_PYElQAdJmpSsibJvOEKAaeI0kVtHBPjrQVNWLSdzcylPQm7L2cBYUwy4SHIK-EezqMiKltyhI6_mUshjAAaUpA7yLlZvlJdY2rxXMJ9ozcDLT/s1600/80+Reales%252C+Madrid+1834+CR.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjl-tOa2tDiZUubWX8cgJfNEKeIt-Llkc_PYElQAdJmpSsibJvOEKAaeI0kVtHBPjrQVNWLSdzcylPQm7L2cBYUwy4SHIK-EezqMiKltyhI6_mUshjAAaUpA7yLlZvlJdY2rxXMJ9ozcDLT/s640/80+Reales%252C+Madrid+1834+CR.jpg"></a></div><p>
<blockquote><blockquote>
<b><u><a href="http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso/Hist_Normas/ConstEsp1812_1978/EstReal1834">ESTATUTO REAL (10 de Abril de 1834)</a></u></b><p>
<br/>
<b>TÍTULO I</b><p>
<br/>
<i>De la convocatoria de las Cortes generales del Reino</i>.<p>
<br/>
Art. 1. Con arreglo a lo que previenen la ley 5.ª , título 15, Partida 2.ª , y las leyes 1.ª y 2.ª , título 7.º, libro 6.º de la Nueva Recopilación, <b>Su Majestad la Reina Gobernadora</b>, en nombre de su excelsa hija Doña Isabel II, ha resuelto convocar las Cortes generales del Reino.<br/>
Art. 2. Las Cortes generales se compondrán de dos Estamentos: el de Próceres del Reino y el de Procuradores del Reino.<br/>
<p>
<b>TÍTULO II</b>
<p><br/>
<i>
Del Estamento de Próceres del Reino
</i><p>
Art. 3. El Estamento de Próceres del Reino se compondrá:<br/>
1.° De muy reverendos arzobispos y reverendos obispos.<br/>
2.° De Grandes de España.<br/>
3.° De Títulos de Castilla.<br/>
4.° De un número indeterminado de españoles, elevados en dignidad e ilustres por sus servicios en las varias carreras, y que sean o hayan sido secretarios del Despacho, Procuradores del Reino, consejeros de Estado, embajadores o ministros plenipotenciarios,
generales de mar o de tierra o ministros de los tribunales supremos.<br/>
5.° De los propietarios territoriales o dueños de fábricas, manufacturas o establecimientos mercantiles que reúnan a su mérito personal y a sus circunstancias relevantes, el poseer una renta anual de sesenta mil reales, y el haber sido anteriormente Procuradores del Reino.<br/>
6.° De los que en la enseñanza pública o cultivando las ciencias o las letras, hayan adquirido gran renombre y celebridad, con tal que disfruten una renta anual de sesenta mil reales, ya provenga de bienes propios, ya de sueldo cobrado del Erario.<br/>
<p>
Art. 4. Bastará ser Arzobispo u Obispo electo o auxiliar para poder ser elegido, en clase de tal, y tomar asiento en el Estamento de Próceres del Reino.<br/>
<p>
Art. 5. Todos los Grandes de España son miembros natos del Estamento de Próceres del Reino, y tomarán asiento en él, con tal que reúnan las condiciones siguientes:<br/>
1.ª Tener veinticinco años cumplidos.<br/>
2.ª Estar en posesión de la Grandeza y tenerla por derecho propio.<br/>
3.ª Acreditar que disfrutan una renta anual de doscientos mil reales.<br/>
4.ª No tener sujetos los bienes a ningún género de intervención.<br/>
5.ª No hallarse procesados criminalmente.<br/>
6.ª No ser súbditos de otra potencia.<br/>
<p>
Art. 6. La dignidad de Prócer del Reino es hereditaria en los Grandes de España.<br/>
<p>
Art. 7. El Rey elige y nombra los demás Próceres del Reino, cuya dignidad es vitalicia.<br/>
<p>
Art. 8. Los Títulos de Castilla que fueren nombrados Próceres del Reino, deberán justificar que reúnen las condiciones siguientes:<br/>
1.ª Ser mayores de veinticinco años.<br/>
2.ª Estar en posesión de Título de Castilla, y tenerlo por derecho propio.<br/>
3.ª Disfrutar una renta anual de ochenta mil reales.<br/>
4.ª No tener sujetos los bienes a ningún género de intervención.<br/>
5.ª No hallarse procesados criminalmente.<br/>
6.ª No ser súbditos de otra potencia.<br/>
<p>
Art. 9. El número de Próceres del Reino es ilimitado.<br/>
<p>
Art. 10. La dignidad de Próceres del Reino se pierde únicamente por incapacidad legal, en virtud de sentencia por la que se haya impuesto pena infamatoria.<br/>
<p>
Art. 11. El reglamento determinará todo lo concerniente al régimen interior, y al modo de deliberar del Estamento de Próceres del Reino.<br/>
<p>
Art. 12. El Rey elegirá de entre los Próceres del Reino, cada vez que se congreguen las Cortes, a los que hayan de ejercer durante aquella reunión los cargos de Presidente y Vicepresidente de dicho Estamento.<br/>
<p>
<br/>
<b>TÍTULO III</b><br/>
<p>
<i>Del Estamento de Procuradores del Reino</i><br/>
<p>
Art. 13. El Estamento de Procuradores del Reino se compondrá de las personas que se nombren con arreglo a la ley de elecciones.<br/>
<p>
Art. 14. Para ser Procurador del Reino se requiere:<br/>
1.° Ser natural de estos Reinos o hijos de padres españoles.<br/>
2.° Tener treinta años cumplidos.<br/>
3.° Estar en posesión de una renta propia anual de doce mil reales.<br/>
4.° Haber nacido en la provincia que le nombre, o haber residido en ella durante los dos últimos años, o poseer en ella algún predio rústico o urbano, o capital de censo que reditúen la mitad de la renta necesaria para ser Procurador del Reino.<br/>
En el caso de que un mismo individuo haya sido elegido Procurador a Cortes por más de una provincia, tendrá el derecho de optar entre las que le hubieren nombrado.<br/><p>
Art. 15. No podrán ser Procuradores del Reino:<br/>
1.° Los que se hallen procesados criminalmente.<br/>
2.° Los que hayan sido condenados por un Tribunal a pena infamatoria.<br/>
3.° Los que tengan alguna incapacidad física, notoria y de naturaleza perpetua.<br/>
4.° Los negociantes que estén declarados en quiebra o que hayan suspendido sus pagos.<br/>
5.° Los propietarios que tengan intervenidos sus bienes.<br/>
6.° Los deudores a los fondos públicos, en calidad de segundos contribuyentes.<br/>
<p>
Art. 16. Los Procuradores del Reino obrarán con sujeción a los poderes que se les hayan expedido al tiempo de su nombramiento, en los términos que prefije la Real Convocatoria.<br/>
<p>
Art. 17. La duración de los poderes de los Procuradores del Reino será de tres años, a menos que antes de ese plazo haya el Rey disuelto las Cortes.<br/>
<p>
Art. 18. Cuando se proceda a nuevas elecciones, bien sea por haber caducado los poderes, bien porque el Rey haya disuelto las Cortes, los que hayan sido últimamente Procuradores del Reino podrán ser reelegidos, con tal que continúen teniendo las condiciones que para ello requieran las leyes.<br/>
<p>
<br/>
<b>TÍTULO IV</b>
<p>
<i>De la reunión del Estamento de Procuradores del Reino</i><br/>
<p>
Art. 19. Los Procuradores del Reino se reunirán en el pueblo designado por la Real Convocatoria para celebrarse las Cortes.<br/>
<p>
Art. 20. El reglamento de las Cortes determinará la forma y reglas que hayan de observarse para la presentación y examen de los poderes.<br/>
<p>
Art. 21. Luego que estén aprobados los poderes de los Procuradores del Reino, procederán a elegir cinco, de entre ellos mismos, para que el Rey designe los dos que han de ejercer los cargos de Presidente y Vicepresidente.<br/>
<p>
Art. 22. El Presidente y Vicepresidente del Estamento de Procuradores del Reino cesarán en sus funciones cuando el Rey suspenda o disuelva las Cortes.<br/>
<p>
Art. 23. El reglamento prefijará todo lo concerniente al régimen interior y al modo de deliberar del Estamento de Procuradores del Reino.<br/>
<p>
<br/>
<b>TÍTULO V</b><br/>
<p>
<i>Disposiciones generales</i><br/>
<p>
Art. 24. Al Rey toca exclusivamente convocar, suspender y disolver las Cortes.<br/>
<p>
Art. 25. Las Cortes se reunirán, en virtud de Real Convocatoria, en el pueblo y en el día que aquella señalare.<br/>
<p>
Art. 26. El Rey abrirá y cerrará las Cortes, bien en persona o bien autorizando para ello a los secretarios del Despacho, por un decreto especial refrendado por el Presidente del Consejero de Ministros.<br/>
<p>
Art. 27. Con arreglo a la ley 5.ª , título 15, partida 2.ª , se convocarán Cortes generales después de la muerte del Rey, para que jure su sucesor la observancia de las leyes y reciba de las Cortes el debido juramento de fidelidad y obediencia.<br/>
<p>
Art. 28. Igualmente se convocarán las Cortes generales del Reino, en virtud de la citada ley, cuando el Príncipe o Princesa que haya heredado la Corona, sea menor de edad.<br/>
<p>
Art. 29. En el caso expresado en el artículo precedente, los guardadores del Rey niño jurarán en las Cortes velar lealmente en custodia del Príncipe, y no violar las leyes del Estado; recibiendo de los Próceres y de los Procuradores del Reino el debido juramento de fidelidad y obediencia.<br/>
<p>
Art. 30. Con arreglo a la ley 2.ª , título 7.°, libro 6.° de la Nueva Recopilación, se convocarán las Cortes del Reino cuando ocurra algún negocio arduo, cuya gravedad, a juicio del Rey, exija consultarlas.<br/>
<p>
Art. 31. Las Cortes no podrán deliberar sobre ningún asunto que no se haya sometido expresamente a su examen en virtud de un Decreto Real.<br/>
<p>
Art. 32. Queda, sin embargo, expedito el derecho que siempre han ejercido las Cortes de elevar peticiones al Rey, haciéndolo del modo y forma que se prefijará en el Reglamento.<br/>
<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjuYMm8kkApjKfmKosrUEOpV_BuRnOvQVyG9Z1Z0-_-MERBvej7uLnQOv-e19MpkUWAgBJc2JJ1TWSpv7iGnqoxgoHkx8L4ZafpeHpcrG9QRLxAkF3vu_w2d23AgOPqlVQx77v9iWqUkZBb/s1600/gaceta+de+Madrid%252C+publicaci%25C3%25B3n+del+Estatuto+Real+de+1834.GIF" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjuYMm8kkApjKfmKosrUEOpV_BuRnOvQVyG9Z1Z0-_-MERBvej7uLnQOv-e19MpkUWAgBJc2JJ1TWSpv7iGnqoxgoHkx8L4ZafpeHpcrG9QRLxAkF3vu_w2d23AgOPqlVQx77v9iWqUkZBb/s640/gaceta+de+Madrid%252C+publicaci%25C3%25B3n+del+Estatuto+Real+de+1834.GIF"></a></div>
Art. 33. Para la formación de las leyes se requiere la aprobación de uno y otro Estamento y la sanción del Rey.<br/>
<p>
Art. 34. Con arreglo a la ley 1.ª , título 7.°, libro 6.° de la Nueva Recopilación, no se exigirá tributos ni contribuciones, de ninguna clase, sin que a propuesta del Rey los hayan votado las Cortes.<br/>
<p>
Art. 35. Las contribuciones no podrán imponerse, cuando más, sino por término de dos años, antes de cuyo plazo deberán votarse de nuevo por las Cortes.<br/>
<p>
Art. 36. Antes de votar las Cortes las contribuciones que hayan de imponerse, se les presentará por los respectivos secretarios del Despacho una exposición, en que se manifieste el estado que tengan los varios ramos de la administración pública, debiendo después el Ministro de Hacienda presentar a las Cortes el presupuesto de gastos y de los medios de satisfacerlos.<br/>
<p>
Art. 37. El Rey suspenderá las Cortes en virtud de un decreto refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros; y en cuanto se lea aquél, se separarán uno y otro Estamento, sin poder volver a reunirse ni tomar ninguna deliberación ni acuerdo.<br/>
<p>
Art. 38. En el caso que el Rey suspendiere las Cortes, no volverán éstas a reunirse sino en virtud de una nueva convocatoria.<br/>
<p>
Art. 39. El día que ésta señalare para volver a reunirse las Cortes, concurrirán a ellas los mismos Procuradores del Reino; a menos que ya se haya cumplido el término de los tres años que deben durar su poderes.<br/>
<p>
Art. 40. Cuando el Rey disuelva las Cortes habrá de hacerlo en persona o por medio de un decreto refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.<br/>
<p>
Art. 41. En uno y otro caso se separarán inmediatamente ambos Estamentos.<br/>
<p>
Art. 42. Anunciada de orden del Rey la disolución de las Cortes, el Estamento de Próceres del Reino no podrá volver a reunirse ni tomar resolución ni acuerdo, hasta que en virtud de nueva Convocatoria vuelvan a juntarse las Cortes.<br/>
<p>
Art. 43. Cuando de orden del Rey se disuelvan las Cortes, quedan anulados en el mismo acto los poderes de los Procuradores del Reino.<br/>
Todo lo que hicieren o determinaren después, es nulo de derecho.<br/>
<p>
Art. 44. Si hubiesen sido disueltas las Cortes, habrán de reunirse otras antes del término de un año.<br/>
<p>
Art. 45. Siempre que se convoquen Cortes, se convocará a un mismo tiempo a uno y otro Estamento.<br/>
<p>
Art. 46. No podrá estar reunido un Estamento sin que lo esté igualmente el otro.<br/>
<p>
Art. 47. Cada Estamento celebrará sus sesiones en recinto separado.<br/>
<p>
Art. 48. Las sesiones de uno y otro Estamento serán públicas, excepto en los casos que señalare el Reglamento.<br/>
<p>
Art. 49. Así los próceres como los Procuradores del Reino serán inviolables por las opiniones y votos que dieren en el desempeño de su encargo.<br/>
<p>
Art. 50. El reglamento de las Cortes determinará las relacione0s de uno y otro Estamento, ya recíprocamente entre sí, ya respecto del Gobierno.<br/>
</blockquote></blockquote>
<p>
<br/>
<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEit-rtOnREE2VsAbtcm4hZeCQRMXDRGxrjn8M_Am4a6tNe8VDeH-N-bj2aOrgDBQOPajA4uhcDDpsegbBmAsMVAtazQDpcxxYtyqw138ZnH9IsxeswyvuDE_3jhZqAv5I_k5EFKtpbfcrkL/s1600/Mart%25C3%25ADnez+de+la+Rosa.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEit-rtOnREE2VsAbtcm4hZeCQRMXDRGxrjn8M_Am4a6tNe8VDeH-N-bj2aOrgDBQOPajA4uhcDDpsegbBmAsMVAtazQDpcxxYtyqw138ZnH9IsxeswyvuDE_3jhZqAv5I_k5EFKtpbfcrkL/s640/Mart%25C3%25ADnez+de+la+Rosa.jpg"></a></div>
<b>Real Decreto</b><br/>
Deseando restablecer en su fuerza y vigor las leyes fundamentales de la Monarquía; con el fin de que se lleve a cumplido efecto lo que sabiamente previenen para el caso en que se ascienda al Trono un Monarca menor de edad y ansiosa de labrar sobre un cimiento sólido y permanente la prosperidad y gloria de esta Nación magnánima; he venido en mandar, en nombre de mi excelsa Hija Doña Isabel II, y después de haber oído el dictamen del Consejo de Gobierno y del de Ministros, que se guarde, cumpla y observe, promulgándose con la solemnidad debida el precedente Estatuto Real para la convocatoria de las Cortes generales del Reino. Tendréislo entendido, y dispondréis lo necesario a su cumplimiento.<br/>
Está rubricado de la Real mano.<br/>
En Aranjuez, a 10 de abril de 1834.<br/>
A D. Francisco Martínez de la Rosa, Presidente del Consejo de Ministros<br/>
<p>
<br/>
<small>[Cfr. el estudio de Tomás Villarroya, Joaquín.- El sistema político del Estatuto Real (1834-1836). Madrid, Instituto de Estudios Políticos,1968].</small><p>
<p>
<br/>
<b>1ª CONVOCATORIA DE ELECCIONES</b>.<p>
<br/>
Un mes después se convocarán elecciones para la constitución de las Cortes.<p>
N. Araque nos resume la cuestión así:<br/>
<blockquote><i>
"El decreto de <a href="https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1834/095/A00431-00432.pdf"><b>20 de mayo de 1834</b> </a> [publicado en la Gaceta de Madrid el 26 de mayo de 1834, pp. 431-432] articuló el procedimiento electoral <b>por sufragio restringido, censitario (masculino), secreto, igual, personal e indirecto (de segundo grado), mediante la Junta de partido y de provincia; plurinominal, con las provincias como circunscripciones, que se sustentaba en un reducido cuerpo electoral,</b>
contrario a los deseos de soberanía nacional de los liberales más progresistas. El Consejo de Ministros mandó una exposición de motivos a la Reina gobernadora, en base a las siguientes consideraciones:<br/>
1) <b>Necesidad de convocar las Cortes, como institución, para fortalecer la minoría de edad de Isabel II</b> a través de la potestad de la Reina gobernadora y el amparo de los procuradores de la Nación.<br/>
2) Unas <b>Cortes fieles a la Monarquía, y contrarias a la facción rebelde</b>, que intentaba usurpar el Trono, que no dudarían en utilizar las medidas necesarias para defender legítimamente a la Nación.<br/>
3) Las Cortes eran el único medio legal para evitar las pretensiones injustas del infante don Carlos de Borbón y <b>afianzar la paz futura del Estado"</b>.<br/>
</blockquote></i>
Este Decreto, en el artículo 2º estipulaba que la Nación quedaba dividida en 456 distritos electorales (frente a la casi totalidad de municipios -unos 21.000- que establecían las Cortes de Cádiz), distribuidos de manera desigual por provincias.<p>
<br/>
<small>[Para mas detalles sobre este asunto es fundamental el estudio de Estrada Sánchez, Manuel.- El significado político de la legislación electoral en la España de Isabel II. Santaner, Univ. Cantabria, 1999, pp. 11 a 42].</small><p>
<br/><p>
<p>
<br/>
<p>
<b><u>BIBLIOGRAFÍA.-</u></b><p>
Araque Hontahas, Natividad.- "<a href="http://revistas.ucm.es/index.php/CHCO/article/viewFile/CHCO1010110095A/6691">Las primeras elecciones celebradas con el Estatuto Real de 1834</a>", in Cuadernos de Historia Contemporánea, 32 (2010), pp. 95-108.<p>
Borrego, A..- "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0002992182&page=9&search=borrego+el+Estatuto+no+reconoc%C3%ADa+en+los+espa%C3%B1oles+derechos+pol%C3%ADticos+de+ninguna+clase&lang=es">Antecedentes históricos y vicisitudes por las que han pasado las doctrinas del Partido Conservador</a>", in Revista de España, 100 (9-1884).<p>
Carr, R.- España 1808-1975. Barcelona, Ariel, 2008.<p>
Caballero, Fermín.- <a href="https://books.google.es/books?hl=es&lr=&id=7lE1AQAAMAAJ&oi=fnd&pg=IA2&dq=estatuto+real+1834&ots=ldWclF0hvr&sig=3KfoAMAHfMO1Avk-NHOCBpKHwro#v=onepage&q=estatuto%20real%201834&f=false"> El gobierno y las Cortes del Estatuto. Materiales para su estudio. </a> Madrid, Yenes, 1837.<p>
Estrada Sánchez, Manuel.- El significado político de la legislación electoral en la España de Isabel II. Santander, Univ. Cantabria, 1999.<p>
Fuentes, Juan Francisco.- El fin del Antiguo Régimen (1808-1868). Política y sociedad. Madrid, Síntesis, 2007.<p>
González Fuertes, M. A..- "<a href="http://revistas.ucm.es/index.php/CHMO/article/viewFile/CHMO0000120054A/23015">Igual pero diferente: perspectiva institucional de la Jura de la infanta María Isabel Luisa (1833)</a>", in Cuadernos de Historia, 24 (2000), pp. 11-31.<p>
Juliá, Santos, et Pérez, Joseph, et Valdeón, Julio.- Historia de España. Madrid, Austral, 2008.<p>
Navas del Castillo, Antonia et Florentina.- El Estado Constitucional. Madrid, Dykinson, 2009.<p>
Rodríguez Alonso, Manuel.- "<a href="https://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=2&ved=0ahUKEwicoaKhiY7KAhWFXhoKHZCpANUQFggmMAE&url=http%3A%2F%2Fdialnet.unirioja.es%2Fdescarga%2Farticulo%2F26831.pdf&usg=AFQjCNGeQW8ugNRlHrTEH1Tl_sQ6G-VsPw&sig2=iifb-zK9NFIP_g_wBQlOzA">El Estatuto Real de 1834. El embajador británico en la preparación y redacción definitiva del texto</a>", in Revista de Estudios Políticos (nueva Época), 44 (1985), pp. 189-203.<p>
Tomás y Valiente, F..- Manual de Historia del Derecho Español. Madrid, Tecnos, 2004.<p>
Tomás Villarroya, Joaquín.- El sistema político del Estatuto Real (1834-1836). Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1968.<p>
_____________ .- "<a href="https://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=3&ved=0ahUKEwis5OSK7I3KAhVFvBoKHfYiAWsQFggoMAI&url=http%3A%2F%2Fdialnet.unirioja.es%2Fdescarga%2Farticulo%2F2079717.pdf&usg=AFQjCNGIcPPujMYUyaut5JassS1GcKm17w&sig2=RvuPMvPwxWPDMcqRa6GpUA">La redacción y publicación del Estatuto Real</a>", in Revista de Estudios Politicos, 145 (1966).<p>
Valera, Juan.- Historia General de España desde los tiempos primitivos hasta la muerte de Fernando VII,(de Modesto Lafuente) continuada desde dicha época hasta nuestros días por don Juan Valera. Vol. 20. Tomo IV. Barcelona, Montaner y Simón, 1888.<p>
<br /></div>Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-37378259134390197392015-08-04T13:24:00.000+02:002017-08-24T10:36:34.164+02:00IÑIGO MENDEZ DE VIGO.<div dir="ltr" style="text-align: left;" trbidi="on">
<br /></div>
Línea de ascendientes del actual Ministro de Educación, Íñigo Méndez de Vigo, tata-tataranieto de los Duques de Riansares.<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiYwCPRZxjizJz38988ZEErfDL3lSCJ5N7EGWUPOpeBg_Z5yVtNRlgIiluWhMzc8x17avn5IZMEB14PZVybGJf5hfSUzEWv6_IIWtDjg87GqOE8oWrYaV5OXl2IZ1l9Tq8oRXoQHg0YQiWo/s1600/genealog%25C3%25ADa+de+%25C3%258D%25C3%25B1igo+M%25C3%25A9ndez+de+Vigo.png" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiYwCPRZxjizJz38988ZEErfDL3lSCJ5N7EGWUPOpeBg_Z5yVtNRlgIiluWhMzc8x17avn5IZMEB14PZVybGJf5hfSUzEWv6_IIWtDjg87GqOE8oWrYaV5OXl2IZ1l9Tq8oRXoQHg0YQiWo/s640/genealog%25C3%25ADa+de+%25C3%258D%25C3%25B1igo+M%25C3%25A9ndez+de+Vigo.png"></a></div>
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-51659783001965026382015-08-03T14:09:00.001+02:002017-08-25T15:52:13.425+02:00AÑO 1837. REAL ORDEN DE 22 DE MARZO. PRIMERA AUTORIZACIÓN PARA QUE LAS MUJERES PUDIERAN LEER EN LA BIBLIOTECA NACIONAL.<div dir="ltr" style="text-align: justify;" trbidi="on">
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgcHAgyzSRwvMIkAHj1uJvIO20dWQ0stlQny49rl_mJfOIdWzrOYRX23ULeIdBlpn1wS0Y2YZD7yt_C6oudunqRLOSB_aC78rF6lwsgZILN4ySCvb6yhu6PrchrrrUDF3n9AiQRPEcR4F7w/s1600/diccionario+de+mujeres+celebres.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgcHAgyzSRwvMIkAHj1uJvIO20dWQ0stlQny49rl_mJfOIdWzrOYRX23ULeIdBlpn1wS0Y2YZD7yt_C6oudunqRLOSB_aC78rF6lwsgZILN4ySCvb6yhu6PrchrrrUDF3n9AiQRPEcR4F7w/s640/diccionario+de+mujeres+celebres.jpg"></a></div>
Pocos conocen que, fruto de la petición de una escritora madrileña, <b>Antonia Gutiérrez Bueno (1.781-1.874)</b>, fue posible <b>obtener autorización para que las mujeres pudieran leer en la Biblioteca Nacional</b>, institución creada en 1.711 como “<i>Real Biblioteca Pública</i>”, y que mediante las llamadas “<i>Constituciones de 1.761</i>”, se prohibía, explícitamente, su acceso a las mujeres.<p>
Esta situación cambiará, afortunadamente, durante la Regencia de la reina María Cristina, motivada por una petición cursada a su gobierno por quien requería la bibliografía existente en la misma para sus estudios y creaciones científicas.<p>
Antonia Gutiérrez Bueno fue hija del ilustrado catedrático de Química y boticario mayor del rey D. Carlos IV, <b>Pedro Gutiérrez Bueno (1.745-1.826)</b>, quien regentó una farmacia propia en la calle Ancha de san Bernardo de Madrid.<p>
De entre los intelectuales de la época, fue amiga de Leandro Fernández de Moratín <small>[Cfr. las anotaciones que hacía sobre ella en su “<b>Diario: mayo 1.780-marzo 1.808</b>”. Madrid, Castalia, 1.968, pp. 305, 371, 373 y 374]</small>, que llegó a ser Bibliotecario Mayor de la Biblioteca Real entre 1.811-1.812, nombrado por José Bonaparte, y que le llamaba cariñosamente “<i>Toinette</i>” (Antoñita, en francés), por haber vivido en París hasta la muerte de su marido, Antonio Arnau, en 1.822.<p>
<a name='more'></a>
Mujer letrada, culta, familiarizada con la labor científica gracias a su padre, conocedora del francés (tradujo, p. ej., varios artículos sobre “<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0003335473&page=1&search=Antonia+Guti%C3%A9rrez+Bueno&lang=es">el cólera-morbo</a>”, lógicamente con la coletilla de que los preparados se hallaban disponibles “<i>en la botica de la calle Ancha de San Bernardo junto al Salvador</i>”), en 1.835 había publicado el primer volumen de un “<i><b>Diccionario histórico y biográfico de mugeres célebres</b></i>”, (desde Abadesas a Armelle –Nicolasa-), bajo el seudónimo masculino de Eugenio Ortazán y Brunet, que no continuó.<p>
Es por ello que el 12 de enero de 1.837 decidió que<p>
<blockquote><blockquote><i>
«Estando publicando una obra con el título de Diccionario histórico y biográfico de mugeres célebres bajo el nombre de D. Eugenio Ortazan y Brunet en el que se halla anagramatizado el suyo y siéndole difícil y aún imposible, a causa de sus circunstancias procurarse los libros que necesita para continuar su obra, la que va recibiendo bastante aceptación del público, a V.E. suplica se sirva dar a la exponente un permiso para concurrir a la Biblioteca nacional, donde podrá hallar todos los libros que necesita para continuar su trabajo»,
</i><br/>
<small>[Hernández Carralón, Gema.- “<a href="http://blog.bne.es/blog/eva-en-la-bne/">Eva en la BNE</a>”, in EL BLOG DE LA BNE.]</small><p>
</blockquote></blockquote><p>
por lo que remitió esa solicitud al Ministro de la Gobernación, de quien dependía la recién constituida Biblioteca Nacional, por Real Orden de 25 de noviembre de 1.836, para obtener “<i>un permiso para concurrir a la Biblioteca Nacional</i>”.<p>
En aquella época, desde que inauguró su nueva sede Fernando VII, el 10 de junio de 1.826, el edificio de la Biblioteca Nacional estaba ubicada en una casa comprada al Marqués de los Alcañices, en la plazuela de Oriente número 2 (hoy calle de Arrieta, 12, solar sobre el que está la Real Academia de Medicina) hasta que en 1.896 se trasladara hasta donde hoy la conocemos, en el Paseo de Recoletos, 22.<p>
La petición puede sernos absurda, pero lo cierto es que en las <b>“<i>Constituciones de la Real Biblioteca dispuestas de orden de S. M. por Don Juan de Santander su Bibliotecario Mayor, de 11 de diciembre de 1.761</i></b>”, se establecía:<p>
<blockquote><blockquote><i>
«La Real Bibliotheca tendrá para su custodia y quietud el Cuerpo de Guardia que hoy tiene, o bien el que S.M. destinare en adelante, siempre a las órdenes del Bibliothecario Mayor en lo perteneciente a la Bibliotheca. Y conforme a ella podrá registrar a los que entraren o salieren de ella, no dejando sacar Libro alguno, y si hubiera quien lo intentare le detendrá y dará cuenta al Bibliothecario Mayor o a alguno de los quatro Bibliothecarios. <b>Tampoco permitirá </b>que se entre con Gorro, Cofia, Pelo atado, embozo u otro trage indecente o sospechoso, <b>ni Mujer alguna en días y horas de estudio; pues para ver la Bibliotheca podrá hir en los heriados con permiso del Bibliothecario Mayor</b>».
</i><br/>
<small>[Cap. I: “De la Real Bibliotheca, su conservación y aumento”, ap. 7. Cfr.: Carreño Rivero, Miriam. et Colmenar Orzaes, Carmen.- “<a href="http://www.juntadeandalucia.es/educacion/vscripts/w_bcc1812/w/rec/4204.pdf">1.837: La Biblioteca Nacional, por primera vez, abre sus puertas a la mujer</a>”, in Historia de la Educación. Revista Interuniversitaria 5, 1986, pág. 179].</small>
</blockquote></blockquote><p>
Según consta en el registro de “<i>Noticias perteneciente a la Bibliotheca Real de S.M. sacadas de las Rs. Os., Consultas, Representaciones y otros Documentos que existen custodiados en el archivo del mismo establecimiento. Tomo II. 1836, perteneciente al establecimiento</i>”, en el denominado “<i>Informe dado en la instancia de doña Antonia Gutiérrez Bueno</i>”, se indicaba en el folio 184, a la vuelta, una Real Orden de S.M. la reina Regente Dª María Cristina de Borbón Dos Sicilias, que decía así: <p>
<blockquote><blockquote><i>
«Enterada la Reina Gobernadora por Vd. en la solicitud de Da. Antonia Gutiérrez Bueno, autora del "Diccionario histórico y biográfico de mujeres célebres", y atendiendo a la proporción que ofrece ese establecimiento de un local separado del que se destina a los hombres, se ha servido resolver S.M. permita V.S. la entrada en la sala baja que indica a las mugeres que gusten concurrir a la Bibliotheca. <br/>
De Real Orden le digo a V.S. para su inteligencia y efectos correspondientes.<br/>
Dios guarde a V.S. muchos años. <br/>
Madrid, 27 de febrero de 1837.<br/>
López, Señor Bibliothecario Mayor en la Nacional de esta Corte».</i><br/>
<small>[Carreño Rivero, Miriam. et Colmenar Orzaes, Carmen.- “<a href="http://www.juntadeandalucia.es/educacion/vscripts/w_bcc1812/w/rec/4204.pdf">1.837: La Biblioteca Nacional, por primera vez, abre sus puertas a la mujer</a>”, in Historia de la Educación. Revista Interuniversitaria 5, 1986, pág. 180.]</small>
</blockquote></blockquote><p>
Esta Orden se estableció una vez visto el informe que aparece en el folio 185, realizado diez días antes por el director de la Biblioteca Nacional, que a la sazón era D. Joaquín María Patiño.
<blockquote><blockquote><i>
«Excmo. Señor. <br/>
Dando cumplimiento al decreto marginal de la instancia que adjunta devuelvo por lo que Da. Antonia Gutiérrez Bueno solicita permiso para concurrir a esta Bibliotheca y consultar en ella los libros necesarios con el objeto de continuar la obra que está escribiendo titulada Diccionario histórico y biográfico de mugeres célebres, debo decir a V.E. que las constituciones de este establecimiento prohiben la entrada en él a las mugeres y asimismo el que se estraigan libros de la casa. Pero hay una sala en la planta baja que ahora se halla desocupada y en ella puede entregarse sin inconveniente la interesada a sus laudables estudios y complaciendo al mismo tiempo a una persona doblemente recomendable por el sexo al que pertenece y por el útil empleo que hace de sus ocios. <br/>
Dios guarde a V.E. muchos años. <br/>
Madrid, 16 de febrero de 1837. <br/>
Joaquín María Patino. <br/>
Excmo. Señor Secretario del Despacho de la Gobernación de la Península».<br/></i>
<small>[Carreño Rivero, Miriam. et Colmenar Orzaes, Carmen.- “<a href="http://www.juntadeandalucia.es/educacion/vscripts/w_bcc1812/w/rec/4204.pdf">1.837: La Biblioteca Nacional, por primera vez, abre sus puertas a la mujer</a>”, in Historia de la Educación. Revista Interuniversitaria 5, 1986, pág. 180.]</small>
</blockquote></blockquote><p>
No obstante, el Director de la Biblioteca Nacional comenzó a poner excusas para su cumplimiento, como consta en un despacho que envió una semana después, el 7 de marzo de 1.837, al Secretario del Despacho de la Gobernación, pues aunque había ofrecido <i>“una sala en la planta baja que ahora se halla desocupada</i>”, para que pudiera acceder Antonia, <p>
<blockquote><blockquote><i>
«si llegasen a exceder del número de cinco o seis las mujeres que pretendiesen aprovecharse de este beneficio... sería preciso comprar mesas, un brasero, escribanías y lo necesario para que las señoras concurrentes estuviesen con la decencia que corresponde». </i></br/>
</blockquote></blockquote><p>
La Reina, no sólo ordenó habilitar todo lo necesario para hacer posible el acceso de Antonia y acondicionar la sala, sino que llegó más allá, al concluir con una Orden clara de acceso a partir de ese momento para siempre de todas las mujeres que lo quisieran. Así lo dice la Real Orden de 22 de marzo de 1.837:<p>
<blockquote><blockquote><i>
«permita V.S. la entrada en la sala baja que indica a las mujeres que gusten concurrir a la Biblioteca... no sólo a doña Antonia Gutiérrez, sino ... a todas las demás mujeres que gusten concurrir”, [añadiendo que] “en el caso de que afortunadamente el número de éstas exceda de cinco o seis, lo haga usted presente, manifestando el aumento de gasto que sea indispensable».</i></br/>
</i></br/>
</blockquote></blockquote><p>
Bástenos constatar, además, de lo absurdo que era considerado el hecho de prohibir la entrada a las mujeres, que en el informe, en nota marginal, aparece el siguiente comentario:<p>
<blockquote><blockquote><i>
«No alcanza la masa qué razón pudieron tener los reglamentistas de la Biblioteca para cerrar sus puertas á las mujeres […] No parece sino que el genio del oscurantismo derrotado ya por el hombre aún conserva su imperio sobre la muger. <b>Esta mitad del pueblo tiene todavía en España conventos donde encerrarse y no bibliotecas donde instruirse</b>». </i><br/>
<small>[Hernández Carralón, Gema.- “<a href="http://blog.bne.es/blog/eva-en-la-bne/">Eva en la BNE</a>”, in EL BLOG DE LA BNE.]
</small><p>
</blockquote></blockquote>
<p>
<br/>
<p>
<br/>
<b>
<u>BIBLIOGRAFÍA.</u></b><p>
Carreño Rivero, Miriam. et Colmenar Orzaes, Carmen.- “<a href="http://www.juntadeandalucia.es/educacion/vscripts/w_bcc1812/w/rec/4204.pdf">1.837: La Biblioteca Nacional, por primera vez, abre sus puertas a la mujer</a>”, in Historia de la Educación. Revista Interuniversitaria 5, 1986, 177-182.<p>
Constenla, Tereixa.- <a href="http://cultura.elpais.com/cultura/2013/03/07/actualidad/1362683501_440362.html">"Leer era cosa de hombres"</a>, in El País, 10 de marzo de 2013.<p>
García Ejarque, Luis.- “<a href="http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=18&ved=0CEUQFjAHOApqFQoTCKDt3NjPjMcCFYa6FAode5EOug&url=http%3A%2F%2Fdialnet.unirioja.es%2Fdescarga%2Farticulo%2F224197.pdf&ei=Zje_VaCiHIb1UvuiutAL&usg=AFQjCNHDlD6AvemQ5hO4-0WzHcmQmWMgAA&sig2=M-kOdKgYD_DLiEKC0zAHPw">Biblioteca Nacional de España</a>”, in B. ANABAD, XLII (1.992), nº 3-4, pp. 203-255.<p>
Hernández Carralón, Gema.- “<a href="http://blog.bne.es/blog/eva-en-la-bne/">Eva en la BNE</a>”, in EL BLOG DE LA BNE.<p>
Pavía, Javier.- “<a href="http://blog.bne.es/blog/post-115/">La primera usuaria de la Biblioteca Nacional</a>”, in EL BLOG DE LA BNE.<p>
<br/>
<p>
</div>
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-24173328012754320832015-07-25T20:11:00.000+02:002017-08-25T15:52:27.194+02:00AÑO 1846. CARTA de Luis Felipe de Orleans a María Cristina, felicitándola por el matrimonio de sus dos hijas.<br/><p>
Neuilly, 5 de Setiembre de 1846.<p>
Mi querida hermana y sobrina:<p>
Con una viva satisfacción vengo hoy á desahogar en el corazón de V.M. todo el placer que el mío experimenta al contemplar el nuevo lazo que acaba de formarse entre nuestros hijos, como el que la Reina, vuestra augusta hija, acaba de contraer con un príncipe de vuestra familia, y, por tanto, de la nuestra. Tengo la confianza de que esta unión será feliz, y que la Reina no se arrepentirá de su elección. El tiempo que ambos hermanos han pasado aquí me ha colocado en posición de verlos bastante de cerca, y siempre me ha agradado mucho la conducta del Duque de Cádiz. Vuestra majestad recordará que muchas veces le he manifestado esta buena opinión.<p>
Ahora que hemos vencido las dificultades que ofrecía la conclusión de estos enlaces, es preciso abreviar cuanto sea posible el tiempo, durante el cual es factible se hagan nuevos esfuerzos y tentativas nuevas para impedir su celebración.<p>
Es evidente que es preciso esperar el voto de las Cortes y las dispensas del Papa, que el Conde Rossi está encargado de expedir en cuanto las reciba. Espero que estas formalidades se realizarán sin graves dificultades y sin retardo; pero al momento que lo sean, me parece importante se verifique sin dilación el matrimonio de la Reina, aun cuando el Duque de Montpensier no hubiese aún llegado á Madrid. V.M. juzgará, pero conocerá sin duda que no podemos hacer partir nuestro hijo sin que antes se hayan cumplido las formalidades, sin las cuales no podría celebrarse el matrimonio. Este querido joven desea vivamente llegar á ser vuestro hijo, y no temo asegurar que corresponderá á todo cuanto podéis esperar de él.<p>
Ruego á V. M. ofrezca mis afectos al Duque de Riansares, manifestándole cuanto agradezco la parte que se ha tomado para obtener un resultado tan grato á mi corazón.<p>
Os renuevo la expresión viva y sincera de la tierna amistad con que soy siempre, mi querida hermana y sobrina, de V. M. hermano y afectuoso tío.<p>
LUIS FELIPE.<p>
<br/><p>
<small>[Cfr.: Fernández de Miraflores, Manuel Pando.- <a href="https://books.google.es/books?id=cA9bAAAAcAAJ&pg=PA89&dq=pudiendo+heredar+los+bienes+de+sus+padres,+con+arreglo+a+lo+que+disponen+las+leyes.+Dado+en+Palacio,+%C3%A1+11+de+octubre+de+1.844.&hl=es&sa=X&ei=5yjCVL6JHIGiUI-ahPAI&ved=0CCIQ6AEwAA#v=onepage&q=Neuilly%2C%205%20de%20setiembre%20de%201846&f=false">Continuación de las Memorias Políticas para escribir la historia del Reinado de Isabel II</a>. Madrid, Rivadeneyra, 1.873, pp. 269-270.]</small><p><br/><p>
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-21661135042805977082015-07-12T20:05:00.000+02:002017-08-25T15:51:59.482+02:00AÑO 1844. CARTA de María Cristina de Borbón Dos Sicilias al Rey de los franceses, Luis Felipe de Orleans, dándole cuenta de su matrimonio con Fernando Muñoz.
<i>A S.M. el Rey de los franceses, mi muy querido tío.<p>
Madrid 15 de Diciembre de 1.844.<p>
Señor:<p>
La bondad que V.M. me ha mostrado siempre, me anima á presentarle mis respetos, felicitándole al mismo tiempo por el casamiento del Duque de Aumale. Deseo que esta unión sea para toda la familia real un motivo de contento, y especialmente para V.M. y para mi querida tía.<p> Aproximándose las santas fiestas de Nochebuena y el nuevo año, os ofrezco mi homenaje para estos días; nunca olvidaré el placer que tenía en pasarlos cerca de Vos, cerca de una familia tan querida, y deseo vivamente volverle á tener algún día. Si mi deber me conserva en este momento cerca de mis queridas hijas, espero que una vez cumplidos mis deseos, podré volar cerca de Vos para renovarle en persona la expresión de mis sentimientos. Conocidos éstos por Vos, podréis creer en su sinceridad y acoger los votos que formo en favor vuestro, sobre todo con motivo de las próximas fiestas.<p>
Debo llenar un deber para con Vos, querido tío mío, cual es el de <b>daros parte de mi matrimonio con el Duque de Riánsares</b>. Aun cuando <b>mi buena tía la Reina creo que os habrá hablado de esto</b>, faltaría á mi obligación si no diese este paso para con Vos. Mi querida tía ha mirado esta resolución tomada por mí con toda la maternal bondad que la caracteriza, llenándome de satisfacción, y no dudo que mi determinación será bien acogida por Vos, porque conozco de mucho tiempo hace vuestras bondades conmigo. Ellas se han extendido también para con el Duque de Riánsares, y creedme, querido tío mío, su respeto y su reconocimiento son bien profundos.<p>
Sobre estos sentimientos podéis contar siempre, tanto por su parte como por la mía.<p>
Espero que vuestra salud sea tan buena como yo os la deseo por muchos años. Nosotros gozamos, á Dios gracias, de este beneficio, y yo del placer de ver á mis hijas muy contentas. Ellas os presentan su homenaje y felicitaciones, uniendo sus á los que yo hago á Dios por V.M., á quien beso mil veces la mano, creyéndome dichosa de ser de V.M. afectísima, respetuosa y obediente sobrina.<p>
MARÍA CRISTINA<p>
</i> Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-82543517624765552722015-05-27T18:57:00.000+02:002017-08-24T10:42:40.797+02:00AÑO 1829. Visión literaria de Ramón Mesonero Romanos de la llegada de María Cristina de Borbón a Madrid<div dir="ltr" style="text-align: justify;" trbidi="on">
<p style="text-align:center">
<font color="magenta"> <b><big><big><big>
Memorias de un setentón<br/>
natural y vecino de Madrid<br/>
escritas por<br/>
El Curioso Parlante</b></big></big></big><p>
</Font>
<font color="navy"><i><big><big><big>Tomo II (1.821-1.850)</Font></i></big></big></big>
</p><p>
<font color="green"><b><big>Capítulo III</big></Font></b><p>
<b>II.-</b><p>
Fernando VII, en quien el deseo de ver asegurada su sucesión directa predominaba sobre todos los demás, sintiéndose, aunque entrado ya en los cuarenta y cinco años de su edad, con fuerzas para determinarse a encender por cuarta vez la antorcha de Himeneo, no vaciló un momento en tal resolución, y escogió resueltamente para compartir su lecho a la Princesa <b>MARÍA CRISTINA, hija de los reyes de las Dos Sicilias</b>, y su sobrina carnal. Y tan acucioso anduvo en ello, que aun sin dar a la memoria de Josefa Amalia el tiempo necesario que el uso y la etiqueta, cuando no el sentimiento, imponen, emprendió la demanda, aceleró los trámites del negocio, y tanto, que aún no habían transcurrido siete meses desde el fallecimiento de aquella señora, cuando el 11 de Diciembre de 1829 entraba en Madrid y se unía a él en conyugal lazo la excelsa y hermosísima<b> CRISTINA</b>.<p>
Venía acompañada de sus augustos padres Fernando IV de Nápoles, y de su esposa María Luisa, hermana de Fernando VII, y un hermanito en lactancia, el Conde de Trápani; y llegaba precedida de gran fama (que por cierto no defraudó) de su extremada discreción, hermosura y gentileza. Un vestido azul celeste -color que desde entonces fue adoptado por sus numerosos partidarios con el epíteto de <i>azul Cristina</i>- y un sombrero blanco con plumas del propio color del vestido realzaban su deslumbradora belleza, al paso que su afabilidad y continente majestuoso y digno arrastraban tras sí todos los corazones. -Al lado de la portezuela del coche cabalgaba airosamente el rey Fernando, que con su figura semi-colosal y su expresiva fisonomía no deslucía personalmente la majestad de la Corona, y seguía toda la Real familia y suntuosa comitiva, que atravesó el largo trayecto que media entre la puerta de Atocha y el Real palacio, por entre vistosos arcos, templetes, guirnaldas y banderolas, dispuestos con mejor gusto que en otras ocasiones por la Municipalidad matritense, y de una lluvia de flores, palomas y versos, con que el inmenso pueblo saludaba a la nueva Reina, de quien esperaba su redención.<p>
Las musas castellanas, por medio de sus más egregios representantes, entonaron cien y cien preciosos cánticos en su loor; Gallego, el Duque de Frías, Arriaza, Durán, hasta el mismo Quintana (solicitado expresamente por el Rey), rompieron en obsequio de Cristina su obstinado silencio; y la nueva generación poética, Vega, Espronceda, Bretón, Alonso, Gil Zárate y Pezuela secundaron decorosamente aquellas solemnes manifestaciones de los maestros del arte. ¿Qué más? Hasta mi pobre musa, que tan apartada se mantuvo siempre de estas demostraciones hacia objetos augustos, seducida por el entusiasmo general y venciendo su natural retraimiento, saludó a Cristina con este trivial y descolorido soneto:<p>
<blockquote><blockquote><i>
Pura como la luz de la mañana, <br/>
Bella como la flor de la azucena, <br/>
Feliz trasunto de la Italia amena, <br/>
Que en tu beldad se reflejó lozana; <br/>
Tal, dando vida a la región hispana, <br/>
Vienes, ¡Cristina!, y a tu vista suena <br/>
El eco del placer; calma la pena, <br/>
Y huye y se esconde la discordia insana. <br/>
Llega, ¡oh Reina!, a triunfar; y la amargura <br/>
Que a la ibera nación entristecía <br/>
Disipa con tu faz encantadora; <br/>
Cual suele aparecer en el altura, <br/>
Tras el horror de la tormenta umbría, <br/>
Iris alegre que zenit colora. <br/>
</i></blockquote></blockquote>
<p>
<a name='more'></a>
El entusiasmo, en fin, hacia la persona de la Reina, producido por el instinto público, que acertó a adivinar en ella la futura restauradora de sus libertades, no decayó un solo momento; antes bien se acreció de día en día con la declaración oficial del embarazo de S. M. (8 de Mayo). Fernando, que tenía fija su atención en esta esperanza, había hecho publicar en 20 de marzo, la pragmática sanción de las Cortes del reino de 1789, no promulgada, en que se derogaba la llamada ley sálica, impuesta por Felipe V acerca de la sucesión exclusiva a la Corona en la rama masculina; y restablecía la antigua ley de Partida, no interrumpida jamás, por la que se declaraba la sucesión natural de las hembras a falta de hijo varón; ley veneranda y nunca contradicha, que ofreció a nuestra historia los ilustres nombres de las Berenguelas e Isabeles, y que era la misma que habían decretado en la Constitución de 1812 las Cortes de Cádiz, esto es, la que la opinión adoptaba como ley nacional.<p>
Y cuando el 10 de Octubre del mismo año, 1830, dio a luz la Reina a la princesa ISABEL, la inmensa mayoría de los españoles aclamó con entusiasmo a la que un día había de llevar el título de ISABEL II. -Imposible es describir el regocijo general y el suntuoso aparato de las espléndidas fiestas celebradas con este motivo. La Corte, la Grandeza, el Ayuntamiento y los particulares rivalizaron en ostentación con las demostraciones de alegría; la voz de los poetas prorrumpió en sentidos cantos encomiásticos, entre los cuales merecen especial mención la magnífica oda del eminente Nicasio Gallego, y la bella octava del joven poeta Ventura de la Vega, estampada en un transparente de la Casa Consistorial y que conservo fielmente en la memoria:<p>
<blockquote><blockquote><i>
«Bajo tu imperio, religión sagrada, <br/>
Otra ISABEL, orgullo de Castilla, <br/>
Las rojas cruces tremoló en Granada, <br/>
Lanzando al moro a la africana orilla: <br/>
Esta que hoy nace, de la patria amada <br/>
Destina el cielo a la paterna silla; <br/>
¡Sagrada religión, tú la acompaña, <br/>
Y el siglo de ISABEL reluzca a España!». <br/>
</i></blockquote></blockquote>
<p>
Todo hacía esperar que tan fausto acontecimiento, y la notoria influencia que había de ejercer en el ánimo de Fernando contribuirían a acelerar un movimiento de tolerancia y de clemencia hacia la idea liberal y sus partidarios proscriptos; pero la impaciencia de estos (que por otro lado no era de extrañar después de siete años de ostracismo), recrudecida por el ejemplo de la revolución de Julio, en Francia, les arrastró en mal hora, y sin dar lugar a espera, a la temeraria empresa de hacer una irrupción a mano armada para derribar al Gobierno, entrando en España por la frontera de Navarra el famoso Mina, al frente de sus huestes, y San Miguel y Gurrea por la de Cataluña. Pero muy pronto, y no hallando cordial acogida en las poblaciones, viéronse derrotados miserablemente y con riesgo inminente de sus vidas, consiguiendo tan sólo, con esta funesta algarada, recrudecer en Fernando y sus ministros las ideas más sanguinarias, que estaban algún tanto amortiguadas. -Volviose a reproducir el terror de 1824; creáronse de nuevo las comisiones militares, que tornaron a ejercer desde luego sus horribles funciones; promulgáronse nuevos decretos de proscripción y de muerte; sorprendiéronse correspondencias y conspiraciones más o menos auténticas, de que fueron víctimas el librero D. Antonio Miyar, el médico Torrecilla, y hubiéranlo sido también el ingeniero Marcoartú y D. Salustiano Olózaga, a no haberse arrojado aquel por un balcón para evitar su prisión, y evadido este milagrosamente de la cárcel de Villa, donde estaba incomunicado. -Y llegó a tal extremo el ensañamiento del bando dominante, que condujo al patíbulo a un infeliz zapatero de la calle de San Antón, llamado Juan de la Torre, por haber exclamado en un momento de exasperación: <i>«Libertad, ¿dónde estás, que no vienes?»</i>, y desterró al alcalde de corte, D. Andrés Oller, por haberse negado a firmar este jurídico asesinato. -Cerráronse las Universidades, prohibiose rigorosamente la entrada de los diarios extranjeros, y cesó, en fin, la publicación de todo lo que pudiese oler a ilustración y patriotismo.<p>
Tal era la condición ineludible de aquel Gobierno arbitrario: la de pasar alternativamente desde el más sangriento período de persecución y de lucha al oprobioso de abyección y saña contra todo lo que pareciera conducir a la pública ilustración. -Parapetados en el irresponsable ejercicio de la autoridad, sin trabas de ninguna especie ni en las leyes ni en la opinión (que no tenía medio alguno de manifestarse); seguros, por lo tanto, de la impunidad más escandalosa, los magnates y funcionarios, más absolutos aún que el mismo Monarca, gobernaban a su antojo; hacían y deshacían leyes, y disponían, en favor de sus hechuras y paniaguados, de los destinos, gracias y mercedes que debían ser el premio del talento y la laboriosidad; y auxiliados por una larga cadena de parásitos intermedios de uno y otro sexo, habían convertido en fructuosa granjería, desde las más altas dignidades de la iglesia y de la Magistratura hasta los cordones de cadete o los estanquillos del tabaco. -Ya hemos visto con que desenvoltura ejercían esta omnímoda facultad, desde el Presidente de Castilla, autoridad la más excelsa en aquel Gobierno, hasta los subalternos y porteros, adjudicando al mejor postor grados y mercedes, en tanto que el hombre modesto y de verdadero merecimiento yacía oscurecido, sin hallar medio alguno de darse siquiera a conocer.<p>
Al mismo tiempo, los grandes servicios del Estado, el Ejército, la Marina, la Magistratura, la Instrucción, la Beneficencia y las obras públicas yacían en el más indecoroso abandono; el crédito público puesto en olvido, y el comercio y la industria entregados a la más abyecta nulidad.<p>
La moralidad privada corría parejas con la pública del Gobierno y los magnates. La falta de cumplimiento de sus deberes y compromisos, autorizada por el ejemplo del Gobierno, era cosa corriente, desde el Grande de España, amparado contra sus acreedores con una cédula de moratoria, hasta el inquilino de una habitación o arrendatario de una heredad, que se creía autorizado para no pagar al propietario, por aquella regla de «que al que nada tiene, el Rey le hace libre»; y las quiebras fraudulentas y las violaciones de depósitos entre particulares eran una consecuencia lógica de las ejercidas por aquel Gobierno paternal.<p>
La seguridad pública de la propiedad y de las personas era completamente un nombre vano, por falta de vigilancia en la autoridad. Conocidos son los nombres de los <i>Niños de Écija, Jaime el Barbudo y José María</i>, y otros héroes legendarios de esta calaña, que eran dueños absolutos de carreteras y travesías, y con quienes las empresas de trasportes, y hasta el mismo Gobierno y la Real familia tenían necesidad de entrar en acomodos y pagar tributos, a manera de seguro, por no ser molestados, o bien que, indultados alguna vez de las penas merecidas, venían con ciertas condiciones a convertirse en escolta de los mismos viajeros que antes desvalijaban o hacían perecer. -En las ciudades y en el mismo Madrid no eran menos frecuentes los ataques contra la propiedad y las personas, ejecutados, no con ingeniosos procedimientos ni estudiada astucia, sino franca y descaradamente, en medio del día, en las calles un tanto extraviadas y escalando por las noches los halcones de las casas, violentando las puertas y penetrando en las habitaciones; y en cuanto a las personas, recuerdo, entre otros varios, el secuestro de una señora, vecina de mi casa, arrancada violentamente del brazo mismo de su marido en una noche de verbena de San Antonio, y el de otra, muy conocida también, que saliendo de tertulia en la calle de Atocha, acompañada por un criado, fue arrastrada por dos audaces libertinos hasta el alto de San Blas, donde saciaron en ella su brutal apetito, bien que, sorprendidos a pocos pasos por unos serenos (únicos vigilantes de aquel tiempo), fueron reducidos a prisión, y a los ocho días pagaron en el mismo sitio con sus vidas aquel infame atentado. -Pero ¿qué más? Hasta el mismo claustro se vio contagiado de este desenfreno, siendo teatro del horrible asesinato del Abad de San Basilio, perpetrado por su misma comunidad; y pudiera recordar también otro fraile, agonizante de la Orden de San Camilo, que vi conducir al patíbulo por haber dado muerte, y con los más repugnantes detalles, a una mujer con quien tenía relaciones.<p>
La decantada religiosidad de aquellos tiempos sólo se manifestaba en rosarios, procesiones y solemnidades; pero precisamente en ellas era también mayor el escándalo que la ignorancia de los predicadores producía en el templo del Señor, con manifestaciones de que hoy no se puede formar idea. La indiscreta juventud, que hacía alarde -no del escepticismo moderno, más aparente que real- sino de la más cínica impiedad, seguía este instinto fatal, no contenida, antes bien sobreexcitada por las persecuciones y anatemas y leía con avidez, por espíritu de oposición o resistencia, las obras de Voltaire y Diderot, de Dupuis y de Volney, <i>La Religiosa y La Doncella de Orleans, El Citador, Las Ruinas de Palmira, El Origen de los cultos, La Guerra de los dioses</i>, las obscenas novelas de Pigault Lebrun y la escandalosa, de <i>El Baroncito </i>de Foblas, y otras muchas a este tenor, que hoy nadie conoce, o que sólo excitan desprecio e indiferencia.<p>
Seguro estoy de que si los ilustrados jóvenes que hoy aparentan echar de menos aquella época, de la cual, por un fantástico espejismo, se forman tan bello ideal, pudiesen retrotraer a ella sus miradas inteligentes, retrocederían avergonzados ante espectáculo semejante, ante una situación en que ellos, hombres de superior talento y de sólida instrucción, que tan bien escriben, que hablan tan bien, no hubieran encontrado medio de manifestarse, como hoy lo hacen, por medio de la palabra o de la pluma, y hubieran quedado oscurecidos, y perseguidos tal vez por esta misma afición al estudio. -Y si sus ilustres padres -algunos de los cuales me honraron con su amistad, si no con sus favores, que nunca les pedí- volvieran a la vida, seguro estoy, repito, de que harían conocer a sus dignos hijos lo equivocados que andaban en sus apreciaciones. Y cuenta que todo esto lo dice, casi al bordo del sepulcro, un testigo imparcial de aquella época y también de las sucesivas, con sus vicisitudes, excesos y desvaríos respectivos; pero que, independiente por carácter y por posición, y no habiendo recibido, ni de unos ni de otros hombres, favores que agradecer ni agravios que lamentar, sabe hacerse superior a la influencia de la edad, que impulsa ordinariamente a los ancianos a ensalzar lo pasado a expensas de lo presente, y tiene el valor de rendir sólo tributo a la verdad.<p>
<br/>
<p>
<blockquote><blockquote><blockquote><blockquote><blockquote><big><big>∞∞∞∞∞∞∞∞۞∞∞∞∞∞∞∞∞</big></big></blockquote></blockquote></blockquote></blockquote></blockquote><p>
<br/>
<p>
<font color="green"><b><big>Capítulo VIII</big></Font></b><p>
<b>I.- MADRID FILARMÓNICO Y SOCIAL.</b><p>
Si la influencia de la reina Cristina no alcanzó desde luego a modificar la marcha política de aquel desatentado Gobierno, ni a dominar de todo al todo el carácter iracundo del Monarca, exacerbado a la sazón con las recientes intentonas de los liberales emigrados, en 1830 y 31, por lo menos no puede negarse que a su gran talento y a su tacto especial debiose una transformación completa en el aspecto lúgubre de aquella corte suspicaz y recelosa, inclinándola a comunicarse con la sociedad exterior y participar en algún modo de su movimiento y su cultura.<p>
Esta sociedad, cohibida y contrariada por el Gobierno en sus aspiraciones políticas, en su expansión y progreso intelectual, a falta de objeto más importante en que ocuparse, había concentrado toda su vitalidad en el movimiento y los placeres de la vida social, y emancipándose del apocamiento y la estrechez en que antes vegetara, modificaba de día en día su actitud primitiva, extendía su mirada a más halagüeños horizontes, y seguía, por un irresistible instinto, la marcha civilizadora del siglo, dejándose dominar por de pronto por el encanto del arte divino de la música, que, al decir de Feijóo, es el único hechizo permitido que hay en el mundo, y cuya dulzura (según Cervantes) compone los ánimos descompuestos y alivia los trabajos que nacen del espíritu.<p>
Esta afición de la sociedad matritense hacia la filarmonía no era, como ahora, la expresión de una moda pasajera y de buen tono, sino un verdadero culto, una devoción entusiasta hacia el arte que tan preclaros genios ostentaba a la sazón en un ROSSINI, un DONIZETTI, un BELLINI, un MEYERBEER (en su primera época rossiniana), y sus acertados imitadores Paccini, Vacaj, Ricci, Mercadante, Morlachi y Carnicer.<p>
Y cuando las magníficas creaciones de estos genios insignes tenían en nuestra capital intérpretes tan valiosos como Galli, Maggiorotti, Inchindi, Passini, Trezzini y las divas Mariela Albini, la Lorenzani, la Cortessi, la Césari, la Naldi, la Tossi y la Meric Lalande, no es de extrañar que el público matritense adquiriese, escuchándoles, un exquisito gusto artístico, recibiese una educación musical que produjo una pléyade de excelentes artistas, más bien que aficionados, de ambos sexos, que formaron por entonces el encanto de nuestros salones. -Y pues que en estos recuerdos trato de evocar todas las notabilidades de aquella sociedad en sus diversos aspectos, político, literario y artístico, permítaseme que cite entre las de este último género a las señoritas Baldomera Cruz, Concha Mariátegui, Luisa Zárate, Petra Campuzano, las hermanas Rives, Paulina Cabrero, Antonia Montenegro y Josefa Azcona, y a los señores Ojeda, Díaz, Pérez Moltó, Cagigal, Llorens, Sentiel, -97- Unanue, Reguer, etc., que amaestrados y dirigidos en gran parte por el caballero Reart y Copons, insigne dilettante, y por los maestros Carnicer, Mercadante, Saldoni, Iradier, Albéniz, Masarnau, Espín, Genovés, y otros que no recuerdo, les pusieron en aptitud de competir con los más célebres artistas en la ejecución de aquellas sublimes creaciones del arte musica.
La reina Cristina, italiana y artista de corazón, comprendió -98- desde luego la predisposición natural de los hijos de España para el cultivo del arte, y dispuso levantarle un templo digno, creando a los pocos meses de su llegada a Madrid el magnífico Conservatorio de Música y Declamación85, que llevó su nombre, confiando su dirección al inteligente tenor Piermarini y a su esposa, los cuales en poco tiempo le hicieron ocupar un elevado rango entre los de esta clase en el extranjero, y ofrecer en los primeros exámenes y funciones celebradas en su teatro un plantel de jóvenes artistas líricos y dramáticos, entre los que descollaban nombres tan célebres luego como los de Manolita Oreiro de Lema, la Pieri, la Villó, la Plañol, Reguer, Calvete y otros cantantes, y los de Julián y Florencio Romea y Mariano Fernández, en la declamación teatral.<p>
Fernando, estimulado por el ejemplo de su esposa, quiso también fundar algún establecimiento de instrucción que respondiese a necesidades de otro género, y creó, por aquellos mismos días... la Escuela de Tauromaquia en Sevilla; pero, sin embargo, dejándose fascinar por las gracias y talento de Cristina, concurría con ella a las funciones del Conservatorio (aunque tal vez lo hubiera hecho de mejor gana a las del liceo taurino de Sevilla); escuchaba con interés a los jóvenes alumnos, músicos y dramáticos, y es fama que al presenciar la ejecución de la piececita titulada El Testamento, en que se ensayó el precoz talento de Julián Romea, dijo a los cortesanos que le rodeaban, y que cuidaron de hacer circular la frase feliz: <i>«Este muchacho que hace El Testamento empieza por donde otros acaban».</i> <p>
La llegada de ROSSINI a Madrid en el Carnaval de 1831 fue objeto de interés general. Venía acompañado del famoso banquero D. Alejandro Aguado, y fue recibido con el mayor entusiasmo, no sólo por el infinito número de sus apasionados, sino por la corte misma y los altos dignatarios, que se disputaban el placer de agasajar al inmortal autor de El Barbero de Sevilla. Él, por su parte, parecía simpatizar con nuestro país, que era también la patria de su esposa Isabel Colbran; gozaba mucho al verse objeto de aquellas atenciones, y para corresponder en algún modo a ellas, compuso y dedicó a la reina Cristina una bellísima canzone titulada La Passggiata (que conservó impresa), y prestándose al deseo manifestado por el comisario de Cruzada, señor Varela, que fue el que se excedió en recibirle magníficamente, escribió para él expresamente su obra maestra, el Stabat Mater, que, a juicio de muchos, es el mejor florón de la corona del Cisne de Pessaro. Aquel espléndido magnate correspondió cumplidamente a tan inapreciable obsequio, y conservaba con exquisito cuidado en un precioso estuche la pluma con que el gran maestro escribió esta inmortal composición, que después dio la vuelta al mundo artístico, y fue estrenada en Madrid la tarde de Viernes Santo del año siguiente (1832) en la iglesia de San Felipe el Real, con el aplauso y entusiasmo a que es merecedora.<p>
Rossini, asistiendo a las funciones expresas que le dedicó el Conservatorio, se manifestaba sorprendido al ver la predisposición natural y artística de los españoles para la música, y no se cansaba de expresar su satisfacción al hallarse en la patria de su grande amigo y colaborador Manuel García. Yo mismo se lo oí repetir en un baile de máscaras en casa del Duque de Híjar: por cierto que, animado por mi entusiasmo filarmónico rossiniano, me atreví a dirigirle un soneto improvisado, que escuchó con señaladas muestras de satisfacción, rogándome que se lo diese por escrito, como así lo hice, remitiéndoselo al siguiente día a la casa en que habitaba.<p>
Mi soneto decía así:<p>
<blockquote><blockquote><i>A ROSSINI EN MADRID<p>
¿Dónde Rossini, irás, que el peregrino <br/>
Son de tu lira, que envidiara Orfeo, <br/>
No te renueve el público trofeo <br/>
Que a tu genio sin par unió el destino? <br/>
Vuela tu nombre, salva el Apenino, <br/>
Traspasa el Alpe, cruza el Pirineo; <br/>
Ni el ancho mar, ni el Atlas giganteo <br/>
Límite oponen al cantor divino. <br/>
Tú, empero, de tu fama el raudo vuelo <br/>
No pretendas seguir; la patria mía, <br/>
Que hoy te recibe, goce tu tesoro. <br/>
Pulsa tu lira en el hispano suelo; <br/>
Repetirá su mágica armonía <br/>
El eco fiel del matritense coro. <br/>
</i></blockquote></blockquote><p>
No eran solo los goces de la filarmonía a los que se entregaba con entusiasmo la sociedad madrileña, sino también a los que le brindaban sus condiciones innatas de amabilidad y franqueza en agradables saraos, bailes y tertulias, en que, desterrado el apocamiento primitivo de la antigua sociedad, que dejé consignado en capítulos anteriores, se matizaba ya con ese agradable colorido de elegancia sin sequedad, cortesía sin afectación, franqueza sin exceso; con ese buen tono, en fin, que aún hoy la distingue y forma el encanto de nacionales y extranjeros. -No había entonces periódicos ni gacetillas que anunciasen urbi et orbi que los señores de Tal se quedaban en casa los lunes; -que en los salones de la duquesa de Cual se haría música los martes; -que los miércoles abriría sus salones la embajada Tal, o en la de Cual se ofrecería un <i>thé dansant</i> los jueves; -que los marqueses de X harían las delicias de todo Madrid los viernes, ni que los sábados o domingos darían una de sus maravillosas soirées los opulentos banqueros Tal o Cual. -Mas, a pesar de la falta de estas formas cancillerescas, si mi amigo Asmodeo hubiera estado por aquel entonces en edad y condiciones de escribir sus amenas Revistas, mucho y muy bueno pudiera haber dicho de los magníficos conciertos y espléndidos bailes dados por el coronel D. Pablo Cabrero, dueño de la fábrica platería de Martínez, en cuyo inmenso salón, que permitía una concurrencia de 800 personas, se reunía en días señalados todo lo más escogido de nuestra sociedad; los de los señores Vallarino, Villavicencio, Aristizábal, Elhuyar, Mariátegui, Cambronero, Gayangos, Valdés y otras varias casas de la clase media, en que se pasaban las horas en animado y agradabilísimo solaz.<p>
La aristocracia nobiliaria, reducida entonces a la condición de servidora de Palacio, no había abierto aún sus salones no queriendo, sin duda, rivalizar entre sí, ni aspirar tampoco a la honra (que no le hubiera sido dispensada) de recibir al Monarca en sus respectivos domicilios; pero, uniéndose para festejar el Carnaval y obsequiar a Sus Majestades, celebraron magníficos bailes en la casa llamada de Trastamara, calle hoy de Isabel la Católica, en cuya planta baja había unas singulares y primorosas estancias, llamadas las cuadras, todas revestidas de grutescos y follajes, y con grandes surtidores de agua en el centro, lo cual, combinado con una profusa y bien entendida iluminación, les daba un aspecto mágico y digno de Las mil y una noches, a par que los trajes riquísimos y de todos los tiempos, que vestía la aristocrática concurrencia, producían un espectáculo encantador.<p>
A ejemplo de esta, aunque con más modestas condiciones, formáronse en el Carnaval de 1832 multitud de reuniones o sociedades, que celebraban sus bailes de máscaras en los salones del gran café de Solís, calle de Alcalá -donde hoy el teatro de Apolo-, en los de Santa Catalina, La Fontana y La Cruz de Malta, y en las casas llamadas de Abrantes, calle del Prado, y de Santa Cruz, calle de San Bernardino, con el entusiasmo que era de esperar de la privación en que había estado el público, durante diez años, de esta grata diversión. -Limitándome sólo a la primera de estas sociedades, a que pertenecí, diré que estaba compuesta de 150 suscritores de las clases más distinguidas y vitales de la población, y que para disponer estas fiestas con toda su brillantez se formó una Junta o Comité, en que figuraban los Sres. Peñalver, Gutiérrez de la Torre, Escosura, Santoyo, Urbina y otros, y que en ella me tocó la suerte de ser designado como vocal depositario, honra especial, que por cierto me costó algunos sacrificios por ausentes o rezagados.<p>
Y aconteció una noche de baile (creo que era la del domingo de Carnaval), que estando en lo más animado de él, con la concurrencia de todo lo más distinguido de la corte, empezando por los infantes D. Francisco de Paula y doña Luisa Carlota, grandes, títulos y cortesanos, con toda la brillante juventud de la clase media, rivalizando todos en el lujo de los disfraces, en lo animado de los chistes y bromas y en el clasicismo de la danza (porque entonces se bailaba de verdad), acertose a presentar en la sala, vestido de frac y con la cara descubierta, el actor Valero, el mismo que aún hoy ostenta sobre su frente artística tan preciados laureles. -Todo el mundo sabe el injusto desdén o menosprecio en que hasta estos últimos tiempos se tuvo la profesión escénica, y lo que entonces quería decir un cómico, a quien se le negaba hasta el mezquino Don. Pues bien, en esta sociedad, compuesta, como queda dicho, de palaciegos y personajes, chocó la arrogancia del actor, y empezó un bisbiseo general sobre esta incongruencia, que pasando a manifestaciones descorteses, y después a verdadera agresión contra el cómico que así se atrevía a hombrearse con aquella sociedad, le fueron acosando con sus indirectas nada benévolas y empujándole hacia la puerta, hasta que le obligaron a salir del salón. Indignado, como es natural, el actor ultrajado, corrió, según se dijo, al teatro del Príncipe, donde a la sazón se hallaban el Rey y la Reina, y penetrando hasta su presencia, quejose amargamente del insulto que acababa de sufrir en una sociedad compuesta en su mayor parte de personajes de la corte. Fernando, que en esta como en otras ocasiones no escrupulizaba en declararse en contra de sus propios servidores, habló al corregidor Barrafón a fin de que arreglase este asunto a satisfacción del actor, y he aquí la razón por la cual, hallándome yo durmiendo sosegadamente, a eso de las diez de la mañana del siguiente día, me hallé con una cita del Corregidor, en que se me mandaba presentarme a Su Señoría inmediatamente. -Hícelo así, y el corregidor Barrafón, que desde la publicación reciente del Manual de Madrid me había tomado afecto, me dijo que siendo el único de los que componían la Junta del baile de Solís a quien conocía, me llamaba para averiguar qué era lo que la noche antes había sucedido con el actor Valero, y sobre quién debía recaer la responsabilidad de aquel desmán. Yo le manifesté lo poco que me era conocido, y que no podía designar persona o personas que fuesen los iniciadores del atropello; sólo sí que los individuos de la Junta lo habíamos sentido en extremo, y que la concurrencia estaba formada en su mayor parte de magnates de la corte, oficiales de la Guardia Real, etc. <i>«Pues bien, a pesar de esto -dijo Barrafón- tengo orden expresa de S. M. para arreglarlo (y entonces me contó la queja producida por Valero ante la Real presencia), y en su consecuencia, prevengo a V. para que lo ponga en conocimiento de la Junta, a fin de que el insultado reciba una justa satisfacción, que es la voluntad de S. M. que para el baile de mañana la Junta invite oficialmente a Valero, remitiéndole su billete personal, y V. me dará cuenta de haberlo verificado en los términos que expresa esta comunicación».</i> <p>
Cuando regresé a la Junta, que tenía sus reuniones en la casa del Conservatorio de Artes, calle del Turco, y puse en su conocimiento la orden terminante de la autoridad, se armó una de mil demonios entre sus individuos, entre los cuales había varios de cabeza caliente; pero todo fue inútil; S. M. lo manda, y aquí traigo la orden del Corregidor; con que no hay más remedio que cumplirla, y remitir a Valero su billete con el correspondiente oficio. -Hízose así, y llegada que fue la noche, se presentó Valero en la sala, de frac como en la anterior, paseó dos o tres veces el salón en distintas direcciones, y todo el mundo calló, sin decir esta boca es mía.<p>
Una vez rota la valla de la etiqueta y el desdén, no eran ya inaccesibles las salas de Palacio a los artistas y literatos, apadrinados por la nueva señora que tan entusiasta se mostraba hacia todas las manifestaciones del talento. Fernando, que siempre tuvo bastante inclinación a las bellas artes, como lo demostró en su perseverancia en fundar y sostener con enormes sacrificios, y a expensas de sus propios palacios, el magnífico Museo del Prado, favorecía grandemente, a los distinguidos pintores de Cámara D. Vicente López, D. José Madraza y D. Juan Rivera, y a sus hijos respectivos, dignos herederos de sus nombres; encargaba obras de arte a otros, y acudía en los últimos días de su existencia, trémulo y fatigoso, a la solemne repartición de premios de la Real Academia de San Fernando, escuchando con interés, de los labios del joven D. Mariano Roca de Togores, la oda sublime de su tío el Duque de Frías, una de cuyas estrofas, dedicada a los americanos, hizo brotar las lágrimas de los cadavéricos ojos de Fernando.<p>
No contento este con dispensar su protección a los artistas vivos, y apartándose de la costumbre recibida, y hasta recientemente establecida como ley en la vecina capital francesa, cuando se negó el permiso para erigir una estatua a Molière con el absurdo concepto de que este honor estaba sólo reservado a los soberanos, mandó al escultor español Solá esculpir la estatua de CERVANTES, que, fundida en bronce, había de elevarse (como después se verificó) en una plaza de Madrid, y mandó colocar en la fachada de la casa en que murió aquel príncipe de los ingenios españoles una inscripción que así lo recordase.<p>
En este último y laudable acto de Fernando VII no puedo menos de reproducir la parte que me tocó en su iniciativa, y que ya consigné en otra de mis obrillas.<p>
El día 23 de Abril de 1833 (aniversario de la muerte de Cervantes), y en ocasión de hallarse derribando como ruinosa la casa de la calle de Francos con vuelta a la del León, señalada con el número 20 antiguo, en la que falleció aquel esclarecido ingenio, en 1616, tuvo el autor de estas MEMORIAS la feliz inspiración de llamar por primera vez (y de ello se gloria sin riesgo de ser desmentido) la atención y el interés del público sobre esta fecha memorable, que tan solemnizada viene siendo después en ambos hemisferios. Al efecto estampó en La Revista Española un sentido artículo de costumbres, titulado La Casa de Cervantes -que después formó parte de las Escenas Matritenses- consagrado a deplorar aquel suceso y llamar la atención del Gobierno y las autoridades hacia tan venerandos restos. -Y -¡cosa rara en aquellos tiempos de indiferencia general!- alcanzó la fortuna de que aquel escrito no sólo llamase la atención del público sobre el objeto que le motivaba, sino que cayendo en manos del rey don Fernando VII, le afectó tan hondamente, que aquella misma noche llamó al ilustrado comisario de Cruzada D. Manuel Fernández Varela, ordenándole que por todos los medios posibles ocurriese a evitar aquel desmán, y procurase conservar la veneranda mansión del príncipe de los ingenios españoles. El Sr. Varela, en efecto, poniéndose de acuerdo con el ministro de Fomento, Conde de Ofalia, y con el Corregidor de Madrid, que lo consultó conmigo, hizo que este llamase al dueño de la casa en cuestión (que era, si mal no recuerdo, un honrado almacenista de carbón, llamado N. Franco), el cual se negó resueltamente a la cesión que le propusieron de dicha finca al Estado, porque convenía a sus intereses reconstruirla, y porque (según repetía con mucha gracia el corregidor Barrafón) también él tenía mucho gusto en poseerla, porque sabía «<i>que en ella había vivido el famoso D. Quijote de la Mancha, de quien era muy apasionado</i>». <p>
Vista, pues, esta negativa, y dada cuenta de ella al Rey, se expidió con fecha 4 de Mayo (a los diez días justos de la publicación de mi artículo), una notabilísima Real orden, expresando, casi en los mismos términos que yo proponía, la determinación de que, caso de no poder ser adquirida por el Gobierno, se colocase en su fachada un monumento mural con el busto de Cervantes y la inscripción correspondiente, lo cual tuvo efecto en 23 de Junio de 1834 (ya muerto el rey Fernando VII). Posteriormente, en la reforma de los nombres de muchas calles de Madrid, verificada por su celoso corregidor el Marqués viudo de Pontejos, se dio a la dicha calle de Francos el nombre de calle de Cervantes, aunque, para proceder con exactitud, este nombre lo merecía más bien la del León (en que estaba la casa y su antigua puerta), el sitio llamado entonces el Mentidero de los comediantes, o la contigua de Cantarranas -hoy mal llamada de Lope de Vega- en que está el convento de las Trinitarias, donde fue sepultado Cervantes; y con eso se lo hubiera podido dar a la de Francos el nombre de Lope de Vega, que vivió muchos años y falleció en ella, en su casa propia (número 15 nuevo), donde en 25 de Noviembre de 1862 (tercer centenario de su nacimiento) erigió, a mi propuesta, la Real Academia Española un digno monumento al Fénix de los Ingenios.<p>
Pero veo que me extravío, halagado por aquellos recuerdos juveniles, y que dejo correr la pluma, deteniéndome involuntariamente en este grato remanso de la vida social, cuando me proponía reseñar en este capítulo, que titulo La Corte de Fernando y de Cristina, no sólo el aspecto de nuestra sociedad en aquel período, sino también, y penetrando (acaso por última vez en estas MEMORIAS) en el dominio de la historia, consignar las singulares peripecias políticas que se desplegaron en aquellos años, últimos del reinado de Fernando VII. -Pero temiendo, bien lo sabe Dios, abusar de la paciencia del lector, hago un alto aquí, aplazando mi narración en este sentido para el capítulo siguiente, y pidiéndole me disimule si, en vez de un capitulo histórico-político, le ofrezco hoy solamente, una semi-secular y desaliñada gacetilla.<p>
<br/>
<p>
<blockquote><blockquote><blockquote><blockquote><blockquote><big><big>∞∞∞∞∞∞∞∞۞∞∞∞∞∞∞∞∞</big></big></blockquote></blockquote></blockquote></blockquote></blockquote><p>
<br/>
<p>
<font color="green"><b><big>Capítulo IX</big></Font></b><p>
<b>I.- PERIPECIA.</b><p>
Un acontecimiento gravísimo vino a turbar, a mediados de Setiembre de 1832, aquella tranquilidad material, impresionando fuertemente los ánimos. -El rey Fernando VII, que se hallaba en el Real sitio de San Ildefonso, viose bruscamente acometido de un ataque de gota, que en pocas horas puso en peligro su existencia. En tan críticos momentos, previstos y calculados de antemano por los partidarios del infante D. Carlos, para quienes era letra muerta la pragmática-sanción de 1789, que declaraba vigente la ley de Partida sobre sucesión de las hembras a la Corona a falta de hijo varón, concentraron sus esfuerzos para dar el último golpe, que se dirigía nada menos que a arrancar del Monarca moribundo la derogación de aquella ley; y apoyados por todas las eminencias palaciegas, y hasta por los dos ministros presentes en el Real sitio, lograron intimidar a la joven Reina con la horrible amenaza de una inmediata guerra civil, hasta el punto de decidirla a prestarse al terrible sacrificio de inclinar el ánimo de su esposo, en los angustiosos instantes de la agonía, a derogar aquella ley, lo cual suponía nada menos que el desheredamiento de su propia hija. -Pero apartemos la vista de este drama lúgubre y criminal, que la historia ha dado a conocer en todos sus detalles y que no puede ser desenvuelto en estas MEMORIAS, porque ni su objeto es esencialmente histórico, ni mi propósito en ellas fue otro que el de narrar los sucesos que pasaron a mi vista.<p>
Siguiendo, pues, en este propósito, y contrayéndome únicamente a Madrid, diré que desde los primeros instantes en que llegó a noticia de la población el estado crítico de la salud de S. M., el terror, la zozobra y el espanto fueron generales, lo cual no era, en verdad, de extrañar, si se atiende a que el funesto acontecimiento que se anunciaba era evidentemente la señal de un verdadero cataclismo social, no siendo desconocidos de nadie la intensidad de los planes preparados en uno y otro sentido, la efervescencia de las pasiones contrarias y lo tenebroso, en fin, que se presentaba el horizonte ante aquella crisis suprema.<p>
En los días que siguieron a la grave acometida del accidente, la población entera de Madrid estacionaba en las calles y plazas, interrogándose mutuamente sobre la marcha de la enfermedad, inquiriendo noticias en todos los centros donde pudieran existir, e interrogando mentalmente al telégrafo óptico que estaba colocado en la Torre de los Lujanes, plazuela de la Villa, como queriendo arrancarle de hora en hora la noticia fatal. Añadíanse a ella las que, aunque con muy diversas versiones, empezaron a circular sobre la presión que se estaba ejerciendo cerca del Monarca moribundo para arrancarle la nulidad de la ley de sucesión; la arrogancia visible de los voluntarios realistas, que suponían conseguido el objeto de aquel atentado; la ira o el desaliento de los sostenedores de la ley de Partida; el temor o la indecisión de los gobernantes; el ardor en los unos, la tibieza en los otros, y la suspensión, en fin, y el espasmo general.<p>
Este llegó a su colmo cuando el día 18 se tuvo noticia de que el Rey estaba materialmente agonizando, y que no saldría de la noche, al tiempo mismo que se susurraba, aunque vagamente, la consumación del funesto codicilo.<p>
El pueblo de Madrid corrió entonces a las iglesias, donde estaba expuesto el Santísimo Sacramento, y en la Real de San Isidro el cuerpo del santo Patrono, alternando en su vela los regidores capitulares de la villa. Entretanto, los ministros residentes en La Granja, Calomarde y Alcudia, infieles a su soberano, apresuráronse a comunicar al Presidente del Consejo de Castilla, Sr. Puig Samper, y al ministro de la Guerra, marqués de Zambrano, y con el fin de que la hiciesen saber al pueblo y al Ejército, la terminante retractación arrancada in articulo mortis al desdichado Monarca. Pero el patriotismo y la entereza del primero de aquellos personajes, y el sincero afecto hacia Fernando del segundo, les hizo suspender, muy cuerdamente, el dar publicidad a aquel mandato ministerial, por lo menos hasta tener conocimiento de la muerte del Monarca.<p>
Pero esta funesta nueva, aunque tan inminente, no se confirmó, por fortuna; antes bien, al siguiente día 19 súpose con asombro que el Rey había vuelto en sí de su letargo, y que seguía con algún síntoma de alivio; que esta mejoría inverosímil continuaba en progreso en los siguientes días, ofreciendo razonables esperanzas de salvación; súpose también, aunque envuelta en sombras, la abominable intriga fraguada en torno del lecho fúnebre, el desconsuelo y abatimiento de la joven Reina, y la llegada a La Granja de la infanta D.ª Luisa Carlota, que estaba en Andalucía, la cual, con la energía y superioridad de su carácter, corrió presurosa a deshacer de mano maestra aquel complot, a romper el funesto codicilo, a reanimar a la Reina, a confortar al Rey y a variar por completo la situación del palacio Real. Súpose, en fin, con inmensa satisfacción y júbilo, que la facultad de Medicina había declarado al Rey fuera de peligro con fecha 28 de Setiembre, precisamente un año antes, día por día, de su futuro fallecimiento.<p>
Surgiendo desde este momento los sucesos con vertiginosa rapidez, diariamente llegaban a noticia del pueblo de Madrid, la separación del ministerio Calomarde y la fuga de este ministro, primero a Olva, su pueblo natal, en la provincia de Teruel, y luego a Francia, disfrazado de monje Bernardo; -el reemplazo de dicho ministerio por otro, compuesto de los señores Cea Bermúdez, Cafranga, Encima y Piedra, y los generales Monet y Laborde; -hízose, en fin, público el Real decreto de 6 de Octubre, confiando S. M. el gobierno del Estado, durante su enfermedad, a la reina MARÍA CRISTINA; decreto refrendado por el nuevo ministro D. José Cafranga, y firmado por el Rey en su lecho sobre el mismo sombrero de aquel, que le conservó toda su vida y le enseñaba con patriótico orgullo.<p>
Grande fue la satisfacción que estos sucesos causaron en el pueblo de Madrid; pero esta subió de todo punto cuando vio surgir de las manos benéficas de Cristina las disposiciones y decretos anhelados largo tiempo hacía por la pública opinión. -Fue el primero de estos el que dispuso la apertura de las Universidades, cerradas dos años hacía; siguieron a este Real decreto la separación de varios jefes militares, entre los cuales se contaban los generales Conde de España, Eguía y González Moreno, tan odiados por sus horribles actos contra los liberales; el licenciamiento de más de 300 guardias de Corps, afectos a D. Carlos; un indulto general a los presos que fuesen capaces de él, y finalmente, el célebre decreto de amnistía en favor de los emigrados, «a excepción únicamente, bien a pesar mío (según la sentida expresión de S. M.), de la de los votantes de la Regencia de Sevilla y los que posteriormente hubiesen hecho armas contra el Gobierno de S. M.». -Este célebre decreto causó la impresión más favorable en la opinión, y la musa castellana le celebró en sentidas composiciones, entre las cuales merece especial mención la magnífica oda de D. Antonio Gil Zárate:<p>
<blockquote><blockquote><i>
«Vuelve a mis manos, descuidada lira, <br/>
Vuelve, y tras luengos años <br/>
De medroso callar y triste olvido, <br/>
Deja que pulse tus doradas cuerdas <br/>
Dando con libre acento <br/>
Himnos de gozo y gratitud al viento», etc., <br/>
</i></blockquote></blockquote>
que conservo autógrafa y que merece figurar entre las más clásicas inspiraciones de la musa moderna; y la que se recibió en la redacción de la Revista, fechada en Écija, con las modestas iniciales J. F. P., y a las cuales, al insertarla, sustituí yo el ilustre nombre que por primera vez sonaba en España: Joaquín Francisco Pacheco.<p>
La creación del ministerio de Fomento, encargando de él al conde de Ofalia, dio la señal de las reformas trascendentales que iba a sufrir la Administración, y por todos lados se respiraba ya otra atmósfera en sentido progresivo, otra expansión en las ideas políticas, que la corriente de los sucesos se encargaba de alimentar. El entusiasmo y simpatía de la gran mayoría del pueblo hacia la Reina y sus acertadas disposiciones no tenía límites; por todas partes resonaban cánticos y manifestaciones en su loor: los elementos de publicidad se desarrollaban, siendo el primero la Revista Española, que sustituyó a las Cartas Españolas, y en que yo continué, aunque limitándome a la parte literaria o de amenidad: la juventud ardiente se reunía y organizaba bajo el nombre de Cristinos, y hasta se armaba en presencia de los batallones de voluntarios realistas, que ardiendo en ira, tenían, sin embargo, que contenerla ante la explosión del entusiasmo general.<p>
Este, en fin, llegó a su colmo el día 18 de Octubre, al regreso de la corte desde el Sitio de San Ildefonso. -Fernando VII, que, acompañado de su esposa, la inmortal Cristina, venía en un coche cerrado, dejando entrever en su semblante sus gravísimos padecimientos, pudo convencerse entonces, por las entusiastas aclamaciones públicas, especialmente dirigidas a la Reina, hacia qué lado soplaban las corrientes y adónde le conduelan, bien a pesar suyo, si había de aspirar a robustecer el trono de su hija. -No dejaría de repetir en su angustia, viéndola confirmada en perspectiva, su comparación favorita: -«España es una botella de cerveza y yo soy el tapón: en el momento que este salte, todo el líquido contenido se derramará, sabe Dios en qué derrotero».<p>
Siguiendo desde entonces la Reina su ilustrada y patriótica tarea, continuó expidiendo un sinnúmero de disposiciones análogas a esta nueva marcha del Gobierno, variando por completo el alto personal de la Administración y confiándola a manos más ilustradas y expansivas, y aunque algún tanto contrariada por la excesiva timidez y hasta tenacidad del ministro Cea Bermúdez, a quien parecía peligroso marchar fuera de la órbita de lo que él llamaba absolutismo ilustrado, llevó a cabo una transformación completa en la vida y administración del país. -Finalmente, en el último día de aquel año, Fernando VII, ya más fortalecido en su convalecencia, reunió en Palacio una Junta magna, compuesta de los próceres: y altos funcionarios, de jefes militares y civiles, del Cuerpo diplomático extranjero y del alto clero, en la cual hizo la declaración explícita de la pérfida agresión de que había sido víctima cuando se hallaba privado de razón y al borde del sepulcro, obligándole a firmar un codicilo derogando -como si él pudiera hacerlo- la ley del reino relativa a la sucesión a la Corona y desheredando a su propia hija; pero que, aliviado, por la misericordia divina, en su grave enfermedad, había tenido a bien anular aquel nefando documento, y confiar a su cara y amada esposa las riendas del Estado; que esta augusta señora había correspondido dignamente a tan insigne confianza, por lo que, para darla una prueba más de su cariño y satisfacción, era su voluntad que desde aquel mismo día, en que volvía a encargarse personalmente del despacho de los negocios de Estado, continuase asistiendo al Consejo dicha augusta señora, para la más completa instrucción de los negocios que hubieran de ventilarse; -y luego, en una sentidísima carta, dirigida a la misma Reina, la daba las más expresivas gracias por su inseparable compañía y asiduos cuidados, que le había dispensado en su grave enfermedad. -«Jamás abrí los ojos (decía el Rey) sin que os viese a mi lado y hallase en vuestro semblante y vuestras palabras lenitivos a mi dolor; jamás recibí socorros que no viniesen de vuestra mano; os debo los consuelos en mi aflicción y los alivios en mis dolencias. Debilitado por tan largo padecer, y obligado por una convalecencia delicada y prolija, os confié luego las riendas del Gobierno... y he visto con júbilo la singular diligencia y sabiduría con que los habéis dirigido y satisfecho sobreabundantemente a mi confianza... Todos los decretos que habéis expedido, ya para facilitar la enseñanza pública, ya para enjugar las lágrimas de los desgraciados, ya para fomentar la riqueza general y los ingresos en mi Hacienda; en suma, todas vuestras determinaciones, sin excepción, han sido de mi mayor agrado, como las más sabias y oportunas para la felicidad de los pueblos, etc.».<p>
No se puede hacer retractación más solemne del sistema seguido durante todo su reinado, que la que hizo Fernando en este memorable documento. En él se ve claramente lo que había podido vislumbrar entre las sombras de la muerte, a saber: que el trono de su hija peligraba si no era sólidamente apoyado por los amigos de las instituciones liberales.<p>
<br/>
<p>
<blockquote><blockquote><blockquote><blockquote><blockquote><big><big>∞∞∞∞∞∞∞∞۞∞∞∞∞∞∞∞∞</big></big></blockquote></blockquote></blockquote></blockquote></blockquote><p>
<br/>
<p>
<font color="green"><b><big>Capítulo IX</big></Font></b><p>
<b>II.-LA JURA (de Isabel II).</b><p>
Como era de esperar, toda la atención de Fernando, al volver a encargarse de las riendas del Gobierno después de su milagrosa y casi verdadera resurrección, se dirigió a asegurar por todos los medios legales la sucesión de su augusta hija y a desbaratar las esperanzas y los planes de sus contrarios.<p>
A este fin, lo primero que hubo de preocuparle fue la necesidad de convocar las Cortes del Reino para que prestasen el juramento histórico y legal a la Princesa de Asturias. Y a pesar de la repugnancia que en el ánimo del Monarca dominaba hacia todo lo que a Cortes sonase, y en medio de las dudas y vacilaciones que le combatían sobre la forma y modo de verificar dicha convocatoria, después de consultar al Supremo Consejo y a todas las corporaciones y personas más autorizadas, resolviose, al fin, a firmar el Real decreto de 6 de Abril de aquel año (1833), por el cual se convocaba, en la forma antigua, a los Prelados, Grandes, Títulos y Procuradores de las ciudades de voto, para el día 20 de Junio, en que, con arreglo al uso constante, habían de prestar juramento.<p>
Hecha la convocatoria y expedidos los llamamientos, la primera y grave dificultad en que hubo de tropezarse fue la negativa rotunda del infante D. Carlos, y la consiguiente de sus hijos y del infante D. Sebastián, a someterse a este acto; mas a ella se acudió expidiéndoles una Real licencia, en la cual se expresaba que «habiendo solicitado el rey de Portugal el regreso de la Princesa de la Beyra, libre ya de la tutela de su hijo el infante D. Sebastián por el reciente matrimonio de este con la infanta de Nápoles (hermana de Cristina), venía S. M. en acceder a ello, autorizando a dicha señora para verificarlo así, y también se permitía al infante D. Carlos y su familia acompañar a su hermana a Lisboa». -En su consecuencia, y con este decoroso pretexto, salieron todos para la vecina capital portuguesa, de donde no regresaron más, a pesar de las reiteradas amonestaciones del Rey para que acudiesen a prestar el juramento, verificándolo sólo el infante D. Sebastián, contra la expresa voluntad de su madre la Princesa de la Beyra.<p>
El acto de la jura tuvo, en fin, efecto con una esplendidez y solemnidad de que sólo conservaban memoria los ancianos que habían presenciado, en 1789, la del príncipe don Fernando.<p>
En la antigua y monumental iglesia de San Jerónimo del Prado, única página del arte en el estilo ojival que se conserva en Madrid (y que por negligencia incomprensible se halla hoy en el más lamentable abandono y casi en ruina), preparada al efecto de una manera ostentosa hasta lo indecible con magníficas colgaduras y elegantes tribunas en los costados y a los pies de la iglesia para las diversas clases y personas convidadas, se hallaban reunidos, a las diez de la mañana del 20 de Junio, los Cardenales, Arzobispos y Obispos revestidos con magnificencia al lado del Evangelio, ocupando las cabeceras de los bancos, y en el de la Epístola, los Grandes y Títulos del Reino, con sus variados uniformes de gentileshombres o de maestrantes; seguían en ambos lados los procuradores de las ciudades, vestidos de rigorosa etiqueta, casaca redonda, algunas de seda o terciopelo negro, calzón y media del mismo color, y sombrero de tres picos; y a los pies de la iglesia, los Procuradores de Toledo, que habían de sostener la competencia con Burgos para prestar el juramento.<p>
En el presbiterio, al lado de la Epístola y bajo un rico dosel, se colocaron en tres sillones SS. MM. y la Princesa ISABEL, que era conducida de la mano por su augusta madre, y todos riquísimanente ataviados y seguidos de vistosa comitiva, en la cual llamaba la atención, por sus pintorescas y ricas sayas, el ama de lactancia que había criado a la Princesa y que había de sostenerla durante la ceremonia del juramento y besamanos. -Cuatro sillones inmediatos fueron ocupados por los infantes D. Francisco de Paula y sus hijos D. Francisco de Asís y D. Enrique, y el infante D. Sebastián, y a los lados del trono, el duque de Frías, como conde de Oropesa, con el estoque Real levantado, y el duque de Medinaceli, designado para recibir el pleito-homenaje. Detrás, el capitán de guardias, los jefes de Palacio y los gentileshombres de cámara, los reyes de armas, colocados en lo alto de la escalera del presbiterio, y los maceros de la casa Real. Enfrente se hallaban los ministros del Consejo y Cámara de Castilla, de Indias, de Hacienda y de las Órdenes, y detrás, los capellanes de la capilla Real, formando el todo, con el conjunto de capisayos, togas y uniformes, un magnífico cuadro de solemnidad y de grandeza.<p>
En las elegantes y suntuosas tribunas, formadas a uno y otro lado y a los pies de la iglesia, hallábanse espléndidamente ataviadas las infantas D.ª Luisa Carlota y doña Amalia, tipo aquella de majestad y gentileza, y esta de hermosura y también de obesidad; las damas de la corte, el Cuerpo diplomático y los altos funcionarios civiles y militares, con las demás personas invitadas para asistir a esta solemnidad. -Yo merecí este favor a la amistad del gentilhombre D. Juan de Montenegro (el futuro ministro de la Guerra de D. Carlos, en Oñate), y puedo asegurar, según mis recuerdos, que, a pesar de haber presenciado después muchas solemnidades, en ninguna como en esta hallé representado todo el esplendor y la grandeza de la antigua monarquía castellana.<p>
Celebrada que fue la misa de pontifical por el Patriarca de las Indias, y entonando luego el himno Veni Crentor por la excelente música de la Real capilla, se retiraron los Reyes por un breve espacio de tiempo, durante el cual se dispuso delante del altar y dando frente a la iglesia, una mesa cubierta de terciopelo carmesí con el misal abierto y crucifijo, y a su frente un rico sillón para el reverendo Patriarca, nombrado para recibir el juramento; y previa la lectura de la Escritura de este, que hizo en alta voz el ministro más antiguo de la Real Cámara de Castilla (que, si mal no recuerdo, era D. José Manuel de Arjona), los reyes de armas llamaron en primer lugar al infante D. Francisco. Este, haciendo una reverencia al altar, otra a SS. MM. y otra a las Cortes (reverencias sui generis, que consistían en encoger las corvas con bien poco airosa actitud), fue a arrodillarse delante de la mesa del Patriarca, y poniendo una mano sobre los Evangelios, pronunció el juramento: pasó luego a hincar la rodilla delante del Rey, y puestas las manos entre las de S. M., prestó el pleito-homenaje, besando su mano, la de la Reina y la de la Princesa, verificado lo cual Fernando echó sus brazos al cuello del Infante, y este se retiró para dar lugar a que le siguiesen en igual ceremonia sus hijos y D. Sebastián. -Seguidamente los Cardenales y Prelados igual ceremonia, en pie delante del Rey, luego los Grandes y Títulos, y, en fin, los Procuradores de las Cortes, subiendo al presbiterio de dos en dos, mientras los reyes de armas decían en alta voz: «Jura Ávila, jura Segovia», etc. -Los de Burgos y Toledo subieron emparejados para prestar el juramento en competencia; pero el Rey pronunció la sabia fórmula «Jura Burgos, pues Toledo jurará cuando yo lo mande», y así se hizo.<p>
Toda esta prolija ceremonia se verificó con la mayor gravedad y compostura, y no sin visible cansancio y hasta repugnancia de la augusta niña objeto de la solemnidad, que a las veces, viendo llegar a ella a los obispos y personajes para besar su mano, la escondía, y la cara también, o prorrumpía en llanto, que sus augustos padres procuraban calmar con su sonrisa. Terminada, en fin, la ceremonia, entonado el Te Deum por el Cardenal Arzobispo de Sevilla y la grandiosa capilla Real, se retiraron Sus Majestades, en medio de las más fervorosas aclamaciones, al contiguo palacio de San Juan, en el Buen Retiro, donde comieron, y a la tarde, marchando por el paseo del Prado, hicieron su entrada pública en Madrid con toda la magnífica comitiva que la corte de España ofrece en tales ocasiones, cubierta la carrera de tropas y de un gentío inmenso hasta el Real palacio, adonde llegaron a las ocho de la tarde en medio de las más entusiastas aclamaciones del pueblo.<p>
Las funciones reales, que se inauguraron aquel mismo día y duraron los restantes del mes, fueron en verdad sorprendentes y renovaron con creces las más solemnes del tiempo de la dinastía austriaca. Las corridas de toros por mañana y tarde durante cuatro días, en la plaza Mayor, decorada con asombroso lujo y elegancia y dispuestas por el Ayuntamiento con todos los requisitos propios de caballeros en plaza, apadrinados por la Grandeza y la villa de Madrid; comparsas vistosas acompañando a los padrinos; toros de las mejores ganaderías; los lidiadores más acreditados, entre los cuales brilló, acaso por primera vez, el joven Francisco Montes, alumno de la escuela sevillana; y, todo, en fin, el aparato que desplegaba en casos tales nuestra corte, fueron realmente un espectáculo sorprendente y grandioso. -Con él alternaban, en los días de descanso, las ostentosas justas de carrera y sortijas a la antigua usanza, en el circo de la puerta de Alcalá, por los caballeros maestrantes de Ronda, de Sevilla, de Granada, de Valencia y Zaragoza, en que brillaron muchos por su destreza y gallardía.<p>
La municipalidad matritense dispuso también solemnes funciones teatrales en ambos coliseos, de la Cruz y del Príncipe, magníficos fuegos de artificio, cucañas, bailes y comparsas vistosísimas, y una suntuosa Mascarada Real en carros alegóricos, en cuya composición se había agotado todo el arsenal de la risueña mitología.<p>
Las iluminaciones de los edificios y palacios de la Grandeza dejaron atrás todo lo anteriormente conocido, y también por su índole especial eran más pintorescas que todas las que hemos visto después. Prolijo sería el intentar reseñarlas, y sólo haré mención de la que ofreció el espléndido Comisario de Cruzada, Sr. Varela, en su palacio de la plazuela del Conde de Barajas. Esta perspectiva, dispuesta con el mayor gusto y rica de accesorios, había sido dirigida por el eminente pintor de cámara D. Vicente López, y en su centro brillaba un inmenso cuadro admirablemente ejecutado al temple por el mismo pintor, en que se veía a la insigne reina Isabel la Católica -copia del único retrato contemporáneo de Rincón- señalando a la princesa niña el templo de la inmortalidad con esta inscripción:<p>
<blockquote><blockquote><i>
«La Católica Reina, cuya historia <br/>
Llena de noble orgullo al pueblo ibero, <br/>
Muestra a su nieta el templo de la gloria». <br/>
</i></blockquote></blockquote><p>
Veíanse a los lados un sinnúmero de alegorías referentes a la toma de Granada, al descubrimiento del Nuevo Mundo, etc., y remataba la perspectiva con un ave fénix renaciendo de sus cenizas, con el lema a sus pies: Post fata resurgo, todo ello con tan brillante ejecución y exquisito gusto, que hacía honor al grande artista que la ejecutó y al ilustre prócer que la dispuso.<p>
A los últimos días del mes terminaron las fiestas con un magnífico simulacro en las afueras de la Puerta de Alcalá hasta las eras de Vicálvaro, figurando dos ejércitos, al mando de los generales Sarsfiel y Freire el de ataque, y al del conde de San Román y Quesada el de defensa, que presenció Fernando y su corte a la distancia prudente a que siempre le plugo colocarse, no sin decir con su acostumbrada socarronería y aludiendo al respectivo mérito militar de los generales de ambas divisiones: -«<i>Pues... me paso al enemigo»</i>.<p>
Concluidos que fueron los Reales festejos, y desembarazado de otras atenciones personales, creí llegado el momento de realizar el proyecto que, de mucho tiempo antes venía acariciando, y era el de emprender un largo viaje de recreo, de observación y de estudio por los países extranjeros; en su consecuencia, en los primeros días del mes de Agosto salí de Madrid con el firme propósito de no regresar hasta pasado un año de ausencia.<p>
No me permitiré abusar de la paciencia del lector haciéndole confidente de la relación del tal viaje, y sólo por lo que tiene relación con este artículo, diré que, hallándome el día 2 ó 3 de Octubre en la hermosa ciudad de Marsella, y su hotel de la Cannebiére, entró bruscamente en mi cuarto un camarada o compañero de viaje, con quien había hecho conocimiento en mis correrías por aquella deliciosa comarca provenzal, M. Philipe Barkenstein, austriaco (de Viena), diciéndome alborotado:<p>
<i>«Monsieur, grande nouvelle. Votre Roi est mort. Quel est donc votre Roi? <p>
-Isabelle Deux </i>(contesté yo). <p>
<i>-Mais... cependant...».</i> (replicó el austriaco con aire dubitativo).<p>
La campana del hotel sonó a este tiempo, llamándonos al desayuno; bajamos al comedor y hallamos ocupada la mesa por una docena o más de militares, con sus uniformes pintorescos de <i>zuavos o de spahis</i>, que discurrían todos a un tiempo, y con desusada animación, sobre la noticia del día: la muerte del Rey de España. Pero ¡cuál no sería mi asombro al escuchar que toda esta conversación era en castellano corriente, salpimentada con los apóstrofes o interjecciones tan comunes en nuestras plazas y cuarteles! -Y era pura y simplemente que todos aquellos militares pertenecían a la legión extranjera que regresaba de Argel, y eran españoles e italianos refugiados. -Abrumáronme a preguntas al saber que era español y procedente de Madrid; pero les dije que hacía dos meses que había salido de esta villa; mas para satisfacerles en algún modo, les aseguré que, según todas las señales, el despotismo había concluido en España con la muerte de Fernando VII. -Pocos días después, y no hallando motivos para suspender mi comenzado viaje, continuele, en compañía de mi camarada Barkenstein, en dirección a Tolón y Niza.<p>
<br/>
<p>
<br/>
<p>
<br /></div>
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-71990673521883029762015-04-12T11:01:00.000+02:002017-08-25T15:53:40.026+02:00AÑO 1839. SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL SENADO con motivo del Convenio de Vergara (1.839)
Conocida la firma del Abrazo de Vergara, en el Senado se instó por parte del Duque de Rivas, a mandar inmediatamente felicitaciones tanto al Duque de la Victoria, el General Espartero, como a la Reina Regente, María Cristina. El acta de la sesión se expresaba así:<p>
<i>«Se abrió a las dos y media, y leída el acta de la anterior fue aprobada.<p>
El banco ministerial se hallaba ocupado por los señores ministros de la Guerra y de la Gobernación de la Península.<p>
El señor PRESIDENTE anunció que el señor ministro de la Guerra estaba encargado por S. M. de hacer una comunicación al senado.<p>
El señor ministro de la GUERRA pasó á la tribuna y leyó el parte del señor duque de la Victoria, fechado en Vergara, que ayer se publicó por Gaceta extraordinaria.<p>
El señor PRESIDENTE manifestó que el senado había oído con la mayor emoción y causándole la más grande satisfacción la comunicación de que acababa de dársele cuenta.<p>
En seguida propuso al senado, y este aprobó, si pasaría una diputación de su seno á felicitar á S. M. por tan fausto acontecimiento.<p>
El señor duque de RIVAS : Pido la palabra.<p>
El señor PRESIDENTE: ¿Para qué la pide V. S.? ¿es sobre este particular? Porque antes va á darse cuenta de una proposición presentada por el señor González.<p>
El señor duque de RIVAS: La pido para hablar de este suceso.<p>
El señor PRESIDENTE: La tiene V. S.<p>
<u><b>El señor duque de RIVAS</b></u>: Señores , este acontecimiento tan grande, tan interesante, tan portentoso, es uno de aquellos en que se ve patentemente la mano de la providencia que nunca abandona la causa de la razón y de la justicia. <b>La paz, la paz por que han suspirado seis años los pueblos españoles, va á estender</b> (sic) <b>sus benéficas alas sobre este mísero país tan vejado y afligido,</b> por cuyo medio conocerán los pueblos las ventajas de un gobierno sabio é ilustrado, las ventajas de las sabias instituciones que nos rigen, ventajas que era imposible las tocasen en medio de una guerra civil asoladora. Demos gracias al Omnipotente que ha vuelto sus ojos á nuestro suelo del que van á desaparecer tantas desgracias é infortunios.<p>
Este suceso español, puramente español, va á llamar la atención de la Europa entera, del mismo modo que ha llamado la de todos nosotros que experimentamos un júbilo, un placer mas fácil de sentir que de expresar. ¿Cómo pintar la satisfacción, las esperanzas halagüeñas que todos hemos concebido por las faustas noticias que ayer recibió el gobierno? Sería imposible, <b>¡Gloria eterna pues al trono de la inocente Isabel II, gloria eterna y gratitud á su augusta madre la Reina Gobernadora, gloria al caudillo escelso</b> (sic) <b>que ha sabido unir al valor en los combates, tanto tino y prudencia para llevar á término tan importante negociación, y llevarla de una manera tan fausta para la nación española que no ha sido vulnerada en su honor, ni tampoco lo han sido las leyes que todos hemos jurado!</b><p>
<b>En un caso como este, señores, cuando el gozo rebosa en el pecho de todos los españoles; cuando todos lo demuestran de una manera ú otra, creo yo que el senado debe demostrarlo igualmente, y ya que el señor presidente ha propuesto que una diputación de este cuerpo colegislador pase á los pies del trono á felicitar á S. M. por tan faustas nuevas, creo yo que el senado está en el caso de manifestar la satisfacción que le cabe por este suceso de un modo mas positivo. Por lo tanto ruego al senado:</b> <b>primero, que se digne proponer una acción de gracias al ilustre caudillo que ha llevado á cabo esta negociación; y segundo, que si el senado no lo lleva a mal se dirija á S. M. un reverente mensage</b> (sic) <b>felicitándole por este suceso, y ofreciéndole su cooperación para llevar á término el deseo de los pueblos , que es el restablecimiento de la paz.</b> De este modo creo cumpliremos debidamente con nuestra misión.<p>
El señor PRESIDENTE: Antes de todo va á leerse la proposición presentada por el señor González, porque el senado no puede deliberar sino sobre proposiciones presentadas por escrito que han de seguir los trámites señalados por el reglamento.<p>
Se leyó la siguiente proposición. "Pido al senado que se sirva acordar un voto de gracias al duque de la Victoria y al ejército que ha cooperado á la realización del importante suceso de que acaba de darse cuenta.» <p>
<b>El señor GONZÁLEZ</b> como autor de la proposición dijo: El señor duque de Rivas me ha prevenido ya en lo que yo podía decir al senado para apoyar la proposición. Su señoría ha manifestado de una manera convincente cuáles eran los sentimientos de su señoría, y cuáles los que animaban á todos los señores senadores; en su consecuencia poco podré yo añadir á lo que el señor duque acaba de decir tan oportunamente. Pero sin embargo, voy á llamar la atención del senado sobre la prudencia con que el señor duque de la Victoria ha procedido.<p>
Grande ha parecido en muchos combates donde se ha cubierto de gloria pero nunca ha parecido más grande que cuando poniendo un dique a este lago de sangre que por todas partes nos inunda, ha encontrado el medio de dar la paz á esta magnánima y trabajada nación. <b>El duque de la Victoria en estas negociaciones no solamente ha salvado el trono por el cual hemos combatido constantemente todos los buenos españoles, no solo ha puesto á cubierto la regencia de la augusta madre de nuestra inocente Reina, sino también las instituciones consignadas en la constitución de 1.837; no ha querido señores que se lastimen de ninguna manera las disposiciones comprendidas en aquel código, y esto le hace más grande que el valor que siempre ha mostrado en los combates.</b><p>
El duque de la Victoria con un ejército valiente y sumiso ha sabido proporcionar un suceso tan grande y tan feliz como el de que se nos acaba de dar cuenta.<p>
Estas razones son las principales que yo he tenido para firmar esa proposición que sin dificultad espero será aprobada en el momento, y para ello me prometo que el señor presidente y el senado pasarán por algunas formalidades del reglamento en favor del asunto que lo motiva, pues que la acción de gracias que yo propongo se vote al señor duque de la Victoria y al ejército de su digno mando, no quisiera se creyese que era una cosa premeditada, sino hija de la emoción que ha causado en nuestros corazones tan fausto y feliz suceso.<p>
El señor PRESIDENTE: Debo decir al señor González que el presidente no tiene facultad para prescindir de las formalidades establecidas en el reglamento, sino que por el contrario debe ser su mas fiel observador. Así que, yo no puedo dejar de observar lo prevenido en el reglamento, que en este caso es hacer que la proposición que se ha leído pase a las secciones, pues que no hay otro medio de salir de la dificultad.<p>
El señor GONZÁLEZ: He dicho antes y repito ahora que en favor al asunto que motiva la proposición, pudiera prescindirse de ciertas formalidades dilatorias del reglamento, puesto que este negocio debería darse por terminado en esta misma sesión.<p>
El señor marqués de VALLGORNERA: Señores, creo que el caso presente está prevenido en el reglamento en el artículo 65, que dice: que si se presenta alguna proposición de tal gravedad y urgencia, que el senado por dos terceras partes de votos presentes, no siendo estos menos de 50, resuelve tomarla en consideración, pueda oír en el mismo día el dictamen de una comisión y discutirle. Por lo tanto puede terminarse hoy mismo este negocio.<p>
El señor PRESIDENTE: Está bien, puede seguir esta proposición el curso que previene ese artículo del reglamento, pero necesita estar firmada por cuatro señores más.<p>
En consecuencia de esta manifestación del señor presidente fue firmada la proposición del señor González por los señores Medrano, conde de Vigo, Isla Fernández y Ondovilla, y acto continuo la tomó el senado en consideración».<p>
<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0003113317&search=&lang=es">El Eco del Comercio</a>, jueves 5 de septiembre de 1.839, núm. 1.953, página 2.
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-75652618040550176582015-03-23T12:25:00.000+01:002017-08-20T12:38:42.487+02:002.3. LOS HIJOS DEL MATRIMONIO ENTRE LA REINA MARÍA CRISTINA DE BORBÓN-DOS SICILIAS Y FERNANDO MUÑOZLa pareja formada por la Reina María Cristina de Borbón-Dos Sicilias y el duque de Riánsares Fernando Muñoz <b>tuvo ocho hijos</b>, de los cuales dos nacieron en el Pardo, tres en el Palacio Real de Madrid y tres en París. <p>
Sólo les sobrevivieron tres de ellos, que son los que van a generar las ramas de descendientes del Duque de Riánsares, pues la rama polaca de los CZARTORYSKI Y MUÑOZ desaparece con el siglo XIX. Éstas son: la rama italiana de los DEL DRAGO Y MUÑOZ, la rama española de los MUÑOZ y BERNALDO DE QUIRÓS, y la rama española de los BERNALDO DE QUIRÓS Y MUÑOZ.<p>
Fallecieron a muy temprana edad cuatro de los hijos: Agustín María, Juan Bautista, Antonio de Padua y José María. Y a la edad de 30 años, Amparo.<p>
<blockquote>
<font color="green"> <b> ① Dª María de los Desamparados <b>(Amparo)</b> MUÑOZ Y DE BORBÓN-DOS SICILIAS.<br/></font></b>
RAMA POLACA.
<blockquote>
Palacio del Pardo de Madrid, 17 de noviembre de 1.834 — Palacio de la Malmaison de París, 19 de agosto de 1.864.<br/>
<font color="red"> <b>I Condesa de Vista Alegre.</font></b>(creado por la reina Isabel II en 1847)<br/>
Casada el 1 de marzo de 1855 en el Palacio de la Malmaison de París, en el salón azul de la Emperatriz, con el príncipe Wlasdyslaw Czartoryski Sapieha-Kodeñska(1828-1894)<br/>
El título <a href="http://duquederiansares.blogspot.com.es/2015/01/conde-luego-duque-de-vista-alegre.html">pasará a ser ducado</a>: <font color="red"> <b>I Duque de Vista Alegre</font></b> (creado por Alfonso XII el 17 de febrero de 1876, pasando luego a la rama española. El actual IV Duque de Vista Alegre es D. Fernando María Sánchez de Toca y Martín).<br/>
1 Hijo:<br/>
<blockquote>
❶ Augusto Franciszek CZARTORYSKI Y MUÑOZ (1858-1893).<br/>
SIN DESCENDENCIA.<br/>
</blockquote>
</blockquote>
<p><br/>
<font color="magenta"> <b> ② Dª María de los <b>Milagros</b> del Carmen MUÑOZ Y DE BORBÓN-DOS SICILIAS.<br/></font></b>
RAMA ITALIANA.<br/>
<blockquote>
Palacio del Pardo de Madrid, 27 de diciembre de 1.835 — Roma, 9 de julio de 1.903.<br/>
<font color="red"> <b>I Marquesa de Castillejo</font></b> (creado por Isabel II el 19 de agosto de 1847: su actual titular es la III Marquesa de Castillejo, Dª María Cristina de las Alas-Pumariño y Muñoz -1982--, que además es VI Vizcondesa de Rostrollano).<br/>
Casada el 23 de enero de 1856 en el salón azul de la Emperatriz del Palacio de la Malmaison de París con Filippo Massimiliano del Drago (1824-1913).<br/>
4 Hijos:
<blockquote>
❶ Fernandino Maria Cristina Urbano DEL DRAGO Y MUÑOZ (1857-1906).<br/>
❷ Francesco D'Assisi Maria Fernandino Filippo Constantino DEL DRAGO Y MUÑOZ (1858-1942).<br/>
❸ Luigi Gonzaga Maria Fernandino Antonio Stefano Agostino DEL DRAGO Y MUÑOZ (1859-1952).<br/>
❹ Giovanni Battista Maria Ladislao Fernandino DEL DRAGO Y MUÑOZ (1860-1956).<br/>
</blockquote>
</blockquote>
<p><br/>
<font color="green"> <b> ③ D. <b>Agustín</b> María MUÑOZ Y DE BORBÓN-DOS SICILIAS.<br/></fonT></b>
SIN DESCENDENCIA.<br/>
<blockquote>
Palacio del Pardo de Madrid, 15 de marzo de 1.837 — Palacio de la Malmaison de París, 1.855.<br/>
<font color="red"> <b>I Duque de Tarancón</b></font> (creado por la reina Isabel II el 19 de noviembre de 1847, el actual VII Duque de Tarancón es Juan José Parrá Villate)<br/>
<font color="red"> <b>I Vizconde de Rostrollano</b></font> (creado por Issabel II el 2 de junio de 1849, la actual VI Vizcondesa de Rostrollano es María Cristina Alas-Pumariño y Muñoz).<br/>
</blockquote><p>
<font color="magenta"> <b> ④ D. <b>Fernando</b> María MUÑOZ Y DE BORBÓN-DOS SICILIAS.<br/></font></b>
RAMA ESPAÑOLA - MUÑOZ Y BERNALDO DE QUIRÓS.<br/>
<blockquote>
Palacio del Pardo de Madrid, 27 de abril de 1.838 — Somió, 7 de diciembre de 1.910. <p>
<font color="red"> <b>I Conde de Casa Muñoz</font></b> (creado por la reina Isabel II el 29 de febrero de 1848, la actual V Condesa de Casa Muñoz es Alicia Parrá Villate.<br/>
<font color="red"> <b>I Vizconde de la Alborada</font></b> (creado por la reina Isabel II el 2 de junio de 1849, y que desde el 17 de julio de 1907 con ALfonso XIII conllevará la dignidad de Grande de España, el actual V Vizconde de la Alborada es Florencio Gavito y Marisca).<br/>
<font color="red"> <b>II Duque de Riánsares</font></b> (al fallecimiento de su padre, Fernando Muñoz Sánchez en 1873. La actual VI Duquesa de Riánsares es María de la Consolación Muñoz y Santa Marina).<br/>
<font color="red"> <b>II Duque de Tarancón </font></b>(al fallecimiento de su hermano Agustín María Muñoz y de Borbón, en 1855).<br/>
<font color="red"> <b>II Vizconde de Rostrollano</font></b> (por fallecimiento de su hermano Agustín María Muñoz y de Borbón, en 1857).<br/>
<font color="red"> <b>II Marqués de San Agustín</font></b> (por fallecimiento de su padre Fernando Muñoz Sánchez, en 1872, la actual VI Marquesa de San Agustín es María de la Consolación Muñoz y Santa Marina, que además acumula los títulos de VI duquesa de Riánsares, II Marquesa de Castillejo y II vizcondesa de la Arboleda).<br/>
Casado el 11 de septiembre de 1861, en Oviedo, con Eladia Bernaldo de Quirós y González de Cienfuegos (1839-1909).<br/>
11 hijos:
<blockquote>
❶ María Cristina MUÑOZ Y BERNALDO DE QUIRÓS (1862-1921)<br/>
❷ Eladia MUÑOZ Y BERNALDO DE QUIRÓS (1863-1933)<br/>
❸ Fernando MUÑOZ Y BERNALDO DE QUIRÓS (1864-1913)<br/>
❹ María Josefa MUÑOZ Y BERNALDO DE QUIRÓS (1865-1947)<br/>
❺ Rita MUÑOZ Y BERNALDO DE QUIRÓS (1865-1942)<br/>
❻ María del Consuelo MUÑOZ Y BERNALDO DE QUIRÓS (1866-1947)<br/>
❼ María de los Dolores MUÑOZ Y BERNALDO DE QUIRÓS (1866-1931)<br/>
❽ José MUÑOZ Y BERNALDO DE QUIRÓS (1868-1891)<br/>
❾ Juan Bautista MUÑOZ Y BERNALDO DE QUIRÓS (1870-1943)<br/>
❿ María de la Inmaculada MUÑOZ Y BERNALDO DE QUIRÓS (1873-1914) <br/>
⓫ Genoveva MUÑOZ Y BERNALDO DE QUIRÓS (1875-1890) <br/>
</blockquote>
</blockquote>
<p><br/>
<font color="magenta"> <b> ⑤ Dª María <b>Cristina</b> MUÑOZ Y DE BORBÓN-DOS SICILIAS.<br/></fonT></b>
RAMA ESPAÑOLA - BERNALDO DE QUIRÓS Y MUÑOZ.<br/>
<blockquote>
Palacio Real de Madrid, 19 de abril de 1.840 — Madrid,20 de diciembre de 1.921.<br/>
Bautizada el 28 de abril de 1840, en la Capilla del Palacio Real.<br/>
<font color="red"> <b>I Marquesa de la Isabela</b></font> (concedido por Isabel II el 29 de febrero de 1848, la actual V Marquesa de la Isabela es Marta María Flores y Bernaldo de Quirós).<br/>
<font color="red"> <b>I Vizcondesa de la Dehesilla</b></font> (concedido por Isabel II el 2 de junio de 1849, la actual IV Vizcondesa de la Dehesilla es Marta Bernaldo de Quirós y ÁLvarez de las Asturias-Bohorques).<br/>
Dama de la Real Orden de Damas Nobles de la Reina María Luisa.<br/>
Casada el 20 de octubre de 1860, en el Palacio de la Malmaison de París, con José María Bernaldo de Quirós y González de Cienfuegos, Marqués de Camposagrado (1840-1911).<br/>
4 hijos:
<blockquote>
<p>
❶ María Fuencisla BERNALDO DE QUIRÓS Y MUÑOZ, I Marquesa de Eslava (1863-1931).<br/>
❷ María de los Desamparados BERNALDO DE QUIRÓS Y MUÑOZ, I Marquesa de Santa Cristina (1864-1951).<br/>
❸ Ana Germana BERNALDO DE QUIRÓS Y MUÑOZ, Marquesa de Atarfe (1866-1934).<br/>
❹ Jesús María BERNALDO DE QUIRÓS Y MUÑOZ, Marqués de Quirós (1871-1939).
</blockquote>
</blockquote>
<p><br/>
<font color="green"> <b> ⑥ D. <b>Juan</b> María Bautista MUÑOZ Y DE BORBÓN-DOS SICILIAS.<br/> </font></b>
SIN DESCENDENCIA.<br/>
<blockquote>
29 de agosto de 1.841 — 2 de abril de 1863.<br/>
<font color="red"> <b>I Conde del Recuerdo</b></font> (creado por la reina Isabel II el 29 de febrero de 1848, la actual V Condesa del Recuerdo es Adela Parra Vidal).<br/>
<font color="red"> <b>I Vizconde de Villarrubio</b></font> (creado por la reina Isabel II el 29 de febrero de 1848, la actual V Vizcondesa de Villarrubio es María Fernanda Gavito y Mariscal).<br/>
<font color="red"> <b>II Duque de Montmorot</b></font><p>
</blockquote>
<p><br/>
<font color="green"> <b> ⑦ D. <b>Antonio</b> de Padua MUÑOZ Y DE BORBÓN-DOS SICILIAS.<br/></font></b>
SIN DESCENDENCIA.<br/>
<blockquote>
París, 23 de diciembre de 1842 — Madrid, 23 de abril de 1847.<p>
</blockquote>
<p><br/>
<font color="green"> <b> ⑧ D. <b>José María</b> MUÑOZ Y DE BORBÓN-DOS SICILIAS.<br/></font></b>
SIN DESCENDENCIA.<br/>
<blockquote>
Palacio de la Malmaison de París, 21 de diciembre de 1843 — Pau, 17 de diciembre de 1.863.<br/>
<font color="red"> <b>I Conde de Gracia</b></font> (creado por Isabel II el 28 de febrero de 1848, la actual IV Condesa de Gracia es Adela Cristina Parra Vidal).<br/>
<font color="red"> <b>I Vizconde la Arboleda</b></font> (creado por la reina Isabel II el 2 de junio de 1849, fue rehabilitado por el rey Juan Carlos I en 1983, siendo María de la Consolación Muñoz y Santa Marina la actual II Vizcondesa de la Arbolada, VI duquesa de Riánsares, VI Marquesa de San Agustín y II Marquesa de Castillejo).<br/>
</blockquote>
<br/><p>
</blockquote><p>
<br/><p>
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-22778622228655287112015-03-12T11:11:00.000+01:002016-01-07T20:30:26.210+01:00AÑO 1839. Visión literaria de Benito Pérez Galdós del ABRAZO DE VERGARA.<div dir="ltr" style="text-align: justify;" trbidi="on">
<p style="text-align:center">
<b>
<font color="red"><big><big>EPISODIOS NACIONALES.</big></big></Font><p>
<p style="text-align:center"><font color="blue"><big>VERGARA.</big></Font><p>
<p style="text-align:center"><font color="black">CAP. XXXVI.</b></p><p>
Testarudo como él solo, D. Carlos no se daba ni en tales extremidades por vencido, y apenas llegó a Villafranca, jadeante, llamó a Consejo a sus adictos, los Generales que le acompañaron en la fracasada escena de Elgueta, el Padre Cirilo de Alameda, el Barón de Juras Reales, Erro y Ramírez de la Piscina, algunos de los cuales aún se llamaban Ministros. Opinaron casi unánimemente que S. M. debía situarse en punto cercano a la frontera, para poner a salvo su sagrada persona en el desecho temporal que la Causa corría. Trabajillo le costaba al buen señor determinarse a partir arrojando en las puertas de Francia su corona, y acariciaba el ensueño de reunir algunos batallones navarros y alaveses que le llevaran en procesión al Maestrazgo, donde aún tenía un ejército y un General incorrupto y valiente: Cabrera. Estimaron todos peligrosa la marcha al Centro; pero le dejaban consolarse con esta ilusión. Aferrado a su realeza, D. Carlos enderezó nueva proclama a sus míseras tropas, en la cual les hablaba "de la traición más infame que habían visto los nacidos", y concluía llamándoles "héroes", y dando vivas a la
sacra Religión. ¡Bueno estaba el país para estos suspirillos!<p>
En tanto, Maroto, después del triunfo de Elgueta, caía en gran postración, atormentado por su conciencia, y procurando en vano salir limpio y airoso de la charca en que se había metido. Calpena y Uhagón, que acudieron a su lado el 26, un día después de la famosa revista, se maravillaron de verle en un grado increíble de turbación y apocamiento. Poco le faltaba para llorar; sus conceptos habían quedado reducidos a una exclamación maníaca: no decía más que: «No soy traidor... Maroto no pasará a la Historia con un dictado infamante... Convencido estoy de que el absolutismo es imposible... Pero no cedo, no cedo, si no me dan los Fueros íntegros, la gloria de este país. Maroto no es traidor. Maroto es un hombre honrado, un buen español... ¡Ay del que lo ponga en duda!».<p>
<a name='more'></a>
Toda la tarde y parte de la noche permanecieron a su lado los dos amigos, arguyéndole con habilidad, sin lastimar su amor propio, antes bien fundado en este todo el trabajo sugestivo con que querían llevarle a la aceptación incondicional del Convenio. ¿Qué otra solución podía soñar? ¿Qué esperaba, qué temía? Retiráronse en la creencia de que le dejaban convencido, pues esperanzas de ello daban sus expresiones conciliadoras; pero D. Fernando, que ya conocía su indecisión y el confuso laberinto a
que había llegado su voluntad, no las tenía todas consigo... Repetida por la mañana la visita, le encontraron escribiendo una carta. Despidióles el General con acritud. La carta que escribía era la famosa retractación dirigida a D. Carlos, en la cual le decía: "Nunca es más grande un Monarca que cuando perdona las faltas de sus vasallos... D. Eustaquio Laso presentará a Vuestra Majestad los sentimientos de mi corazón para que se digne dirigirme las órdenes que fuesen de su agrado".<p>
Ignoraban Calpena y su amigo esta humillación increíble; mas del trastorno de Maroto tuvieron prueba clara cuando se llegó a ellos un ayudante con el recado conminatorio de que si los caballeros y el llamado Epístola no se largaban pronto del Cuartel General, se les mandaría fusilar. No eran cobardes: no perdieron la serenidad con esta brutal amenaza; mas la prudencia les aconsejaba ponerse en salvo, y a ello se disponían, cuando llegó D. Simón de la Torre, que, informado de los desvaríos de Maroto, les
tranquilizó con respecto a sus vidas. Conferenciaron los dos jefes, y por la noche salieron con sus fuerzas reunidas en dirección de Azpeitia. Los tres paisanos ignoraban a qué razón militar o política obedecía tal movimiento, y no se ocuparon más que de seguir a las tropas, acogidos a la caballerosidad e hidalguía del simpático La Torre. En Azpeitia se les dijo que Espartero avanzaba triunfalmente por el interior de Guipúzcoa; que había entrado en Vergara, donde te acogieron con ardientes demostraciones
en favor suyo y de la paz. De Vergara pasó a Oñate, y la vieja Corte le recibió con palmas. Dirigióse Maroto a Villarreal, donde como llovido se le presentó al conde de Negri con una orden del Rey para que le entregase el mando. Al recibir D. Carlos la carta palinodia, habíala estimado como la mayor prueba de traición y perfidia. Los de la camarilla vieron en aquel paso un ardid diabólico para aproximarse al
vencido Monarca, apoderarse de su persona y entregarla en trofeo a los constitucionales para un sacrificio que fuera digno epílogo de guerra tan sangrienta. Rompió el Soberano la carta del vasallo infiel, y mandó a Negri a desposeerle del mando, determinación ridícula en situación tan extremada. Como era natural, tanto Maroto como La Torre acogieron al conde de Negri con escarnio de su persona y de quien tal comisión le daba. Salió de estampía el buen Conde, que al volver al lado de su triste Rey, le dio con la respuesta de los que fueron sus Generales franco pasaporte para Francia.<p>
Ante la irresistible presión de este suceso, Maroto confió decididamente, al parecer, a sus compañeros La Torre y Urbistondo la misión de llevar a Oñate su conformidad con el Convenio, tal como se le había presentado en Abadiano. "¡Alleluia!". La paz era un hecho. Al despedirse para tan grato mensaje, Don Simón reconcilió a sus amigos con el jefe, que sin acordarse ya de que había pensado fusilarles, les convidó a comer muy afectuoso. Durante el día, observáronle más sereno y en vías de recobrar su equilibrio; mas por la noche advirtieron de nuevo en él cierta intranquilidad, y una insistencia
monomaníaca en hablar de fueros "netos", intangibles. Temerosos de un nuevo cambiazo del veleidoso General, trataron de explorar su pensamiento. «Por mi parte -les dijo-, a todo estoy dispuesto, y cuando me traigan de Oñate el Convenio cuyas bases he admitido, lo firmaré... Pero dudo que algunos cuerpos de mi ejército, principalmente los guipuzcoanos, lo acepten... De modo que no hemos hecho nada,
y la guerra continuará». A esto arguyó Calpena que antes de proceder a la solemne ratificación de lo tratado, debía el General conferenciar con los jefes y oficiales, uno por uno, y darles cuenta de las condiciones de paz a que todos debían someterse.<p>
«Háganlo ustedes» -dijo Maroto, revelando en su tono y en su actitud una indolencia que llenó de asombro a los dos amigos.<p>
-Pero, General -le contestaron-, ¿qué autoridad tenemos nosotros para convencer a las tropas vizcaínas y guipuzcoanas de que, ante el bien inmenso de la paz, deben contentarse con la fórmula vaga del reconocimiento de Fueros?<p>
-No es tan vaga. Se estipula que Espartero propondrá a las Cortes...<p>
-Pero eso, sea poco, sea mucho, es lo que el Duque les concede, y deben saberlo. Usted, su Jefe, que ha de firmar por todos el pacto, está en el caso de instruirles...<p>
-Mi cansancio es tal, amigos míos, que ya no sé cómo valerme, ni halla mi pensamiento voces con que producirse... Hay momentos en que me creo sin vida...<p>
-Pero el trabajo restante, para llegar a un fin glorioso, es breve y fácil, mi General.<p>
-Fácil no, ¡porra!<p>
¡Cualquiera le convencía! Llegaron de Oñate los comisionados La Torre, y Urbistondo con Zabala y Linaje, portadores del Convenio, que Maroto firmó sin ninguna dificultad. Al propio tiempo traían la comisión de proponerle que al día siguiente, 30 de Agosto, se reunirían en Vergara los dos ejércitos, con sus caudillos a la cabeza, para dar forma solemne a la grande obra de la reconciliación. A todo asintió D. Rafael, que aliviado parecía de un peso abrumador.<p>
Uhagón y Calpena pasaron el día recorriendo los cuerpos, en que tenían no pocos amigos, y hablando con unos y otros campechanamente. Si en todos reconocían la satisfacción y júbilo por ver terminada la odiosa discordia, causóles no poca inquietud el observar que los soldados y oficialidad carlistas descansaban en el engaño de que el pacto reconocía los Fueros en toda su integridad, y que así se declaraba de una manera explícita. Maroto les tenía en esta persuasión, pues nada en contrario les había dicho desde la ineficaz entrevista de Abadiano. Era, pues, indudable que surgirían en el momento que se creía final nuevas complicaciones, quizás un gravísimo conflicto, por la indolencia del General,
por su falta de carácter y de resolución para presentar los hechos como realmente eran. ¡Torpeza insigne, abandono de autoridad!<p>
Sobresaltado, temeroso de ver perdido en un instante el ímprobo trabajo de tantos meses, creyó D. Fernando que debía prevenir a Espartero de lo que ocurría, evitándole un triste desengaño al llegar a Vergara, donde contaba con la presencia y conformidad del ejército carlista. Pensado y hecho: de madrugada montó a caballo, y seguido de Urrea y Pertusa se fue al encuentro de su General, a quien halló a media hora de Vergara. No daba crédito D. Baldomero a la triste realidad que le comunicó su amigo, y ante la insistencia de este, más de un cuarto de hora estuvo echando ternos, y maldiciendo la
hora en que entabló negociaciones con hombre tan inseguro y tornadizo. En efecto: poco antes de entrar el Duque en Vergara, llegó Maroto, sin más compañía que la del General La Torre y algunos oficiales de su Estado Mayor. Y los 21 batallones y los tres escuadrones que debían figurar como convenidos, ¿dónde estaban? Sin pérdida de tiempo avistóse Espartero con su antagonista, el cual hubo de contestar a la anterior pregunta, con turbado acento, que las tropas se negaban al cumplimiento de lo pactado mientras no se reconociesen los Fueros provincianos en toda su integridad. Según esto, Maroto declaraba a su ejército en rebeldía, y se presentaba él solo, con cuatro gatos; y él solo reconocía los derechos de Isabel, dejando en el aire la obra de la paz, y a las tropas apartadas de toda reconciliación.<p>
«A este hombre hay que dejarle -dijo D. Baldomero, luego que Maroto, afectado de gran postración, se retiró a descansar-. Imposible hacer carrera de él... ¡Qué hombre, santo Dios! Verdad que su situación y los contratiempos que ha sufrido son para trastornar la cabeza más firme». En esto, La Torre se apresuró a manifestar a Espartero con gallardo arranque que él se comprometía, en el término de veinticuatro horas, a convencer a los vizcaínos o morir en la demanda. No descansó Maroto, pues su conciencia y sus embrollados pensamientos no se lo permitían, y llamando a Calpena, como se llama a un confesor en la última hora, le dijo: «Hágame el favor de comunicar al coronel Wilde que, no creyéndome seguro aliado de Espartero por haber venido aquí sin tropas, me acojo al pabellón inglés». A esto respondió el caballero que no necesitaba añadir a sus errores la mengua de ampararse a una nación extranjera; bien seguro estaba en el Cuartel General del Duque de la Victoria, toda vez que reconocía la
legalidad por este representada. En tanto, los bravos generales carlistas La Torre, Urbistondo y el Brigadier Iturbe, con riesgo de sus vidas, tratarían de reducir a las tropas a la aceptación de lo tratado, después de darles conocimiento del artículo 1.º del Convenio...<p>
«¿Y cómo queda redactado al fin? -dijo Maroto vivamente- Ya no me acuerdo».<p>
-Poco más o menos dice: Artículo 1.º "El General Espartero recomendará con interés al Gobierno el cumplimiento de su oferta de comprometerse formalmente a proponer a las Cortes la concesión o
modificación de los fueros".<p>
-¿Y las Cortes...? Claro, las Cortes... Me parece bien... Buenos tontos serán esos pobres muchachos
si no aceptan, si no fían resueltamente en la promesa del Duque, de cuya caballerosidad nadie puede dudar... Por mi parte, no escatimaré ningún sacrificio. Hágame el favor de llamar a mi ayudante, D. Enrique O'Donnell, para dictarle algunas órdenes. Aún soy General en Jefe de mi ejército, del ejército Real, desde hoy incorporado al de la Nación.<p>
<br/>
<p style="text-align:center"><font color="black"><b>CAP. XXXVII</b>.</b></p><p>
Mientras La Torre trabajaba por reducir a los vizcaínos, Urbistondo hacía lo mismo con los
castellanos. No tuvo igual fortuna Iturbe con los de Guipúzcoa, que enterados de la vaga promesa consignada en el artículo primero, se negaron a suscribir el Convenio, gritando "¡traición,
traición!"; y declarados en franca rebeldía, manifestáronse dispuestos a unirse con D. Carlos. Al fin pudo Iturbe contenerles en Descarga. Urbistondo situó fuerzas castellanas en la carretera, con objeto de observar a los guipuzcoanos, y corrió en busca de Maroto para que saliese al frente de ellos y con su autoridad les redujera. Era la noche del 30, y D. Rafael, que estaba en cama, dolorido, incapaz para toda acción, dijo a Urbistondo que se entendiese con Espartero. Así lo hizo. Se convino en no contar para nada con D. Rafael, que se había echado en el surco, hombre históricamente concluido, y no
hubo más remedio que intentar la pacificación de los guipuzcoanos, comprometiendo entre ellos la vida, catequizando uno por uno a jefes y oficiales, sin reparar en la clase de argumentación con tal de llegar al fin deseado. En esto se empleó toda la noche del 30; al fin, el 31 de madrugada desfilaban hacia Vergara los batallones reacios precedidos de cuerpos castellanos, para que la moral de estos fuese para todos ejemplo provechoso, y así, con más maña que fuerza, empleando sin cesar la palabra convincente, cariñosa, paternal, que igualaba al jefe con el soldado, fueron aproximándose al redil.<p>
Era este un extenso campo a la salida de la villa, entre el río Deva y el camino de Plasencia. Allí formó muy de mañana el ejército de Espartero, y ante él fue desfilando la división castellana, con su jefe el General Urbistondo. Maroto, que parecía resucitado, a juzgar por la repentina transformación de su continente, que recobró su gallardía, así como el rostro la expresión confiada y el color sano, ocupó su puesto; al punto apareció con su brillante Estado Mayor el Duque de la Victoria, y recorridas las líneas, cautivando a todos con su marcial apostura y la serenidad y contento que en su rostro
se reflejaban, mandó a sus soldados armar bayonetas; igual orden dio Maroto a los suyos. Espartero, con aquella voz incomparable que poseía la virtud de encender en los corazones la bravura, el amor, el entusiasmo y un noble espíritu de disciplina, pronunció una corta arenga perfectamente oída de un lado a otro de la formación, y terminó con estas memorables palabras: "Abrazaos, hijos míos, como yo abrazo al General de los que fueron contrarios nuestros". Juntáronse los dos caballos; los dos jinetes, inclinando el cuerpo uno contra otro, se enlazaron en cordial apretón de brazos. Maroto no fue de los dos el menos expresivo en la efusión de aquella concordia sublime. En las filas, de punta a punta, resonó un alarido, que parecía explosión de llanto. No eran palabras ya, sino un lamento, el "¡ay!" del hijo pródigo al ser recibido en el paterno hogar, el "¡ay!" de los hermanos que se encuentran y reconocen después de larga ausencia. Era un despertar a la vida, a la razón. La guerra parecía un sueño, una estúpida pesadilla.<p>
Se había dispuesto que las divisiones vizcaínas y guipuzcoana entrasen en el campo del convenio después de comenzado el acto, para que la solemnidad de este y su ternura influyesen en el ánimo de los reacios, y el efecto correspondió a lo que Espartero y Urbistondo con tanta habilidad y conocimiento del humano corazón habían dispuesto. Las tropas guiadas por La Torre como las conducidas por Iturbe, se
vieron envueltas en la inmensa atmósfera de fraternidad que ya se había formado. Los corazones respondieron con unánime sentimiento. No podía ser de otro modo. La idea de unidad, de nacional grandeza, de moral parentesco entre todas las razas de la Península, ganó súbitamente los entendimientos de castellanos y éuskaros, y ya no hubo allí más que abrazos, lágrimas de emoción, gritos de alegría, aclamaciones a Espartero, a la Constitución, a Isabel II, a Maroto, a la Religión y a la Libertad juntamente, que también estas dos matronas se dieron de pechugones en aquel solemne día.<p>
<br/>
<p>
<p style="text-align:center"><font color="black"><b>CAP. XXXVIII</b>.</b></p><p>
En los mismos 30 y 31 de Agosto, D. Carlos continuaba emitiendo proclamas desde Andoaín y desde Lecumberri, en las cuales hablaba del rebelde Espartero como de un enemigo insignificante; echaba la culpa de sus desgracias a la intriga, a las malas artes de los pérfidos; delataba planes maquiavélicos de los dos Generales compañeros en las revoluciones de América; atribuía la defección de Maroto al oro que había recibido de los constitucionales, y, por fin, hacía postrer llamamiento a sus fieles súbditos para que se acogieran a su paternal benevolencia, ofreciendo olvido de lo pasado si volvían a la defensa
del Trono y la Religión. A los leales les llamaba la más preciosa joya de su corona. ¡Y con estas retóricas sermonarias, con este lamentar de pastores, pretendía el pobre hombre congregar de nuevo su disperso rebaño! La desbandada se inició al tener conocimiento del abrazo de los Generales, que fue tiernísima reconciliación de los dos ejércitos. El sálvese el que pueda resonó en los valles, que había ensordecido el estruendo guerrero de seis años de lucha fratricida. Cada cual pensó en salvar lo que poseía, y en el último caso la pelleja, que es la más preciosa joya de cada mortal. Los restos de los sublevados de Irurzun y Vera, de aquel flamante ejército apostólico y neto, que, levantando bandera por
la integridad de los derechos de Carlos, puso a su frente al canónigo Echevarría, se desbordó en la más horrible desmoralización, convirtiéndose los valientes navarros en vulgares ladrones y desalmados homicidas. So color de castigar traidores, acosaban a los infelices ojalateros, que iban buscando su salvación por los caminos de Francia, y les arrebataban cuanto tenían. El pillaje y el asesinato, la persecución de hombres y el atropello de infelices mujeres fueron la campaña postrera de aquellos degenerados vestigios de un grande ejército. El mismo Echevarría estuvo a punto de perecer a manos de
sus soldados ebrios; D. Basilio y Guibelalde, puestos en capilla, escaparon de milagro. Menos dichoso el General González Moreno, de lúgubre memoria, el verdugo de Málaga, caudillo inepto en Mendigorría, hombre de quien puede decirse que fue una de las más negras fatalidades del bando carlista, pereció cerca de Urdax, de un modo desastroso y vil, digno término de una ruin vida. Dieron en creer los forajidos que iban llenas de dinero las cajas que el General llevaba en su presurosa fuga, y como a un cerdo (así lo cuenta un testigo presencial) le mataron en medio de las calles.<p>
La que aún se llamaba Corte, el fracasado Rey y los fieles que le seguían continuaban en Elizondo sin saber dónde meterse ni por qué resquicios escurrir el bulto. Incansable, corrió allá Espartero; D. Carlos oyó el galopar de su caballo, y acercóse más a la frontera. Allí quemó el absolutismo su postrer cartucho. El batallón cántabro, último en la fidelidad, primero en el valor, defendió con estoica bravura las posiciones de Urdax contra las fuerzas triplicadas que allí mandó el Duque de la Victoria.
Batiéndose con desesperación, mártires de la fe del deber, los cántabros pudieron decir a su expugnador: "morituri te salutant". Una columna de cazadores y una sección de tiradores de la Princesa, mandados por Zabala, dominaron el terreno, dando por terminada la acción, y con ella la guerra del Norte. Antes de que sonaran los últimos tiros, montaron a caballo el Rey, la Reina y demás personas de la familia y servidumbre, y a todo correr emprendían la fuga sin parar hasta Francia. Había entrado Carlos seis años antes por el mismo boquete de la frontera, siendo recibido por Zumalacárregui; se retiraba escoltado por algunos números de su guardia, solo, triste, más abatido que desengañado, sin
ninguna gloria personal. La corona de la dignidad con que supo sobrellevar su destierro fue la única que poseyó en su vida.<p>
D. Fernando Calpena y D. Santiago Ibero, testigos de la última refriega con los valientes cántabros, admiraron el tesón de estos y les colmaron de alabanzas. De regreso al Cuartel General de Elizondo, expresaron los dos amigos su alegría por la terminación feliz de tan dura, enconada campaña, y cada cual dijo lo que le sugería su conocimiento de hombres y cosas.<p>
«Hemos acabado una guerra -declaró Ibero con melancolía-, y yo me felicito de este descanso que pronto disfrutaremos. Un descanso, por corto que resulte, siempre es de agradecer. Pero le diré a mi amigo con franqueza que no creo en la paz... Soy ateo de esta religión que ahora fanatiza a mis compatriotas... No creo, no creo...».<p>
-Yo tampoco. La grande obra de nuestro General es una tregua que debemos alargar todo lo que podamos. Las treguas son necesarias. Así nos prepararemos para dar al problema, en otro día, solución más segura y radical.<p>
-Yo estoy triste... no sé por qué... Lo diré sin rebozo... Me gustaba el delirio, la barbarie, la
guerra, en fin.<p>
-Es realmente un estado muy vital, y además interesante y pintoresco.<p>
-Si vivimos, no envejeceremos en la paz.<p>
-Seremos siempre jóvenes, es decir, guerreros.<p>
-El Convenio, el abrazo, no son más que la fórmula del cansancio.<p>
-Del descanso, querrá usted decir.<p>
-Eso. Se nos permite echar una siesta en día caluroso, el día del siglo.<p>
-Durmamos un poquito.<p>
-Y descansemos, que buena falta nos hace.<p>
En la opinión del carlismo, quedó Maroto como el prototipo de la traición y la perfidia. No era justo. A sus defectos, con ser grandes, toca menos responsabilidad que a su destino cruel, y a la disparidad entre su carácter y el personal absolutista, entre sus ideas y la causa que defendió. El brazo eclesiástico, firme apoyo de la facción (descoyuntado en Vergara, recompuesto después), no perdonó a Maroto su cooperación en la obra de la paz, como se verá por este hecho rigurosamente histórico. Recompensado por el Gobierno de Isabel con un alto cargo militar, residió D. Rafael algún tiempo en España. Su hija Margarita, joven de acrisoladas virtudes, que no se descuidaba en sus prácticas religiosas, fue a confesar una mañana, una tarde (no importa la hora), en una iglesia que no hace al caso. Cumplió serena y contrita, declarando sus pecados, que no debían de ser graves, y cuando terminaba, le preguntó el sacerdote su nombre. La pobre niña, tímida y pura, ¿qué había de hacer? Se lo dijo... Lo mismo fue oírlo el cura que de un bote se levantó iracundo, y con destempladas voces la despidió, negándose a darle la absolución. Atribulada, llorosa, salió la penitente de la iglesia y no
paró hasta su casa. ¿Se pone en duda este hecho? Pues de él puede dar testimonio Doña Margarita Maroto, viuda de Borgoño, anciana respetabilísima, que aún vive. Reside en Valparaíso.<p>
<br/>
<p>
<br/>
<hr size=5 width= 50% color="#000000"/>
<p>
<br/>
<p>
<br/>
Para confrontar lo dicho por Galdós, vamos a reproducir una carta enviada por el Coronel Wilde al Vizconde de Palmerston, de fecha 1 de septiembre de 1.839. Dice así:<p>
<br/>
<p>
«<i>A consecuencia del convenio acordado en Oñate, de que incluí A V. E. una copia que recibí justamente cuando estaba cerrando mi carta, vino aquí el día siguiente 30 el duque de la Vitoria con su escolta, pues se había convenido en que Maroto se le uniría en este punto, con los 21 batallones y 3 escuadrones inclusos en el convenio, mas al entrar en la ciudad solo encontramos á Maroto y su estado mayor, con los generales Urbistondo La Torre, y algunos gefes que esperaban la llegada del duque. Maroto informó á éste de que él y los que se hallaban en su compañía habían venido allí pará probarle la sinceridad y buena fé con que habían firmado el convenio, pero tenía el disgusto de anunciarle que ni uno solo de los batallones inclusos en él había obedecido su orden de marchar á Vergara, dando por razón que no podían confiar en el convenio, hasta tanto que las Cortes hubiesen reconocido sus fueros. Este accidente
imprevisto parecía que hubiese dejado paralizados á todos; nadie sabía qué responder, y Maroto, dirigiéndose a mí reclamó mi protección, á lo que contesté que yo estaba bien seguro de que nada tenía que temer personalmente, y el duque le aseguró al momento lo mismo, tanto á él como a los demás oficiales.<p>
Urbistondo y D. Simón de La Torre ofrecieron hacer otro nuevo esfuerzo para decidir á sus tropas á que aceptasen el convenio y obedeciesen las órdenes de Maroto. Admitióse su oferta, y su misión fue feliz, pues volvieron por la tarde, trayendo consigo una copia del convenio, con la aceptación de sus condiciones, firmada por los comandantes de todos los batallones por sí mismos y por su tropa, y la promesa de que el día siguiente vendrían á este punto.<p>
El 31 por la mañana llegaron noticias de que los castellanos estaban en camino, pero que aun titubeaban los vizcaínos y guipuzcoanos, diciendo los últimos que esperarían á Espartero en Andoain, y allí cumplirían las condiciones del convenio. Al llegar los castellanos y los tres escuadrones, formaron entre dos divisiones de las tropas de la Reina, y el duque les arengó ofreciéndoles la elección entre permanecer al servicio de la Reina ó volverse á sus casas, á lo que respondieron con repetidos vivas, y habiendo elegido casi todos continuar sirviendo, marcharon aquella misma tarde acompañados por una
brigada de las tropas de la Reina, á Cuzcurrita, cerca de Háro, donde permanecerán por ahora, á las órdenes de Urbistondo.<p>
Mientras se verificaba esta ceremonia, se recibió la noticia de que se acercaban los batallones vizcaínos, y que detrás venían tres batallones y cuatro compañías de guipuzcuanos; al llegar dichas tropas les dirigió también la palabra el duque, y respondieron con mucho entusiasmo. Después de poner las armas en pabellones, se mezclaron libremente con las tropas de la reina; y reinó en todos el mayor contento y armonía. Súpose, sin embargo, que estaban determinados á conservar sus armas, hasta que el convenio estuviese ratificado por las Cortes, y concedida toda la parte esencial de los fueros; y se creyó prudente no tratar de desarmarlos. En su consecuencia, los vizcaínos han marchado á Elorrio y los guipuzcoanos á Mondragón<p>
En tal estado se hallan las cosas en este momento: y hasta que se sepa la decisión de las Cortes, no creo que pueda darse ningún paso más. El deseo de la paz parece ser sincero y universal entre el paisanage, y suceda lo que sucediere es indudable que la causa de D. Carlos ha recibido un golpe, de cuyos efectos es imposible que pueda reponerse.<p>
El duque de la Victoria manifestó muy francamente desde el principio de las negociaciones, tanto á mi como al general Maroto, que deseaba concluirlas, si era posible, sin ninguna mediación estrangera, diciendo que pues era una contienda entre españoles, debía decidirse por los españoles; y como Maroto no insistió en reclamar la mediación de Inglaterra, el gobierno británico no se encuentra de modo alguno comprometido al cumplimiento ó aprobación de ninguna de las condiciones en que se ha convenido hasta este momento, porque si bien las dos partes me han consultado constantemente y he sido un instrumento para verificar la reconciliación, no fui convidado á la última conferencia del 29 en que se dictaron las condiciones por el duque y fueron aceptadas por los comisionados carlistas.<p>
Incluyo originales dos proclamas que no he tenido tiempo para traducir».</i><p>
Cfr.: <a href="https://books.google.es/books?id=JyOTvqMIi5sC&pg=RA1-PA30&dq=abrazo+de+vergara&hl=es&sa=X&ei=KRHQVPfgK4v2UtTOgdAO&ved=0CDoQ6AEwBTgy#v=onepage&q=abrazo%20de%20vergara&f=false">Convenio de Vergara. Datos curiosos para la historia contemporánea</a>. Madrid, Imprenta del Correo Nacional, 1.840, pp. 25 a 27.
<br/>
<p>
<br/>
<hr size=5 width= 50% color="#000000"/>
<p>
<br/>
<p>
<br/>
<br /></div>
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-26101124863080236042015-02-13T18:40:00.000+01:002015-08-03T18:53:51.057+02:00AÑO 1833. Sublevación de Talavera de la Reina contra Isabel II<div dir="ltr" style="text-align: left;" trbidi="on">
A principios de la noche del día 2 de octubre de 1.833, D. Manuel María González, Administrador de Correos de Talavera de la Reina, acompañados de varios vecinos de la localidad, provocará la 1ª sublevación contra Isabel II, y generará el inicio de la Iª Guerra Civil Carlista.<p>
Según el comunicado que recibió el Gobierno el día 3 de octubre de 1.833, transcrito en <a href="http://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1833/122/C00001-00001.pdf"> La Gaceta </a>(en su Suplemento de 5 de octubre de 1.833), copiado por la mayoría de los periódicos de la época (<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0003596333&page=3&search=Manuel+Mar%C3%ADa+Gonz%C3%A1lez&lang=es">La Revista</a> (número 101, de 6 de octubre de 1.833, pág. 3) y luego recogido en <a href="https://books.google.es/books?id=gFwr3-FLPFcC&pg=PA831&dq=testamento+de+fernando+vii&hl=es&sa=X&ei=nPfdVI_QKcq7UZqig4gB&ved=0CEoQ6AEwBzgK#v=onepage&q=tManuel%20Mar%C3%ADa%20Gonz%C3%A1lez&f=false">Fastos españoles o efemérides de la Guerra Civil, desde octubre de 1.832</a> (Madrid, Imprenta de D. Ignacio Boix, 1.839, pág. 485),<p>
<blockquote><blockquote><i>
<p style="text-align:justify">
«A principios de la noche del 2 de Octubre, se formó una facción acaudillada por el Administrador de Correos procesado y suspenso D. Manuel María González, la cual despojó violentamente de la Autoridad al Corregidor Tejero, y le puso preso á las nueve de la noche, como también al Mariscal de Campo D. Antonio María Hojas, al Comandante de armas, y á otros vecinos honrados. Después se apoderaron do los caballos de los habitantes del pueblo, y de los fondos públicos (objeto quizá esclusivo (sic) de la sublevación. <br/>
<a name='more'></a>
Al amanecer de este día [3 de noviembre] prorrumpieron en la plaza pública con voces infames y subversivas; pero notando que ninguna persona del vecindario tomaba parte en atentado tan alevoso, y que el Corregidor se negó absolutamente á reasumir la Autoridad que le ofrecían restituir, á condición de que suscribiese á sus ideas, salieron de la Villa con dirección al lugar de Calera, que es el primero en el camino de Estremadura (sic), llevándose dos de los vecinos que habían preso.<br/>
El Corregidor volvió á reclamar su Autoridad, dispuesto á defender en cuanto le fuese posible la tranquilidad pública contra aquella facción rebelde, si como habían asegurado, volvían por la noche á Talavera.<br/>
Apenas el gobierno de S.M. supo este suceso, tomó las providencias convenientes contra tamaño atentado; y posteriormente el mismo corregidor ha remitido á S. M.la Reina Gobernadora la siguiente exposición, por medio del Sr. Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia:
<blockquote>
<p style="text-align:justify">
Señora : Tengo el honor de elevar á conocimiento de V. M., según lo que ofrecí en mi parte anterior, que en la villa del Puente del Arzobispo, seis leguas de ésta, han sido presos por su justicia, con auxilio del teniente retirado y secretario de aquel ayuntamiento, D. Antonio Acevedo, las personas de D. Francisco López Salas, cadete de "Borbón"; D. León Nieto, alférez del cuadro de esta villa; D. Manuel González Bárbara y D. Celestino Pabat, éste hijo de un oficial de correos de esta villa, y el anterior del administrador de la misma, á quienes he mandado conducir á mi disposición, y de la causa que estoy formando sobre la sublevación y acaecimiento del día 2. Me apresuro á comunicar á V. M. que en esta mañana se han presentado espontáneamente con sus armas diferentes de los individuos que componían la facción revolucionaria, y en esta tarde acaban de presentarse los restantes, á quienes he recogido las armas, sin perjuicio de las demás medidas que arroje de sí la causa. No han quedado en la facción mas que siete de los principales, que son : D. Manuel María González, administrador de correos en esta villa; D. Juan Bautista Alonso, mozo de correos; D. Miguel Salas , capitán de caballería del cuadro establecido en la misma; D. Saturnino Barco, alférez retirado; D. José Aimerit, ex-guardia de Corps ; D. Fran-
cisco González y D. Mariano Cevallos , teniente de caballería; pudiendo afirmar, según las noticias que se han participado, que huyen sin fuerza alguna que auxilie sus planes revolucionarios, desesperanzados de conseguir sus horrendos designios porque han visto que los voluntarios Realistas de los pueblos con quien contaban, no solo no han secundado sus intenciones, sino que han mostrado una resistencia muy digna de recomendación. La tranquilidad pública sigue inalterable en esta villa, y sus habitantes á porfía dan pruebas manifiestas de su fidelidad y adhesión á la legitimidad del trono que como Gobernadora dirige V. M. Los pueblos por donde caminan los insurreccionados dan pruebas patentes de su lealtad, y sus justicias despliegan su zelo (sic) de una manera laudable; pudiendo asegurar que el espíritu público lisonjea las esperanzas de los leales vasallos, el que ha hecho desmayar á los sublevados de su infernal empresa, prometiéndome será extinguida del todo la facción, mediante las medidas que tengo tomadas al objeto.<br/>
Prometo a V. M. por mi parte sacrificar todos mis desvelos, procurando por la paz y tranquilidad pública, apurando todos los medios de perseguir á los que osen pronunciarse en contra de los imprescriptibles derechos de vuestra augusta Hija Isabel II, como heredera legítima del Trono de España.<br/>
Dios guarde la importante vida de V. M. y su augusta Hija muchos y dilatados años en bien de la monarquía española. <br/>
Talavera de la Reina, 4 de octubre de 1.833.<br/>
Josef García Tejero.»
</i></blockquote></blockquote><p>
<p style="text-align:justify">
<b>Antonio Pirala</b> (<a href="https://books.google.es/books?id=89UCAAAAYAAJ&printsec=frontcover&dq=antonio+pirala+historia+de+la+guerra+civil+y+de+los+partidos+liberal&hl=es&sa=X&ei=6zPeVM-XFsO9UYvJgsAI&ved=0CCIQ6AEwAA#v=onepage&q=Talavera%20de%20la%20Reina&f=false">Historia de la Guerra Civil y de los partidos liberal y Carlista</a>. Escrita con presencia de memorias y documentos inéditos. Madrid: Tipografía de Mellado, 1856, t. I, pp. 172-173) indica que los hechos realmente sucedieron en la noche del 3 al 4, y no del 2 al 3, y a partir de él lo hará un nutrido grupo de historiadores:<p>
<blockquote><blockquote><i>
<p style="text-align:justify">
«reunió González las dos compañías de realistas, única fuerza que había en la población, y la distribuyó en varios pelotones, mandados respectivamente por sus hijos don Francisco y don Manuel, bachilleres ambos en leyes, hallándose de alférez en el provincial de Toro el hijo mayor don Juan José (se pasó a las tropas carlistas: sirvió con Cabrera y en 1846 estaba en Marsella y era brigadier).<br/>
Depuso a las autoridades, hizo algunas prisiones y se apoderó de los recursos necesarios (de los 500.000 reales que había en la Administración de rentas, sólo dispuso de 60.000), y de algunos caballos y carros.<br/>
A la mañana del siguiente día, alumbró el nuevo sol el pendón de Carlos V, proclamado en la plaza por el pregonero público con alarde militar. <br/>
A las siete de la mañana marchó a Calera a reunirse con los realistas de este pueblo y con los del batallón de Mombeltrán, ya avisados; mas no acudieron estos. Desordenáronse temerosos los de Talavera, y, puesto al frente de los de Calera y con los jefes que le acompañaban, se dirigió al Puente del Arzobispo. Adversa le fue la suerte; hostilizado por la misma población con que contaba, perdió entre los prisioneros a un hijo. Conducidos a Talavera estos desgraciados, fueron condenados por una comisión militar, expresamente formada, a la última pena, y pasados por las armas, el joven don Manuel González, don Celestino Pabal, Diéguez, el cadete López Salas y el alférez don León Nieto, enrojeciendo el suelo español la sangre de hermanos inmolados en aras de la feroz discordia en la flor de su vida. <br/>
Los que siguieron a don Manuel González fueron tenazmente perseguidos por las fuerzas de Guadalupe y otros pueblos, siendo alcanzados en las inmediaciones de Villanueva de la Serena y presos por un destacamento de caballería. Conducidos también a Talavera, otro consejo les condenó a la pena que habían sufrido sus compañeros.»
</i></blockquote></blockquote><p>
La detención última la refiere así, mediante parte, el Brigadier Coronel del Regimiento de Caballería de la Reina, citado por <a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0003596508&page=3&search=Manuel+Mar%C3%ADa+Gonz%C3%A1lez&lang=es">La Revista Española </a>(número 107, de 20 de octubre de 1.833, pág. 59):<p>
<blockquote><blockquote><i>
<p style="text-align:justify">
«Luego que salí de Villanueva de la Serena, en el día de hoy, en persecución de los revolucionarios de Talavera de la Reina, según las instrucciones que me dio V. S., me dirigí á la casa de Perales, en la que no me detuve porque no encontré razón alguna, y marché al vado de las Puercas, á donde llegué como á las dos de la tarde, y adquirí la noticia de que los revolucionarios, en número de 8, habían exigido un saco de cebada en el molino del vado, y 8 ó 10 panes, siguiendo el Guadiana abajo como á las ocho de esta mañana, en cuya dirección continué sin pararme; y como á dos leguas, en la dehesa llamada Guadaperales, tuve la satisfacción de sorprenderlos, pues los encontré en el mayor descuido acostados, y los caballos atados, sin que me vieran hasta que estuve á la distancia de 40 á 50 pasos.<br/>
Trataron de fugarse; pero la mayor parte de ellos al ver la intrepidez, entusiasmo y decisión con que mi tropa á mi voz los cargó espada en mano, se desalentaron de tal manera que se entregaron sin resistencia alguna, á saber: don Manuel María González, administrador de correos de Talavera de la Reina, y primer comandante de Voluntarios Realistas; don Mariano ceballos, teniente de caballería; don Francisco Gabriel Jiménez, ex-guardia de corps; don Miguel López Salas, capitán de caballería del cuadro de Talavera de la Reina, y don Saturnino del Barco, oficial retirado en el mismo pueblo; habiéndose fugado don Juan Bautista Alonso, don José Galeti y don Francisco Vicente González.<br/>
Puestos en seguridad los reos aprehendidos, á pesar de la poca fuerza que llevaba á mis órdenes, compuesta solo de siete soldados, un cabo y un sargento, dispuse que éste con dos soldados batiese las inmediaciones del monte, cuya espesura le impidió coger los fugitivos. Volvíme á esta villa con los reos, y con auxilio de los Voluntarios Realistas de ella fueron puestos en seguridad en la cárcel; unos paisanos á quienes al retirarme dejé encargado que batiesen el monte, trajeron á poco rato preso al citado don Juan Bautista Alonso, oficial de Realistas de Talavera, que al pasar por la iglesia cuando le conducían á la cárcel, se acogió a sagrado agarrándose á la aldaba de la puerta de ella; y recibió del párroco papel de iglesia.<br/>
Los reos tenían seis caballos, dos pistolas, dos espadas, un florete y dos sables, y además, doce mil ciento seis reales y cuarto en plata y oro.Mañana saldrá el comandante de Voluntarios Realistas de esta villa al sitio donde fue aprehendido Alonso, por haber manifestado éste que había arrojado dos mil reales que llevaba.<br/>
He pasado requisitoria á la villa de Miajadas para que salgan también en persecución de los dos fugitivos que restan. No puedo menos de recomendar á V. S. el valor y decisión del sargento primero José Alba y demás que en esta ocasión he tenido a mis órdenes. <br/>
Dios guarde a V.S, etc.<br/>
Orellana la Vieja, 14 de octubre de 1.833.<br/>
El Teniente Alférez de Caballería, José Gómez.»
</i></blockquote></blockquote><p>
Pero, ¿quién era este Manuel María González, administrador de correos y comandante de los Voluntarios Realistas de Talavera de la Reina?<br/>
Los periódicos de la época señalaban lo siguiente (<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0003596427&page=3&search=Manuel+Mar%C3%ADa+Gonz%C3%A1lez&lang=es">La Revista Española</a>, número 105, de 15 de octubre de 1.833, pág. 31);<p>
<blockquote><blockquote><i>
<p style="text-align:justify">
«El "Correo Literario" y "Mercantil" de 11, dice que D. Manuel María González, administrador de
correos y comandante de Voluntarios Realistas de Talavera de la Reina, fue procesado por malversador de caudales públicos; y el del 13 dice que se hallaba sumariado desde octubre de 1.832 por cosas análogas á la descabellada empresa que acaba de intentar en dicha villa. Lo que hay de cierto en estos particulares es lo siguiente.<br/>
Tanto el expresado González como los demás cabecillas que dieron el gritó de la rebelión el
dia 2, á saber, D. Miguel López Salas, D. Saturnino Basco, el ex-guardia D. Francisco Javier
Jiménez Aymeric, el mozo de correos Don Juan Bautista Alonso, y el cirujano de Segurilla
D. Alberto Diéguez, fueron procesados por causa de conspiración igual á la última "en primeros de
febrero del corriente año" por el benemérito comisionado regio D. Miguel Antonio Ochoteco, quien
en aquella época los redujo á prisión por haberles descubierto que trataban de atentar contra los imprescriptibles derechos de S. M. la Reina nuestra Señora. "A fines de mayo último" se les puso en libertad bajo de fianza en virtud de disposición superior. La criminal tentativa que acaba de quitarles la máscara con que hipócritamente se encubrían, acredita sobradamente el tino con que
el expresado señor comisionado regio obró en su expedición á Talavera, y demuestra que aquellos
malvados abusaron de la libertad que se les devolvió en mayo, para seguir tramando sus infernales maquinaciones. Las personas adictas á la sagrada causa de la Reina, á quienes aquel puñado de miserables atropellaron en Talavera, hubieran sabido indudablemente hacerles pagar muy cara la tentativa, ó perecer en tan justa demanda, si en su mano hubiera estado poner en práctica los abundantes y seguros medios dé previsión que existían en Talavera.»
</i></blockquote></blockquote><p>
<p style="text-align:justify">
Para completar los datos de este personaje continuamos con el citado libro de <b>Antonio Pirala</b> (<a href="https://books.google.es/books?id=89UCAAAAYAAJ&printsec=frontcover&dq=antonio+pirala+historia+de+la+guerra+civil+y+de+los+partidos+liberal&hl=es&sa=X&ei=6zPeVM-XFsO9UYvJgsAI&ved=0CCIQ6AEwAA#v=onepage&q=Talavera%20de%20la%20Reina&f=false">Historia de la Guerra Civil y de los partidos liberal y Carlista</a>. Escrita con presencia de memorias y documentos inéditos. Madrid: Tipografía de Mellado, 1856, t. I, pp. 171-172):<p>
<blockquote><blockquote><i>
<p style="text-align:justify">
Nació en la villa que inmortalizó Cervantes (el Toboso), y ayudó a sus padres a labrar la tierra.<br/>
No tenía aún cuatro lustros, cuando casó con doña Felipa Barbaza, que mejoró su situación. Liberal en 1820, fue alcaide constitucional, miliciano de caballería y afiliado en la sociedad masónica. Encausado y perseguido por sus opiniones, tuvo que acogerse al amparo de su hermano don Rufino, superintendente general de policía del reino, quien consiguió no sólo que se sobreseyese en la causa y cesase su persecución, sino que se le confiriera la administración de correos de Talavera de la Reina, adonde marchó a fines de 1823 con su mujer y cuatro hijos. <br/>
Su buena presencia, sus facciones, su genio alegre, sociable y franco (no ocultaba sus ideas, a pesar del sistema que a la sazón regía), le conquistaron las simpatías de todos y hasta llegó a verse nombrado por les realistas comandante del batallón número 15 y comandante de armas del partido, en el que se comprendía a Guadalupe.<br/>
De nobles sentimientos, nadie acudió a él en vano y sólo olvidaba su bondad, se desviaba de tan laudable propósito, cuando mediaban resentimientos de rivalidades amorosas, a cuyas aventuras era aficionado.<br/>
Así corrió dulcemente su existencia, hasta que en 1832 pasó por Talavera desterrado a Cádiz, donde murió a poco, su hermano don Rufino, consejero ya de Hacienda. Tales consejos le dio, y le hizo tales prevenciones el desterrado, que varió de carácter. Volviose triste, taciturno, y se aisló hasta de sus mejores amigos. No acostumbrados estos a verle de esta manera, empezaron a desconfiar de él y a tratarle con prevención, lo cual aumentó su disgusto, y más que todo el ver que los liberales evitaban las conversaciones políticas en su presencia reputándole afiliado al bando contrario. No se equivocaban.<br/>
Dejóle su hermano don Rufino recomendado a sus amigos políticos, quienes, desde luego, contaron con él y le iniciaron en los planes de la Junta de Madrid a la cual pertenecía Maroto, que mandaba militarmente en la provincia de Toledo. Ya hemos manifestado el resultado que tuvieron y la prisión de los individuos de aquella junta. Frustrada esta tentativa, volvió González con asiduo afán a sus tareas de la administración hasta que llegó a Talavera un comisionado del gobierno que le formó causa y le condujo preso a Madrid.
</i></blockquote></blockquote><p>
<p style="text-align:justify">
Como conclusión, para tener un relato sintético y completo de todo lo que hemos expuesto hasta ahota, vamos a recoger las palabras de <b>Félix Rubio López de la Llave</b> ("<a href="http://www.realacademiatoledo.es/files/temastoledanos/52.%20El%20pronunciamiento%20carlista%20de%20Talavera%20de%20la%20Reina,%20por%20Felix%20Rubio%20Lopez%20de%20la%20Llave.pdf">El pronunciamiento carlista de Talavera de la Reina</a>", in Temas Toledanos, Número 52, Toledo, Ed. Toledo, 1.996/1987, pp. 27 a 32) quien nos dice:<p>
<blockquote><blockquote><i>
<p style="text-align:justify">
«El dos de Octubre de 1833, miércoles, en las primeras horas de la noche, D. Manuel María González, al mando de un grupo de Voluntarios Realistas y de dos de sus hijos hace proclamar como rey de España a Carlos V, infante D. Carlos María Isidro, al tiempo que lanza una declaración reivindicatoria y autojustificativa del orden tradicional de España y la sucesión masculina al trono. <br/>
El pronunciamiento lo realiza desde la plaza Real de la villa, principal punto de reunión y confluencia de la ciudad, al tiempo que controla, apostando hombres armados en las puertas de la ciudad, las entradas y salidas de la población, entonces en gran parte amurallada. Junto a la proclama realiza un llamamiento de unión dirigido a los vecinos solicitando su colaboración en la causa carlista.<br/>
En esos momentos iniciales del pronunciamiento, como a lo largo de todo el tiempo, la respuesta de la ciudad es contundente, la gente se cierra en sus casas y ni la inmensa mayoría de los propios "Voluntarios" acude siquiera al cuartel a recoger las armas para unirse al pronunciamiento.<br/>
Esa misma noche González realiza dos acciones que consideramos muy importantes a la hora de valorar políticamente su acción.<br/>
Una es que decide arrestar a la corporación municipal, o a gran parte de ella, reteniéndola en su poder. Cosa que ya ha sido puesta de manifiesto por algún historiador y, por otra parte, es ciertamente usual en este tipo de pronunciamiento revolucionario del pasado siglo; (también retiene a uno de los prohombres locales, un general llamado Antonio María de Rojas). Pero, además de esta acción, realiza otra más importante por su valor en sí misma que por su efectos posteriores. Y es que decide reponer a los regidores municipales que había en 1832, es decir, a la corporación existente antes del relevo liberal auspiciado desde el poder central. <br/>
Es cierto que esos regidores fueron sacados de sus hogares contra su voluntad, e igualmente obligados a tomar posesión de los cargos "vacantes", como en justicia declararon posteriormente todos los testigos, en una ceremonia que se nos antoja, si no fuera por el dramatismo que supone la obediencia bajo coacción armada, llena de esperpentismo.<br/>
Durante esa noche, con la población asustada y amedrentada, las autoridades "salientes" y "entrantes", rehenes y revolucionarios, esperaron inútilmente en la iglesia y el claustro de S. Jerónimo a que la población aclamara y apoyara a los sublevados, esperando una especie de refrendo del vecindario para justificar así mejor el pronunciamiento. Lo cierto es que aquel respaldo no se produjo, descartando de esta manera ciertas opiniones vertidas desde la historiografía carlista que habla de: "En Talavera de la
Reina surgía, pues, la primera manifestación de un pueblo rebelde a dejarse morir en manos del liberalismo", o que "González ... dueño de la ciudad"; maximalismos que poco o nada tienen que ver con la realidad, tal y como lo relata algún historiador local del pasado siglo (Fernández Sánchez [, I.- Historia de Talavera de la Reina. Imprenta Rubalcaba, 1.896]), informado por testigos de aquellas jornadas.<br/>
Ante el fracaso, González repite la proclama en el mañana del día tres con el mismo e infructuoso resultado; finalmente abandona la ciudad con un rehén, precisamente el general que hemos mencionado, ante la amenaza de algunos vecinos que se apostaron en las .cercanías de S. Jerónimo cruzándose algún disparo. Cierta bibliografía carlista habla de esta retirada de González y sus hombres, diciendo que se trató de una medida prudente para evitar baños de sangre en la ciudad. Al margen de que esto fuera cierto, su situación era de todo punto insostenible, su movimiento careció del menor respaldo popular, ya que como hemos dicho, grupos de vecinos, tras la sorpresa, hicieron frente con armas. a los revolucionarios.<br/>
Ese mismo día marchó el grupo en dirección a Calera, pueblo distante unos 14 km. de Talavera, no sin antes requisar todos los caballos de la ciudad y de apoderarse de los fondos públicos (cuando fueron sorprendidos días más tarde tenían en su poder 120.106 reales y cuarto en plata y oro). En este último pueblo, y pese a los numerosos descontentos que allí había como consecuencia del reciente cierre de los locales que la Real Fábrica de Sedas tenía para trabajos complementarios de su producción, no se les unió ningún hombre tras una nueva proclama en la plaza del pueblo.<br/>
De este lugar marchó el grupo de fugitivos a Puente del Arzobispo donde, además de intentar que el pueblo se les uniera, esperaban a otros grupos de absolutistas de diferentes lugares de la región. Ambos aspectos fracasaron, no se les agregó nadie y, además, los vecinos del pueblo hicieron frente a la partida carlista junto a la tropa perseguidora procedente de Talavera. Hubo tiroteos en las calles y en los alrededores del pueblo. Al final, varios de los partidarios de González se entregaron voluntariamente y un grupo de seis, entre ellos un hijo del cabecilla, fueron hechos prisioneros y trasladados a Talavera. El resto logró huir, incluido el propio González, hacia la sierra de Guadalupe, tras cruzar el Tajo a su paso por Puente del Arzobispo.<br/>
Al grupo de seis que fueron trasladados a Talavera, tras someterles a una causa sumarial creada al efecto, se les condenó a la pena capital. Los que se entregaron voluntariamente, al alegar esta circunstancia y aducir que se unieron a González por la obediencia debida a su comandante -ninguno de ellos era oficial- fueron condenados a diferentes penas de cárcel.<br/>
En el Archivo Parroquial de Talavera se encuentra la anotación del párroco relativa al enterramiento de los que fueron fusilados. En síntesis dice lo siguiente: Procedentes de la cárcel de Rocamador, fueron sepultados el mismo día de su fallecimiento, el 22 de octubre de 1833: <b>Alberto Diéguez</b>, natural de Valladolid, Subteniente, casado. Manuel Raimundo González, feligrés de esta parroquia, hijo de Manuel María y Brígida Barbaza, natural de El Toboso, soltero. <b>Celso Celestino Pavort</b>, soltero, natural de Ávila, tejedor. <b>Francisco López Salas</b>, soltero, natural del Barrio de Triana, Sevilla. <b>Manuel Giménez,</b> natural de Nueva Barcelona, América, Teniente graduado y Ayudante de Caballería, casado. <b>León González Nieto</b>, natural de Puebla de Almoradiel, La Mancha, Alférez de Caballería, casado.<br/>
El lugar del fusilamiento estaba situado a unos pocos centenares de metros de la Ermita del Prado, en un sitio conocido como El Calvario. Su ubicación actual correspondería entre las calles Jacinto Aguirre, Ángel del Alcázar, Joaquina Santander y Héroes del 10 de Agosto. La inhumación de estos hombres que se levantaron a favor del pretendiente carlista tuvo lugar en el cementerio anexo a la parroquia de Sta. Leocadia, situada entonces en la plaza que hoy se conoce por el mismo nombre.<br/>
El resto del grupo que logró huir, tras cruzar la sierra de Guadalupe y adentrarse en tierras extremeñas, fue sorprendido en las cercanías de Villanueva de la Serena En el parte de guerra que publicó la Gaceta de Madrid el 19 de Octubre, y enviado por un oficial del Regimiento de Caballería de la Reina al Ministro de Guerra, además de proporcionamos la filiación del grupo, dice entre tras cosas, que fueron sorprendidos en la dehesa de Guadaperales, en las cercanías de Villanueva. En un primer momento lograron huir tres hombres de los ocho perseguidos, uno de ellos <b>Francisco Vicente González</b>, el otro hijo del Comandante realista, otro fue <b>José </b>Galletti, y el tercero, <b>Juan Bautista Alonso</b>. Estos tres fueron finalmente capturados por paisanos del pueblo de Orellana y conducidos a Villanueva junto al resto. El citado Juan Bautista Alonso, logró liberarse de sus captores y pudo acogerse a sagrado agarrándose a la aldaba de la puerta de una iglesia, suponemos que a la parroquial de Villanueva, recibiendo "papel de iglesia". Documento que no habría de servirle de nada, ya que acabó con los demás componentes del grupo capturado en primera instancia. El parte de guerra nos informa también que tenían en su poder, además de los 120.106 reales y cuarto ya citados, 6 caballos, 2 pistolas, 2 espadas, 2 sables y 1 florete. También, que horas antes de ser capturados exigieron a unos campesinos un saco de cebada y ocho o diez panes.<br/>
Pocos días más tarde de la captura fueron ejecutados en Villanueva de la Serena. He aquí lo manifestado por el párroco de Villanueva (Reproducido en "Historia del Tradicionalismo", tomo lII, pág. 300, de M. Ferrer):<br/>
<blockquote><blockquote>
<p style="text-align:justify">"En Villanueva de la Serena en veinticinco del mes de Octubre del año mil ochocientos treinta y tres, se enterraron en el cementerio de esta iglesia, extramuros de esta villa, a D. Manuel María González, Administrador de Correos y comandante primero del batallón de voluntarios realistas de Talavera de la Reina; a D. <b>Juan Bautista Alonso</b>, mozo de oficio de correos y ayudante del dicho batallón (individuo citado en el informe municipal talaverano, en el capítulo III); a <b>Francisco Javier Jiménez Aimerich</b>, exguardia de Corps y vecino de la dicha ciudad de Talavera; a D. <b>Saturnino del Barco</b>, Alférez de Caballería, retirado en Talavera; a D. <b>Miguel López de Salas</b>, capitán del cuadro de caballería de fija residencia en Talavera; a D. Mariano Cevallos, teniente de ídem; a D.<b> Francisco Vicente González</b>, hijo del primero, paisano y vecino de Talavera, y a D. <b>José Galletti</b>, también paisano y vecino de Talavera, los que fueron fusilados en esta Villanueva el dicho día veinticinco. Recibiendo los Santos Sacramentos de Penitencia y Comunión; y otorgando testamento ante el escribano D. Pedro Gómez, el de D. Manuel María González, D. Miguel López Salas, D. Mariano Cevallos y D. José Galletti; cuyas copias se han remitido al señor Vicario Eclesiástico de Talavera de la Reina; todo según la nota que ha pasado a esta parroquia, de que certifico Juan Antonio Sánchez"» [esta acta la podemos leer transcrita en Clemente, Josep Carles.- Los orígenes del Carlismo, Madrid, Easa, 1.979, pág. 191.]
</i></blockquote></blockquote></blockquote></blockquote>
<p>
<p>
<p>
<p>
<p>
</div>
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-53035962872728750292015-02-13T14:26:00.002+01:002017-08-25T15:53:07.254+02:00AÑO 1833. PROCLAMA DEL MANIFIESTO DE ABRANTES.
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiaKfVneGYDgmZFGp7l15TV68HwyDybXm8cm727eT1jZOMSozBkEfZp95B-S1xRwoddJVMOOzXcdSYnsa_TALzpYPN7GmTG4NE_uHRIyXtibUX-23w9KnLLjyNu0C2CNl3ynHH0-evEk4Ln/s1600/madrazo+-+la+enfermedad+de+Fernando+VII+-3.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiaKfVneGYDgmZFGp7l15TV68HwyDybXm8cm727eT1jZOMSozBkEfZp95B-S1xRwoddJVMOOzXcdSYnsa_TALzpYPN7GmTG4NE_uHRIyXtibUX-23w9KnLLjyNu0C2CNl3ynHH0-evEk4Ln/s400/madrazo+-+la+enfermedad+de+Fernando+VII+-3.jpg"></a></div>
<p style="text-align:justify">
Fallecido el rey Fernando VII, el día 29 de septiembre de 1.833, no le faltó tiempo al infante D. Carlos María Isidro de Borbón (1.788-1.855) para desde Portugal, donde se hallaba alejado de la Corte por mandado de su hermano el rey desde días antes de la jura de Isabel como Princesa de Asturias, publicar lo que se ha venido en denominar el «<b>Manifiesto de Abrantes</b>», por haberse escrito allí, el día 1 de octubre de 1.833.<p>
<p style="text-align:justify">
Estaba todavía el rey «<i>corpore insepulto</i>», pues será conducido el cadáver de S. M. a El Escorial el día 3 de octubre, llegando a primeras horas del día 4, para que con el artificio de hablar estrictamente de una cuestión sucesoria de la corona, se entablara una lucha de ideas sobre el concepto de Estado, de su organización y de la lucha de poderes entre las clases existentes.<p>
<a name='more'></a>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjDaON770LHfqGvg07twXcPmF2QanbA3N25oF6ISbE2EV0BpmcstVRvr5eWBSureQTA65GCG7k2eoOrld7Be0gtuXKi55zPlxEvWtd0Yp-HA7KpkmAB3ywZ2JYxlQLzK6SwgpARMmmTTq9i/s1600/Carlos+Mar%C3%ADa+Isidro.png" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjDaON770LHfqGvg07twXcPmF2QanbA3N25oF6ISbE2EV0BpmcstVRvr5eWBSureQTA65GCG7k2eoOrld7Be0gtuXKi55zPlxEvWtd0Yp-HA7KpkmAB3ywZ2JYxlQLzK6SwgpARMmmTTq9i/s400/Carlos+Mar%C3%ADa+Isidro.png"></a></div>
<p style="text-align:justify">
Este manifiesto será, pues, el inicio desencadenante de una serie de cruentas guerras civiles que a lo largo de lo que quedaba prácticamente de siglo XIX se fueron sucediendo, y que tuvieron su primer reflejo en el <b>levantamiento</b>, un día después del Manifiesto (el 2 de octubre de 1.833), <b>en Talavera de la Reina , de Manuel González,</b> (vid. artículo nuestro en este blog: "Sublevación de Talavera de la Reina contra Isabel II") y dos después <b>en Bilbao y en Pamplona</b>. Iniciativas que fueron provocando que, como un rayo, poco a poco se vayan alineando a favor o en contra de la sublevación, conformándose en dos bandos ideológicamente irreconciliables (las terribles dos Españas perennes en nuestra ideosincrasia), por un lado las ciudades y poblaciones (Vitoria y Logroño lo harán el día 7, sucediéndose poco a poco el apoyo de las localidades de las Vascongadas, Navarra, Aragón, Cataluña y Valencia, principalmente, motivo por el que algunos llamaron a esta guerra civil «<b>La Guerra del Norte</b>») y por otro los militares ( el día 3 <b>Santos Ladrón </b>se desplaza con su tropa a Logroño desde Valladolid para proclamar el día 6 de octubre en Tricio (La Rioja) rey a "<i>Carlos V de Castilla y VIII de Navarra"</i>, considerándose esta fecha el inicio de la I Guerra Carlista; <b>Zumalacárregui</b> se presentó voluntario ante el ejército carlista el día 5, el 7 el coronel <b>Valentín Verástegui</b>, secundándole el 8 el comandante <b>José de Alzáa </b>y el brigadier <b>Lardizábal</b>, el <b>barón de Hervés</b> el día 13, y así numerosos Voluntarios Armados, que gritaban:<p>
<blockquote><blockquote><blockquote><i>
«Marchad, marchad, vizcaínos, <br/>
marchad la frente altiva <br/>
y a la inmarchita oliva <br/>
unid verde laurel; <br/>
juremos ante el signo <br/>
del lábaro guerrero, <br/>
morir por nuestro Fuero, <br/>
por Carlos y la fe»).
</i></blockquote></blockquote></blockquote>
<p style="text-align:justify">
Como vemos, por el canto que se elevaba como eco por las tierras del norte, el enfrentamiento ideológico es claro:<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgeIgyThb8kd1VcijkbriP19rkvA0Z-wtWE9gXF5iy-Er3r_XyjT8b478ZYS1rTUmT0Ux3yP1PwaRIqnvYXiZhWO76s3XwUBd25l2NLAnTbnZOn8M7yobKEzM5_GpWSSDc9zlwi52caTFA9/s1600/I+Guerra+Carlista.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgeIgyThb8kd1VcijkbriP19rkvA0Z-wtWE9gXF5iy-Er3r_XyjT8b478ZYS1rTUmT0Ux3yP1PwaRIqnvYXiZhWO76s3XwUBd25l2NLAnTbnZOn8M7yobKEzM5_GpWSSDc9zlwi52caTFA9/s400/I+Guerra+Carlista.jpg"></a></div>
<p style="text-align:justify">
► Por un lado, la postura de <b>los cristinos o isableinos</b>, conformados por la clase media y mercantil de las ciudades, los funcionarios, los militares de alto rango, y mucha aristocracia. Estos apostaban por la defensa de una monarquía liberal, europeísta, anticlerical, cercana a los ideales de la revolución francesa, y de corte centralista. De hecho, los comunicados carlistas de estos días les definían así:
<blockquote><blockquote><i>
<p style="text-align:justify">
«Aquellos liberales de 1.812 y 1.820, los herederos de la Revolución francesa, enemigos de la Iglesia, incluso de Dios mismo».<br/>
<p style="text-align:justify">
«Una facción anti-religiosa y anti-monárquica se ha apoderado del mando durante la larga enfermedad de nuestro difunto rey y trata de ir adquiriendo ascendientes para exponernos sin defensa a los ataques dela revolución y de la anarquía que combatimos en 1.823 [...] Sus partidarios aparentan que consideran las leyes antiguas y fundamentales del reino abolidas por otras nuevas [...] Quieren hacer a España cómplice de sus abominables maquinaciones que la propaganda revolucionaria inventa para destruir el orden social en Europa».
</i></blockquote></blockquote>
<p>
<p style="text-align:justify">
► Por otro lado, la postura de <b>los carlistas</b>, que aglutinaba a los campesinos, al clero, a los hacendados rurales y alguna rancia aristocracia, defensores de la monarquía absoluta, la religión católica y el ordenamiento foral. Su lema será: <i>"Dios, Patria, Rey</i>".<br/>
<p style="text-align:center"> <font color="green"><b><big>MANIFIESTO DE ABRANTE.</big></b></Font></p>
<p>
<blockquote><blockquote><i>
<p style="text-align:justify">
«¡Cuán sensible ha sido á mi corazón la muerte de mi caro hermano! Gran satisfacción me cabía en medio de las aflictivas tribulaciones, mientras tenía el consuelo de saber que existía, porque su conservación me era la más apreciable. Pidamos todos á Dios le dé su santa gloria, si aun no ha disfrutado de aquella eterna mansión.<p>
<p style="text-align:justify">
»No ambiciono el trono; estoy lejos de codiciar bienes caducos; pero la religión, la observancia y cumplimiento de la ley fundamental de sucesión, y la singular obligación de defender los derechos imprescriptibles de mis hijos y todos mis amados sanguíneos, me esfuerzan á sostener y defender la corona de España del violento despojo que de ella me ha causado una sanción tan ilegal como destructora de la ley que legítimamente y sin alteración debe ser perpetua.<p>
<p style="text-align:justify">
«Desde el fatal instante en que murió mi caro hermano, —que santa gloria haya—, creí se habrían dictado en mi defensa las providencias oportunas para mi reconocimiento; y si hasta aquel momento habría sido traidor el que lo hubiese intentado, ahora lo será el que no jure mis banderas, á los cuales, especialmente á los generales, gobernadores y demás autoridades civiles y militares, haré los debidos cargos, cuando la misericordia de Dios, si así conviene, me lleve al seno de mi amada patria, y á la cabeza de los que me sean fieles. Encargo encarecidamente la unión, la paz y la perfecta caridad. No padezca yo el sentimiento de que los católicos españoles que me aman, maten, injurien, roben, ni cometan el más mínimo esceso (sic).<p>
<p style="text-align:justify">
«El orden es el primer efecto de la justicia; el premio al bueno y sus sacrificios, y el castigo al malo y sus inicuos secuaces es para Dios y para la ley, y de esta suerte cumplen lo que repetidas veces he ordenado.
<p style="text-align:justify">
Abrantes, 1º. de octubre de 1833.<p>
<p style="text-align:justify">
Carlos María Isidro de Borbón.»
</i></blockquote></blockquote>.<p>
<p style="text-align:justify">
A este manifiesto, le continuaron diversos "decretos" llevados a cabo en Santarém, que entregó en mano al Ministro Plenipotenciario de España en Portugal, D. Luis Fernández de Córdoba, que se negó a reconocerlo como rey, para que los diera a conocer en España.<p>
<p style="text-align:center"> <font color="green"><b><big>DECRETOS DE SANTAREM.</big></b></Font></p><br/>
<p>
<b>I</b>.<br/>
<p style="text-align:justify">
«Habiendo recibido ayer oficialmente la infausta noticia de haber sido Dios servido de llamar para sí el alma de mi muy caro y amado hermano el señor don Fernando VII (Q. E. P. D.),<p>
<b>Declaro:</b> <p>
<p style="text-align:justify">
que por falta de hijo varón que le suceda en el trono de las Españas, soy su legítimo heredero y rey, consiguiente á lo que por escrito manifesté á mi muy caro y amado hermano, ya difunto, en la formal protesta que le dirigí con fecha 29 de abril del presente año, igualmente que á los consejos, diputados y autoridades, con la del 12 de junio.<p>
Lo participo al Consejo, para que inmediatamente proceda á su reconocimiento, y espida (sic) las órdenes convenientes, para que así se ejecute en todo mi reino. <p>
<p style="text-align:justify">
Santarem, 4 de octubre de 1833.<p>
Yo el rey. <p>
Al duque presidente de mi Consejo real.»<p>
<br/>
<br/>
<b>II</b>.<br/>
<p style="text-align:justify">
«Conviniendo al interés de mis pueblos el que no se detenga el despacho de los negocios que ocurran... he venido en confirmar, por ahora, á todas y a cada una de las autoridades del reino, y mandar que continúen en el ejercicio de sus respectivos cargos.<p>
Tendréislo entendido, etc., etc.<p>
Al duque presidente del Consejo real.»<p>
<br/>
<br/>
<b>III.</b><br/>
<p style="text-align:justify">
«Para que de modo alguno padezca el menor retraso el despacho de los negocios del Estado por la muerte, etc... he venido en confirmar á los secretarios de Estado y del Despacho don Francisco de Zea (sic) Bermúudez, don José de la Cruz, el conde de Ofalia, don Juan Gualberto González y don Antonio Martínez, y mandar que continúen en el ejercicio de sus respectivos cargos; igualmente que á todas las autoridades del reino.<p>
Tendréislo, etc., etc.<p>
A don Francisco de Zea (sic)Bermudez.»
<p>
<br/>
<br/>
<b>IV.</b><br/>
<p style="text-align:justify">
Otro decreto dirigido al mismo para que ponga en ejecución los tres anteriores, y publique la protesta de 29 de abril, y le dé parte de quedar ejecutado.<p>
<p>
<p style="text-align:justify">
Asimismo, le escribió a la Reina María Cristina de Borbón Dos Sicilias, dándole el pésame y pidiéndole que le reconociera como rey.<p>
<p style="text-align:justify">
La Reina y su Gobierno, con Cea Bermúdez a la cabeza, enseguida toman cartas en el asunto.<p>
<p style="text-align:justify">
En primer lugar, María Cristina, ya reina gobernadora, publicó un manifiesto al país, el 4 de octubre de 1.833, como contra-manifiesto de Abrantes, con un tono conciliador, maternal, acogiendo a los dos bandos, ofreciendo la defensa de la religión católica y mantener las leyes fundamentales de la monarquía , pero también prometiendo una reforma radical del sistema administrativo del Estado. Veámoslo.<p>
<p style="text-align:center"> <font color="green"><b><big>CONTRA-PROCLAMA DE LA REINA MARÍA CRISTINA DE BORBÓN.<br/> MANIFIESTO DE S. M. LA REINA GOBERNADORA.</big></b></Font></p><br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjqh3olwvEc1UcKvUeTCu6EkVZQVuMLgclTliXZjWa-BxWPMQXobpgEXh5CBQX7sPgghXwJsWnCyhCIgOHI-5oSNgZXIHD7eJvM2SYk4kSWx4VBG3xAszMp6PDIw46OZA7UDWpU_4b65t1u/s1600/Manifiesto+de+la+Regina+Gobernadora+-+Gaceta+de+Madrid,+5+de+octubre+de+1.833.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjqh3olwvEc1UcKvUeTCu6EkVZQVuMLgclTliXZjWa-BxWPMQXobpgEXh5CBQX7sPgghXwJsWnCyhCIgOHI-5oSNgZXIHD7eJvM2SYk4kSWx4VBG3xAszMp6PDIw46OZA7UDWpU_4b65t1u/s400/Manifiesto+de+la+Regina+Gobernadora+-+Gaceta+de+Madrid,+5+de+octubre+de+1.833.JPG"></a></div>
<p>
<blockquote><blockquote><i>
<p style="text-align:justify">
«Sumergida en el más profundo dolor por la súbita pérdida de mi augusto esposo y soberano, solo una obligación sagrada, á que deben ceder todos los sentimientos del corazón, pudiera hacerme interrumpir el silencio que exigen la sorpresa cruel y la intensidad de mi pesar. La espectación (sic) que escita siempre un nuevo reinado, crece más con la incertidumbre sobre la administración pública en la menor edad del monarca: para disipar esta incertidumbre y precaver la inquietud y estravío (sic)que produce en los ánimos, he creído de mi deber anticipar á conjeturas y adivinaciones infundadas, la firme y franca manifestación de los principios que he de seguir constantemente en el gobierno de que estoy encargada por la última voluntad del rey, mi augusto esposo, durante la minoría de la reina mi muy cara hija doña Isabel.<p>
<p style="text-align:justify">
«La religión y la monarquía, primeros elementos de vida para la España, serán respetadas, protegidas, mantenidas por mí en todo su vigor y pureza. El pueblo español tiene en su innato celo por la fe y el culto de sus padres la más completa seguridad de que nadie osará mandarle sin respetar los objetos sacrosantos de su creencia y adoración: mi corazón se complace en cooperar, en presidir á esto celo de una nación eminentemente católica, en asegurarla de que la religión inmaculada que profesamos, su doctrina, sus templos y sus ministros serán el primero y más grato cuidado de mi gobierno.<p>
<p style="text-align:justify">
»Tengo la más intima satisfacción de que sea un deber para mí conservar intacto el depósito de la autoridad real que se me ha confiado. Yo mantendré religiosamente la forma y las leyes fundamentales no la monarquía, sin admitir innovaciones peligrosas, aunque halagüeñas en su principio, probadas ya sobradamente por nuestra desgracia. La mejor forma de gobierno para el país, es aquella á que está acostumbrado. Un poder estable y compacto, fundado en las leyes antiguas, respetado por la costumbre, consagrado por los siglos, es el instrumento más poderoso para obrar el bien de los pueblos, que no se consigue debilitando la autoridad, combatiendo las ideas, las habitudes y las instituciones establecidas, contrariando los intereses y las esperanzas actuales para crear nuevas ambiciones y exigencias, concitando las pasiones del pueblo, poniendo en lucha ó en sobresalto á los individuos, y á la sociedad entera en convulsión. <b>Yo trasladaré el cetro de las Españas á manos de la reina, á quien le ha dado el rey, íntegro, sin menoscabo ni detrimento como la ley misma se lo ha dado.
</b><p>
<p style="text-align:justify">
»Mas no por eso dejará estadiza y sin culto esta preciosa posesión que le espera. Conozco los males que ha traído al pueblo la serie de calamidades, y me afanaré por aliviarlos: no ignoro y procuraré estudiar mejor los vicios que el tiempo y los hombres han introducido en los varios ramos de la administración pública, y me esforzare para corregirlos. Las reformas administrativas, únicas que producen inmediatamente la prosperidad y la dicha, que son el solo bien, de un valor positivo para el pueblo, serán la materia permanente de mis desvelos. Yo los dedicaré muy especialmente á la disminución de las cargas que sea compatible con la seguridad del Estado y las urgencias del servicio, á la recta y pronta administración de justicia, á la seguridad de las personas y de los bienes, al fomento de todos los orígenes de la riqueza.<p>
<p style="text-align:justify">
»<b>Para esta grande empresa de hacer la ventura de España, necesito y espero la cooperación unánime, la unión de voluntad y conatos de todos los españoles. Todos son hijos de la patria, interesados igualmente en su bien. No quiero saber opiniones pasadas; no quiero oír palabras ni susurros presentes; no admito como servicios ni merecimiento influencias y manejos oscuros, ni alardes interesados de fidelidad y adhesión. Ni el nombre de la reina y el mío son la divisa de una parcialidad, sino la bandera tutelar de la nación: mi amor, mi protección y mi cuidado son todo de todos los españoles.</b><p>
<p style="text-align:justify">
«Guardaré inviolablemente los pactos contraídos con otros estados, y respetaré la independencia de todos; sólo reclamaré de ellos la recíproca fidelidad y respeto que se debe á España por justicia y por correspondencia.<p>
<p style="text-align:justify">
»Si los españoles unidos concurren al logro de mis propósitos y el cielo bendice nuestros esfuerzos, yo entregaré un día esta gran nación recobrada de sus dolencias á mi augusta hija, para que complete la obra de mi felicidad, y estienda (sic) y perpetúe el aura de gloria y de amor que circunde en los fastos de España el ilustre nombre de Isabel.<p>
»En el Palacio de Madrid, á 4 de octubre de 1833.<p>
Yo la reina Gobernadora.»
</i><br/>
<a href="http://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1833/122/A00517-00517.pdf">Gaceta de Madrid</a>, núm. 122, de 5 de octubre de 1.833, pág. 517.
</blockquote></blockquote>
<br/<
<br/>
<p style="text-align:justify">
Los siguientes pasos, dadas las movilizaciones y actitudes del infante, que dió la Reina Gobernadora María Cristina de Borbón para afianzar en el trono a su hija fueron:<br/>
• <b>Declarar a don Carlos conspirador y usurpador del trono de España</b>, mediante un decreto de 17 de octubre de 1.833 (<a href="http://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1833/129/A00549-00549.pdf">La Gaceta</a>, número 129, de 19 de octubre de 1.833, pág. XX), secuestrándole todos sus bienes, y nombrando como comisario regio para la ejecución del decreto a D. Ramón López Pelegrín, Consejero de Castilla.<p>
<p style="text-align:center"><b>REALES DECRETOS</b></p><br/>
<blockquote><blockquote><i>
<p style="text-align:justify">
<b>Por una serie de hechos plenamente comprobados y demasiado decisivos tengo la funesta certidumbre de que el Infante D, Carlos María Isidro ha
tomado una resolución hostil, aspirando a usurpar el Trono de mi augusta Hija
Doña Isabel II,</b> en menosprecio de la ley fundamental y vigente del Estado,
de la suprema voluntad ·del Rey mi Esposo (Q. E. G. E.), y del reconocimiento de la nación testificado solemnemente en Cortes, por los prelados, grandes, títulos, y procuradores de las ciudades , á que han unido sus protestaciones de fidelidad á la Primogénita del Rey los ayuntamientos y autoridades civiles y militares de la monarquía. Esta conspiración temeraria sumiría la fiel nación española en un abismo de males y horrores, después de tantos y tan amargos padecimientos como ha experimentado este siglo. Y no siendo esto justo, ni pudiendo yo tolerar en grave daño de los pueblos que se distraigan á fomentar la discordia civil, los medios destinados á la decorosa y pacífica subsistencia de una persona tan obligada por su alta clase como por los estrechos vínculos de la sangre á respetar los derechos reconocidos de la augusta Hija de su Hermano, y á mantener en el reino la paz que ha menester para las mejoras y alivios que espero procurarle; he determinado y mando por el presente decreto que inmediatamente se proceda al embargo y adjudicación al Real tesoro de todos los bienes de cualquiera especie, frutos, rentas y créditos, así procedentes de las encomiendas como de cualesquiera otras fincas pertenecientes en propiedad, posesión ó disfrute del expresado Infante D. Carlos. Y estando segura de la inteligencia y zelo (sic) por el Real servicio del ministro del Consejo y Cámara de Castilla D. Ramón López Pelegrín, le nombro comisionado regio, con todas las facultades que sean necesarias para la ejecución de este decreto en todas sus partes, y para nombrar y remover depositarios, administradores y cualesquiera otras personas que le parezca conveniente al más cumplido desempeño de esta soberana resolución.<br/>
Lo tendréis entendido, y dispondréis su cumplimiento.<br/>
Está rubricado de la Real mano.<br/>
Palacio, 17 de octubre de 1.833.
A Don Francisco de Zea (sic) Bermúdez».<p>
</i></blockquote></blockquote>
<p>
<p style="text-align:justify">
• Necesitados de apoyos, María Cristina y su Gobierno <b>publican un decreto el día 23 de noviembre de 1.833 (<a href="http://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1833/131/A00561-00561.pdf">La Gaceta</a>, número 131, de 24 de octubre de 1.833, pág. 561), por el que se amplía completamente la amnistía a los emigrados liberales</b>, que ya se inicio parcialmente con el Decreto de 15 de octubre de 1.832. En esta ocasión se concedía la inmunidad a: D. Agustín Argüelles, D. Álvaro Gómez Becerra, D. Ángel Saavedra, D. Antonio Pérez de Meca, D. Antonio Velasco, D. Cayetano Valdés, D, Diego González Alonso, D. Dionisio Valdés, D. Domingo Ruiz de la Vega, D. Felipe Bauzá, D. Gregorio Sáenz de Villavieja, D. Josef Moure, D. Josef Muro, D. Juan Oliver, D. Manuel Herrera Bustamante, D, Manuel Llorente, D. Manuel Sierra, D. Mariano Lagasca, D. Mateo Ayllón, D. Mateo Seoane, D. Martín Serrano, D. Miguel de Álava, D. Pablo Montesinos, D. Pedro Álvarez Gutiérrez, D. Pedro Bartolomé, D. Pedro Juan de Zulueta, D. Pedro Surrá, D. Ramón Adán, D. Ramón Gil de la Cuadra, D. Rodrigo Valdés Busto y D. Vicente Salvá.<p>
<p style="text-align:justify">
<b>BIBLIOGRAFÍA</b><p>
<p style="text-align:justify">
<a href="https://books.google.es/books?id=jX2o_yUdvtgC&pg=PA810&dq=manifiesto+de+abrantes&hl=es&sa=X&ei=eeXQVNuIOIr8UImZgjA&ved=0CBYQ6AEwAg#v=onepage&q=manifiesto%20de%20abrantes&f=false">Fastos españoles o efemérides de la guerra civil, desde octubre de 1.832</a>. Madrid, Imprenta de D. Ignacio Boix, 1.839.
Pirala, Antonio.- <a href="https://books.google.es/books?id=otVZ-r8Z88cC&pg=PA195&dq=manifiesto+de+abrantes&hl=es&sa=X&ei=7-fQVOnzHsL0aKHTgqAI&ved=0CAoQ6AEwADgU#v=onepage&q=manifiesto%20de%20abrantes&f=false">Historia de la guerra civil, y de los partidos liberal y carlista.</a> Tomo I. Madrid, Imp. F. de P. Mellado y Cía, 1.868.<p>
<b>RECURSOS MEDIA.-</b><p>
• Puedes ver un video de la serie MEMORIA DE ESPAÑA pinchando <a href="https://www.youtube.com/watch?v=mRA_4YJDjUc">AQUÍ</a>. <br/>
• Puedes visitar el <a href="http://museoromanticismo.mcu.es/">Museo del Romanticismo</a>.
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-65918049028351325112015-02-10T12:44:00.000+01:002017-08-25T15:54:24.837+02:00AÑO 1833. TESTAMENTO DE FERNANDO VII.<p style="text-align:justify">
<div dir="ltr" style="text-align: left;" trbidi="on">
<table cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="float: left; margin-right: 1em; text-align: left;"><tbody>
<tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi1LC4_JEzN5c6t9-qgd3qKlrH1OzuN6l1i_k3he5MsqNW1xUTmJ0HvnnzfNcwYyJHp32GtOPcWYH99yNT0fCdfCdA5UjG6_aHx79abOOOPgcU_8zGm7vJ1LRpNnk3iA8Jnmt0TlgnTj0JX/s400/Fernando+VII-23.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; margin-bottom: 1em; margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi1LC4_JEzN5c6t9-qgd3qKlrH1OzuN6l1i_k3he5MsqNW1xUTmJ0HvnnzfNcwYyJHp32GtOPcWYH99yNT0fCdfCdA5UjG6_aHx79abOOOPgcU_8zGm7vJ1LRpNnk3iA8Jnmt0TlgnTj0JX/s400/Fernando+VII-23.jpg"></a></td></tr>
<tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Fernando VII</td></tr></tbody></table></div>
<p style="text-align:justify">
Fallecido el rey Fernando VII el día 29 de septiembre de 1.833, pasadas las tres menos cuarto horas, de un ataque de apoplejía, dejaba como descendiente y heredera del Reino a una niña que estaba a punto de cumplir 3 años. Aquel día, según el testimonio de Diego San José <br/>
<blockquote><blockquote><i>
<p style="text-align:justify">
«Don Fernando hizo su vida habitual de enfermo. Despertóse temprano; rezó sus oraciones; vio a sus hijas; habló largo rato con Cristina sin sentirse muy acuciado por los achaques consabidos; almorzó con desgana, pues la enfermedad le quitó el buen apetito de que siempre hizo alarde, y luego del almuerzo durmió una breve siesta. Despertóse al cabo de una hora, y, sintiendo un poco de desmayo, se reanimó con una copa de vino seco que le sirvió la misma reina». </i></blockquote></blockquote>
<br/>
<p style="text-align:justify">
Después, a primera hora de la tarde, los médicos fueron a examinarle y observaron que tenía hinchada la mano derecha, por lo que le aplicaron dos "<i>cantáridas</i>" (empleaban para ello unos insectos coleópteros) en el pecho y dos más en los pies.
Este relato lo hacía así el equipo médico del Rey, dirigido por el Dr. Castelló a Cea Bermúdez:<p>
<a name='more'></a>
<blockquote><blockquote> <i>
<p style="text-align:justify">
«Desde que anunciamos a V. E., con fecha de ayer, el estado en que se hallaba la salud del Rey nuestro señor, no se había observado en S. M. otra cosa notable que la continuación de la debilidad de que hablamos a V. E. Esta mañana advertimos que se había hinchado a S. M. la mano derecha, y aunque este síntoma se presentaba aislado, temerosos de que sobreviniese alguna congestión fatal en lospulmones o en otra víscera de primer orden, le aplicamos un parche de cantáridas al pecho y dos a las extremidades inferiores sin perjuicio de los que en días anteriores se le habían puesto en los mismos remos y en la nuca.<p>
Siempre en expectación, permanecimos al lado de S. M. hasta verle comer, y nada de particular notamos, pues comió como lo había hecho los días precedentes. Le dejamos en seguida en compañía de S. M. la Reina para que se entregase un rato al descanso, según costumbre; mas a las tres menos cuarto sobrevino al Rey repentinamente un ataque de apoplejía tan violento y fulminante, que a los cinco minutos, sobre poco más o menos, terminó su preciosa existencia».</i><p>
<blockquote>Cfr.: Danvila Carbonell, Ignacio.- <a href="https://books.google.es/books?id=ecfPOM260KMC&pg=PA39&dq=manifiesto+de+abrantes&hl=es&sa=X&ei=Y-fQVL-GFYqraaLEgOgO&ved=0CDMQ6AEwBzgK#v=onepage&q=manifiesto%20de%20abrantes&f=false">Diego de León, la primera lanza del reino</a>. Madrid, Visión Libros, 2008, pp. 38-39.<p>
Calderón, Emilio.- El rey ha muerto. Madrid, Cirene, 1991.
</blockquote></blockquote></blockquote>
<p style="text-align:justify">
Al día siguiente, 30 de septiembre de 1.833, se abrió su testamento, que viene recogido en el Decreto de 2 de octubre, establecido por María Cristina de Borbón Dos Sicilias, como reina Regente y Gobernadora, en el que se decía:
<br/>
<p style="text-align:center"> <font color="green"><b>PRAGMÁTICA-SANCIÓN EN FUERZA DE LEY, <br/>
para que se guarden y cumplan las soberanas disposiciones<br/>
y última voluntad del Sr. Rey D. Fernando VII,<br/>
por las cuales se sirvió nombrar é instituir<br/>
Regenta Gobernadora de toda la Monarquía<br/>
á su amada Esposa para que por sí sola,<br/>
aunque consultando los negocios árduos<br/>
con un Consejo de Gobierno que designó,<br/>
la rija durante la menor edad de su augusta Hija<br/>
la Señora Doña Isabel II.</b></Font></p><br/>
<div dir="ltr" style="text-align: left;" trbidi="on">
<table cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="float: right; margin-left: 1em; text-align: right;"><tbody>
<tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjzJw-SP7Bvd1jH_QfrWagmjxCu74nU73cA6dpxnd9lOgi1O8FpiByyOTQGQstcQ0XuBMtfq4DMH7brhMe8o6PIS5JjFhu30KuDpWEkKQTJGvsEc1Cx43A3fw2WeQjGP3YQj1OSwzepfByU/s1600/Isabel+II+de+ni%C3%B1a-5.png" imageanchor="1" style="clear: right; margin-bottom: 1em; margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjzJw-SP7Bvd1jH_QfrWagmjxCu74nU73cA6dpxnd9lOgi1O8FpiByyOTQGQstcQ0XuBMtfq4DMH7brhMe8o6PIS5JjFhu30KuDpWEkKQTJGvsEc1Cx43A3fw2WeQjGP3YQj1OSwzepfByU/s1600/Isabel+II+de+ni%C3%B1a-5.png"></a></td></tr>
<tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Isabel II de niña</td></tr></tbody></table></div>
<p style="text-align:justify">
<i>«Doña Isabel II por la gracia de Dios, Reina de Castilla, de León, de Aragón, de las Dos Sicilias, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Menorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de Algeciras, de Gibraltar, de las Islas de Canaria, de las Indias Orientales y Occidentales, Islas y Tierra-firme del mar Océano; Archiduquesa de Austria; Duquesa de Borgoña, de Brabante y de Milán; Condesa de Abspurg, de Flandes, Tirol y Barcelona; Señora de Vizcaya y de Molina &c.
<br/>
<br/>
Y en su Real nombre y durante su menor edad la Reina Gobernadora:
<br/>
<br/>
A los Infantes, Prelados, Duques, Marqueses, Condes, RicosHombres, Priores, Comendadores de las Ordenes, y SubComendadores, Alcaides de los Castillos, Casas fuertes y llanas; y á los del mi Consejo, Presidentes y Oidores de las mis Audiencias y Chancillerías, Alcaldes, Alguaciles de mi Casa y Corte, y á todos los Corregidores, Asistente , Gobernadores, Alcaldes mayores y ordinarios, y otros cualesquiera Jueces y Justicias, Ministros y personas de todas las Ciudades, Villas y Lugares de estos mis Reinos y Señoríos, tanto á los que ahora son como á los que serán de aquí adelante, y á cada uno y cualquiera de vos;
<br/>
<br>
<p style="text-align:center"><b><big><big>Sabed:</big></big></b></p>
<p style="text-align:justify">
Que con fecha dos de este mes he dirigido al mi Consejo el Real decreto siguiente:<br/>
<p style="text-align:justify">
"...Encargada por ministerio de la ley del gobierno de estos Reinos, á nombre de mi augusta hija doña Isabel II, tuve á bien espedir (sic) varios decretos con fecha 29 del próximo pasado mes de Setiembre, anunciando al Consejo para las providencias que en semejantes casos se acostumbran, la infausta muerte de mi muy caro y amado esposo el señor don Fernando VII, que está en gloria, confirmando en sus respectivos cargos y empleos á los secretarios de Estado y del Despacho, y á todas las autoridades del reino, con el fin de que no se detuviese el despacho de los negocios y la administración de justicia y de gobierno. Hallado que fue en el siguiente día un pliego cerrado y sellado con las reales armas, cuya cubierta espresaba (sic) ser el testamento del referido mi augusto esposo y señor, <b>otorgado en el Real Sitio de Aranjuez en 12 de Junio de 1830</b> por ante don Francisco Tadeo de Calomarde, entonces secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia, y notario mayor de los reinos, y el competente número de testigos, cuyas firmas aparecían ser de don Luis María Salazar, don Luis López Ballesteros, don Miguel de Ibarrola , don Manuel González Salmón, don Francisco Javier Losada, don Juan Miguel de Grijalva y don Antonio Martínez Salcedo, mandé que el actual secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia y notario mayor don Juan Gualberto González, á quien lo entregué en la misma forma, convocase de mi orden á los referidos testigos existentes, y que se hallasen en la corte, y que por don Ramón López Pelegrín, ministro del Consejo y Cámara de Castilla, en clase de juez, y por ante mi escribano real, competentemente autorizado, se procediese á la práctica de las diligencias y solemnidades que el derecho previene en semejantes casos, para el reconocimiento, apertura y publicación del espresado (sic) testamento. Verificado el acto en toda forma en el salón del real palacio donde se celebran las sesiones del Consejo de Estado, delante de los referidos testigos testamentarios existentes en Madrid, á los cuales se agregaron para mayor solemnidad el duque presidente del Consejo real; don Francisco de Zea (sic) Bermúdez, mi primer secretario de Estado y del Despacho; el duque de Híjar, marqués de Orani, sumiller de corps; el marqués de Bélgida , caballerizo mayor, y el marqués de Valverde, mayordomo de la reina, se halló ser efectivamente el testamento del señor rey don Fernando VII, que está en gloria, firmado y rubricado de su real mano en 10 del propio mes y año; y entre sus cláusulas, antes de las que tocan á mandas, limosnas y legados, y á continuación de las generales de protestación de fe, recomendación del alma y disposición de funeral, y otras tocantes al arreglo interior de su real casa y familia, se encuentran las siguientes:</i><br/>
<p style="text-align:center"> <font color="red"><b>[CLAÚSULAS].</b></Font></p><br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhrqQpEVcZDcAWmOFepCSP9VwMwWKfIqNnW9FjU1xOa5rcPv4HCmX4c989ceNgcoEMmEVhlJ4w-QrCJWn4ikDZn5ZZJUbhsQGxe8wB-eKRWMSpYaHrhYX_ewdfVDPEB8ITiQTHRYQHZpcJQ/s1600/fernando+vii.JPG" imageanchor="1" style="clear: left; float: left; margin-bottom: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhrqQpEVcZDcAWmOFepCSP9VwMwWKfIqNnW9FjU1xOa5rcPv4HCmX4c989ceNgcoEMmEVhlJ4w-QrCJWn4ikDZn5ZZJUbhsQGxe8wB-eKRWMSpYaHrhYX_ewdfVDPEB8ITiQTHRYQHZpcJQ/s400/fernando+vii.JPG"></a></div>
<blockquote><blockquote>
<p style="text-align:justify">
9ª. Declaro que estoy casado con doña María Cristina de Borbón, hija de don Francisco I, rey de las dos Sicilias, y de mi hermana doña María Isabel, infanta de España.
<br/>
<br/>
<b>10ª. Si al tiempo de mi fallecimiento quedaren en la menor edad todos ó alguno de los hijos que Dios fuere servido darme, quiero que mi muy amada esposa doña María Cristina de Borbón sea tutora y curadora de todos ellos.</b>
<br/>
<br/>
11ª. <b>Si el hijo ó hija que hubiere de sucederme en la corona no tuviese diez y ocho años</b> cumplidos al tiempo de mi fallecimiento, nombro á mi muy amada esposa doña María Cristina por<b> regenta y gobernadora </b>de toda la monarquía, para que por sí sola la gobierne y rija hasta que el espresado (sic) mi hijo ó hija llegue á la edad de diez y ocho años cumplidos.
<br/>
<br/>
12ª. Queriendo que mi muy amada esposa pueda ayudarse para el gobierno del reino, en el caso arriba dicho, de las luces y esperiencia (sic) de personas, cuya lealtad y adhesión á mi real persona y familia tengo bien conocidas, quiero que tan luego como se encargue de la regencia de estos reinos <b>forme un Consejo de gobierno </b>con quien haya de consultar los negocios arduos, y señaladamente los que causen providencias generales y trascendentales al bien común de mis vasallos; mas sin que por esto quede sujeta de manera alguna á seguir el dictamen que le dieren.
<br/>
<br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEinWq20bfhHeacTp7f3QtMNjGY6LpMvxiioWVzoesWrn2z487himsjZfBhMlYsfheihI7M5VKbTorBIJopAwnNG77oFnvuqko6i2DH1FeosU9H09vyAuKcQxvooYwSDPmoLRaaNqBx_kwWu/s1600/Testamento+de+Fernando+VII.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEinWq20bfhHeacTp7f3QtMNjGY6LpMvxiioWVzoesWrn2z487himsjZfBhMlYsfheihI7M5VKbTorBIJopAwnNG77oFnvuqko6i2DH1FeosU9H09vyAuKcQxvooYwSDPmoLRaaNqBx_kwWu/s640/Testamento+de+Fernando+VII.JPG"></a></div>
<p style="text-align:justify">
13ª. <b>Este Consejo de gobierno se compondrá de </b>las personas siguientes, y según el orden de este nombramiento. El Excmo. Sr. don <b>Juan Francisco Marcó y Catalán</b>, cardenal de la Santa Iglesia Romana [1.771-1.841]; el <b>marqués de Santa Cruz </b>[José Gabriel de Silva-Bazán y Waldstein, 1.772-1.839, Mayordomo Mayor de Fernando VII]; el <b>duque de Medinaceli </b>[Pedro de Alcántara Álvarez de Toledo y Salm-Salm, 1.768-1.841]; don <b>Francisco Javier Castaños </b>[duque de Bailén, 1.758-1.852]; el <b>marqués de las Amarillas</b> [Pedro Agustín Girón Las Casas, IV Marqués de las Amarillas y I Duque de Ahumada, 1.778-1.842]; el actual decano de mi Consejo y Cámara de Castilla don <b>José María Puig</b>; el ministro del Consejo de Indias don <b>Francisco Javier Caro</b>. Para suplir la falta por ausencia, enfermedad ó muerte de todos ó cualquiera de los miembros de este Consejo de gobierno, nombro en la clase de eclesiásticos á don Tomás Arias, auditor de la Rota en estos reinos; en la de grandes, al duque del Infantado y al conde de España; en la de generales, á don José de la Cruz; y en la de magistrados á don Nicolás María Gareli y á don José María Hevia y Noriega, de mí Consejo Real, los cuales por el orden de su nombramiento serán suplentes de los primeros; y en el caso de fallecer alguno de estos, quiero que entren también á reemplazarlos para este importantísimo ministerio por el orden mismo con que son nombrados; y es mi voluntad que sea secretario de dicho Consejo de gobierno don Narciso de Heredia, conde de Ofalia [1.775-1.847], y en su defecto don Francisco de Zea (sic) Bermúdez [Conde de Colombi, 1.779-1.850].
<br/>
<br/>
<div dir="ltr" style="text-align: left;" trbidi="on">
<table cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="float: left ; margin-right: 1em; text-align: right;"><tbody>
<tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgwlsAa9yZ30iCUNWZMuQD7AJGGZNu1je7dorlRvL3rCeMsOpN4tc-aR_myEoCulBfrhMdJ6SnCG_kAX6ct78CBgHsnNsmibpUT6EDTE9cOG12Npe2UWjmdMV-lFmujEYwilPUKIk525GOS/s1600/Fernando+VII+-+17+-+Con+Mar%C3%ADa+Cristina+de+Borb%C3%B3n+e+Isabel+II.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; margin-bottom: 1em; margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" width="250" hight="170" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgwlsAa9yZ30iCUNWZMuQD7AJGGZNu1je7dorlRvL3rCeMsOpN4tc-aR_myEoCulBfrhMdJ6SnCG_kAX6ct78CBgHsnNsmibpUT6EDTE9cOG12Npe2UWjmdMV-lFmujEYwilPUKIk525GOS/s1600/Fernando+VII+-+17+-+Con+Mar%C3%ADa+Cristina+de+Borb%C3%B3n+e+Isabel+II.jpg"></a></td></tr>
<tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Fernando VII con la Reina Mª Cristina <br/>e Isabel II</td></tr></tbody></table></div>
<p style="text-align:justify">
14ª. Si antes ó después de mi fallecimiento, ó ya instalado el mencionado Consejo de gobierno, faltase, por cualquier causa que sea, alguno de los miembros que he nombrado para que lo compongan, mi muy amada esposa, como regenta y gobernadora del reino, nombrará para reemplazar los sugetos (sic) que merezcan su real confianza, y tengan las cualidades necesarias para el acertado desempeño de tan importante ministerio.
<br/>
<br/>
15ª. Si desgraciadamente llegase á faltar mí muy amada esposa antes que el hijo ó hija que me haya de suceder en la corona tenga diez y ocho años cumplidos, quiero y mando que la regencia y gobierno de la monarquía de que ella estaba encargada en virtud de mi anterior nombramiento, é igualmente la tutela y curaduría de éste y demas hijos mios, pase á mi Consejo de regencia, compuesto de los individuos nombrados en la cláusula 13ª. de este testamento para el Consejo de gobierno.
<br/>
<br/>
16ª. Ordeno y mando, que así en el anterior Consejo de gobierno como en éste de regencia que por fallecimiento de mi muy amada esposa queda encargado de la tutela y curaduría de mis hijos menores y del gobierno del reino, en virtud de la cláusula precedente, se hayan de decidir todos los negocios por mayoría absoluta de votos, de manera que los acuerdos se hagan por el sufragio conforme de la mitad mas uno de los vocales concurrentes.
<br/>
<br/>
17ª. Instituyo y nombro por mis únicos y universales herederos á los hijos ó hijas que tuviere al tiempo de mi fallecimiento, <b>menos en la quinta parte de todos mis bienes, la cual lego á mi muy amada esposa doña María Cristina de Borbón, que deberá sacarse del cuerpo de bienes de mi herencia por el orden y preferencia que prescriben las leyes de estos mis reinos, así como el dote que aportó al matrimonio, y cuantos bienes se le constituyeron bajo este título en los capítulos matrimoniales celebrados solemnemente, y firmados en Madrid á 5 de Noviembre de 1829".</b> [Baste recordar que en aquel momento Fernando VII tenía depositados en el Banco de Londres 500 millones de reales].
</blockquote></blockquote>
<br/>
<p style="text-align:justify">
<i>
Por tanto, y sin perjuicio de que daré orden para que se remita al Consejo certificación autorizada del testamento íntegro, y de las diligencias que precedieron á su apertura y publicación; conviniendo al bien de estos reinos y señoríos que todos ellos se hallen instruidos de las preinsertas soberanas disposiciones y última voluntad del señor rey don Fernando, mi muy caro y amado esposo, que está en gloria, por las cuales <b>se sirvió nombrarme é instituirme regenta y gobernadora de toda la monarquía</b>, para que por mí sola la gobierne y rija hasta que mi augusta hija, la señora doña Isabel II, cumpla los diez y ocho años de edad, he tenido por bien mandar en su real nombre, que por el Consejo se circulen y publiquen con las solemnidades de costumbre como pragmática sanción con fuerza de ley, esperando yo del amor, lealtad y veneración de todos los españoles á su difunto rey, á su augusta sucesora, y á sus leyes fundamentales, que aplaudirán esta previsión de sus paternales cuidados, y que Dios favorecerá mis deseos de mantener, auxiliada de las luces del Consejo de gobierno, la paz y la justicia en todos sus vastos dominios, y de llevar esta heroica nación al grado de prosperidad y de esplendor á que se ha hecho acreedora por su religiosidad, por sus esfuerzos y por sus virtudes.
<br/>
Tendráse entendido para su debido cumplimiento».
<br/>
Está señalado de la real mano.
<br/>
Palacio, á 2 de Octubre de 1833.<br/>
El duque presidente del Consejo Real.</i>
<br />
<hr align="center/" color="green" size="3" width="50%" />
<br />
<br/>
<div dir="ltr" style="text-align: left;" trbidi="on">
<table cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="float: right; margin-left: 1em; text-align: right;"><tbody>
<tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgeLBWlatjJ4GdHLB_kbQic1oQ3Qzs4gXkqUgTeW62bgWifE9PXqUREqpsgI8l781MkThnbepwTVDDJkWEab9yN7TmtaGZuKY1mKHwb5yjl9pXqVvCxygL7lIjc94stVuPt-AlhLouChXho/s1600/Fernando+VII+-+12+-.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; margin-bottom: 1em; margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" width="250" hight="170" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgeLBWlatjJ4GdHLB_kbQic1oQ3Qzs4gXkqUgTeW62bgWifE9PXqUREqpsgI8l781MkThnbepwTVDDJkWEab9yN7TmtaGZuKY1mKHwb5yjl9pXqVvCxygL7lIjc94stVuPt-AlhLouChXho/s1600/Fernando+VII+-+12+-.jpg"></a></td></tr>
<tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Fernando VII</td></tr></tbody></table></div>
<p style="text-align:justify">
<i>
«Publicado en Consejo pleno extraordinario celebrado en tres de este mes con asistencia de mis tres Fiscales el antecedente Real decreto, se acordó su cumplimiento y expedir esta mi Pragmática-Sanción con fuerza de ley, que quiero tenga el mismo vigor que si fuese hecha y promulgada en Cortes: Por la cual ordeno se observe, guarde y cumpla su literal contenido. Y por tanto os mando á todos y cada uno de vos en vuestros distritos, jurisdicciones y partidos, guardéis, cumpláis y ejecutéis, y hagáis guardar, cumplir y ejecutar esta mi Ley y Pragmática-Sanción en todo y por todo según y como en ella se contiene, ordena y manda; dando para ello las providencias que se requieran, sin que sea necesaria otra declaración alguna mas que esta, que ha de tener su puntual ejecución desde el día que se publique en Madrid y en las Ciudades, Villas y Lugares de estos mis Reinos y Señoríos en la forma acostumbrada, por convenir así á mi Real servicio, bien y utilidad de la causa pública de mis vasallos: Que así es mi voluntad, y que al traslado impreso de esta mi Carta, firmado de Don Manuel Abad, mi Escribano de Cámara mas antiguo y de Gobierno del mi Consejo, se le dé la misma fe y crédito que á su original.<br/>
Dada en Palacio á 6 de Octubre de 1.833».<br/>
Yo, la Reina Gobernadora.<br/>
Yo, D. Mariano Milla, Secretario de la Reina nuestra Señora, la hice escribir por su mandado.<br/>
El Duque de Bailén.<br/>
D, Francisco Marín.<br/>
D. Ramón López Pelegrín.<br/>
D. Esteban Asta.<br/>
D. Matías Herrero.<br/>
Registrada: D. Salvador María Granés.</i><br/>
<br />
<hr align="center/" color="green" size="3" width="50%" />
<br />
<p style="text-align:justify">
La Publicación ante el pueblo se llevó a efecto inmediatamente, levantándose acta de ello. En Madrid del siguiente modo:<br />
<br>
<div dir="ltr" style="text-align: left;" trbidi="on">
<table cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="float: left; margin-right: 1em; text-align: left;"><tbody>
<tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhe3msk4cFJtD_f3d1OGxhNz6aK4wl1FSho1LX1vzniGymMsSGMXDsp0lWnLtRPYdCL4oKIu8j-AJwSafzg0hhtKo9labPtFFV-apeW2hsX4IgnMJu6R-GSY9Q7QtflJz0C7iLT3pqUoqwt/s1600/Fernando+VII+-+4+-.jpg" imageanchor="1" style="clear: left; margin-bottom: 1em; margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhe3msk4cFJtD_f3d1OGxhNz6aK4wl1FSho1LX1vzniGymMsSGMXDsp0lWnLtRPYdCL4oKIu8j-AJwSafzg0hhtKo9labPtFFV-apeW2hsX4IgnMJu6R-GSY9Q7QtflJz0C7iLT3pqUoqwt/s1600/Fernando+VII+-+4+-.jpg"></a></td></tr>
<tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Fernando VII</td></tr></tbody></table></div>
<blockquote>
<p style="text-align:justify"><i>«En la Muy Heroica villa de Madrid á nueve de Octubre de mil ochocientos treinta y tres, ante las puertas del Real Palacio, frente del balcón principal de S. M. la Reina nuestra Señora, y en la puerta de Guadalajara, donde está el público trato y comercio de mercaderes y oficiales, estando presentes D. José Lasauca, D. Fernando Pinuaga, D. Fermín Gil de Linares y D. Gabriel García Vallecillos, Alcaldes de la Real Casa y Corte de S. M., se publicó la Real Pragmática-Sanción antecedente, con trompetas y timbales, por voz de Pregonero público, hallándose presentes diferentes Alguaciles de dicha Real Casa y Corte y otras muchas personas; de que certifico yo D. Manuel Mexía, Escribano de Cámara de S. M. de los que en su Consejo residen». <br/>
D. Manuel Mexía.</i></blockquote><br/>
<br />
<br/>
<br/>
<b>BIBLIOGRAFÍA.<</b>br/>
• <a href="https://books.google.es/books?id=0ZAMbGetUxcC&pg=PA251&lpg=PA251&dq=consejo+de+gobierno+nombrado+por+fernando+vii&source=bl&ots=UlKUjrPomc&sig=NSpMuumMQBugBdjADLU0HL_7BzM&hl=es&sa=X&ei=cMvZVPTvM8nvUK_zgqAG&ved=0CCIQ6AEwADgK#v=onepage&q=consejo%20de%20gobierno%20nombrado%20por%20fernando%20vii&f=false">Decretos del Rey Nuestro Señor don Fernando VII, y de la reina su augusta esposa</a>. Reales órdenes, resoluciones y reglamentos generales expedidos por las secretarías del Despacho Universal y Consejos de S. M... Desde 1º de enero hasta fin de diciembre de 1.833. Vol. 18. Madrid, Imprenta Real, 1.834, pp. 248 a 254.<p>
• <a href="http://www.congreso.es/docu/PHist/docs/03Regen/muerte_fernando_VII.pdf">Testamento de Fernando VII y herencia de Cristina.</a>
</p>
• <a href="https://books.google.es/books?id=gFwr3-FLPFcC&pg=PA831&dq=testamento+de+fernando+vii&hl=es&sa=X&ei=nPfdVI_QKcq7UZqig4gB&ved=0CEoQ6AEwBzgK#v=onepage&q=testamento%20de%20fernando%20vii&f=false">Fastos españoles o efemérides de la guerra civil, desde octubre de 1.832</a>. Madrid, Imprenta de D. Ignacio Boix, 1.839, pág. 480 y ss.
• ARTOLA, Miguel, Memorias de tiempos de Fernando VII, Madrid, Atlas, 1957.
</p>
•_____, La España de Fernando VII, Madrid, Espasa-Calpe, 1999.
</p>
• AVILÉS FERNÁNDEZ, Miguel, La España de Fernando VII, Madrid, EDAF, 1973.
</p>
• BORDAS, Luis, Hechos históricos y memorables acaecidos en España desde la última enfermedad de Fernando VII hasta la conclusión de la guerra de los siete años, Barcelona, Imprenta Hispana, 1846.
</p>
Burgos, Javier de.- Anales
Cortés, Donoso.- Historia de la Regencia de María Cristina
•MORAL RONCAL, Antonio Manuel, El reinado de Fernando VII en sus documentos, Barcelona, Ariel, 1998.
</p>
Pacheco, Joaquín María.-
• Vayo, Estanislao de Kostka.- <a href="https://books.google.es/books?id=C64s0Gdhe8oC&pg=PA430&dq=testamento+de+fernando+vii&hl=es&sa=X&ei=isXZVOyRNcesUf_hgfgJ&ved=0CEoQ6AEwBw#v=onepage&q=testamento%20de%20fernando%20vii&f=false">Historia de la vida y reinado de Fernando VII de España</a>, con documentos justificativos, órdenes reservadas y numerosas cartas del mismo monarca, Pío VII, Carlos IV, María Luisa, Napoleón, Luis XVIII, el infante Don Carlos y otros personajes. Vol. III. Madrid, Imprenta de Repullés, 1.842, pp.429 a 435.
</p>
<br/>
<br />
<hr align="center/" color="#FF0000" size="3" width="50%" />
<br />
<br/>
<br/>
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-12069884981038534362015-02-09T12:36:00.001+01:002015-08-03T18:54:21.680+02:00POEMA. EL ABRAZO DE VERGARA, de Emilio García de Olloqui.<i>Oda</i> de <b>Emilio García Olloqui </b>(1.821-1.893) publicada <a href="http://babel.hathitrust.org/cgi/pt?num=1&u=1&seq=4&view=image&size=100&id=ucm.5324229248">en Madrid, Imprenta de M. Tello, 1.869,</a> y reimpresa en la <b><a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0004846483&search=&lang=es">REVISTA DE ESPAÑA</a></b>, número 45, de 13 de enero de 1.870, Tomo XII, pp. 104 a 115.<br/>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjLIWUu8MPNzMHKI7azFqP_na1Ig2pmImUiNy_O1vRD0auBj09EPG8QOkM7GbltA9GMBp8Ha4SIBYgarPARfPzcnM5XhJvSXbskpuhZC0H2mmZvvtXYF0q6OL_Lv_MaC0PaFw1Cp3s3IsfP/s1600/Oda.+El+abrazo+de+Vergara,+de+Emilio+Olloque.JPG" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjLIWUu8MPNzMHKI7azFqP_na1Ig2pmImUiNy_O1vRD0auBj09EPG8QOkM7GbltA9GMBp8Ha4SIBYgarPARfPzcnM5XhJvSXbskpuhZC0H2mmZvvtXYF0q6OL_Lv_MaC0PaFw1Cp3s3IsfP/s640/Oda.+El+abrazo+de+Vergara,+de+Emilio+Olloque.JPG" /></a></div>
<a name='more'></a>
<div style="text-align: center;"><b><font color="green"> <font size="5">EL ABRAZO DE VERGARA<br/>
<br/>
ODA.</b></Font></Font></div>
<br/>
<br/>
<br/>
<i>
<blockquote><blockquote> Sunt lacrymae rerum, et mentem mortalia tanguot.<br/></i>
AEN. 1, 466.</blockquote></blockquote><br/>
I. Yo el hórrido estampido; <br/>
yo el fuego asolador; yo las batallas, <br/>
donde ronco atabal llama al temido <br/>
furor, que las murallas <br/>
embiste, abrasa, aterra; <br/>
yo el audaz corazón nunca rendido, <br/>
idolatro: los cánticos de guerra, <br/>
y el delirio del triunfo, en lauro y oro <br/>
ceñido el héroe al aclamar sonoro. <br/>
<br/>
<br/>
II. No, en plácidos jardines, <br/>
de afeminados goces al tumulto, <br/>
ni al proceloso dios de los festines <br/>
mi plectro rinde culto. <br/>
Amor de gloria siento <br/>
mis venas inflamar, y á los confines <br/>
me lanza del vascón numen violento. <br/>
Venid, vates, venid; al campo llama <br/>
la trompa de la Guerra y de la Fama. <br/>
<br/>
<br/>
III. El ocio no consuma <br/>
vuestro aliento viril, cuando ya corre <br/>
fiero el Nervion á enrojecer la espuma <br/>
del ronco mar: no hay torre <br/>
de cien codos maciza <br/>
que asaz de firme y válida presuma, <br/>
como el rudo tesón que inmortaliza <br/>
el ser de aquellos vascos, altaneros <br/>
al defender indómitos sus fueros. <br/>
<br/>
<br/>
IV. Ni más genial bravura <br/>
con asombro verán playas ajenas, <br/>
que la debida al astro de hermosura <br/>
que rompió las cadenas. <br/>
¿Quién hundió del delito <br/>
de bárbara opresión la frente impura? <br/>
Su nombre en su bandera yendo escrito, <br/>
¿cómo queréis que por razón no valga, <br/>
si es la diestra mejor la más hidalga? <br/>
<br/>
<br/>
V. Gallardo el limpio acero <br/>
con sublime ademan desnuda el noble <br/>
jurándole su honor de caballero. <br/>
Mas, ¡ ay! que bajo el roble <br/>
inmenso de Guernica <br/>
también juró su corazón entero <br/>
el hijo ardiente de la Euscaria rica: <br/>
«¡Libertad, inocencia, ley, costumbres!» <br/>
gritan con voz de trueno aquellas cumbres. <br/>
<br/>
<br/>
VI. Gritan, y audaz responde<br/>
(sus ánforas en ascua) el Ebro..., el Cinca...,<br/>
el Segre almogávar. ¡Ay, que por donde<br/>
su garra el fuego ahínca,<br/>
no irá en horrores harta!<br/>
¿Qué humilde techo ni redil se esconde<br/>
á su devastación?.... Aparta, aparta,<br/>
numen cruel; reprime el raudo vuelo;<br/>
no eras tú mi esperanza: otro mi anhelo!<br/>
<br/>
<br/>
VII. Mirad como levanta <br/>
de letal polvareda espesa nube <br/>
la Discordia; sus vuelos agiganta <br/>
la Soberbia, que sube <br/>
arrojando centellas <br/>
hijas del Odio; mármoles quebranta <br/>
loca la Ira; sangre echa en sus huellas <br/>
la Venganza sin fin; rabioso auriga <br/>
va el Terror, azotando la cuadriga.<br/>
<br/>
<br/>
VIII. El carro de las Furias <br/>
ve orgulloso Luzbel: no lleva uncidos <br/>
cachorros de león; rompe el de Asturias <br/>
doliente en alaridos. <br/>
Son hienas hediondas, <br/>
que al ensañar perversas las injurias <br/>
de su instinto cobarde, clavan hondas <br/>
sus púas, arrastrando al cuerpo inerte <br/>
del sacrosanto asilo de la muerte.<br/>
<br/>
<br/>
IX. Cuñas, clavos trábales, <br/>
argollas, con horrísono golpeo,<br/>
saltan del borde; y al rodar fatales, <br/>
nunca marra su empleo! <br/>
Flamígero en la sombra <br/>
rueda el eje veloz; las infernales <br/>
hermanas vienen, y su mano escombra <br/>
la argolla, el garfio y el dogal, aprisa <br/>
juntando todo con feroz sonrisa.<br/>
<br/>
<br/>
X. ¡Cuál santidad segura! <br/>
¿Qué amor, qué honor, qué bien habrá tranquilo?... <br/>
¡ Esa es la guerra, sí!, no la pavura <br/>
de centellante filo <br/>
de hierro temerario: <br/>
que es dulce paz de Dios la sepultura <br/>
cubierta por el lienzo funerario <br/>
de la patria bandera bendecida, <br/>
si fue extranjera mano la homicida.<br/>
<br/>
<br/>
XI. Mas ¡ay de mí!, que el horno <br/>
del Infierno labró para su carro <br/>
de execración escándalo, en retorno <br/>
de sus triunfos! Bizarro <br/>
los imperecederos <br/>
timbres que de la España son adorno <br/>
realza el lidiador: ¡cuántos aceros <br/>
por ambas partes con valor se esgrimen! <br/>
¡cuántos á vilipendio forja el crimen! <br/>
<br/>
<br/>
XII. ¡Oh páginas crüentas <br/>
de esta espantable historia fratricida! <br/>
¡Quién sepultara, quién, nuestras afrentas <br/>
á precio de la vida!.... <br/>
¡Silencio! Es la Discordia <br/>
irritando sus víboras sedientas <br/>
de sangre y deshonor. ¡Misericordia! <br/>
Delante de tus aras, ¡Dios inmenso!,<br/>
al siervo de tu ley mata indefenso!<br/>
<br/>
<br/>
XIII. Del áspero cilicio <br/>
llagó su carne; y la azotaba al ruego <br/>
por las pesadas culpas,, que á jüicio <br/>
traerán y eterno fuego <br/>
al que, baldón y espanto, <br/>
las vendas profanó del Sacrificio, <br/>
manchando de crüor el óleo santo. <br/>
Su espíritu iba á Dios, y allí taimada <br/>
la Calumnia llevó su mano airada.<br/>
<br/>
<br/>
XIV. Vuela al campo enemigo; <br/>
habla, compunge, exalta, vierte <br/>
toda su ponzoña, su hiel; falaz testigo, <br/>
la máscara acomoda; <br/>
sacude con violencia <br/>
la inicua antorcha, y á brutal castigo <br/>
bárbara señalando la inocencia, <br/>
grita feroz: «Ni tregua, ni esperanza, <br/>
ni compasión que embote la venganza!»<br/>
<br/>
<br/>
XV. Tú, de código impío <br/>
pauta desnatural que aterra al orbe, <br/>
que subyuga el valor, apaga el brío, <br/>
sangre inculpada sorbe, <br/>
revuelve en su espelunca <br/>
serpientes que engendró rencor bravío. <br/>
Represalia crüel, no tornes nunca <br/>
de la tierra á la faz; ó enantes presa <br/>
de rayo matador, vuela en pavesa.<br/>
<br/>
<br/>
XVI. ¿Dónde corréis sañudos, <br/>
insensatos?... ¿Qué hacéis? ¿La tez rugosa, <br/>
las blancas hebras profanáis forzudos, <br/>
arrastrando á la losa <br/>
de una expiación cobarde, <br/>
madre inocente?.... ¿No escucháis los rudos <br/>
golpes del hierro vengador?.... ¡Cuál arde <br/>
centellante la cólera del hijo,<br/>
¿no veis?, dando al infierno regocijo!....<br/>
<br/>
<br/>
XVII. ¡Ay, que ya en sus enojos, <br/>
al estallar, hundió cientos á cientos <br/>
mártires, con furor! ¡ Ay, que sus ojos <br/>
los ven calenturientos; <br/>
y la embriaguez del grito, <br/>
y el hedor de la sangre á más arrojos <br/>
frenético le impelen, cual si un rito <br/>
devorador, jurado, al pié del ara <br/>
de horrendos sacrificios le arrastrara!<br/>
<br/>
<br/>
XVIII. Balsa que remanece <br/>
es la del crimen, y la estanca sola <br/>
una virtud: olvido. Aquí embravece <br/>
la venganza su ola!.... <br/>
Ruge el clarín: ya cunde <br/>
rabia que las llanuras extremece (sic)<br/>
con ímpetu, con voces que difunde, <br/>
con chispas, con fragor de férreos callos, <br/>
al galope, á la muerte los caballos.<br/>
<br/>
<br/>
XIX. Aquí de la violenta <br/>
pólvora que á la cúpula divina <br/>
cien bombas lanza, cual volcán revienta<br/>
con espanto la mina. <br/>
Allá en extenso campo, <br/>
donde su afán al labrador contenta <br/>
la rica mies, brilló funesto lampo; <br/>
y en rastrera espiral ved la ceniza <br/>
del gemir de los vientos llevadiza.<br/>
<br/>
<br/>
XX. Al yunque van las Horas <br/>
del reloj de la muerte, un año y cinco, <br/>
más espadas forjando cortadoras <br/>
sus golpes con ahínco. <br/>
Y al son de la cadena <br/>
el cautivo esas negras tristes horas, <br/>
si á dura injusta cárcel le condena <br/>
la ley de ajenas culpas, suspirando, <br/>
y eslabón á eslabón va repasando...<br/>
<br/>
<br/>
XXI. Perdona si contemplo, <br/>
sacro Numen, tus páginas medroso; <br/>
y del Dios de bondad camino al templo, <br/>
mi cítara en reposo. <br/>
Perdón, si en holocausto <br/>
que borre tus estímulos y ejemplo, <br/>
dando al olvido aquel empeño infausto, <br/>
vierto aromas de paz, y humilde cirio <br/>
pongo en sus gradas y odoroso lirio.<br/>
<br/>
<br/>
XXII. ¡Callad!... Oigo el lamento <br/>
de la Virgen dulcísima, que invoca <br/>
el nombre de Jesús. Plácido viento <br/>
sus cabellos destoca: <br/>
son rayos con que brilla <br/>
más hermosa la luz del firmamento. <br/>
Solloza; y al rodar de su mejilla <br/>
las lágrimas de amor, parece al vellas <br/>
cubrir el manto azul lluvia de estrellas.<br/>
<br/>
<br/>
XXIII. Abrieron los Querubes <br/>
al mandato de Dios el denso velo <br/>
del arco del zénit; y en áureas nubes <br/>
remontando su vuelo <br/>
Ángeles á millares,<br/>
diéronle adoración. También tú subes, <br/>
al anuncio de trompas militares, <br/>
fuerte adalid, patrón compostelano, <br/>
santo Apóstol, terror del mauritano.<br/>
<br/>
<br/>
XXIV. Ráfaga de alegría <br/>
penetró de los ámbitos al centro, <br/>
dilatada en raudales de armonía. <br/>
Gabriel sale al encuentro, <br/>
la sien jamás desnuda <br/>
de las rosas de Mayo: «¡Ave, María!» <br/>
repite, y en tal gozo la saluda <br/>
el coro de los cielos soberanos: <br/>
Querubines, Arcángeles, Ancianos.<br/>
<br/>
<br/>
XXV. La frente desarruga <br/>
la veneranda Majestad que el trueno <br/>
fulminó en Sinaí, por quien subyuga <br/>
Miguel con brazo lleno <br/>
de inmenso poderío, <br/>
el Cóncavo fatal. Su rostro enjuga <br/>
la Madre del amante Jesús mío; <br/>
y en oración prorrumpe aquella boca <br/>
de cuyo hechizo es toda imagen poca.<br/>
<br/>
<br/>
XXVI. Los dulces Serafines <br/>
de lánguido mirar; los que á la guerra <br/>
del Báratro avezados, los confines <br/>
alumbran de la tierra <br/>
al fulminar la espada; <br/>
cuanto angélico ser los altos fines <br/>
cumple de Dios, la oyó, la faz velada <br/>
con ambas manos de ansiedad y en tierno <br/>
temor de la repulsa del Eterno.<br/>
<br/>
<br/>
XXVII. Y Ella los castos ojos <br/>
humilde baja y abogar procura, <br/>
melancólicamente los enojos <br/>
venciendo con dulzura. <br/>
De súbito la Gloria <br/>
presiente su poder; rompe en arrojos <br/>
de alabanza, y en himnos de victoria, <br/>
retumbando en las bóvedas un grito <br/>
contra las armas del dragón maldito.<br/>
<br/>
<br/>
XXVIII. Oh, de lucientes alas, <br/>
Arcángel Rafael, que en ligereza <br/>
y en fulgor al relámpago te igualas: <br/>
¿qué intima tu realeza <br/>
á nuestro Yago insigne? <br/>
«Deja (profiere) tus campantes galas; <br/>
«y á donde el soplo del Señor designe, <br/>
«calzada la sandalia y del ñudoso <br/>
«bordón asido, parte presuroso.»<br/>
<br/>
<br/>
XXIX. La Cándida paloma <br/>
de la Alianza viene al peregrino; <br/>
guíale sesgo al punto donde toma <br/>
su nombre un gran camino; <br/>
y al hora en que la estrella, <br/>
del sol querida, en el Pirene asoma, <br/>
con la oliva en la boca en pos de aquella <br/>
y del Deva buscando las espumas, <br/>
bate ligera sus nevadas plumas.<br/>
<br/>
<br/>
XXX. Llévame en tu compaña, <br/>
romero, de tu gloria á ser testigo: <br/>
domar un pecho fuerte es grande hazaña; <br/>
mayor volverle amigo. <br/>
¿Por qué de estas regiones <br/>
la voz cundió rebelde á toda España, <br/>
si eran gozo sus ínclitos blasones, <br/>
y han el mismo estandarte, el mismo templo, <br/>
ellas, de libertad tan alto ejemplo!...<br/>
<br/>
<br/>
XXXI. «La dádiva que el mundo, <br/>
«feliz (exclama) unió al benigno cielo, <br/>
«en odio inaplacable, furibundo, <br/>
«trocó el hispano suelo; <br/>
«ciego á la luz del día, <br/>
«sordo al eco del labio moribundo <br/>
«de Dios, que para ahogar la tiranía <br/>
«redimiendo los míseros esclavos, <br/>
«dió el frágil cuerpo á los agudos clavos.»<br/>
<br/>
<br/>
XXXII. «Su sangre por la vuestra: <br/>
«y al pequeñuelo, al pobre, al desvalido, <br/>
«al humilde enseñó su amante diestra <br/>
«á esperarle en su egido (sic); <br/>
«las victoriosas palmas <br/>
«del martirio á vibrar, y no en palestra <br/>
«de loco orgullo á escandecer (sic) las almas, <br/>
«ni arrancar la verdad del pensamiento <br/>
«bajo las corvas uñas del tormento.» <br/>
<br/>
<br/>
<br/>
<br />
<hr align="center/" color="#FF0000" size="3" width="50%" />
<br />
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-72612557291865717582015-02-07T17:57:00.000+01:002017-08-25T15:53:23.985+02:00AÑO 1806. NACIMIENTO DE MARÍA CRISTINA DE BORBÓN Y DOS SICILIAS.<div dir="ltr" style="text-align: justify;" trbidi="on">
<big><b>ACTA REAL DE SU NACIMIENTO.</b></big><p>
María Cristina de Borbón y Dos Sicilias nació el 27 de abril de 1.806 en Palermo.<p>
<blocquote><blockquote><i> “La Mattina di detto giorno alle ore 5. ¾ di Spagna S[u] A[lteza] R[eal] la P[ri]n[ci]pessa Ereditaria diede felicemente alla luce una R[ea]l P[ri]n[ci]pessa per cui alle ore 11 di Spagna si ordinó il Battesimo; E sí avverte che per trovarsi assente S[u] R[eal] M[aestà] non si avvisarono alla sud[ett]a a ora del seguito parto li tre Presidenti ma intervennero al Battesimo, con essere stati insieme alla Dep[utazio]ne del regno, e senato nella Camera de Gentiluomini di Camera, ed indi datosi l´avviso se ne passarono nella R[eal]e Cappella Palatina, ed intervennero al Battesimo, il q[ua]le fu eseguito da Mons[enio]r Cappellano Maggiore avendo battizzato S[ua] M[aestà] la Regina, e le fu posto il nome di M[arí]a Cristina.<p>
Per si fausto avvenimeto si ordinarono tre giorni di gran Gala, illuminazione e ferie, e dal viceprotonotaro si fecero li seguenti avvisi. Il cavaliere Papé Viceprotonotaro del regno ossequiando profondamente a S[ua] E[ccelenza] Sig[nor]e Duca Lucchese Palli Pretore di questa Capitale, lo previene che per il Faustissimo avvenimento di avere S[u] A[lteza] R[eale] la P[ri]n[ci]pessa Ereditaria dato felicemente alla luce una real Principessa, si è risoluto di festeggiare tale avvenimento con tre consecutivi giorni di gran Gala, Ferie, ed illuminazione la será, da correre d´oggi innanzi che sono li 27 Aprile onde serva per sua intelligenza ed esecuzione= A S[ua] E[ccelenza] Sig[nor]e Duca Lucchese Palli Gentil [uomo] di Camera con esercizio di S[ua] R[eal] M[aestà], e Pretore di questa Capitale.Del Viceprotonotaro del regno”.<p>
<small>[ASPA, Protonotaro del Regno, 1067, 65 v.- 66 r. v.]</small>
</i></blockquote></blockquote>
Cuya traducción sería:<p>
<blocquote><blockquote><i> La mañana del citado día a las 5 ¾ de España Su Alteza Real la princesa heredera [del reino de las Dos Sicilias] dio a luz felizmente a una real princesa, razón por la cual a las 11 horas de España se ordenó el bautismo; por encontrarse ausente su Real Majestad a dicha hora, no se advirtió a los tres presidentes a la hora del parto, pero intervinieron en el bautismo, junto a la Diputación del reino y Senado en la Sala de los Gentiles Hombres de Cámara y luego se dio el aviso a la Real Capilla de Palacio que intervino en el Bautismo, el cual fue ejecutado por el Monseñor Capellán Mayor, bautizándola Su Majestad la reina, con el nombre de María Cristina.<p>
Por este auspicioso suceso se ordenó tres días de gran gala, iluminación y fiesta, realizándose las advertencias siguientes por el Notario Mayor. El caballero Notario Mayor del reino obsequiando profundamente a Su Excelencia el señor duque de Lucchese Palli, Magistrado de esta capital, le informa que por la ocasión de haber dado a luz felizmente Su Alteza Real la princesa hereditaria a una real princesa, se ha resuelto celebrar este evento con tres días consecutivos de gran gala, fiesta e iluminación en la noche, desde hoy 27 de abril a fin de hacerlos constar para su inteligencia y ejecución. A su excelencia señor duque Lucchese Palli Gentil Hombre de Cámara con ejercicio de Su Real Majestad, y el Magistrado de la capital del reino. Del [Notario Mayor] del reino.
</i></blockquote></blockquote>
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-9127216254452743527.post-71169703908923381972015-02-07T10:57:00.000+01:002017-08-25T15:54:50.156+02:00AÑO 1833. PRIMER CASAMIENTO DE FERNANDO MUÑOZ, SEGUNDO DE MARÍA CRISTINA DE BORBÓN<div style= "text-align: justify;"> <p>
El rumor de <b>la boda secreta de la reina María Cristina de Borbón-Dos Sicilias, viuda de Fernando VII, y el taranconero guardia de Corps, Fernando Muñoz Sánchez,</b> que circuló siempre en boca de todos, fue dado a conocer públicamente siete años más tarde del suceso, a través de la prensa. Era un secreto a voces, que nadie se atrevió a publicitar hasta el otoño del año 1840. Este hecho y otras circunstancias<b> conllevó la abdicación de la regencia de la reina en Valencia, el 12 de octubre de 1840,</b> en pro del Duque de la Victoria, el General Espartero (que será nombrado Regente el 18 de mayo del año siguiente), así como propiciará su primera salida a Francia:<br/>
<blockquote><i>
"En el actual estado de la nación y el delicado en que mi salud se encuentra me han hecho
decidir a renunciar la Regencia del reino, que durante la menor edad de mi excelsa hija doña Isabel II me fue conferida por las Cortes Constituyentes de la Nación, reunidas en 1836, a pesar de que mis Consejeros con la honradez y patriotismo que les distingue me han rogado encarecidamente continuara en ella, cuando menos hasta la reunión de las próximas Cortes, por creerlo así conveniente al país y a la causa pública; pero no pudiendo acceder a algunas de las exigencias de los pueblos, que mis Consejeros mismos creen deben ser consultadas para calmar los ánimos y terminar la actual situación, me es absolutamente imposible continuar desempeñándola, y creo obrar como exige el interés de la nación, renunciando a ella. Espero que las Cortes nombrarán personas para tan alto y elevado encargo que contribuyan a hacer tan feliz esta nación como merece por sus virtudes. A las mismas dejo encomendadas mis augustas Hijas, y los ministros que deben, conforme al espíritu de la Constitución, gobernar el reino hasta que se reúnan, me tienen dadas sobradas pruebas de lealtad para no confiarles con el mayor gusto depósito tan sagrado."</i></blockquote><p>
<br/>
<p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEipm5z9FdQodV990NGUUiSXdZcaAK6mBUla5xfJBKp4bi2Jv1mTIbGLJ5DqfN16Dr_1HnwozEQF_GT80BljL2ZvHpuPntcEJY2tFA1jWB860HGQQ_Ns7Q-tj37NKfo6EXz9rmKsKJPeGSs1/s1600/Anuncio+de+panfleto+del+casamiento.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEipm5z9FdQodV990NGUUiSXdZcaAK6mBUla5xfJBKp4bi2Jv1mTIbGLJ5DqfN16Dr_1HnwozEQF_GT80BljL2ZvHpuPntcEJY2tFA1jWB860HGQQ_Ns7Q-tj37NKfo6EXz9rmKsKJPeGSs1/s400/Anuncio+de+panfleto+del+casamiento.JPG" width="400" height="357" data-original-width="977" data-original-height="873" /></a></div>
La noticia de la boda se publicó, a través de un libelo, en numerosos periódicos, como vemos en <a href="https://books.google.es/books?id=Bo0AAAAAYAAJ&pg=PA441&lpg=PA441&dq=el+labriego+casamiento+de+la+reina+Cristina+con+D.+Fernando+Mu%C3%B1oz&source=bl&ots=cMheUf3yYg&sig=ooLtquPOdobR7pxfUnQv8ssgrCQ&hl=es&sa=X&ei=KrG3VIGlMcb1UJysg9AG&ved=0CCYQ6AEwAQ#v=onepage&q=el%20labriego%20casamiento%20de%20la%20reina%20Cristina%20con%20D.%20Fernando%20Mu%C3%B1oz&f=false">El Labriego</a>, número 53, de 10 de octubre de 1.840, pág. 439 y ss., o en el "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0003132305&page=3&search=casamiento+Mar%C3%ADa+Cristina+Regente&lang=es">Eco del Comercio</a>", de 11 de octubre de 1840, núm. 2366, pp. 3 y 4. Pronto, además, se publicará suelto, como vemos en esta nota de propaganda de la imagen de la derecha, de "<a href="http://hemerotecadigital.bne.es/issue.vm?id=0004044817&page=4&search=casamiento+Mar%C3%ADa+Cristina+Regente&lang=es">El Constitucional</a>", de 22 de octubre de 1840, núm. 554, pág. 4.<p>
<a name='more'></a>
La comunicación, en sí, señalaba que:
<blockquote><i>aparece un escrito asegurando que la Reína no es ya 'viuda'; que ha contraído nuevos esponsables (sic), y que de ellos se han originado una nueva familia, y por consiguiente, nuevos intereses, nuevas miras, y nuevos vínculos. La primer noticia que tuvimos de esté documento, si así se puede apellidar un papel anónimo, nos la dio el 'Correo Nacional' del jueves, en una nota en que manifestaba no haberse impreso en sus oficinas. El viernes le recibimos nosotros sin foja ni cubierta, y del mismo modo parece que se ha enviado á otras personas. Su lectora nos ha sugerido varias reflexiones, que al juicio del público sometemos.<p>
Condenamos, ante todo, de la manera mas absoluta, el tono irreverente que para hablar de la augusta Reina Gobernadora se emplea. Supongamos que con efecto resolvió dar su mano á quien supo merecer un lugar en su corazón. ¿Hay acaso en esto algún crimen moral, algo que rebaje á la muger, ó la envilezca, desnivelándola de la estimacion en que tenemos á las mugeres? [sic]<p>
Bien sabemos qne se nos contestará, que no se acriminan las nupcias de la reina, ni se maldice de su tálamo; sino que se la culpa por conservar la regencia cuando las leyes no se lo permitian. Y que ¿nada ha de concederse, absolutamente nada, á los sentimientos de una
madre que no quiere abandonar los hijos del primer matrimonio? ¿No será siempre para la regente un día de amargura aquel en qué dé el último beso a nuestra reina Isabel? ¿O se pretende, acaso, que de corazón y de afectos carecen los monarcas, y que el orgullo, la avaricia y la sensualidad, son los resortes únicos de sus almas?<p>
No menos censuramos la ligereza con que en este opúsculo se habla de otras personas atribuyéndoles vicios, que verdaderos ó falsos, deberian cubrirse un poco por equidad ó por benevolencia. Para nosotros no hay crimen alguno fuera del que declaran los tribunales, y
las imputaciones tienen en nuestro juicio poquísimo peso, cuando se arrebatan al acusado los medios de la defensa. Esta reflexion nos sugiere Un nuevo motivo de hostilidad hacia el folleto de que hablamos.Circulando como está, profusa aunque clandestinamente, se derrama en el pueblo la vehemencia de la acusación, mientras que los interesados ignoran tal vez que son objeto de ella. ¿No es, pues un deber de justicia, reproducir esa voz que á tantas gentes toca, para que acepten ó para que repudien los conceptos que propaga?<p>
Un hecho pugnan por establecer los autores del folleto; hecho gravísimo y de la mayor trascendencia; es á saber, <b>el enlace de la reina Cristina con un tal de Muñoz</b>. Si semejante acontecimiento es falso, ¿por qué la Reina, por qué sus amigos no han de poderle desmentir? Y para desmentirle ¿no es preciso conocerle en toda su estensión [sic]? Pero si el casamiento es verdadero ¿por qué la nacion, con arregló á las leyes no ha de modificar la regencia?¿Se ha presentado acaso desde la famosa cuestion del testamento, ninguna otra que más interese á la causa pública que la del nuevo enlace? <p>
Convencidos nosotros de esta verdad, y del beneficio que ha de redundar á la causa comun de que solemnemente se debata en la prensa y en la tribuna, lo que en particular se refiere, hasta por las plazas y por las calles, y sin la menor reserva, damos lugar en nuestras columnas á la acusacion, suprimiendo solo algunas palabras que poco decorosas nos parecen.<p>
Otro hecho queremos señalar antes de concluir este breve exordio. Sea verdadero, sea falso el suceso á que el dicho opúsculo se refiere, los circunstaciados y hasta prolijos pormenores de que abunda deben haberse estendido [sic] por persona intimamente relacionada
con S. M. é instruida en los mas recónditos arcanos del palacio. Para las demás semejante conocimiento seria imposible. ¿Dónde están pues la moralidad y la lealtad, el pundonor de los palaciego? ¿Qué gentes son esas, que primero apadrinan, y después venden, los secretos de sus bienhechores? ¡Cuan legítima no es la revolución que á derrocar su poder se dirige!</blockquote></i>
Y a continuación transcribían el opúsculo denominado "<i><b>Casamiento de María Cristina con don Fernando Muñoz</b></i>", que reproducimos íntegramente:<br/>
<blockquote>
<div style="background-color: #E6E6E6; text-align: justify; border: 2px solid #a991af; padding:5px; ">
<i>
<b>CASAMIENTO DE MARIA CRISTINA CON DON FERNANDO MUÑOZ.</b><p>
A los dos meses de la muerte del rey Fernando VII, se vieron señales de que la reina Cristina no amaba ya la viudez. Su confidenta y la modista doña <b>Teresa Valcárcel</b> trataba amorosamente con el guardia de corps D. Nicolás Franco. Muñoz, compañero y amigo de Franco, vino con éste varias veces á palacio, donde le vió la reina y se prendó de él. <b>Este jóven, hijo de D. Juan, estanquero de la villa de Tarancon y de la tia Eusebia, su esposa</b>, habia estado en lista para ser espulsado [sic] del cuerpo por sospechoso de carlino en el espurgo [sic] de 1832; pero debió el permanecer á que se hallaba ausente entonces, usando de licencia en su pueblo. <p>
No atreviéndose Cristina á declararle bruscamente su pasion, dispuso al efecto un viaje romántico y singular. Aprovechando la semana en que Muñoz servia de garzon en palacio, se empeñó en ir a la hacienda de <b>Quitapesares, cerca de S. Ildefonso. El 17 de diciembre de 1833 </b>en medio del temporal mas crudo emprendió el viaje de madrugada; pero hubo que volverse desde lo alto del puerto, porque se destrozó el coche, con riesgo de los que iban dentro, tropezando con unas carretas de madera, y porque los ventisqueros de nieve y el hielo tenian el camino intransitable. No desistió por eso la reina. Mandó que aquella tarde y noche los vecinos de los pueblos inmediatos abriesen paso en el puerto, y al dia siguiente 18 se la vió salir de palacio, con admiracion de cuantos conociamos el terreno y presenciábamos el rigor de la estacion.<p>
Ni dama, ni mujer alguna iba en su compañía, lo que causó estrañeza en la servidumbre, si bien era de agradecer el olvido para las que estaban de turno. Ocupaban el coche
S. M., el ayudante jeneral [sic] de guardias D. Francisco Arteaga y Palafox, el jentil- hombre [sic] Carbonell y el garzon D. Fernando Muñoz: este último se colocó en el asiento frontero de la reina.<p>
Llegados á Quitapesares, salió Cristina á pasear por los jardines con Arteaga y Muñoz; pero á breve rato finjió [sic] necesitar un recado de la quinta, y envió por él al ayudante Arteaga, quedándose sola con Muñoz en aquel sitio. Este debió ser el momento de la declaracion amorosa por lo que despues vimos. <p>
En el mismo dia volvieron á Madrid, y apenas entró S. M. en su cámara, se conoció por todos el favor del guardia Muñoz, que no tardó en trascender fuera de palacio. Nombróle jentil-hombre [sic] de lo interior, destino creado por el rey difunto, y que parecia no ser aplicable á una señora, para cuyo servicio privado habia damas, dueñas y mozas. <p>
Inmediatamente tubo [sic] el valido lujosa berlina, tren brillante y casa magníficamente a mueblada de órden de la reina: á pocos dias lucia Muñoz en su pechera los alfileres y joyas de Fernando VII. Diósele cuarto en palacio, comia con la reina, la acompañaba de contínuo, iban solos en coche á todas partes, y hasta se presentaron como dos iguales á revistar la guardia nacional en el paseo del Prado. Esto hizo crecer el escándalo que ya se notaba, pues hasta en los periódicos se hicieron alusiones embozadas. El títulado <b>'LA CRÓNICA' del 4 de febrero de 1834</b>, á los cuarenta y ocho dias de amores réjios [sic], se deslizó á poner este párrafo: «Ayer se presentó S. M. la reina gobernadora en char-avant, carruaje abierto, cuyos caballos, dirijia [sic] uno de sus criados, y en el asiento del respaldo iba el capitan de guardias, duque de Alagon.» Esta relacion se leyó con avidez por los palaciegos, y picó en el alma á los interesados, porque el uno de sus criados era Muñoz, que acaso se ofendió mas que de la escitacion [sic], de que le llamasen siervo de su compañera. <p>
Pidió la reina venganza de este desacato, y contando con un ministro servidor humilde y rastrero, como Martinez de la Rosa, y con un jefe de policia como Latre, satisfizo sin dificultad su encono. El periódico fué despóticamente suprimido, su editor D. Pedro Jimenez de Haro fué desterrado, é igual arbitrariedad se cometió con el redactor D. Anjel [sic] Iznardi. <p>
<b>El amor de Cristina a su nuevo querido, fue tan vehemente como cristiano. A pocos dias de trato íntimo le significó su deseo de desposarse con él.</b> Muñoz creia un sueño lo que oia; pero al ver que era formalidad y que la fortuna se le metia en casa, pensó en los medios de realizarlo.<p>
Todas sus relaciones en la corte se reducian al marqués de Herrera, al escribiente del consulado D. Miguel Lopez de Acebedo y al clérigo don <b>Marcos Aniano Gonzalez, su paisano,</b> que estaba accidentalmente en Madrid, recien ordenado de misa, y postrado en una cama en la callejuela de Ita. Dirijióse [sic] á este último Muñoz <b>ofreciéndole una capellanía de honor si hallaba medio de casarles y de confesar á la reina</b>, que no tenia confianza en los de la real capilla. Tentóse el medio de pedir licencias <b>al patriarca, el cual noticioso de la vida relajada del jóven clérigo, y sospechando el misterio por las personas que mediaban, se negó rotundamente. El obispo de Cuenca á quien se pidieron despues como diocesano del Gonzalez, se negó del mismo modo; pero antes de que viniese su repulsa urjía [sic] tanto el caso que se dirijieron [sic] al Nuncio de S.S. el cardenal Tiberi. Resistióse al principio </b>pretestando con socarronería italiana que era muy jóven el demandante, mas repetida la instancia con esquela autógrafa de la real novia, <b>se concedió la licencia para una sola vez.</b> Estas dilijencias [sic] se practicaron del 25 al 27 de diciembre. <p>
<b>El dia 28 á las siete de la mañana, es decir, á los diez dias de trato, se verificó el matrimonio morganamico entre doña Maria Cristina Borbon de Borbon y D. Fernando Muñoz, siendo ministro del sacramento, el presbítero D. Marcos Aniano Gonzalez, y testigos el marqués de Herrera y don Miguel Lopez de Acebedo, y haciendo de asistente el presbítero D. Acisclo Ballesteros.</b> Tubieron [sic] conocimiento de este enlace la Teresita Valcarcel y la moza de retrete llamada Antonia.<p>
No tardó Muñoz en recelar de los que estaban en sus secretos , y procuró alejar á los que le estorbaban. La Valcarcel fue llevada á Bayona por un escribano que diera fé de su entrega, su cortejo D. Nicolás Franco, elevado á teniente coronel , fué destinado a la tenencia de rey de Jaca, y al jentil-hombre [sic] Carbonell, se le hizo marchar a Andulucía.<p>
Cristina que solo pensaba gozar á sus anchuras de su nuevo esposo, <b>conocido en ciertos círculos palaciegos por FERNANDO VIII</b>, preferia la soledad de los sitios reales. El 15 de marzo de 1834 se fue á Aranjuez, de donde vino á Carabanchel el 11 de junio con motivo de haberse manifestado el cólera en la Carolina, y el 28 del mismo mes pasó repentinamente á la Granja porque el cólera se hallaba en Mora.<p>
Desde S. Ildefonso vino á abrir las cortes en 24 de julio, y ya conocieron muchos su estraña [sic] obesidad, no obstante las fajas que sabíamos llevaba por disimulo. El mismo dia volvió á dormir al palacio de Riofrio, donde hizo cuarentena hasta el 16 que regresó á la Granja, donde estaban sus hijas. La súbita noticia de casos de cólera en Segovia la hizo marchar á escape el 29 de agosto, al real sitio del Pardo, donde se acordonó y encerró, aprovechando el rigor sanitario para no ser vista en los meses mayores. <p>
El 16 de noviembre de 1834 (a los once meses justos de conocer á Muñoz) entre once y doce de la noche dió á luz una Gertrudis magna, Victoria, asistida de la tia Eusebia su suegra, con tal felicidad; que á los nueve dias (el 26) ya pasó revista en el paseo de la Florida al 2º escuadron de guardias que salia al ejército del Norte á pelear por su hija lejítima [sic] y conocida. <p>
En la misma noche del alumbramiento sacaron á la recien nacida en un coche cerrado por la puerta que dá frente á las Rozas, el administrador del sitio D. Luis, y el médico-cirujano D. Juan Castelló y Roca; y la entregaron cerca de Madrid á la señora Castanedo, viuda del administrador que fué de la Granja, Villamil. Esta señora se fijó el verano siguiente en Segovia con la niña y una ama de cria, para estar cerca de los padres, entonces de jornada. Tambien entendieron en estos clandestinos negocios, el italiano D. Domingo Ronchi y su paisana doña Ana.<p>
Al año siguiente se repitieron las jornadas y las escenas. El 4 de mayo de 1835 fue la corte á Aranjuez, de donde vino la Reina á cerrar las cortes el 29 , volviéndose en el mismo dia. El 8 de julio regresó á Madrid, y á los tres dias se trasladó á la Granja, con ánimo de vivir aislada y mas cautelosa que la vez primera. Por eso el 17 del mismo julio salió una real orden del mayordomo mayor marqués de Valverde, suprimiendo los besamanos jenerales [sic], en obsequio, se decia, de los obligados á concurrir á ellos. En palacio se comprendió bien lo que esto significaba en el estado de preñez que sabíamos estaba S. M. <p>
Desde la Granja salian todas las tardes Cristina y Muñoz para la quinta de Quitapesares; y desde Segovia venia al mismo punto la aya Castanedo con la niña y el ama en un buen coche; y alli besaban los esposos las delicias de su union, en el paraje mismo en que se dijeron dos años antes su atrevido pensamiento. Esta cuotidiana entre vista, el boato de la encargada de la niña Victoria, los salvaguardias que salian de la ciudad á esplorar [sic] el camino antes de salir el coche de Segovia, y otros mil incidentes mal disimulados hicieron tan pública la pertenencia de la infantilla, que hasta los chicos segovianos la llamaban al pasar 'la hija de la Reina'. <p>
El 14 de agosto asistió Cristina á un gran consejo de ministros y magnates que celebró Toreno en Madrid sobre el pronunciamiento de las provincias; sacrificio costoso para la Reina por lo adelantado que se hallaba su segundo enmbarazo. A 12 de setiembre volvió a encerrarse en el Pardo, á pretesto de que el cura rebelde Merino se acercaba á Sória, y se propuso una inconmunicacion mas estrecha que el año precedente. Ni los jentiles-hom bres [sic], ni las damas llegaron á verla en mucho tiempo, y hasta se negó á los infantes mas de una vez, cosa que irritó sobre manera á su picada hermana.<p>
<b>En este otoño fue varon el que Cristina dió á luz, y á poco de robustecido se le condujo con su hermanita á París; comision en que entendieron su abuelo D. Juan Muñoz y el cura D. Juan Gonzalez Caboreluz, tio del confesor, que por favor del sobrino era oficial de la real biblioteca y a hora es director de la reina Isabel II. Hízose el viaje en enero de 1856</b>, pretestándolo con una comision de libros, que dió la biblioteca à Caboreluz. Una casa de comercio de Aranjuez, bien conocida, ha corrido con los gastos de las niñas de la Reina en el estranjero [sic].<p>
<b>Cuando las ocurrencias de la Granja, en agosto de 1856, se notó descontento contra Muñoz y la camarilla, y aun se oyeron algunos mueras</b>. Ocultáronse los mas señalados, y el esposo Fernando fué sacado ocultamente por las minas de las fuentes el dia 13, por el llavero de aquel sitio Dionisio Arias, y conducido á Madrid donde se escondió. Desde entonces no se le ha vuelto á ver en público con la Reina, y aun en palacio se ha reducido á la oscuridad en el departamento que conocemos con el nombre de JAULA DE MUÑOZ.<p>
A media dos de abril de 1838 tubo [sic] Cristina un aborto ó mal parto de una niña; despues han crecido las precauciones y los medios de ocultar y nada sabemos con certeza. <p>
Trato tan constante en que han mediado embarazos, alumbramientos y no pocas personas, no podia ser muy secreto; y los ministros no debian ignorarlo. Aunque la adulacion y timidez selló mil veces sus labios, hubo dos ocasiones en que los consejeros de la reina se resolvieron hablarla de estas materias. El año de 1834 se reunió el gabinete con este motivo y asunto de tanta gravedad para la suerte del pais y para la reina Isabel, se trató con la chunga y broma que pudiera tratarse entre cadetes. Disputando quien seria el ministro que hablase á S. M. huia cada cual del compromiso por no disgustar á la señora. Martinez de la Rosa pretendia corresponder el papel á Zarco del Valle, que como militar galante sabría insinuarse sin ofender en materia tan achacosa. Zarco se negaba suponiendo mas propia para el caso la austeridad jesuítica de Garelly; y el ministro de gracia y justicia, suponiéndose nulo para tratar de amores encarecia la destreza de un poeta romántico para tan delicada comision. Garelly y Zarco del Valle que sucesivamente hicieron alguna indicacion á Cristina, pronto fueron espelidos [sic] de las poltronas. Sus sucesores han callado en asunto tan trascendental, haciendo traicion á su reina Isabel y á su pátria.<p>
El matrimonio de Cristina con Muñoz ha traido á España males de una gravedad que hoy no se puede todavia medir. Una sensualidad estragada y de baja ralea ha inficionado los salones de palacio: una familia sin educacion, ni saber se ha apoderado de la voluntad de la reina: y la camarilla ha dejenerado [sic] hasta lo mas vil y estúpido de la sociedad. La inocente Isabel no sabe ni tiene mas maestro á la edad de diez años que de leer y escribir, y con el trato y aprendizaje de los Muñozes habrá de casarse de aqui dos años. Una infeliz estanquera, una hija criada detras del mostrador, y otros parientes de iguales circunstancias, ¿son lados á propósito para formar una reina de España? <p>
<b>La camarilla interior de Cristina la componen estos elementos: los padres de Muñoz; su hija Alejandra camarista, D. José Muñoz, contador del patrimonio; D. Marcos Aniano Gonzalez, confesor de S. M., capellan de honor, administrador del Buen-Suceso, prebendado de Lérida y dean de la Habana; D. Juan Gonzalez Caboreluz, afrancesado, ayo de la reina Isabel, D. Serafin Valero hijo del dómine de Tarancon, administrador de Vista-Alegre; D. Miguel Lopez de Acevedo, director de la casa de la moneda; D. Atanasio Garcia del Castillo, afrancesado, administrador que ha sido de la casa de campo, del alcazar de Sevilla, Etc.; el ex jesuita Muñoz y otros de este jaez [sic].</b> Una reina que en esta sociedad vive, que de tales jentes [sic] hace caso, y que con ellas juega y comparte el patrimonio de su hija reina, ¿puede convenir al trono y al Estado? <p>
La codicia, que se ha asociado á este jénero [sic] de vida , es espantosa. Estraciones [sic] de alhajas, cuadros y preciosidades; venta de cuanto habia en los palacios reducible á dinero, negociaciones escandalosas á nombre del tesorero Gaviria; venalidad y corrupcion para recibir gruesas sumas de los ministros y de los contratistas todo lo hemos palpado. El negocio de los azogues que tanta indignacion ha producido contra Toreno, no valió menos á Cristina que al conde: por eso no se apurará jamás la verdad en este puerco asunto.<p>
El español que sea digno de este título vea si es posible que una rejencia [sic] asi prostituida, sea útil ni tolerable siquiera para nuestra reina doña Isabel II ni para la nacion que se ha sacrificado por asegurarle el trono. Aquella acabará de perder su patrimonio y los bienes de la corona, que servirán á sus desconocidos co-hermanos y á una camarilla rapaz. Nosotros robados y desmoralizados sufrirémos mayores daños y tiranías y abandonada la educacion de la reina niña tendremos que llorar otro medio siglo de desgracias.<p>
Pero no: que evidenciado el casamiento de la viuda de Fernando VII, su incapacidad legal para ser tutora y rejenta [sic], está á la vista del mundo entero. Nuestras leyes han previsto estos casos; no consienten que guardadores que dilapidan el patrimonio del menor mantengan la tutela, ni que la madre que se casa segunda vez tenga en guarda los hijos del primer matrimonio.<p>
</i></div></blockquote><p>
Otra versión de los hechos podremos leerla seis años más tarde, en <a href="https://books.google.es/books?id=eBXBzfoe-kkC&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q=81&f=false">Galería militar contemporánea. Colección de biografías y retratos de los generales que más celebridad han conseguido en los ejércitos liberal y carlista, durante la última guerra civil</a>. Tomo I. Madrid, Soc. Tipográfica de Hortelano y Compañía, 1.846, pp. 81-82:<br/>
<blockquote><i>
«Por este tiempo pensó CRISTINA en contraer su segundo enlace.<b> Amaba con pasión á un joven guardia de corps llamado D. Fernando Muñoz</b>, pero la diferencia de esferas y de categorías era un obstáculo algo difícil de vencer; más la Reina resuelta á tomar la iniciativa en tan delicado asunto dispuso un viage [sic] al intento al real sitio de <b>Quitapesares</b>, posesión deliciosa ocho leguas distante de la capital. El 17 de diciembre de 1.833 fué el día en que Cristina se decidió á emprender su viage [sic]. El temporal era crudo é intenso; la temperatura muy elevada, las nieves y hielos habían puesto casi impracticable el camino; pero nada de esto bastó á arredrar á la Reina; propúsose desafiar los desencadenados elementos y partió en la madrugada del 17. La causa de este tenaz arrojo consistía en que el garzon D Fernando Muñoz se hallaba aquella semana de servicio y no quería Cristina desaprovechar ocasión tan favorable. Constituían la comitiva de esta señora en tan atrevida espedición [sic] el ayudante general de guardias <b>Palafox, el gentil-hombre Carbonell, y el garzón D Fernando Muñoz</b>. Las nieves profusamente acumuladas en el puerto de Guadarrama obstruían el camino y dificultaban el tránsito, pero la Reina con un valor ejemplar, superior al de su sexo y del que hasta entonces no había dado prueba alguna ostensible mandó avanzar. Acatáronse sin demora sus órdenes, mas á no ser por el choque del regio carruage [sic] con unas carretas de madera interpuestas en el camino, se habría aquel derrumbado con grave riesgo de la regente y de los que la acompañaban. Este peligro obligó á la ilustre viagera [sic] á suspender su marcha; sin embargo, no desistió; mandó poner espedito [sic] el camino en la tarde y noche del 17 y el 18 atravesando el puerto llegó á Quitapesares.<p>
En la quinta ya la fué [sic] fácil á CRISTINA dar cumplida cima á proyectos. Aquí la viuda de Fernando dispuso hábilmente un paseo aprovechándose de la ausencia motivada del ayudante Arteaga, <b>tuvo con Muñoz una conferencia amorosa</b>. <b>Desde entonces cambió la fortuna del venturoso Muñoz, prodigáronsele títulos, honores y riquezas, y á la investidura y carácter de gentil-hombre, agregó el y ostentación que parecía reclamar su nuevo rango</b>. No subsistieron sin embargo estas relaciones amorosas con mengua de la moral privada: <b>severa CRISTINA con sus propios sentimientos en esta parte, quiso la religión viniera á sancionarles, y á las siete de la mañana del 28 de diciembre de 1833 se verificó el matrimonio morganático la Reina viuda de las Españas y el gentil-hombre D Fernando Muñoz.</b> Ya veremos como más adelante sirvió este vínculo de baluarte á un partido para atacar á la regente, pero en el hervor de una pasión tan grande y dominante no se calculan los resultados ni se mide el porvenir».</i></blockquote><p>
<br/><p>
Raúl AMORES Pérezhttp://www.blogger.com/profile/11031592519599843671noreply@blogger.com0